noviembre 21, 2024

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Columna de Victor Meade C.

Encarcélalo y luego averiguas | Columna de Víctor Meade C.

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SIGAMOS DERECHO.

Bien dicen que para conocer a un país, un buen lugar para comenzar es leyendo su código penal. Sirve como un indicador medianamente certero para saber cuáles son las problemáticas o fenómenos que le aquejan a la sociedad.

Pues bien, sexenio a sexenio, los presidentes de la República deciden adoptar alguna problemática social importante y convertirla en la bandera con la cual guiarán una buena parte de su acción y discurso político. La problemática social elegida, entonces, marca la pauta con la cual se habla, se legisla y, particularmente, se encarcela.

Por alguna razón, las personas solemos pensar que muchos de nuestros malestares sociales terminan —o al menos se atenúan— metiendo a prisión a todo aquel que huela a culpable. De manera muy notoria, podemos identificar como ejemplo de este fenómeno a la administración de Felipe Calderón, cuya gran bandera de gobierno fue la lucha contra el narco y todo lo que ésta conlleva: posesión, transporte, producción y uso de estupefacientes, secuestro, homicidios, trata de personas y más. Su gobierno, entonces, utilizó todos los medios a su alcance para crear una narrativa en la cual el Estado mexicano efectivamente le estaba plantando la cara al crimen organizado; no es complicado recordar la propaganda en televisión que daba cuenta de las múltiples bandas de secuestradores supuestamente desarticuladas, o los spots del Partido Verde promoviendo la (inconstitucional) cadena perpetua para secuestradores. La prisión como respuesta a las problemáticas sociales, al parecer, consigue muchos votos.

Una buena parte de esta estrategia consistió en aplicar una supuesta política de cero tolerancia, robusteciendo el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa —es decir, que con la mera acusación del Ministerio Público te meten a prisión sin mayor trámite mientras te investigan y juzgan— y castigando con más años de cárcel los delitos relacionados al crimen organizado. En la realidad, contrario al discurso triunfalista del oficialismo, esta política se tradujo en mandar al carajo la presunción de inocencia, saturar al sistema carcelario, impunidad rampante y en la consolidación de una cultura punitivista que, lejos de abandonarse con este nuevo gobierno de “izquierda”, se ha recrudecido.

La actual administración tiene la osadía de mirarte a los ojos y, sin ningún empacho, jurar que la corrupción es cosa de ayer y que las escaleras se han barrido correctamente de arriba para abajo.

Ésta, la corrupción, fue la gran bandera que la 4T alzó para guiar su discurso, sus políticas y su manera de encarcelar a las personas: en los tres años de gobierno se han añadido otros nueve al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa (enriquecimiento ilícito, ejercicio abusivo de funciones públicas, uso de programas sociales con fines electorales, huachicol, etc.).

A la par, esta administración promulgó la Ley de Amnistía y en agosto del año pasado publicó un Acuerdo que tiene por objeto preliberar a personas encarceladas que cumplan ciertos requisitos para que puedan terminar de purgar su pena fuera de prisión. La Ley de Amnistía solamente ha logrado la liberación de poco más de una decena de personas, mientras que el Acuerdo ha sido completamente inoperante: a más de cinco meses de su publicación, aún no se emiten las reglas que permitirán su operabilidad. Es decir, los esfuerzos de despresurización de las prisiones son prácticamente letra muerta y ahora se encarcela más que antes (sin sentencia).

Hace un par de semanas, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se preguntó en el Ampar o en Revisión 315/2021 —litigado por la Defensoría Pública Federal— si es procedente revisar la duración de la prisión preventiva oficiosa a los dos años, tal y como lo prevé el artículo 20 de la Constitución.

La Corte respondió lo que es más que evidente: la Constitución dice de manera muy clara que la prisión preventiva oficiosa no podrá durar, en ningún caso, más de dos años, a menos de que su extensión se deba al ejercicio del derecho a la defensa de la persona acusada. De esta manera, las personas encarceladas bajo esta medida cautelar que demuestren dilaciones injustificadas por parte de la autoridad para no emitir una sentencia podrán acudir con un juez o jueza y solicitar que se revise la idoneidad de esta medida. En su caso, las personas privadas de la libertad podrán salir de prisión y llevar su proceso penal bajo alguna otra medida cautelar menos restrictiva.

La Corte recuperó argumentos que ya habían sostenido previamente: “no se podrá determinar la necesidad de la prisión preventiva con base en la alarma social que genera el delito […] ya que son juicios que convierten a la prisión preventiva en una pena anticipada”. Además, la Corte utilizó razonamientos y criterios sostenidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quien ya ha manifestado que la prisión preventiva oficiosa es abiertamente contraria a la Convención Americana de los Derechos Humanos (obligatoria para México). Sobre este particular, el Ministro González Alcántara se pronuncia sutilmente e indica que, en su opinión, la prisión preventiva oficiosa debería de removerse de nuestro sistema jurídico; sin embargo, esa no era la litis, es decir, el problema jurídico a resolver en esta sentencia.

Conviene resaltar la gran paradoja de que, precisamente en materia de medidas cautelares para el proceso penal, el Código Nacional de Procedimientos Penales prevé un catálogo amplio de medidas que se pueden utilizar para garantizar la investigación sin tener que llegar a la prisión preventiva. A las personas acusadas se les pueden embargar sus bienes, congelar cuentas bancarias, emitir órdenes de restricción a ciertas personas o lugares, incluso se pueden colocar localizadores electrónicos. No obstante, es bien sabido que, sumado a la incompetencia del legislador, la Fiscalía General de la República suele preferir la fabricación de pruebas para echar mano de un recurso extraordinario como la prisión preventiva. Ahí está el caso de Rosario Robles, por ejemplo, a quien le confeccionaron una segunda licencia de conducir falsa y con ello lograron justificar su prisión preventiva.

En fin. Una buena noticia es que la Suprema Corte haya generado un precedente obligatorio para todos los jueces y juezas del país, en un tema que ha generado más daños que beneficios para la sociedad mexicana.

Desgraciadamente, así ha tenido que suceder en los años que corren: la Corte es la que debe declarar inconstitucionales todo el montón de tonterías que nos regala el legislador. Ahí están el caso de la interrupción legal de embarazo, el uso lúdico de la marihuana, el matrimonio igualitario, entre otros. Sin embargo, ninguno de estos cambios resueltos por la Corte servirán de mucho sin políticas públicas adecuadas. ¿Cuándo transitaremos a un modelo de justicia penal diseñado para conseguir verdadera reparación del daño para las víctimas? ¿Cuándo dejarán de ser las personas más vulnerables las más afectadas por el punitivismo penal aplicado por gobierno en turno?

**A propósito de la mano dura que este gobierno aplica a la corrupción: El sábado pasado se entregó a la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados el informe sobre la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2020. La Auditoría Superior de la Federación encontró irregularidades por varios miles de millones de pesos en los ventiladores, compra de vacunas, Tren Maya, INSABI, Bancos del Bienestar, la rifa del avión, Sembrando Vida, Dos Bocas, etc, etc, etc. ¿Cuántos funcionarios y funcionarias federales se irán a prisión preventiva por ejercicio indebido de la función pública o por enriquecimiento ilícito? Haga sus apuestas.

#4 Tiempos

El respeto a nuestros muertos | Columna de Víctor Meade C.

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SIGAMOS DERECHO.

 

En noviembre del 2000, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Guatemala por la tortura y desaparición forzada del Sr. Efraín Bámaca Velázquez. En la sentencia, la Corte resolvió que Guatemala debe localizar los restos mortales del Sr. Bámaca, exhumarlos y entregarlos a su viuda y su familia. Este punto de la sentencia es particularmente relevante dado que en los expedientes del caso se encontraba un archivo oficial que contenía tres teorías sobre el paradero del Sr. Bámaca: I) que estaba enterrado bajo una base militar; II) que un helicóptero se lo había llevado y tirado al mar; o III) que había sido llevado a la Ciudad de Guatemala, en donde habría sido torturado, estrangulado y cortado en pedazos.

La sentencia narra que, antes de que el caso llegara al tribunal interamericano, la familia del Sr. Bámaca solicitó al gobierno guatemalteco que realizara distintas exhumaciones de restos mortales que podrían ser los de Efraín, sin embargo, no hubo éxito en ninguno de los intentos. Esta falta de verdad y de justicia causó severos agravios y angustias a la familia del Sr. Bámaca —pertenecientes a la cultura maya— pues hasta la fecha no han tenido la posibilidad de dar la debida sepultura a su ser querido según sus tradiciones, ni tampoco de contar con un lugar sagrado en donde puedan velar por “el vínculo activo que une a los vivos con los muertos”. Ante estas violaciones a la integridad psíquica y moral de los familiares del Sr. Bámaca, la Corte les consideró como víctimas directas de las violaciones perpetradas por el Estado.

Recuerdo el caso del Sr. Efraín Bámaca Velázquez, no especialmente por los trágicos hechos de su desaparición, sino por este razonamiento que hace la Corte sobre el respeto al vínculo entre los vivos con sus muertos, así como a la oportunidad de dar sepultura de acuerdo con sus tradiciones. Sobre este tema en particular, el juez Antônio Cançado Trindade formuló para la sentencia un brillante voto razonado, cuyas reflexiones, me parece, son necesarias de tener presentes en los tiempos que corren.

Con la preocupación de que la sentencia de la Corte no se ocupó lo suficiente en desarrollar la discusión sobre el vínculo entre los vivos y los muertos, el Juez Cançado Trindade aclara en su voto que, a pesar de que los derechos y obligaciones de las personas terminan con la muerte, los restos mortales continúan siendo protegidos por el derecho. Esto es así porque “el respeto a sus restos mortales preserva tanto la memoria del muerto como los sentimientos de los vivos a él ligados por lazos de afecto”, dice Cançado Trindade. Es decir, el respeto a los muertos debe verse materializado en los restos mortales, pero también en los vivos que ha dejado atrás.

Conocer con certeza cuáles fueron los hechos violatorios de derechos humanos es fundamental para las familias de los muertos. Cançado Trindade sostiene que “el derecho a la verdad, en última instancia, se impone también en señal de respeto a los muertos y a los vivos”. El ocultamiento de los restos mortales de una persona desaparecida amenaza con romper el lazo espiritual que vincula a los muertos con los vivos y atenta contra la solidaridad que debe guiar los rumbos del género humano. Por lo tanto, el derecho a la verdad “constituye el punto de partida para la liberación, así como la protección del ser humano; sin la verdad (por más insoportable que esta pueda ser) no es posible libertarse del tormento de la incertidumbre, y tampoco es posible ejercer los derechos protegidos”.

Las consideraciones del juez Cançado Trindade ofrecen claridad en estos momentos en los que faltan las palabras a causa del horror, la pena y la consternación por lo sucedido en un centro penitenciario de Puebla la semana pasada. Los hechos son sencillamente horrorosos.

Tadeo, de apenas tres meses, falleció a causa de problemas intestinales y fue enterrado por sus padres en un panteón de Iztapalapa.

Algunos días después trascendió la noticia de que un bebé con una cicatriz en la panza y con un brazalete con unos apellidos fue encontrado muerto en un contenedor de basura al interior del Centro Penitenciario de San Miguel, en Puebla. Los padres de Tadeo escucharon la noticia y se alarmaron, dadas las coincidencias de los apellidos y la cicatriz que tenía su hijo, producto de las operaciones a las que se tuvo que someter por su condición intestinal. Acudieron al panteón y se encontraron con que su tumba había sido profanada. En efecto, el bebé ingresado clandestinamente al centro penitenciario y luego botado a la basura era Tadeo.

La noticia se difundió a nivel nacional varios días después de que ocurrieron los hechos, en buena medida, gracias a la atención que llamaron las organizaciones de la sociedad civil, a quienes el gobernador Barbosa incluso ha tenido la desfachatez de amenazar. Precisamente por esta presión mediática que ha realizado la sociedad civil, las investigaciones y coordinación entre autoridades ha podido avanzar mucho más de lo que seguramente lo harían si este caso hubiese permanecido en el silencio. Sin embargo, aún restan cientos de preguntas por resolver, y muchas responsabilidades por deslindar.

Por una parte, a la persona que dirige el centro de reclusión no se le puede despedir ni procesar penalmente. Esto porque la prisión está acéfala; no tiene director desde hace más de siete meses, dado que fue encarcelado por su participación en la fuga de un interno. Un absoluto desgobierno. Las investigaciones al resto del personal de la prisión, informa la Fiscalía, hasta ahora no han arrojado información relevante salvo la identificación de la persona que dejó al bebé en la basura. No se precisó si se trata de personal de la prisión o de alguna persona privada de la libertad. De las autoridades encargadas del panteón de Iztapalapa, la Fiscalía de la Ciudad de México aún no ha informado nada. Por otra parte, aún es completamente desconocido quiénes fueron las personas que exhumaron a Tadeo y lo ingresaron al penal. Tampoco se sabe cuáles eran sus fines y motivaciones. Insisto: un completo horror.

Las autoridades tienen la obligación y responsabilidad de conducir las investigaciones de manera pulcra; no hay margen para errores. Las acusaciones penales, a su vez, deben de concluir con sentencias condenatorias que sancionen debidamente a las personas responsables. Sin embargo, los años de prisión no bastarán para remediar este desastre, los gobiernos de Puebla y de Iztapalapa deben reconocer su responsabilidad y tomar las acciones necesarias que garanticen que hechos así no volverán a ocurrir. Es insostenible esta degradación al tejido de una sociedad que, ante la cotidianidad de lo brutal, poco a poco pierde la capacidad de escandalizarse. No se equivoca el juez Cançado Trindade al señalar que “la negligencia y el irrespeto con los restos mortales de las víctimas de violaciones de derechos humanos, y la imposibilidad de rehaberlos […] me parecen configurar una malaise de nuestros tiempos, revelando la espantosa pobreza espiritual del mundo deshumanizado en que vivimos”. Ojalá que Tadeo pueda por fin descansar, que su familia encuentre tranquilidad, verdad, justicia y reparación, y que el vínculo espiritual que les une se mantenga activo.

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#4 Tiempos

Más ciencia, menos obediencia | Columna de Victor Meade C.

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SIGAMOS DERECHO.

A la Comunidad del CIDE.

En 1848, Henry David Thoreau, escritor y filósofo estadounidense, dictó su conferencia “Los derechos y obligaciones del individuo en relación con el gobierno”. Años después, esta fue publicada como libro y bajo el título con el que hasta ahora se le reconoce: Civil Disobedience—o Desobediencia Civil—. En ella, Thoreau expone los principios básicos de lo que él llama «desobediencia civil» y posteriormente narra su experiencia aplicándolos en su propia vida: decidió no pagar sus impuestos como una manera de expresar su rechazo a distintas políticas del gobierno estadounidense —que en aquel entonces aún no abolía la esclavitud y se encontraba en guerra con México—, lo cual le llevó a ser arrestado y encarcelado por algunos días.

En sus reflexiones, Thoreau se pregunta hasta cuándo estamos obligados a obedecer al gobierno cuando consideramos injustas sus leyes o políticas; hasta cuándo se justifica la resistencia. En pocas palabras, Thoreau sostiene que, ante las injusticias del Estado, lo correcto es emprender un tipo de participación política —siempre pacífica y con un respeto general al marco jurídico— consistente en protestas, violación de la ley y denuncias de la injusticia ante las instituciones legales correspondientes. Las enseñanzas de Thoreau luego se convirtieron en un manual para guiar distintos movimientos de resistencia pacífica alrededor del mundo. La obra de Thoreau viene bien en los tiempos que corren.

Como ya he mencionado anteriormente en este espacio, la directora del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con la aquiescencia del presidente de la República, ha emprendido una serie de ataques y embates en contra de la comunidad científica del país. Denuncias de delincuencia organizada en contra de científicos, severos recortes presupuestales, detrimento a condiciones laborales y amenazas frontales a la libertad de expresión, así como despidos injustificados en pequeños Centros Públicos de Investigación son solo algunos ejemplos de los absurdos actos de persecución e intimidación que ha realizado María Elena Álvarez-Buylla durante su triste gestión al frente del CONACYT.

Contra el Centro de Investigación y Docencia Económicas(CIDE), el CONACYT hizo lo posible por provocar la renuncia de su Director General para así poder colocar a un director interino a modo. Este interino, José Antonio Romero Tellaeche, rápidamente desató una crisis al interior de la institución, destituyendo arbitrariamente a personas que solamente realizaron su trabajo de acuerdo a la normatividad, insultando a estudiantes y administrativos e incluso amenazando frontalmente y sin ningún empacho a la plantilla docente.

El interino pronto fue nombrado Director General de manera definitiva en un procedimiento de designación completamente ilegal, ya que se realizó sin contar con la participación de la comunidad del CIDE y sin permitir la votación de su Consejo Directivo. Tal es el tamaño de la ilegalidad que el CONACYT ni siquiera ha hecho pública el acta notariada de la sesión de designación que exige la ley ni tampoco la videograbación de la misma; solamente transmitieron en redes sociales las palabras vacías de Álvarez-Buylla y el discurso triunfalista del director espurio, José Romero.

Ante tales hechos, la comunidad del CIDE hemos decidido desobedecer las arbitrariedades e injusticias de la autoridad y resistir frente a sus ataques. De manera natural, personal académico, administrativo, egresados y alumnado nos unimos como nunca antes, no para resistirnos al inevitable cambio que ocurre en las instituciones públicas con el paso del tiempo, sino para defendernos de los despidos anunciados, de los planes de trabajo construidos con base en prejuicios y mentiras, del desprecio de las autoridades a la participación estudiantil y de la notoria ineptitud tanto de quien nos pretende dirigir en casa como de quien dirige atodo el sector.

Son pocos los momentos de la vida en los que nos enfrentamos a decisiones sencillas. En esta ocasión, la decisión que tomamos fue clarísima desde el primer momento; permitir el atropello al CIDE simplemente no era opción. Con esta irremediable convicción, siempre de manera pacífica y con respeto al marco legal, optamos por no callar frente a la arbitrariedad y buscar que se escuchen nuestras demandas, que desde el primer momento han sido también muy claras

(https://bit.ly/32J9hqp). Ante la cerrazón de las autoridades, nos hemos visto obligados y obligadas a, como diría Thoreau, desobedecer.

A través de las instituciones consagradas por nuestro Estado democrático y constitucional, tanto alumnos como profesores hemos acudido a los tribunales a presentar diversas demandas de amparo y procedimientos administrativos en contra de la designación ilegal de Romero Tellaeche. También, hemos protestado en las calles de distintas ciudades del país y hemos hecho que miles de mexicanos y mexicanas escuchen una de nuestras más fundamentales demandas: Más ciencia, menos obediencia.

El CIDE es nuestra casa de estudios y en ella encontramos educación pública de la más alta calidad en ciencias sociales; en ella nos formamos y desarrollamos nuestras habilidades para trabajar por un país más justo y menos desigual. Sin embargo, desde el 29 de noviembre —hace precisamente un mes— las y los estudiantes, en legítimo ejercicio de nuestro derecho a la libre reunión y a la libre manifestación de las ideas, decidimos darle un nuevo significado a los espacios físicos de la institución: hicimos del CIDE nuestra casa, también en el sentido literal de la palabra. Las aulas en las que aprendemos ahora son también cuartos en donde pasamos las frías noches del poniente de la Ciudad de México; las oficinas de la División de Administración Pública son ahora un espacio para comer, descansar y distraernos; sus explanadas ajardinadas son nuestro lugar para reunirnos, consensuar y planear los siguientes pasos.

La desobediencia civil, dice Thoreau, es también un medidor importante de la solidez democrática de las sociedades. A lo largo de estas semanas hemos sido testigos de cómo los medios de comunicación cercanos al régimen han tergiversado y sacado de contexto los hechos. Hemos vivido el silencio abrumador de las autoridades, hemos sido estigmatizados desde Palacio Nacional y nos han dejado plantados en la mesa de diálogo en varias ocasiones. Ahora, en un intento frontal de intimidación, José Romero ha cambiado el servicio privado de vigilancia del CIDE por el Servicio de Protección Federal, creado por Genaro García Luna y que acumula más de 1 500 denuncias y quejas por abuso de autoridad, maltrato, acoso sexual y demás.

A pesar de ello, la Comunidad del CIDE —docentes, administrativos, alumnos y exalumnos— se mantiene unida en una expresión de resistencia, dignidad, valentía y defensa de nuestros derechos frente a los intereses perversos de una camarilla.

Con la firmeza de nuestras convicciones, y con lo inadmisible que resulta en un Estado democrático querer cooptar a la libertad académica, hemos reunido el valioso apoyo y solidaridad de decenas de instituciones y de miles de científicos, académicos y demás simpatizantes repartidos por todo el mundo.

A pesar de todo lo que ha sucedido y a pesar de todo lo que falta, ya hemos triunfado en la más importante de las batallas, librada en el campo de la razón.Hemos desobedecido antes, lo hacemos ahora y lo seguiremos haciendo siempre ante la arbitrariedad, la injusticia y la tiranía.

Así las cosas, dedico mi último texto de este año a toda la Comunidad del CIDE, de la que me honro profundamente de ser parte, y le reitero mi más sincera admiración, respeto y cariño.

Feliz resistencia y Próspera desobediencia.

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#4 Tiempos

ENPOL 2021 y otras prioridades | Columna de Víctor Meade C.

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SIGAMOS DERECHO.

En 2008, distintos artículos de la Constitución fueron reformados para iniciar la transición de nuestro sistema penal, en ese entonces inquisitivo, a uno acusatorio. El nuevo sistema entró en vigor en todo el país en 2016, para lo cual requirió de una serie de modificaciones sustanciales a distintas leyes y procedimientos para la investigación de los delitos, la manera en que se llevan a cabo los juicios, la ejecución de las penas de prisión y la reinserción social. De esa serie de reformas y modificaciones surgió la Ley Nacional de Ejecución Penal, que, entre otras cosas, prevé las condiciones que rigen a los centros penitenciarios y otorga al Juez de Ejecución de Penas la facultad de modificar la duración de las penas privativas de la libertad a personas internas en prisión, que antes solo podía realizar —y con bastante discrecionalidad— la autoridad penitenciaria.

Ciertamente, la Ley Nacional de Ejecución Penal ha dejado mucho que desear, pues aún existen pocos medios para que las personas privadas de la libertad remitan quejas por violaciones a sus derechos humanos; aún hay una amplia presencia de extorsión y sobornos dentro de las prisiones; hay hacinamiento, sobrepoblación y los procedimientos para acceder a los derechos que reconoce la ley —reducción de penas, tratamiento médico, traslados a otros centros penitenciarios, etc.— siguen siendo complejos y altamente burocratizados. No obstante, uno de los grandes aciertos de la Ley es su artículo 29, que ordena al INEGI la realización de una encuesta —Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad o ENPOL— que permita conocer las condiciones demográficas y socioeconómicas de las personas privadas de la libertad, así como la manera en que se dio su detención, procesamiento e internamiento.

La ENPOL tiene como antecedente directo la Primera Encuesta Realizada a Población Interna en Centros Federales de Readaptación Social realizada en 2012 por académicas del CIDE y que tuvo por objetivos los mismos que desde 2016 guían a la ENPOL. Con apenas 821 personas entrevistadas, la encuesta del CIDE pudo dar cuenta de las graves violaciones al debido proceso, de la política de fabricación de culpables y de las graves desigualdades que existen entre los delitos por los que se persiguen a las mujeres en comparación con los hombres, específicamente en el sexenio de Felipe Calderón. Dichos hallazgos han sido de gran utilidad, no solo para evidenciar las severas injusticias cometidas al momento de procesar a las personas acusadas de cometer algún delito, sino también para promover distintas reformas y mejoras a nuestro joven e imperfecto sistema penal acusatorio.

La primera edición de la ENPOL se realizó ese mismo 2016 y la segunda fue este año, cuyos resultados fueron recién publicados hace un par de semanas. Para ello, el INEGI visitó 203 centros penitenciarios federales y estatales entre junio y julio de este año, en donde encuestaron a más de 67 mil personas de 18 años o más, procesadas o sentenciadas por delitos del fuero común o federal. Si bien es cierto que algunos indicadores han mejorado, como el tiempo que tardan en poner a disposición de un juez a los detenidos o los casos de violencia en el Ministerio Público, los resultados siguen siendo muy alarmantes. Veamos.

Según los datos recabados por el INEGI, la población privada de la libertad en México es de 220 mil personas, de las cuales 12 mil son mujeres y 208 mil son hombres. El grueso de la población interna en prisión tiene entre 30 y 39 años y el delito más común por el que se sentencian a los hombres es el de homicidio doloso (casi el 25%), mientras que el más común en mujeres es secuestro o secuestro exprés (casi el 24%). En cuanto a su nivel de escolaridad, casi el 95% de la población privada de la libertad afirmó saber leer y escribir, al tiempo que el 70% de los hombres y el 62% de las mujeres cuentan solo con educación básica. Como antecedentes laborales, 1 de cada 4 personas privadas de la libertad reportó dedicarse al trabajo artesanal previo a su detención.

Sobre el momento en que se realiza la detención, la ENPOL demuestra que las detenciones en la calle y sin orden judicial son las más comunes con el 23% de los casos, mientras que solo el 9% señaló haber sido detenido en flagrancia. Después de la detención, la violencia se hace presente de distintas maneras: casi la mitad de las personas señalaron haber sido incomunicadas o aisladas (45%), muchos fueron amenazados con levantarles cargos falsos (39%), paseados durante horas en un automóvil (33%), desvestidos (28%) e incluso amenazados de muerte (26%).

Sumado a las agresiones psicológicas, casi la mitad de las personas privadas de la libertad reportaron haber sido víctimas de violencia física antes de llegar al Ministerio Público. Las patadas y los puñetazos son lo más común; le siguen la asfixia, las ataduras, golpes con objetos y ahogamientos. Además, el 15% de las mujeres que sufrieron agresiones físicas reportaron haber recibido agresiones sexuales. En San Luis Potosí, 1 de cada 2 personas detenidas sufre algún tipo de violencia física después de la detención y antes de llegar al MP; la gran mayoría de las detenciones en nuestro estado las realiza la Policía Ministerial. Invariablemente, estas cifras hacen eco con los miles de casos de fabricación de culpables que hay en México, en los que el Estado primero detiene a una persona y luego confecciona las pruebas en su contra.

Una vez en el Ministerio Público, las violaciones al debido proceso continúan siendo la regla: solo la mitad de las personas detenidas fueron evaluadas por un médico, no se suele contar con el apoyo de un traductor, no se explican a los acusados sus derechos ni tampoco se les permite realizar una llamada. Además, de las personas que rindieron su declaración ante el MP, casi el 40% fueron presionadas por las autoridades para dar otra versión de los hechos y solo el 23% contó con la presencia de su abogado, quienes en algunas ocasiones recomiendan a sus clientes declararse culpables. Sobra decir que la violencia física y psicológica continúa.

Finalmente, sumado a todas las irregularidades e ilegalidades procesales antes mencionadas, la mitad de las personas sentenciadas reciben penas de más de 15 años de prisión. Es cierto que cada vez más personas tienen la posibilidad de acceder a los servicios de un defensor privado, aunque en un gran número de casos la defensoría de oficio sigue siendo la única opción. Esto repercute directamente en las posibilidades de las personas acusadas, pues la mayoría de los defensores de oficio recomendaron declararse culpable y optar por un procedimiento abreviado (53%), menos de la mitad presentaron una apelación a la sentencia (47%) y muchos menos iniciaron un juicio de amparo (18%).

Aunque desoladores y atemorizantes, los datos que arroja la ENPOL son extremadamente útiles para conocer con mayor detalle las problemáticas específicas de cada una de las etapas del procedimiento penal. Ahora bien, esta valiosa información servirá de muy poco si solamente se mete al cajón y se le pone un candado de olvido. Es por ello que debemos dar luz a estos datos —a estas historias de vida— y exigir acciones concretas que permitan transformar nuestra apremiante realidad. Es urgente que instemos a nuestros representantes y autoridades a que se replantee el sistema penitenciario del país y que continuamente pongamos a examen los supuestos avances en materia de justicia que se pregonan en los informes de gobierno. El gran trabajo realizado por el INEGI, a cinco años de la entrada en vigor en todo el país del nuevo sistema penal, nos confirma la necesidad de detenernos y reestructurar un modelo de justicia que sin duda ha traído muchos beneficios en comparación con el anterior, pero que ciertamente no ha estado a la altura de nuestras circunstancias.

Vale la pena mencionar que la ENPOL está diseñada para realizarse cada tres años. Sin embargo, en 2019 el gobierno federal aplicó un recorte de cinco mil millones de pesos al INEGI, lo cual le obligó a detener distintos proyectos, entre ellos esta Encuesta. Ahora la «austeridad» tocó la puerta del INE, que le imposibilita realizar la mal y tendenciosamente llamada «ratificación» de mandato. El ejercicio de los derechos y la implementación de políticas públicas tienen un costo. Algunas, como la ENPOL, no son prioridad para el poder y pueden esperar. Otras, como la revocación, son de urgencia y hasta le merecen amenazas de juicio político a los consejeros del Instituto.

A mis cinco lectores: Les deseo una muy Feliz Navidad.

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