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¿Cómo es realmente un proceso quirúrgico para abortar?
El pasado viernes la diputada Sara Rocha reprodujo un video erróneo de cómo es un aborto, generando desinformación a la sociedad potosina
Por: Ana G Silva
El pasado viernes 13 de diciembre, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la interrupción legal del embarazo, luego de modificar el artículo 16 de la Constitución que protegía la vida desde la concepción, además de que se reformó la Ley de Salud para que las mujeres o personas gestantes puedan acudir a las instituciones de salud pública para que les brinden este derecho de forma gratuita.
En la sesión, Sara Rocha, diputada local por el PRI, se posicionó en contra de la iniciativa, pero además mostró un fragmento de la película “Inesperado”, un filme antiabortista en el que el proceso de interrupción del embarazo es exagerado y que supuestamente detalla cómo “es un proceso quirúrgico” si se decide realizarlo.
La Orquesta conversó con Fabiola Luna, sexóloga, integrante del Frente Marea Verde y de la Red de Médicas por el Derecho a Decidir, consideró que fue muy desafortunado el video que mostró Sara Rocha, quien tiene una posición de poder, ya que solo suma a la desinformación, una pelea constante sobre el aborto, pues solo genera sentimientos o sensación de culpa en las mujeres:
“El video que ella mostró es Hollywood o sea, es ciencia ficción. Los procedimientos tienen protocolos que están estandarizados, no por San Luis, no por México, sino son internacionales, cuidan la integridad; por ejemplo que la usuaria del servicio esté recibiendo atención, tengan analgesia, que esté en un medio apropiado para hacer el procedimiento, que esté estéril, que son mil cosas que en este video que mostraron no están, incluso las técnicas, la manera de realizarse no tienen nada que ver”.
La médica experta comentó que la desinformación crea más mitos, crea más estigma y las mujeres se van a sentir con más limitaciones para acercarse a solicitar el proceso. Por lo que opinó que sería importante conocer realmente cómo son los procesos para abortar, ya sea de expertos o de mujeres que han pasado por el procedimiento, pues en realidad no se sufre y no se padece si se hace de la forma correcta.
La integrante de la Red de Médicas por el Derecho a Decidir destacó que definitivamente un feto de 12 semanas no está formado como se mostró en el video , sino que solo son sombras embrionarias.
“Muchas personas anti derechos, cuando dan estos discursos, habitualmente buscan exagerar y volver sensacionalista. Esta parte de un feto que prácticamente es como un humano encogido, así un humano en chiquito que prácticamente habla y como que lucha, se entiende casi que saca ‘guantecitos de box’. Esa parte para mí resulta risible, pero muchas de las personas que no tienen el contacto o la información suficiente se pueden quedar con eso”.
Fabiola Luna explicó que un proceso quirúrgico para interrumpir el embarazo es seguro: primero la usuaria debe solicitar la interrupción, para que pueda ser valorada y ver si es apta para entrar a un quirófano y tenga las menores posibilidades de complicación; una vez ingresada se le dan consentimientos informados, se le explica el proceso y se le da a elegir aspectos como si quiere anestesia local o si desea ser sedada.
Dijo que la anestesia local se pone directamente en el útero para adormecer y que no moleste en el proceso; mientras que la sedación es cuando se duerme a la paciente durante el procedimiento. Posteriormente, se coloca en una posición específica, se hace un aseo lavado quirúrgico, se prepara todo y el anestesiólogo y el personal de enfermería vigilan a la usuaria todo el tiempo.
El útero se vacía por medio de una succión al alto vacío, por medio de una jeringa de aspirado manual endouterino, el objetivo es ir despegando el tejido que está al interior del útero para poder extraerlo. Después, se revisa a la mujer, se llevan distintas mejoras, se le dan los cuidados necesarios y se dan las indicaciones para la recuperación. Incluso se puede aprovechar la anestesia para colocar un método anticonceptivo.
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Mataperros de Soledad obtiene amparo y evita su detención
Aunque la Fiscalía ya había obtenido una orden de aprehensión, un juez federal le concedió una suspensión dentro de un juicio de amparo
Por: Redacción
El hombre señalado por presuntamente haber matado a balazos a dos perros en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez no será detenido por el momento, luego de obtener una suspensión federal dentro de un juicio de amparo que frena la ejecución de la orden de aprehensión girada en su contra.
Así lo confirmó María Manuela García Cázares, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien explicó que la dependencia ya había integrado la carpeta de investigación por presunto maltrato animal y conseguido una orden de captura emitida por un juez de Control. Sin embargo, antes de que ésta pudiera ejecutarse, el imputado recurrió a la justicia federal.
La fiscal detalló que el Juzgado de Distrito concedió una suspensión para evitar que el hombre sea detenido mientras se resuelve el procedimiento de amparo, aunque la protección judicial está condicionada al cumplimiento de diversas medidas.
Entre ellas, deberá cubrir una garantía económica y acudir periódicamente ante la autoridad judicial para acreditar que permanece a disposición de la justicia: “Está concedida la suspensión para efecto de que no se le detenga”, señaló García Cázares.
La funcionaria precisó que la orden de aprehensión sigue vigente y podría ejecutarse si el acusado incumple cualquiera de las condiciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación.
Por ahora, el caso que provocó indignación entre colectivos animalistas y usuarios de redes sociales permanece en una fase de espera, mientras las autoridades verifican que el imputado cumpla con las obligaciones derivadas del amparo.
El hecho ocurrió recientemente en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez, donde dos perros fueron asesinados a balazos, un caso que generó una fuerte condena pública y reavivó el debate sobre las sanciones por maltrato animal en San Luis Potosí.
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SSPCE cuestiona a jueces que liberan a detenidos por delitos graves
Jesús Juárez aseguró que muchas liberaciones no obedecen a errores policiales, sino a decisiones judiciales
Por: Redacción
Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, criticó los criterios utilizados por algunos jueces federales para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a personas detenidas por delitos graves, al considerar que estas resoluciones debilitan el trabajo de las corporaciones de seguridad y pueden representar un riesgo para la ciudadanía.
El funcionario sostuvo que, en diversos casos, las liberaciones no obedecen a fallas en las detenciones realizadas por policías estatales o municipales, sino a decisiones tomadas posteriormente por las autoridades judiciales: “La situación de la liberación no tiene que ver incluso con la actuación policial”, afirmó.
Juárez explicó que las corporaciones suelen realizar investigaciones, operativos y puestas a disposición conforme a los procedimientos establecidos; sin embargo, señaló que algunos jueces optan por imponer medidas cautelares que permiten a los imputados enfrentar sus procesos en libertad.
Según el titular de Seguridad, existe una tend encia de algunos juzgadores a privilegiar criterios garantistas sobre la prisión preventiva, incluso en asuntos relacionados con delitos de alto impacto o portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
“Entiendo yo, es una percepción, que hay jueces federales muy garantistas; prefieren dar otra medida en libertad que la prisión preventiva”, expresó.
El secretario advirtió que este tipo de resoluciones generan frustración entre los cuerpos de seguridad, debido a que muchas detenciones son resultado de meses de investigación, seguimiento e inteligencia operativa.
Además, aseguró que las corporaciones han documentado casos en los que personas liberadas posteriormente reinciden en actividades delictivas, situación que consideró especialmente preocupante cuando deriva en nuevos hechos violentos.
“Lo hemos visto. Son liberados y luego privan de la vida a otra persona. Es lo más grave y es lo que deberían considerar los jueces federales o locales”, señaló.
Juárez Hernández consideró que cuando existen elementos que acreditan la portación de armas largas o la probable participación en delitos de alto impacto, los juzgadores deberían analizar con mayor firmeza la aplicación de la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, para evitar que los imputados continúen operando mientras enfrentan un proceso penal.
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Fiscalía de SLP investiga un aborto practicado fuera del plazo legal
El caso fue detectado por una clínica del IMSS tras atender a una mujer con sangrado después de las doce semanas de embarazo.
Por: Redacción
De los cinco abortos que reportó el Secretariado de Seguridad en lo que va del año, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) tiene abierta una sola carpeta de investigación penal, correspondiente a un procedimiento practicado fuera del límite legal de doce semanas, confirmó María Manuela García Cázares, titular de la dependencia.
El Congreso del Estado, en cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reformó la legislación local en materia de aborto: el procedimiento es legal antes de las doce semanas de gestación y puede practicarse en los centros hospitalarios autorizados. A partir de esa semana se considera delito.
El único caso bajo investigación este año fue detectado por una denuncia de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): una mujer llegó con sangrado y se determinó que el aborto había sido provocado después del límite legal. García Cázares no precisó en qué municipio ocurrió ni si hay personas imputadas.
Los otros cuatro registros del Secretariado no han llegado a la Fiscalía. La titular explicó que corresponde a la Secretaría de Salud verificar que los procedimientos se hayan practicado dentro de las doce semanas antes de que puedan ser atendidos en los centros autorizados.
En cuanto a quienes obliguen a una mujer a abortar —otro supuesto previsto en el Código Penal— García Cázares recordó el caso del año pasado: un médico que practicó un aborto ilegal y causó la muerte de la paciente. No informó si ese proceso concluyó ni cuál fue su resolución.
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