Congreso del Estado
Robo de materiales ahora será tipificado en SLP
Antonio Lorca presentó al Congreso del Estado la reforma al Código Penal para ascender a “robo calificado” el hurto de materiales para la prestación de servicios públicos o privados
Por: Redacción
Antonio Lorca Valle, diputado local del Congreso del Estado presentó una reforma al artículo 218 en su fracción XII y su párrafo penúltimo, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer como robo calificado, el apoderamiento de cable de cobre, aluminio, acero, níquel, o cualquier otro material que conduzca energía eléctrica, agua, gas, o fibra óptica y que estén destinados a la prestación de un servicio público o privado. Misma que fue aprobada por el propio congreso local a petición de Ricardo Gallardo Cardona, gobernador del estado.
El legislador mencionó que ambas propuestas coinciden en la importancia de aumentar la protección de la infraestructura del estado , por medio del aumento de las penas aplicables, con la tipificación como robo calificado del apoderamiento de elementos de esta infraestructura de servicios.
“Las consecuencias de estas conductas tienen amplias repercusiones negativas para la vida diaria, la productividad y el ejercicio de los derechos por parte de la población ”, señaló.
Lorca señaló que los robos y daños de estos elementos, afectan gravemente las actividades productivas del sector público y del sector privado, ya que en la actualidad muchas acciones necesitan esa tecnología, “desde las operaciones bancarias, hasta los accesos a las bases de datos para realizar cualquier trámite en una dependencia pública, por lo que las consecuencias de estas conductas tienen amplias repercusiones negativas”.
El instrumento legislativo busca proteger la provisión de servicios tanto públicos y privados y con ello el interés general, así que de forma específica se contribuye a esos propósitos señalando también la necesidad de proteger la infraestructura de telecomunicaciones, desde una perspectiva de derechos”.
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Congreso del Estado
Buscan que la ASF reactive convenios con entes fiscalizadores de los estados
Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización y los entes fiscalizadores en las entidades
Por: Redacción
En reunión de trabajo, la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización fue aprobada la solicitud de exhorto del Congreso del Estado de Guerrero, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que por su conducto se exhorte a la Auditoría Superior de la Federación a que a la brevedad posible reactive el mecanismo para la firma de convenios de colaboración entre los entes fiscalizadores de los Estados y de la Ciudad de México.
Esto a efecto de armonizar criterios de colaboración y funciones que fortalezcan la fiscalización de los recursos públicos en la rendición de cuentas y transparencia de las participaciones federales otorgadas a los Estados.
Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización
y los entes fiscalizadores en las entidades del país, con el fin de hacer eficiente y eficaz la fiscalización de las participaciones que ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México.
Se menciona que los Congresos locales tienen atribuciones de fiscalización de los recursos públicos ejercidos por los gobiernos estatales, municipales, los Poderes del Estado, y órganos autónomos, entre otros, que tienen como finalidad otorgar servicios públicos, seguridad, administración de justicia, educación y demás bienestar social para la población.
Congreso del Estado
Se establece acceso al agua como un bien del dominio público
Se indica que su aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico.
Por: Redacción
El Congreso del Estado emitió la declaratoria de aprobación por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que reforma el artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para establecer al agua potable como un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable, e imprescriptible.
Se indica que su aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico; y las autoridades están obligadas a proveerla para el uso personal y doméstico, debiendo garantizar la suficiencia para evitar el hambre y las enfermedades.
Con esto, se eleva al rango de la Constitución Estatal, las disposiciones establecidas en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como del contenido de la Observación General número 15 que pronuncia el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, respecto al derecho al agua para alcanzar un nivel de vida adecuado.
Mediante esta reforma constitucional, se establece que el agua es un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible.
Congreso del Estado
Municipios deberán presentar tablas de valores unitarios de suelo antes del primero de octubre
La Ley define a los valores unitarios de suelo y construcción como el conjunto de elementos y valores unitarios aprobados según el procedimiento de esta Ley
Por: Redacción
Los ayuntamientos deberán proponer al Congreso del Estado a más tardar el primero de octubre de cada año, los proyectos de las tablas de valores unitarios de suelo y construcción; sin embargo, cuando inicie la gestión, deberán hacerlo a más tardar el 10 de noviembre del año que corresponda.
A las comisiones Primera y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal del Congreso del Estado, fue enviada para su análisis y dictamen, una iniciativa de reforma a la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí́.
La Ley define a los valores unitarios de suelo y construcción como el conjunto de elementos y valores unitarios aprobados según el procedimiento de esta Ley, y contenidos en los planos de las zonas respecto al valor del terreno, así́ como la relación con las clasificaciones de construcción y demás elementos que deberán de tomarse en consideración para la valuación de los predios.
El tiempo para la entrega de los valores al inicio de las administraciones municipales resulta ser insuficiente por la creación del consejo técnico catastral y de la propia elaboración de los mismos, por ello se establece que sea el 10 de noviembre del año que corresponda la entrega de los valores por parte de los municipios.
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