Opinión
FIEL, FIREL y justicia digital: no todas las firmas electrónicas sirven para lo mismo | Columna de Víctor Ezequiel
SERENDIPIA
Por: Víctor Ezequiel / X: @MrVictorHdz
Culto público, probablemente alguna vez te han pedido una “firma electrónica” y has pensado que se trata de la famosa FIEL del SAT. Y sí, durante muchos años así la conocimos. Hoy se llama e.firma, pero existe otra que resulta especialmente importante si tienes un asunto ante un órgano jurisdiccional federal: la FIREL.
Aunque ambas sirven para acreditar digitalmente la identidad de una persona y permiten firmar documentos electrónicos, no son exactamente lo mismo ni tienen el mismo ámbito de aplicación.
Empecemos por la e.firma
La e.firma del SAT, antes conocida como FIEL, es un certificado digital que identifica a su titular y que jurídicamente produce efectos equivalentes a una firma autógrafa. Tiene una vigencia de cuatro años y se tramita ante el Servicio de Administración Tributaria.

Su utilización no se limita a los impuestos. Puede emplearse ante el propio SAT y, cuando los sistemas correspondientes la reconocen, ante otras dependencias federales, entidades federativas, municipios e incluso particulares.
En pocas palabras: la e.firma es una herramienta de identificación y firma electrónica de uso amplio, pero cada institución determina qué certificados acepta.
Y entonces, ¿qué es la FIREL?
La Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación, FIREL, está diseñada específicamente para la interacción electrónica con el Poder Judicial de la Federación.
Su importancia radica en que permite realizar actuaciones judiciales electrónicas: presentar demandas, promociones y recursos; consultar expedientes; recibir notificaciones y dar seguimiento a los asuntos sin tener que acudir físicamente al órgano jurisdiccional.
Y aquí aparece una precisión importante: tener FIREL no significa que automáticamente puedas utilizarla en cualquier órgano jurisdiccional del país.
La FIREL puede ser reconocida por órganos locales solo cuando exista un convenio o mecanismo de homologación. Actualmente, el propio Portal de Servicios en Línea del PJF identifica convenios para reconocer certificados de Baja California, Estado de México, Guanajuato, Tamaulipas y Ciudad de México. También reconoce la e.firma del SAT.
Por ello, si vas a promover ante un Poder Judicial estatal, hay que revisar qué firma acepta específicamente ese tribunal.
Una FIREL con reglas nuevas
Y aquí hay una novedad importante.
El 26 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que regula la emisión, renovación, revocación, reconocimiento y uso de la FIREL.
El nuevo esquema contempla dos modalidades:
Presencial: el certificado puede tener una vigencia de hasta cuatro años.
En línea: el certificado tiene una vigencia de un año.
Para la modalidad presencial, actualmente se debe ingresar al sistema, proporcionar los datos de identificación, cargar identificación oficial, acta de nacimiento o carta de naturalización y comprobante de domicilio, y posteriormente seleccionar módulo, día y hora para acudir a realizar el enrolamiento. Es sumamente importante llevar impreso tu acuse, pues es la forma en que tiene el servidor público que te atenderá para validar el proceso del trámite.
Hay un dato especialmente interesante: aunque el nuevo acuerdo establece que, a partir del 1 de enero de 2028, para obtener por primera vez una FIREL en línea será necesario haber obtenido previamente una presencial, durante 2026 y 2027 todavía será posible obtener por primera vez el certificado mediante el procedimiento en línea.
Es decir, quien quiera aprovechar la modalidad remota todavía tiene una ventana abierta hasta el 31 de diciembre de 2027.

Para tramitar tu FIREL ingresa a este link: https://firel.pjf.gob.mx/
Una pregunta frecuente es si con esto ya se puede presentar una demanda y desafortunadamente no es así. La firma electrónica es solamente un medio de validación oficial que representa la voluntad de un justiciable como si plasmara una firma autógrafa. Esta se compone de dos archivos: la llave o Key, que es el archivo que se descarga al momento de iniciar tu trámite; el certificado, que es el archivo generado una vez validada tu información; y existe un tercer archivo llamado PFX, que consiste en la unión de los dos archivos anteriores.
Una vez autorizada la emisión de tu firma, la puedes descargar en esta página: https://firel.pjf.gob.mx/Descarga.aspx
Para generar tu archivo PFX, es necesario que cuentes con tu archivo llave y que ingreses tu contraseña en el siguiente link: https://firel.pjf.gob.mx/Unionpardellaves.aspx
Ahora bien, es importante que memorices tu contraseña o la guardes en un lugar seguro, ya que no es posible recuperarla o cambiarla a menos que antes revoques tu firma vigente.
¿Y para qué es el Portal de Servicios en Línea?
Aquí es donde la FIREL deja de ser solamente un archivo guardado en una computadora y se convierte en una auténtica herramienta de acceso a la justicia.
El Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación permite presentar demandas, solicitudes y escritos iniciales; enviar promociones; consultar expedientes electrónicos; revisar acuerdos y documentos; recibir notificaciones electrónicas y obtener acuses.
Crear la cuenta es muy fácil pues es muy similar a crear un perfil en alguna red social, ya que debes ingresar tus datos generales, tu CURP, proporcionar un correo electrónico y elegir un nombre de usuario.

https://www.serviciosenlinea.pjf.gob.mx/juicioenlinea
Para un litigante, esto puede significar no trasladarse varios kilómetros para presentar una promoción. Para un ciudadano, puede significar ahorrar tiempo, transporte y dinero.
Asociar la FIREL al portal tampoco es un misterio. Una vez creada la cuenta, se ingresa al perfil de usuario, se selecciona la opción para asociar una firma electrónica, se cargan los archivos correspondientes y se proporciona la contraseña. Después de actualizar el perfil y volver a iniciar sesión, la firma queda vinculada.
Así, una demanda puede comenzar su recorrido desde una computadora, un escrito puede presentarse sin hacer fila y una notificación puede consultarse sin esperar a que alguien llegue físicamente al domicilio.
La justicia digital no sustituye al juez, al abogado ni las reglas del procedimiento. Pero bien utilizada puede eliminar algo que durante décadas parecía inevitable: perder horas y gastar dinero simplemente para llevar un documento de un lugar a otro.
Lee también: A dos años de la reforma al Poder Judicial y un año de su implementación
Opinión
El Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del PJF. ¿De dónde salió y para qué sirve? | Columna de Víctor Ezequiel
SERENDIPIA
Por: Víctor Ezequiel
X: @MrVictorHdz
Culto público, en México tenemos una curiosa costumbre jurídica: cuando surge un conflicto, pensamos inmediatamente en una demanda, un expediente, un juez y, con un poco de suerte, una sentencia que llegará después de tiempo, dinero y paciencia.
Pero la Constitución dice algo más.
El artículo 17 reconoce también el derecho a resolver controversias mediante mecanismos alternativos de solución de controversias. Con esa lógica, el Poder Judicial de la Federación cuenta ahora con una herramienta que merece mucha más atención: el Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del PJF.
No estamos hablando de una “ocurrencia reciente”, guiño, guiño. Su creación fue declarada en julio de 2024 y el Órgano de Administración Judicial publicó el 24 de junio de 2026 el acuerdo que actualmente regula su funcionamiento. Desde el 3 de agosto comenzó la prestación de servicios a través de sus representaciones.
No estoy diciendo que los recursos que estaban destinados para la impartición de justicia ahora sean para pagar sueldos de servidores públicos con experiencia dudosa; para nada, tampoco digo que las convocatorias para formar parte de este centro estén súper escondidas y que no se les haya dado difusión entre el propio personal del Poder Judicial de la Federación, vamos a pensar que todo es transparente y con la finalidad de que la ciudadanía resuelva sus conflictos de manera eficiente.
¿Ya lo tenemos, entonces para qué sirve?
En términos sencillos: para intentar resolver determinados conflictos sin tener que llegar a un juicio tradicional.
El Centro puede conocer de controversias del orden federal cuando se trate de derechos disponibles, es decir, asuntos sobre los cuales las partes pueden negociar y llegar legítimamente a un acuerdo. También puede intervenir cuando ya existe un procedimiento judicial federal e incluso en determinadas etapas de cumplimiento de una sentencia.
Pensemos en un ejemplo.
Una empresa tiene un conflicto contractual con un proveedor. En lugar de iniciar un litigio que puede prolongarse durante años, ambas partes pueden intentar una mediación o conciliación con la intervención de una persona facilitadora certificada.
Lo mismo puede ocurrir con determinadas controversias civiles o mercantiles federales: incumplimientos contractuales, obligaciones económicas o diferencias patrimoniales que permitan a las partes negociar una solución.
Pero hay que tener cuidado: no todo conflicto puede llevarse al Centro. El acuerdo excluye, entre otros, la materia penal, la conciliación laboral prejudicial, la materia administrativa, la familiar, el amparo y aquellos asuntos que correspondan exclusivamente a un centro público local.
Y aquí aparece una de sus grandes ventajas.
El mecanismo es voluntario. Nadie puede obligar a la contraparte a negociar ni mucho menos a aceptar una propuesta. Sin embargo, sí puede ser invitada formalmente por el Centro.
El procedimiento comienza con una solicitud que puede presentarse verbalmente, por escrito o en línea, según la disponibilidad del sistema. Debe incluir los datos de quien solicita, identificación, una explicación de la controversia y los datos de contacto de la persona a quien se pretende invitar.
Después, una persona facilitadora determina si el asunto puede resolverse mediante este mecanismo. Si es susceptible, el Centro envía la invitación a la contraparte, incluso para una sesión presencial o virtual. Si la otra persona no quiere participar, puede negarse. Y si no hay acuerdo, los derechos de las partes quedan a salvo para acudir a la vía correspondiente.
Pero si existe acuerdo, aquí está la parte que muchas personas desconocen: no estamos ante un simple “pacto de caballeros”.
Una vez que el convenio cumple las formalidades y queda inscrito en el Sistema de Convenios, adquiere efectos de cosa juzgada y puede exigirse su cumplimiento por la vía correspondiente. Es decir, la solución alcanzada mediante el mecanismo tiene una fuerza jurídica muy distinta de un simple acuerdo privado.
Entonces, ¿por qué no utilizamos más esta herramienta?
Aquí vale la crítica.
Al mismo tiempo que a los juzgados y tribunales federales se les exige atender cargas de trabajo importantes, resolver expedientes y cumplir objetivos cada vez más demandantes, el sistema judicial también está construyendo una estructura especializada precisamente para evitar que todos los conflictos tengan que convertirse en juicios.
Sería contradictorio exigirle al sistema que resuelva más y, al mismo tiempo, utilizar poco las herramientas creadas para evitar que nuevos asuntos lleguen a sus escritorios.
Actualmente el Centro cuenta con representaciones en Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Veracruz, Nuevo León y Yucatán. San Luis Potosí no aparece entre esas representaciones iniciales, aunque el propio acuerdo contempla que el Centro pueda ampliar sus oficinas conforme a las necesidades del servicio y el presupuesto disponible.
Eso no significa que una persona que vive en una entidad sin representación deba descartar esta alternativa. Conviene consultar la disponibilidad del servicio en línea y la competencia del Centro para el caso concreto; además, el acuerdo permite solicitar orientación y establece mecanismos de atención presencial, escrita y electrónica.
Y aquí está la invitación.
Si existe una herramienta pública, especializada y gratuita para solucionar determinados conflictos, utilicémosla.
No solamente por ahorrar tiempo y dinero al ciudadano. También porque cada controversia que puede resolverse mediante un mecanismo alternativo representa, potencialmente, un asunto menos que debe ser procesado por un juzgado o tribunal.
El PJF necesita que sus órganos jurisdiccionales tengan capacidad para atender lo que necesariamente debe llegar a un juez.
Los mecanismos alternativos pueden ayudar a conseguirlo.
Tenemos un recurso nuevo, personal especializado y una estructura creada para hacerlo funcionar. Ahora falta que abogados y ciudadanos conozcamos esa puerta y, cuando el conflicto lo permita, decidamos abrirla.
Porque si al Poder Judicial se le pide hacer más con recursos limitados, aprovechar las herramientas que ya existen no debería ser una opción exótica.
Lee también: Poder Judicial: ¿austeridad o incertidumbre laboral?
Mejor dormir
La chica de chamarra verde | Columna de Carlos López Medrano
Mejor dormir
Hay prendas con las que se puede tejer toda una personalidad. Se vuelven parte de nuestra manera de hablar y definen cómo estamos en cualquier sitio. Suelen ser prendas fuera de la norma, piezas únicas que se lavan con cuidado por miedo a arruinarlas. Un suéter de lana hallado en el armario de la abuela. El pantalón de un tono que los científicos aún no han descubierto. Una camiseta de concierto que el uso prolongado ha vuelto de una textura irrepetible.
Aunque soy un defensor de los básicos, ya que en ellos reside la elegancia (la imbatible camisa blanca, lo discreto), hay que reconocer que algún brinco es necesario para tener una percha que distinga. Basta pensar en la mascada de estampado barroco que inspira cartas de amor cuando va atada al cuello de una mujer.
Miro atrás y a cada persona relevante de mi vida la asocio con una prenda o un conjunto, como ocurre con las celebridades. Qué sería de James Dean sin su chaqueta de gabardina. La memoria guarda estampas precisas de los seres queridos, y ahí deambulan, con el atuendo que nos marcó, en su momento estelar, que con los años acaba reflejando su carácter casi como un segundo rostro. Avatares de lo que fuimos. El brote del alma sobre la tela.
Si tuviera que volver a mi infancia, lo haría con la imagen de aquella camisa de cuadros rojos, marca Ferrioni, con la que anduve por el mundo entre los seis y los ocho años. No sé qué habrá sido de ella, como tampoco de los amigos de la escuela ni de tantas historias perdidas en el camino. Su importancia permanece, en cualquier caso, y marca diferencia en algunas fotografías de sonrisa y botón bien colocado.
De aquel tiempo quizá me haya quedado el enamoramiento por el color rojo y por los perros barbones. Hoy tengo una sola camisa roja, y tristemente ya sin cuadros, sin aquel mismo aire que nunca he vuelto a encontrar. Existen tesoros que se quedan en otra época y no regresan, pero cuyo brillo persiste, nos alumbra hasta el presente y evita que caigamos en la desdicha.
La falta de un atuendo icónico es una grieta en la biografía. Vestir bien es una forma de decencia con los demás y, sobre todo, con uno mismo.
Una cortesía llevada en la intimidad, frente al amplio horizonte del armario. Es esa combinación que nos echamos encima y nos mantiene intactos ante la muchedumbre, lo cebolloso y sus modas.La vanidad de los fantasmas queda de manifiesto en sus apariciones, cuando se presentan enfundados en edredones para la ocasión. Nada de camisas hawaianas ni de tibiezas de uniforme institucional: un sombrero, gabardinas, capas negras, prendas largas que destantean y esconden la falta de pies. El velo en lugar de la gorra de beisbol. La calidad importa en ciertas prendas, como las chamarras de biker. Siempre se nota si el cuero es genuino o no. Hay que tomarse la ropa en serio, va pegada a nuestra piel.
Admiro a quienes consiguen la proeza sin proponérselo, tocados por la gracia divina. Ahí está la chamarra verde de Linda Cardellini en Freaks and Geeks, que delataba a alguien en quien se podía confiar. Un oversize anterior a que el concepto existiera como recurso fashionista. Un atuendo que coincidía con el personaje: una coraza frente a los dramas de juventud, una casa de campaña militar para sobrevivir a la crisis emotiva. Uno es propenso a enamorarse de las muchachas esquivas.
Desconfío de quienes limitan su guardarropa a lo cómodo o a lo meramente práctico, sin esa palpitación que lleva a dejar huella en el mundo a base de estilo.
Entrar a una tienda de ropa y dedicar unos minutos a buscar equivalencias de aquello que ya no nos queda, que fue retirado del mercado o que la última tendencia se empeña en aniquilar. Tal vez nunca lo encontremos, pero en la búsqueda se reaviva una llama interna. Es el niño que fuimos, el que soplaba las siete velas de un pastel en una foto vieja. El susurro de lo que vistieron nuestros padres, una faena frente a la secadora.
Oh, cuánto extraño aquella chamarra ya descontinuada.

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El Cronopio
Juan José Ortega, director cinematográfico matehualense | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash
EL CRONOPIO
En las primeras décadas del siglo XX un buen número de potosinos van a la Ciudad de México a continuar su formación y su desarrollo profesional. La mayoría sobresalen en las actividades que se realizan, como lo muestra la nutrida membresía de la Academia Potosina de Ciencias y Artes formada por potosinos que radican en la Ciudad de México, donde la mayoría ocupan puestos de importancia en la vida cultural mexicana. Entre estos personajes se encuentra el camelense Juan José Ortega García que destacaría en la industria cinematográfica en la época de oro del cine nacional a la que se incorpora en la década de los treinta siendo otro de los potosinos pioneros en el cine mexicano.
Juan José Ortega García nació en Matehuala, San Luis Potosí, el 27 de octubre de 1904, donde inicia su educación primaria la que tuvo que suspender, para proseguirla de manera autodidacta, para contribuir al sostenimiento de su familia. La familia se traslada a San Luis Potosí y continúa su formación autodidacta, entre ellos el oficio de mecanografía, lo que le conduciría a iniciarse en el periodismo en 1925 colaborando en el periódico Acción de San Luis Potosí, del que sería su subdirector en 1928 y, director en 1932 del periódico potosino Vanguardia. Fundó en el Bajío un par de periódicos: el Diario del Centro en Aguascalientes y El Globo en León, Guanajuato. Colaboró como corresponsal en los periódicos Excélsior y El Universal.

Al llegar a la Ciudad de México para integrarse a la Comisión de Irrigación en el periodo presidencial de Lázaro Cárdenas inicia su carrera en el cine dirigiendo documentales oficiales, Irrigación en México y Gigantes de Piedra. Al dirigir estos largometrajes comprendió que su carrera sería el cine y se adentra dirigiendo su primera película en 1939, Sendas del Destino, donde actúa, entre otros, Eduardo Arozamena, en una trama que se desarrolla en la presa La Angostura en Sonora, reminiscencia de sus primeros largometrajes, la cual fue financiada de su propio peculio y con aportación de la Comisión Nacional de Irrigación, donde laboraba Ortega García.
Sendas del Destino sería su ópera prima de, al menos 42 películas que dirigió
, realizando también coproducciones internacionales, con Cuba, Venezuela, Colombia y Perú. Entre las películas que dirigió se encuentran: La mujer legítima en 1945, con Isabela Corona; La insaciable de 1947, con María Antonieta Pons, con un guion escrito por el propio Juan José Ortega incursionando así en el guionismo; Cuando el alba llegue, en 1950, con Meche Barba; Lodo y armiño, de 1951, con Armando Calvo; Cuentan de una mujer, en 1958, con Marga López; En carne propia, de 1961, con Joaquín Cordero; Pacto de sangre, en 1966, con Manuel López Ochoa, entre otras.Entre los melodramas, género preferido de Juan José Ortega, filmados en Cuba se encuentran: la comedia musical filmada en 1953 en La Habana, intitulada Me gustan Todas con Adalberto Martínez Resortes; en 1954 las cintas, Frente al pecado de ayer y Yo no creo en los hombres, protagonizadas por Sarita Montiel; en 1956 dirige No me olvides nunca, con actuaciones de Luis Aguilar, Rosita Fornés y Olga Guillot.
En la década de los sesenta dirige la serie de películas tipo westerns de Leonardo Moncada, serie de cinco películas estelarizadas por Joaquín Cordero, basadas en una serie radiofónica cubana. En esa década Ortega comienza a dedicarse a la distribución de películas creando la distribuidora Compañía Cinematográfica Mexicana y Productora Mexicana de Películas. Es propietario también de Producción Fílmica de México y Películas y Videos Internacionales, todo ello en los ochenta.
Recibió varios reconocimientos a su carrera cinematográfica, como productor, director, guionista y distribuidor actividades que siguió después del periodismo, donde sería también pionero en el periodismo potosino del siglo XX. Juan José Ortega García murió en la Ciudad de México el 27 de diciembre de 1996.
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