Opinión
Compré una casa nueva que se cae a pedazos, ¿ahora quién responde? | Columna de Víctor Ezequiel
SERENDIPIA
Culto público, comprar una casa o un departamento debería ser una de las decisiones patrimoniales más importantes de nuestra vida. Lo que nadie nos advierte es que, algunas veces, después de firmar escrituras, pagar impuestos, honorarios notariales y gastos de compraventa, comienza otra historia: descubrir que aquello que parecía un hogar tiene goteras, problemas eléctricos, humedad, instalaciones defectuosas, acabados deficientes o incluso diferencias entre lo construido y lo que fue autorizado.
Y entonces aparece la pregunta incómoda: ¿quién responde?
En San Luis Potosí existe un problema que merece mayor atención. Hay desarrollos que tardan años en concluir procesos de urbanización y municipalización, obras que presentan deficiencias y compradores que terminan enfrentando solos problemas que, en principio, no les correspondían.
La ley, sin embargo, no deja completamente desprotegido al comprador.
La Ley Federal de Protección al Consumidor establece obligaciones específicas para quienes venden inmuebles destinados a casa habitación. Antes de contratar, el proveedor debe poner a disposición información sobre permisos, licencias, especificaciones técnicas, materiales y servicios, pero también planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones, o, en determinados casos, un dictamen estructural.
Así que si después de comprar un inmueble el propietario solicita los planos y la empresa simplemente guarda silencio, no estamos hablando solamente de una falta de cortesía.
Y vienen las garantías.
La ley establece una garantía mínima de cinco años para cuestiones estructurales, tres años para impermeabilización y un año para los demás elementos, contados desde la entrega real del inmueble. Durante ese periodo, el proveedor debe reparar sin costo los defectos o fallas que correspondan. Además, el tiempo empleado en las reparaciones no se computa para la garantía.
¿Goteras? ¿Problemas hidráulicos? ¿Instalaciones eléctricas defectuosas? ¿Deficiencias estructurales? No todo debe convertirse en un “pues así se entregó”.
Si existen defectos o vicios ocultos que hagan al inmueble impropio para su uso, disminuyan su calidad o afecten la seguridad que razonablemente debe esperarse, la propia legislación contempla alternativas como exigir la reparación, solicitar la rescisión o reducción del precio y, en determinados casos, reclamar bonificación o compensación, además de los daños y perjuicios que procedan.
Pero no todo se resuelve ante PROFECO.
Si el problema consiste en que el desarrollo no cumple con el proyecto autorizado, existen irregularidades en la construcción, se depositan escombros donde no corresponde o existen deficiencias en la urbanización, también entra en juego la legislación de ordenamiento territorial y desarrollo urbano de San Luis Potosí.
La ley exige que las obras cuenten con Director Responsable de Obra y, cuando corresponda, con corresponsables. Estos últimos deben revisar el proyecto, vigilar que la obra se ejecute conforme a lo autorizado y comunicar las irregularidades que puedan afectar su ejecución.
Además, la autoridad municipal tiene facultades de inspección y verificación. En materia de municipalización, debe comprobar que las obras ejecutadas correspondan a las autorizadas y, para otorgarla, deben constituirse garantías destinadas a asegurar la calidad de las obras. Incluso después de municipalizado el fraccionamiento existe un periodo para detectar y corregir vicios ocultos de la urbanización.
Por eso, cuando un desarrollador tarda años en entregar el fraccionamiento al municipio, la respuesta no debería ser resignarse. Hay que revisar qué autorizaciones existen, qué obra fue aprobada, qué falta por ejecutar, quién debe entregar y qué garantías fueron constituidas.
Lo mismo ocurre con el escombro. La legislación estatal establece obligaciones respecto de la limpieza y conservación de predios y áreas de donación; incluso contempla que determinadas áreas destinadas a equipamiento sean entregadas limpias y sin escombro.
¿Y qué puede hacer entonces el comprador?
Primero, documentar: fotografías, videos, contratos, escrituras, publicidad, correos, mensajes, reportes de garantía, dictámenes y cualquier comunicación con el desarrollador.
Segundo, presentar por escrito la reclamación y exigir formalmente la reparación, dejando constancia de fechas y defectos.
Tercero, acudir a PROFECO cuando exista una relación de consumo comprendida por la ley. La Procuraduría recibe reclamaciones contra proveedores inmobiliarios y existen incluso mecanismos de acción colectiva para casos en los que una inmobiliaria afecta a un grupo de consumidores con vicios ocultos, fallas estructurales o eléctricas o incumplimiento de garantías.
Cuarto, cuando existan problemas relacionados con la obra, urbanización, permisos o cumplimiento del proyecto, acudir también a la autoridad municipal competente, solicitando inspección y verificación.
Y si el problema requiere una reparación patrimonial, cumplimiento contractual, daños y perjuicios o existen cuestiones que PROFECO no pueda resolver, queda abierta la vía judicial correspondiente.
Respecto de las empresas que intervienen en la operación, hay que hacer una precisión: que un desarrollo utilice distintas razones sociales para adquirir terrenos, construir, comercializar o escriturar no demuestra por sí mismo una ilegalidad. Cada sociedad tiene personalidad jurídica propia y cualquier responsabilidad debe determinarse conforme a los contratos, actos realizados y legislación aplicable. Lo mismo ocurre con notarías y peritos: haber intervenido en una operación no significa automáticamente que sean responsables de todos los defectos de una construcción.
Pero tampoco significa que nadie pueda responder.
Porque si todos cobraron por hacer su parte, resulta difícil explicar por qué, cuando aparecen los problemas, el único que parece quedarse con ellos es quien compró el inmueble.
La pregunta no debería ser si los compradores están condenados a aceptar lo que les entregaron.
La pregunta correcta es otra: ¿estamos utilizando todas las herramientas legales que ya existen para exigir que una vivienda sea entregada, y permanezca, en las condiciones que fueron ofrecidas y legalmente exigibles?
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Opinión
El Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del PJF. ¿De dónde salió y para qué sirve? | Columna de Víctor Ezequiel
SERENDIPIA
Por: Víctor Ezequiel
X: @MrVictorHdz
Culto público, en México tenemos una curiosa costumbre jurídica: cuando surge un conflicto, pensamos inmediatamente en una demanda, un expediente, un juez y, con un poco de suerte, una sentencia que llegará después de tiempo, dinero y paciencia.
Pero la Constitución dice algo más.
El artículo 17 reconoce también el derecho a resolver controversias mediante mecanismos alternativos de solución de controversias. Con esa lógica, el Poder Judicial de la Federación cuenta ahora con una herramienta que merece mucha más atención: el Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del PJF.
No estamos hablando de una “ocurrencia reciente”, guiño, guiño. Su creación fue declarada en julio de 2024 y el Órgano de Administración Judicial publicó el 24 de junio de 2026 el acuerdo que actualmente regula su funcionamiento. Desde el 3 de agosto comenzó la prestación de servicios a través de sus representaciones.
No estoy diciendo que los recursos que estaban destinados para la impartición de justicia ahora sean para pagar sueldos de servidores públicos con experiencia dudosa; para nada, tampoco digo que las convocatorias para formar parte de este centro estén súper escondidas y que no se les haya dado difusión entre el propio personal del Poder Judicial de la Federación, vamos a pensar que todo es transparente y con la finalidad de que la ciudadanía resuelva sus conflictos de manera eficiente.
¿Ya lo tenemos, entonces para qué sirve?
En términos sencillos: para intentar resolver determinados conflictos sin tener que llegar a un juicio tradicional.
El Centro puede conocer de controversias del orden federal cuando se trate de derechos disponibles, es decir, asuntos sobre los cuales las partes pueden negociar y llegar legítimamente a un acuerdo. También puede intervenir cuando ya existe un procedimiento judicial federal e incluso en determinadas etapas de cumplimiento de una sentencia.
Pensemos en un ejemplo.
Una empresa tiene un conflicto contractual con un proveedor. En lugar de iniciar un litigio que puede prolongarse durante años, ambas partes pueden intentar una mediación o conciliación con la intervención de una persona facilitadora certificada.
Lo mismo puede ocurrir con determinadas controversias civiles o mercantiles federales: incumplimientos contractuales, obligaciones económicas o diferencias patrimoniales que permitan a las partes negociar una solución.
Pero hay que tener cuidado: no todo conflicto puede llevarse al Centro. El acuerdo excluye, entre otros, la materia penal, la conciliación laboral prejudicial, la materia administrativa, la familiar, el amparo y aquellos asuntos que correspondan exclusivamente a un centro público local.
Y aquí aparece una de sus grandes ventajas.
El mecanismo es voluntario. Nadie puede obligar a la contraparte a negociar ni mucho menos a aceptar una propuesta. Sin embargo, sí puede ser invitada formalmente por el Centro.
El procedimiento comienza con una solicitud que puede presentarse verbalmente, por escrito o en línea, según la disponibilidad del sistema. Debe incluir los datos de quien solicita, identificación, una explicación de la controversia y los datos de contacto de la persona a quien se pretende invitar.
Después, una persona facilitadora determina si el asunto puede resolverse mediante este mecanismo. Si es susceptible, el Centro envía la invitación a la contraparte, incluso para una sesión presencial o virtual. Si la otra persona no quiere participar, puede negarse. Y si no hay acuerdo, los derechos de las partes quedan a salvo para acudir a la vía correspondiente.
Pero si existe acuerdo, aquí está la parte que muchas personas desconocen: no estamos ante un simple “pacto de caballeros”.
Una vez que el convenio cumple las formalidades y queda inscrito en el Sistema de Convenios, adquiere efectos de cosa juzgada y puede exigirse su cumplimiento por la vía correspondiente. Es decir, la solución alcanzada mediante el mecanismo tiene una fuerza jurídica muy distinta de un simple acuerdo privado.
Entonces, ¿por qué no utilizamos más esta herramienta?
Aquí vale la crítica.
Al mismo tiempo que a los juzgados y tribunales federales se les exige atender cargas de trabajo importantes, resolver expedientes y cumplir objetivos cada vez más demandantes, el sistema judicial también está construyendo una estructura especializada precisamente para evitar que todos los conflictos tengan que convertirse en juicios.
Sería contradictorio exigirle al sistema que resuelva más y, al mismo tiempo, utilizar poco las herramientas creadas para evitar que nuevos asuntos lleguen a sus escritorios.
Actualmente el Centro cuenta con representaciones en Ciudad de México, Estado de México, Jalisco, Veracruz, Nuevo León y Yucatán. San Luis Potosí no aparece entre esas representaciones iniciales, aunque el propio acuerdo contempla que el Centro pueda ampliar sus oficinas conforme a las necesidades del servicio y el presupuesto disponible.
Eso no significa que una persona que vive en una entidad sin representación deba descartar esta alternativa. Conviene consultar la disponibilidad del servicio en línea y la competencia del Centro para el caso concreto; además, el acuerdo permite solicitar orientación y establece mecanismos de atención presencial, escrita y electrónica.
Y aquí está la invitación.
Si existe una herramienta pública, especializada y gratuita para solucionar determinados conflictos, utilicémosla.
No solamente por ahorrar tiempo y dinero al ciudadano. También porque cada controversia que puede resolverse mediante un mecanismo alternativo representa, potencialmente, un asunto menos que debe ser procesado por un juzgado o tribunal.
El PJF necesita que sus órganos jurisdiccionales tengan capacidad para atender lo que necesariamente debe llegar a un juez.
Los mecanismos alternativos pueden ayudar a conseguirlo.
Tenemos un recurso nuevo, personal especializado y una estructura creada para hacerlo funcionar. Ahora falta que abogados y ciudadanos conozcamos esa puerta y, cuando el conflicto lo permita, decidamos abrirla.
Porque si al Poder Judicial se le pide hacer más con recursos limitados, aprovechar las herramientas que ya existen no debería ser una opción exótica.
Lee también: Poder Judicial: ¿austeridad o incertidumbre laboral?
Mejor dormir
La chica de chamarra verde | Columna de Carlos López Medrano
Mejor dormir
Hay prendas con las que se puede tejer toda una personalidad. Se vuelven parte de nuestra manera de hablar y definen cómo estamos en cualquier sitio. Suelen ser prendas fuera de la norma, piezas únicas que se lavan con cuidado por miedo a arruinarlas. Un suéter de lana hallado en el armario de la abuela. El pantalón de un tono que los científicos aún no han descubierto. Una camiseta de concierto que el uso prolongado ha vuelto de una textura irrepetible.
Aunque soy un defensor de los básicos, ya que en ellos reside la elegancia (la imbatible camisa blanca, lo discreto), hay que reconocer que algún brinco es necesario para tener una percha que distinga. Basta pensar en la mascada de estampado barroco que inspira cartas de amor cuando va atada al cuello de una mujer.
Miro atrás y a cada persona relevante de mi vida la asocio con una prenda o un conjunto, como ocurre con las celebridades. Qué sería de James Dean sin su chaqueta de gabardina. La memoria guarda estampas precisas de los seres queridos, y ahí deambulan, con el atuendo que nos marcó, en su momento estelar, que con los años acaba reflejando su carácter casi como un segundo rostro. Avatares de lo que fuimos. El brote del alma sobre la tela.
Si tuviera que volver a mi infancia, lo haría con la imagen de aquella camisa de cuadros rojos, marca Ferrioni, con la que anduve por el mundo entre los seis y los ocho años. No sé qué habrá sido de ella, como tampoco de los amigos de la escuela ni de tantas historias perdidas en el camino. Su importancia permanece, en cualquier caso, y marca diferencia en algunas fotografías de sonrisa y botón bien colocado.
De aquel tiempo quizá me haya quedado el enamoramiento por el color rojo y por los perros barbones. Hoy tengo una sola camisa roja, y tristemente ya sin cuadros, sin aquel mismo aire que nunca he vuelto a encontrar. Existen tesoros que se quedan en otra época y no regresan, pero cuyo brillo persiste, nos alumbra hasta el presente y evita que caigamos en la desdicha.
La falta de un atuendo icónico es una grieta en la biografía. Vestir bien es una forma de decencia con los demás y, sobre todo, con uno mismo.
Una cortesía llevada en la intimidad, frente al amplio horizonte del armario. Es esa combinación que nos echamos encima y nos mantiene intactos ante la muchedumbre, lo cebolloso y sus modas.La vanidad de los fantasmas queda de manifiesto en sus apariciones, cuando se presentan enfundados en edredones para la ocasión. Nada de camisas hawaianas ni de tibiezas de uniforme institucional: un sombrero, gabardinas, capas negras, prendas largas que destantean y esconden la falta de pies. El velo en lugar de la gorra de beisbol. La calidad importa en ciertas prendas, como las chamarras de biker. Siempre se nota si el cuero es genuino o no. Hay que tomarse la ropa en serio, va pegada a nuestra piel.
Admiro a quienes consiguen la proeza sin proponérselo, tocados por la gracia divina. Ahí está la chamarra verde de Linda Cardellini en Freaks and Geeks, que delataba a alguien en quien se podía confiar. Un oversize anterior a que el concepto existiera como recurso fashionista. Un atuendo que coincidía con el personaje: una coraza frente a los dramas de juventud, una casa de campaña militar para sobrevivir a la crisis emotiva. Uno es propenso a enamorarse de las muchachas esquivas.
Desconfío de quienes limitan su guardarropa a lo cómodo o a lo meramente práctico, sin esa palpitación que lleva a dejar huella en el mundo a base de estilo.
Entrar a una tienda de ropa y dedicar unos minutos a buscar equivalencias de aquello que ya no nos queda, que fue retirado del mercado o que la última tendencia se empeña en aniquilar. Tal vez nunca lo encontremos, pero en la búsqueda se reaviva una llama interna. Es el niño que fuimos, el que soplaba las siete velas de un pastel en una foto vieja. El susurro de lo que vistieron nuestros padres, una faena frente a la secadora.
Oh, cuánto extraño aquella chamarra ya descontinuada.

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El Cronopio
Juan José Ortega, director cinematográfico matehualense | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash
EL CRONOPIO
En las primeras décadas del siglo XX un buen número de potosinos van a la Ciudad de México a continuar su formación y su desarrollo profesional. La mayoría sobresalen en las actividades que se realizan, como lo muestra la nutrida membresía de la Academia Potosina de Ciencias y Artes formada por potosinos que radican en la Ciudad de México, donde la mayoría ocupan puestos de importancia en la vida cultural mexicana. Entre estos personajes se encuentra el camelense Juan José Ortega García que destacaría en la industria cinematográfica en la época de oro del cine nacional a la que se incorpora en la década de los treinta siendo otro de los potosinos pioneros en el cine mexicano.
Juan José Ortega García nació en Matehuala, San Luis Potosí, el 27 de octubre de 1904, donde inicia su educación primaria la que tuvo que suspender, para proseguirla de manera autodidacta, para contribuir al sostenimiento de su familia. La familia se traslada a San Luis Potosí y continúa su formación autodidacta, entre ellos el oficio de mecanografía, lo que le conduciría a iniciarse en el periodismo en 1925 colaborando en el periódico Acción de San Luis Potosí, del que sería su subdirector en 1928 y, director en 1932 del periódico potosino Vanguardia. Fundó en el Bajío un par de periódicos: el Diario del Centro en Aguascalientes y El Globo en León, Guanajuato. Colaboró como corresponsal en los periódicos Excélsior y El Universal.

Al llegar a la Ciudad de México para integrarse a la Comisión de Irrigación en el periodo presidencial de Lázaro Cárdenas inicia su carrera en el cine dirigiendo documentales oficiales, Irrigación en México y Gigantes de Piedra. Al dirigir estos largometrajes comprendió que su carrera sería el cine y se adentra dirigiendo su primera película en 1939, Sendas del Destino, donde actúa, entre otros, Eduardo Arozamena, en una trama que se desarrolla en la presa La Angostura en Sonora, reminiscencia de sus primeros largometrajes, la cual fue financiada de su propio peculio y con aportación de la Comisión Nacional de Irrigación, donde laboraba Ortega García.
Sendas del Destino sería su ópera prima de, al menos 42 películas que dirigió
, realizando también coproducciones internacionales, con Cuba, Venezuela, Colombia y Perú. Entre las películas que dirigió se encuentran: La mujer legítima en 1945, con Isabela Corona; La insaciable de 1947, con María Antonieta Pons, con un guion escrito por el propio Juan José Ortega incursionando así en el guionismo; Cuando el alba llegue, en 1950, con Meche Barba; Lodo y armiño, de 1951, con Armando Calvo; Cuentan de una mujer, en 1958, con Marga López; En carne propia, de 1961, con Joaquín Cordero; Pacto de sangre, en 1966, con Manuel López Ochoa, entre otras.Entre los melodramas, género preferido de Juan José Ortega, filmados en Cuba se encuentran: la comedia musical filmada en 1953 en La Habana, intitulada Me gustan Todas con Adalberto Martínez Resortes; en 1954 las cintas, Frente al pecado de ayer y Yo no creo en los hombres, protagonizadas por Sarita Montiel; en 1956 dirige No me olvides nunca, con actuaciones de Luis Aguilar, Rosita Fornés y Olga Guillot.
En la década de los sesenta dirige la serie de películas tipo westerns de Leonardo Moncada, serie de cinco películas estelarizadas por Joaquín Cordero, basadas en una serie radiofónica cubana. En esa década Ortega comienza a dedicarse a la distribución de películas creando la distribuidora Compañía Cinematográfica Mexicana y Productora Mexicana de Películas. Es propietario también de Producción Fílmica de México y Películas y Videos Internacionales, todo ello en los ochenta.
Recibió varios reconocimientos a su carrera cinematográfica, como productor, director, guionista y distribuidor actividades que siguió después del periodismo, donde sería también pionero en el periodismo potosino del siglo XX. Juan José Ortega García murió en la Ciudad de México el 27 de diciembre de 1996.
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