mayo 28, 2026

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Congreso del Estado

Diputadas Bernarda Reyes y Liliana Flores exhortan a cumplir la representación de pueblos indigenas

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Buscan que personas no indígenas dejen de apropiarse de candidaturas indígenas

Por: Redacción

Las diputadas Bernarda Reyes Hernández y Liliana Flores Almazán, propusieron un Punto de Acuerdo para exhortar al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), para que tomen las medidas necesarias para garantizar que personas no indígenas pretendan hacerse pasar como indígenas para lograr ser candidatos de elección popular.

Señalan la necesidad de implementar medidas como la verificación de la autenticidad de la identidad indígena, mediante procedimientos y requisitos claros y específicos para la acreditación de la identidad indígena de los candidatos, como la presentación de documentos que acrediten su pertenencia a una comunidad indígena, la realización de entrevistas y/o pruebas de conocimiento sobre la cultura y la lengua indígena correspondiente.

También proponen una participación activa de las comunidades indígenas, mediante mecanismos de participación activa y directa de las comunidades indígenas en la selección de candidatos, a través de consultas, asambleas y/o acuerdos comunitarios.

Fiscalización y sanciones para los candidatos que pretendan hacerse pasar como indígenas o que incurran en prácticas de fraude electoral. Estas sanciones pueden incluir la cancelación de su registro como candidatos, la anulación de sus votos y/o la imposición de multas y sanciones penales.

Fortalecimiento de la cultura y lengua indígena, mediante la implementación de políticas públicas y programas de fortalecimiento de la cultura y lengua indígena, con el fin de promover y preservar la identidad y el patrimonio cultural de las comunidades indígenas.

De manera general, establezcan medidas que garanticen la autenticidad de la identidad indígena de los candidatos y la participación activa y directa de las comunidades indígenas en la selección de sus representantes.

La legisladora Bernarda Reyes manifestó que existen personas que de manera dolosa se autoidentifican como miembros de comunidades indígenas para conseguir un puesto de elección popular,

ocasionando con esto un daño a la representación y participación efectiva de pueblos y comunidades indígenas dentro de la vida política.

Recordó que dichos pueblos y comunidades indígenas cuentan con el reconocimiento de derechos individuales y colectivos, los cuales se encuentran contenidos en el artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 9 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y su respectiva Ley Reglamentaria.

Dijo que durante los procesos electorales existen muchas personas que con el afán de llegar a puestos públicos “se autoadscriben como indígenas, a pesar de no formar parte de ninguna comunidad y no tener ni las mismas costumbres o tradiciones de la comunidad a la que dicen pertenecer.

Cabe destacar que esta es una propuesta conjunta con la legisladora Liliana Flores, pues ambas diputadas representan distritos de la Huasteca Potosina que es donde se concentra la mayor cantidad de pueblos y comunidades indígenas del Estado, con más de 200,000 hablantes de lenguas indígenas.

El Punto de Acuerdo fue turnado a comisiones para su análisis correspondiente.

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Congreso del Estado

Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Electoral de SLP

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Entre los cambios están que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos

Por: Redacción

La LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó una serie de reformas a la Constitución Política y a la Ley Electoral de San Luis Potosí con el objetivo de modernizar y hacer más eficientes los procesos electorales, además de fortalecer la participación política de las mujeres mediante reglas permanentes de paridad y alternancia de género.

Durante la Sesión Ordinaria, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Carlos Artemio Arreola Mallol, destacó que las modificaciones consolidan mecanismos jurídicos para garantizar una mayor igualdad en cargos de elección popular, especialmente en la gubernatura y las presidencias municipales.

El legislador señaló que las reformas buscan “blindar jurídica y constitucionalmente” la participación efectiva de las mujeres, incorporando criterios claros de alternancia de género para futuras elecciones.

Entre los cambios aprobados destaca que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos, fortalecer la fiscalización de recursos públicos y modernizar el sistema de quejas y denuncias.

También se estableció la obligación de realizar al menos dos debates entre candidaturas a la gubernatura durante el periodo de campañas, así como debates obligatorios para presidencias municipales en los cinco municipios con mayor lista nominal del estado.

En materia de paridad, la reforma constitucional establece que los partidos políticos deberán aplicar la alternancia de género en la postulación a la gubernatura estatal, tomando como referencia el género de la candidatura presentada en la elección inmediata anterior.

Sin embargo, tras las observaciones realizadas por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona, se determinó que para el proceso electoral de 2027 no existirá restricción de género en las candidaturas a la gubernatura, permitiendo a partidos y candidaturas independientes definir libremente sus postulaciones bajo el principio general de paridad.

La aplicación obligatoria de la alternancia de género comenzará a partir del proceso electoral 2032-2033, con reglas específicas para garantizar una implementación gradual y constitucionalmente sólida.

Las reformas también contemplan ajustes administrativos y financieros, incluyendo mayores obligaciones de transparencia en el uso de recursos públicos y nuevas reglas para las prerrogativas y sanciones de los partidos políticos.

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Congreso del Estado

Congreso aprueba reforma a la Ley para Igualdad entre Hombres y Mujeres

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Se amplían las causas de discriminación introduciendo nuevas condiciones que generan esta práctica

Por: Redacción

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de San Luis Potosí presentada por la diputada María Antonia Castro Castañeda, para ampliar las causas que generen discriminación.

El diputado Marco Antonio Gama Basarte, presidente de esta comisión legislativa dijo que el dictamen establece que la discriminación, es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional, y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad sustantiva de oportunidades de las personas en las esferas política, económica, social, cultural, civil, educativa, institucional, laboral o en cualquier otra.

Asimismo, se propone, incluyendo a cualquier acción u omisión que, directa o indirectamente, provoque o perpetúe la brecha de género en cualquier ámbito, cuando la distinción, exclusión, restricción o preferencia en estos términos se base en uno o más de los siguientes motivos del origen étnico, nacional o regional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, la salud o jurídica, la religión y la apariencia y/o condición física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, la identidad de género, la orientación sexual, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, profesión o actividad laboral, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo análogo

.

En la propuesta aprobada, se agrega el siguiente párrafo a esta segunda fracción: se entenderá también como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

Asimismo, establece que se considera discriminación por razón de sexo cualquier persona realizada por la autoridad o la persona servidora pública, que derive la presentación de un recurso tendiente a salvaguardar el derecho a una vida libre de discriminación por razón de sexo, así como cualquier conducta u omisión destinada a impedir el ámbito del debido proceso del recurso.

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Congreso del Estado

Proponen reforma para sancionar fraudes parentales

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Son aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas

Por: Redacción

La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con el objetivo de incorporar un tipo penal específico que sancione la atribución indebida de la paternidad o las obligaciones de filiación a un tercero, cuando medie dolo, engaño o aprovechamiento indebido de las circunstancias.

Ello no sólo responde a una necesidad de justicia material, sino que se alinea con el principio de proporcionalidad, al equilibrar la protección de los derechos de la niñez con los derechos patrimoniales y personales de quienes resulten afectados por estas conductas, manifestó la diputada proponente.

Expuso la legisladora que la propuesta no pretende, en modo alguno, debilitar el principio del interés superior de la niñez

, sino fortalecerlo mediante la correcta identificación de los sujetos obligados, garantizando que las responsabilidades recaigan en quien verdaderamente corresponde
conforme al vínculo biológico o jurídico.

“Esta reforma se inscribe en una tendencia contemporánea del derecho comparado orientada a reconocer y sancionar las denominadas conductas de fraude o engaño parental, entendidas como aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas”, señaló.

La legisladora Martínez Vázquez afirmó que “es necesario y jurídicamente impostergable dotar al ordenamiento penal de herramientas que permitan sancionar estas conductas, proteger el patrimonio de las personas afectadas y reforzar la certeza en las relaciones de filiación, contribuyendo así a un sistema jurídico más equitativo, coherente y garantista”.

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Opinión

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