octubre 13, 2026

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#4 Tiempos

Los pormenores del desafuero | Columna de Víctor Meade C.

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SIGAMOS DERECHO.

El pasado jueves 06 de mayo, la Suprema Corte de Justicia recibió la controversia constitucional presentada por el Congreso Local de Tamaulipas en contra de la declaración de procedencia dictada en días previos por la Cámara de Diputados que retira la inmunidad procesal —comúnmente conocida como fuero— al gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca. Retrocedamos un poco en los hechos para analizar qué implica esto y por qué es un caso al que hay que prestarle atención.

Dentro de la interminable lista de nombres de políticos que han soltado Emilio Lozoya y compañía, el gobernador García Cabeza de Vaca y otros panistas —como Felipe De Jesús Cantú, hoy en Morena y coordinando la campaña de Clara Luz Flores a la gubernatura de Nuevo León— fueron señalados como responsables de obtener sobornos a cambio de aprobar la reforma energética impulsada en el sexenio de Peña Nieto. Por estos señalamientos y por acusaciones de defraudación fiscal equiparada, de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de probable participación en delitos de delincuencia organizada, la Fiscalía General de la República solicitó el 23 de febrero a la Cámara de Diputados el desafuero del gobernador de Tamaulipas para que se le remueva del cargo y se pueda llevar a cabo el proceso penal en su contra.

El 30 de abril, la Cámara de Diputados conoció del caso de García Cabeza de Vaca y se procedió a la votación para su desafuero, que tuvo como resultado 302 votos a favor, 134 en contra y 14 abstenciones, por lo que se avaló el dictamen y se realizó la Declaración de Procedencia. Más tarde ese mismo día, el Congreso de Tamaulipas llevó a cabo una votación en la que determinaron con 26 votos a favor, 3 en contra y 7 abstenciones, rechazar el desafuero de García Cabeza de Vaca.

Ante la clara contradicción de criterios, el Congreso de Tamaulipas solicitó a la Suprema Corte que desechara la Declaración de Procedencia que emitió la Cámara de Diputados. Como se vislumbra, estamos ante un caso clásico de juego de fuerzas: por un lado, una Cámara de Diputados mayoritariamente morenista; por otro, un Congreso local casi completamente panista; ambos
auspiciados por sus respectivos líderes e interpretando a conveniencia los poco precisos artículos constitucionales.

La Constitución establece en su artículo 111 que para proceder penalmente por delitos federales contra los gobernadores de los estados, “la declaración de procedencia será para el efecto de que se comunique a las Legislaturas Locales, para que en ejercicio de sus atribuciones procedan como corresponda”. Esta última parte «como corresponda» es, a mi juicio, la que complica exageradamente este asunto. ¿Qué significa «como corresponda»?

A primera vista, podría parecer que después de la declaración de procedencia realizada por la Cámara de Diputados se le pasa la bolita al Congreso local para determinar si retiran la inmunidad procesal al acusado o no, lo cual me parece una interpretación razonable. Tiene cierta lógica pensar que sea el Congreso local el que decida si se le retira la inmunidad procesal a su gobernador, pues finalmente parecería ser un asunto que solo atañe a los tamaulipecos.

Sin embargo, más adelante el mismo artículo 111 constitucional indica que las resoluciones de la Cámara son inatacables y —más importante— que “[e]l efecto de la declaración (…) será separarlo de su encargo en tanto esté sujeto a proceso penal”. Sobre esta misma línea, el artículo 74 constitucional indica que es competencia exclusiva del Congreso de la Unión —o sea, de la Cámara de Diputados— proceder penalmente contra los funcionarios públicos que caen bajo los supuestos del 111. Entonces, hay que remitirnos a la Constitución del Estado de Tamaulipas y buscar qué puede corresponder a la declaración de procedencia de la Cámara de Diputados.

En lo relativo al juicio político por razón de delitos penales, la Constitución de Tamaulipas establece en su artículo 152 que al gobernador sólo se le puede acusar ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJ) en los términos del artículo 151. Por su parte, el 151 señala que el gobernador del Estado puede ser sujeto de juicio político en los términos del 110 de la Constitución, lo cual nos regresa al supuesto inicial sin ninguna respuesta; pero más adelante también indica que el Congreso local debe proceder a acusar ante el STJ, previa declaración de las dos terceras partes de sus integrantes. Así, el mismo artículo 151 contempla dos supuestos que pueden servir a ambos intereses y que nos dejan aún con las mismas dudas.

Dentro de la misma Constitución de Tamaulipas, su artículo 84 establece que en los casos en que el gobernador sea suspendido de sus funciones (como sucede con la declaración de procedencia), el Congreso Local deberá convocar a nuevas elecciones si la falta ocurre en los primeros tres años de gobierno; o nombrar a un gobernador interino para que termine el periodo

restante. En mi opinión, esta es la respuesta a «procedan como corresponde».

La lógica es esta: primero, la Fiscalía acusa. Luego, la Cámara de Diputados, con mayoría absoluta aprueba la declaración de procedencia, cuyo efecto es retirar la inmunidad procesal y separar de su cargo al inculpado mientras esté sujeto a un proceso penal. Después, ante la falta de persona ocupando el cargo de gobernador, le toca al Congreso local nombrar a un interino mientras el acusado lleva su proceso penal. Para el caso concreto, considero que efectivamente García Cabeza de Vaca ya no cuenta con la protección del fuero constitucional.

La interpretación de estos artículos, tanto de la Constitución federal como de la local, ha resultado ser un tema de amplísima discusión pues, como vimos, la redacción está lejos de ser precisa en el procedimiento que se debe de seguir. Además, en los más de 100 años que ha estado vigente nuestra Constitución, no ha habido un solo precedente que nos pueda orientar; el desafuero de Andrés Manuel del 2005 fue distinto, pues en ese tiempo al Jefe de Gobierno del Distrito Federal no se le consideraba gobernador. Como lo hace el ministro en retiro José Ramón Cossío en su artículo para El Universal, es posible argumentar que la respuesta se encuentra en la exposición de motivos de la reforma constitucional de 1982 que modificó el artículo 111, y que expresa que la razón de ser de la modificación es dejar el asunto en manos del congreso local. No obstante, como hemos discutido, la literalidad y redacción de los artículos en cuestión es poco feliz, por llamarle de alguna manera.

Antes de terminar de enfrascarnos en una discusión estrictamente técnica y leguleya, vale la pena alejar un poco la vista y estudiar el asunto desde sus hechos. Por un lado, tenemos un presidente que ha concentrado en sus manos una inmensa cantidad de poder; una Cámara de Diputados que aprueba lo que sea que les digan desde arriba, sin preguntar; una Fiscalía que está lejos de probar su verdadera autonomía; y una Suprema Corte que, por las presiones a las que se ha dejado someter su ministro presidente, ya no convence. Por otra parte, tenemos a un gobernador que se ha enfrentado fuertemente a López Obrador, pero que con un Congreso local metido en la bolsa puede salirse con la suya y prevenir cualquier proceso penal en su contra.

Si la presente disputa se tratase de un gobernador cualquiera en una situación política cualquiera, mi postura y lectura constitucional van en favor de que sea la Cámara de Diputados la que resuelva el desafuero. Sin embargo, ahora que será la Suprema Corte la que resuelva, considero importantísimo que también se considere el clima político del momento. De avalarse el desafuero a García Cabeza de Vaca, se le estaría abriendo la puerta a López Obrador para desaforar indiscriminadamente a cualquier gobernador que se le oponga, siempre que mantenga su mayoría en la Cámara de Diputados.

En ningún momento defiendo la idea de que a García Cabeza de Vaca no se le debe de investigar; si hay motivos para abrirle una investigación, que se le investigue y en su caso que se le juzgue con todo el peso de la ley. Sin embargo, el fundado sospechosismo no deja de hacerse presente cuando hablamos de un gobernador con una particular rivalidad con el presidente. Más aún cuando se le intenta desaforar en época electoral y a poco tiempo de que termine su periodo (2022); una vez abandonando la gubernatura, García Cabeza de Vaca ya no contará con inmunidad procesal y se le podrán abrir todos los procesos penales que se deseen.

** A García Cabeza de Vaca le defiende el hábil abogado Alonso Aguilar Zinser, quien en su momento sacó de la cárcel al exgobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina. Hay tiro.

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El Cronopio

María Luisa Toranzo, pionera del cuento mexicano | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash

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EL CRONOPIO

Por: J.R. Martínez/Dr. Flash

En la antología de Liliana Pedroza sobre el cuento mexicano, A Golpe de Linternas, que en su tomo I dedica a las pioneras, se encuentra entre las antologadas la potosina María Luisa Toranzo, que dedicó parte de su vida a la escritura y que fuera figura cultural mexicana. Madre y abuela del filósofo Luis Villoro y el escritor Juan Villoro, respectivamente.

Parte de su obra literaria se recoge en libros como: Azahares, espinas y rosas; Meditaciones, Suegras; Esbozos; Tres Chiquillas; Cuadros de una exposición; Páginas viejas; Charlas con mi hija; Átomos tontos, entre otros. Libros que reflejan su formación en el campo potosino y la época que le tocó vivir, donde impera el existencialismo y la fenomenología, campos que experimentaría posteriormente su hijo Luis Villoro. En su libro de ensayos: Esbozos, que lleva como ensayo central: El dominio de sí mismo, Sophrosyne vs la Hybris, “el dominio de sí mismo” no es una negación de la vida o de los impulsos, sino la condición necesaria para la auténtica libertad. Sin el gobierno de uno mismo, el ser humano queda a merced de fuerzas externas o de impulsos ciegos, perdiendo su autonomía.

María Luisa Toranzo Jordana nació en San Luis Potosí el 13 de marzo de 1890, perteneciente a familia de hacendados, vivió su infancia en la Hacienda de Cerro Prieto en el altiplano potosino, rumbo a Zacatecas, fue hija natural y creció entre libros, estudiando idiomas y cultivando la música tocando el arpa y la mandolina. El movimiento revolucionario le llevó en la adolescencia a radicar en la Ciudad de México, donde la vida placentera se trastocaba y la famosa banda del automóvil gris hacía de las suyas, y que quedó registrada en una de las primeras películas realizadas en México, llamada justo La banda del automóvil gris de 1919 de Enrique Rosas, filmada en los lugares donde pertrecharan sus ataques. En la película aparece la casa Toranzo donde vivió María Luisa en México y donde aparece en escena acechada en el asalto a su casa por tan peculiar banda.

Los acechos no pararon para María Luisa y fue pretendida por un general revolucionario del que logró escapar partiendo a España e instalándose en Barcelona donde se casaría con el médico barcelonés Miguel Villoro Villoro, procreando a tres hijos, entre ellos al filósofo Luis Villoro. Quedaría viuda y al iniciar la guerra civil española regresa a México huyendo de nuevo de la violencia. Se instala por un tiempo en la Hacienda de Cerro Prieto y parte a la Ciudad de México para que sus hijos continuaran sus estudios de formación.

Su familia potosina de abolengo le propició una considerable fortuna que le permitió ir a Barcelona, su abuela paterna Genoveva Peña Santacruz que casó en segundas nupcias con Casimiro Toranzo Ortiz, había sido esposa de Pantaleón Ipiña Eguía, siendo madre de José Encarnación Ipiña Peña.

Su pensamiento que de cierta forma influyera en su hijo Luis Villoro lo destaca en su libro Esbozos: “El dominio de sí mismo sobre la soberbia debe de consistir, no sólo en dominarse ‘delante de la gente’ y en vuestras ‘relaciones sociales’ para que los demás ‘vean’ que sois humildes o sencillos, sino que este dominio sobre vosotros mismos y sobre vuestra soberbia debe ser de tal modo profundo, que no sea un dominio efímero, originado únicamente por el bien parecer; tampoco debe ser un dominio de autosugestión, que sin serlo, os haga creer que ya sois humildes; sino que este dominio de vosotros mismos sobre la soberbia, debe ser una especie de ‘cura’ si queréis lenta y suave, pero sí honda, minuciosa y profunda. El dominio de vosotros mismos debe ser como un cauterio que tienda a curar, aunque sea quemando; a cauterizar, aunque sea con dolor, la llaga de vuestra soberbia, el cáncer de vuestro orgullo”

María Luisa Toranzo fue una mujer de una cultura vasta que participó activamente en la vida intelectual mexicana, aportando una sensibilidad ética que complementaba el rigor lógico de la época. Su enfoque en el “dominio de sí” suele leerse como un puente entre la virtud antigua, la psicología moderna y la abierta espiritualidad. Su nieto Juan Villoro la describe como una mujer que intentaba descifrar los secretos de la convivencia humana.

María Luisa Toranzo Jordana murió en la Ciudad de México a los 78 años de edad, el 2 de abril de 1968.

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Acento Ajeno

Maestría en derechos humanos y la incómoda pregunta | Columna de Haniel Valdés

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Por: Haniel Valdés

La comunidad cubana en el exilio, en Estados Unidos y en México, ha escrito en estos días cartas y mensajes dirigidos a la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP). Cuestionan que Gabriela Fernández Álvarez, presentadora del programa oficialista “Con Filo”, haya sido admitida en la Maestría en Derechos Humanos de la UASLP y que hoy esté cursándola en esta ciudad.

Los hechos conocidos son pocos. Su nombre aparece en la lista de la generación 2026-2028. Está en San Luis Potosí. En 2025, durante una gira por España, sostuvo que en Cuba no hay presos políticos. Todo lo demás es una discusión de fondo, y es más incómoda de lo que parece.

“Con Filo” nació en 2021, tras las protestas del 11 de julio, como respuesta de la televisión estatal cubana. Sus defensores dicen que desmiente falsedades. Sus críticos, que en algún punto dejó de desmentir y empezó a ridiculizar a la oposición, dentro y fuera de la isla, y a señalar como “vendepatrias” a quien se fue. Muchos exiliados lo viven como algo personal, porque vieron su rostro en pantalla como blanco de burla por opinar distinto. Esa es la versión de ellos, y es la que han hecho llegar a la UASLP.

Hay una ironía que ellos señalan y que no puedo dejar pasar. Quien llamó traidor al que salió de Cuba pudo salir, viajar y dar charlas en Europa. Pocos cubanos tienen ese privilegio.

La pregunta para México

Aquí es donde el caso deja de ser solo cubano. La universidad pública mexicana, ¿puede negar un lugar por lo que una persona ha dicho en público? Mi respuesta es que no debería. Una maestría en derechos humanos que excluya por opinión traicionaría la materia que enseña. La libertad de expresión protege también a quien piensa lo contrario de lo que a uno le gustaría.

Pero esa respuesta no cierra el tema. Un posgrado no es una tribuna. El objetivo del programa es formar profesionistas críticos y comprometidos con la solución de problemas de derechos humanos, en lo local, en lo nacional y en lo internacional. Y de eso sí podemos preguntar, porque no es lo mismo defender el derecho de alguien a estudiar que ignorar lo que esa persona dijo en pantalla durante años.

Y en México la materia no es teórica. Este es un país con miles de personas desaparecidas, periodistas asesinados y presos que esperan sentencia durante años. Un aula de derechos humanos en San Luis Potosí no es un espacio neutro. Se habla de casos reales, con familias reales.

Lo que corresponde

A la UASLP le corresponde explicar cómo se evalúa a quien aspira a este posgrado y qué responde a las cartas que recibió. Hasta ahora no hay una postura pública de la universidad, y el silencio solo alimenta la sospecha. También corresponde buscar la versión de la estudiante, que no ha respondido a los señalamientos. A ella le corresponde algo más difícil: sentarse en una clase donde se discute lo que defendió negar y escuchar.

Defiendo que se quede. Si la maestría sirve para algo, es para que esas ideas se confronten con argumentos, casos y compañeros que vivieron lo que ella calificó de mentira. Pero defender su derecho a estar no me obliga a fingir que la pregunta no existe.

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El Cronopio

El influyente divulgador de la ciencia, Luis González de Alba | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash

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EL CRONOPIO

 

Uno de los importantes divulgadores científicos de México fue el charquense Luis González de Alba, que emergió como un personaje famoso por su participación en el Comité Nacional de Huelga en el movimiento estudiantil de 1968; compromiso que asumió justo al egresar de la carrera de psicología en la UNAM. Fue aprehendido y recluido en la cárcel de Lecumberri donde inicia su labor literaria al escribir la novela Los Días y los Años. Lo narrado en esta novela fue usado por Elena Poniatowska lo que derivó en un conflicto entre González de Alba y la Poniatowska lo que la llevó a corregir lo dicho en su libro de La Noche de Tlatelolco.

Este lamentable episodio en la historia del México moderno, en el cual tuvo un protagonismo Luis González de Alba, marcó su derrotero profesional, participando en el periodismo y la política, siendo colaborador de los medios de comunicación: Grupo Milenio, Excélsior, Punto, Punto de Partida, Revista de Revistas, Siempre, Unomásuno y Nexos. Participó en la creación del diario La Jornada, de donde sería expulsado en 1997 tras la polémica con Elena Poniatowska.

En La Jornada, iniciaría su aventura como escritor científico en la columna “La Ciencia en la Calle” que atendió durante una década. Continuó su labor como divulgador de la ciencia en una nueva columna en Milenio Diario, que llamó “Se descubrió que…” donde escribía sobre ciencia y temas nacionales. Estas columnas marcan un momento especial en la historia de la divulgación de la ciencia en México, pues entrelazan los temas científicos, que era una de sus pasiones, con los históricos y sociales lo que enriquece el contenido tratado de manera clara y amena.

Esta labor lo llevó a escribir, además de novelas, poesía, ensayos y cuentos, libros de divulgación de la ciencia como La Ciencia, La Calle y Otras Mentiras; El Burro de Sancho y El Gato de Schrödinger: un paseo al trote por cien años de física cuántica y su inesperada relación con la conciencia, donde muestra la relación entre física y sociedad a través de la historia, libros publicados en 1989 y 2001, respectivamente.

Escribió además los libros de divulgación científica: Bases biológicas de la bisexualidad, (1985); La orientación sexual: reflexiones sobre la bisexualidad originaria y la homosexualidad, (2003); Niño o niña. Las diferencias sexuales, (2006), donde refleja y explica las bases científicas sobre la homosexualidad, manifestando su labor como activista gay

. Publica además los libros: Maravillas y misterios de la física cuántica: un paseo por la física del siglo XX y su inesperada relación con la conciencia, (2010) y Teoría de los grafos en las ciencias sociales, (1984).

Luis González de Alba nació en Charcas, San Luis Potosí, el 6 de marzo de 1944, donde realizó sus primeros estudios. Del pueblo minero, su familia se traslada a Guadalajara y González de Alba va luego a la Ciudad de México a continuar sus estudios profesionales de psicología en la Universidad Nacional Autónoma de México.

Entre sus actividades destacan la política, el activismo, la literatura y de manera especial su labor como divulgador científico pues se convirtió en uno de los divulgadores más influyentes e importantes del país, sumándose a la lista de divulgadores potosinos que forman parte de lo que llamo la tradición mexicana en divulgación de la ciencia donde se privilegia el compromiso social de la ciencia y su enfoque cultural. Fue un apasionado de los temas de física moderna y del cerebro humano, relación que marca una nueva etapa de estudio para entender la conciencia y la función del hombre en el universo con el desarrollo de la mente.

Luis González de Alba se suicidó el 2 de octubre de 2016, fecha de la conmemoración del 48 aniversario de la masacre de Tlatelolco.

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