septiembre 30, 2026

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Así fueron los dos años previos hasta la sentencia del Cayeyo Jr

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Este fue el camino en el polémico caso del homicidio en el Fraccionamiento Campestre perpetrado por Eduardo Hernández alias El Cayeyo Jr.

Por: Redacción 

La madrugada del 5 de mayo de 2017, Eduardo N, “Cayeyo Jr”, asesinó -en su casa del Fraccionamiento Campestre– a Eugenio Castañón, y dos años después, apenas el lunes pasado, un tribunal de juicio oral en el Centro de Justicia Penal ubicado junto al Cereso de La Pila, declaró culpable a “Cayeyo” de homicidio calificado con las agravantes de ventaja y a traición.

Este caso resultó relevante debido al lazo que tienen las familias de ambos jóvenes, tanto Cayeyo como Eugenio Castañón, con el fiscal general del Estado, Federico Garza Herrera. Por un lado la víctima sostenía una relación sentimental con la hija de Garza Herrera, mientras, Eduardo N en su declaración del pasado lunes, sostuvo que el fiscal era el abogado de su padre, un empresario ganadero.

“Me abstengo de contestar, lo único que sí les puedo decir es que no soy padrino de quien se me dice que soy padrino y nunca fui ni he sido abogado de quién dicen”, había dicho Garza Herrera a La Orquesta en mayo de 2015, acerca de sus supuestos nexos con Cayeyo Jr.

Vinculado a proceso

El sábado 6 de mayo de 2017 se llevó a cabo la formulación de imputación de Eduardo, programando la audiencia de vinculación a proceso para el viernes 12 de mayo de ese mismo año.

Ese día, Cayeyo Jr. estaba sentado de espaldas al público al costado derecho, aunque no se apreciaba su rostro debido a la posición, por su cabello se notaba desaliñado, su cuerpo con una notable reducción de peso y mostrando una fuerte ansiedad.

La defensa de Cayeyo solicitó la nulidad de pruebas de balística, sangre, orina y del propio cadáver, argumentando que fue violada la cadena de custodia en cada una de ellas, ya que no se asentaba en algún documento datos importantes como horas, nombres de los encargados de recolección, entre otras cosas. La juez dictaminó como improcedente la petición de nulidad, explicando que la cadena de custodia no es como tal un documento, además de que no hubo alteración de las pruebas.

Los asesores de la familia de la víctima solicitaron a la juez que se diera al delito las calificativas de ventaja y traición; sin embargo, la funcionaria solo accedió a otorgar la primera, pues se demostró que el disparo fue a menos de 70 centímetros de la víctima; desechando la traición, además, los testigos aseguraron no existía un lazo de amistad entre Castañón y Cayeyo.

En la audiencia del 12 de mayo de 2017, la jueza dictó la vinculación a proceso de Cayeyo por homicidio calificado con ventaja, quedando arraigado durante el proceso en el Centro Penitenciario La Pila.

Cayeyo se amparó

En diciembre de 2017, el Juez Cuarto de Distrito, Juan de Dios Monreal Cuéllar, dejó sin efecto el auto de vinculación a proceso contra el Cayeyo Jr, luego de aceptar el amparo que interpuso la defensa del presunto homicida.

Este fallo se dio después de que el Ministerio Público (MP) presentó pruebas fuera de tiempo que no pueden ser consideradas para esta resolución, por lo que el Juez ordenó en ese momento a los magistrados y a la juez que llevan el caso, a dejar insubsistente la vinculación a proceso.

Asimismo, se les instruyó para que dicten un nuevo fallo, donde las pruebas presentadas fuera de tiempo por el MP podrán ser aportadas y tomadas en cuenta.

En respuesta al amparo otorgado a Eduardo N, la entonces Procuraduría General de Justicia envió un comunicado de prensa para aclarar que este no dejaría en libertad a Cayeyo y que la dependencia impugnará la decisión del Juez Cuarto de Distrito.

Defensa de Cayeyo quiso demostrar faltas al debido proceso

El 22 de abril de 2019, cerca del segundo aniversario del homicidio de Eugenio Castañón, comenzó el juicio oral, ahí, peritos de la Fiscalía General del estado fueron llamados a declarar.

En los primeros días de audiencia, la defensa logró instalar severos cuestionamientos acerca de la labor que desarrolló la Policía Investigadora en los peritajes en la escena del crimen e indicios recabados.

El equipo de Eduardo N exhibió que, al realizar el estudio de balística y análisis del arma con que se perpetró el ataque, se registró un número de serie que no corresponde con el que ostenta el arma que se presentó en el estrado; es decir, podría tratarse de un revólver distinto.

Además se cuestionó a un perito de la Policía Federal que aunque mencionó en su testimonio que revisó varios dictámenes para alimentar un modelo de reproducción en video, eso no fue referido en el informe en texto que presentó.

Para otra perito, los abogados de Eduardo N explicaron que la falta de título en criminalística “lo contempla el Código Nacional de Procedimientos Penales, que para ser perito se tiene que tener título en la materia”. En este caso se estableció que uno de los peritos intervinientes no tiene la carrera para poder ejercer como perito, es contador público.

En el juicio, también José Guadalupe Castillo Celestino, director de la Policía Ministerial en San Luis Potosí, rindió su declaración como testigo.

El funcionario fue interrogado por aproximadamente dos horas, y entre los cuestionamientos se encontraban preguntas relacionadas con su llegada al lugar de los hechos luego de recibir una llamada por parte del fiscal Federico Garza Herrera.

Según el relato de Castillo Celestino cerca de las seis de la mañana del 5 de mayo de 2017 recibió un llamado de Federico Garza Herrera, quien lo urgió a presentarse en su domicilio particular, ubicado en el residencial Campestre.

En menos de diez minutos, según su propio testimonio, arribó al frente del domicilio del fiscal, donde este lo esperaba en compañía de El Cayeyo, quien estaba sentado en la banqueta.

Garza Herrera le habría indicado que en el domicilio de su vecino se encontraba una persona herida (no muerta), sin precisar de quién se trataba; sin embargo, al interrogar al chico, este no logró sino mirar repetidamente al cielo sin articular palabra.

Castillo aseguró que fue el propio Garza Herrera quien lo condujo a la escena del crimen y al llegar, con la mano izquierda, señaló el sitio exacto para después retirarse sin ingresar.

Ante los cuestionamientos de la defensa, profundamente molesto y vacilante, Castillo Celestino se contradijo una y otra vez durante el contrainterrogatorio. La defensa logró evidenciar fallas en el protocolo para procesar la escena del crimen.

En un punto del interrogatorio, el policía ministerial expuso que en el pasado, El Cayeyo fue acusado por consumo de drogas e incluso por la violación de dos mujeres. Al cierre de su declaración, Castillo Celestino tuvo que reconocer que hubo aspectos ocurridos durante la detención que no hizo constar en actas o documentos de valor para el expediente.

Dijo que una vez conducido a donde yacía la víctima, el Cayeyo solicitó retirarse para ir al baño; sin embargo, optó por dirigirse a la puerta en un intento por escapar, lo que provocó forcejeos. Una vez detenido, el agresor habría hecho nuevos intentos por obtener un “acuerdo” con Castillo

, sin embargo la investigación ya había quedado formalmente abierta.

Garza: entre la espada y la pared

Federico Garza Herrera dijo que después de saber sobre el incidente, al recibir al chico optó por mantenerlo en la parte exterior de su domicilio, sentado en una banqueta, y llamar a Castillo Celestino para que evaluara la escena del crimen.

En el interrogatorio, Garza fue cuestionado sobre la llamada a la policía y no a una ambulancia; sin embargo, el funcionario insistió en que lo consideró la medida correcta y sostuvo que durante los minutos que aguardó a la llegada de Castillo no cruzó palabra alguna con el imputado.

Además, reconoció tener a “un gran amigo” en el padre del Cayeyo; y por otro lado, tener una relación con la víctima, ya que el joven sostenía una relación de noviazgo con su hija. Su muerte, dijo el fiscal, le provocó “una profunda tristeza”.

Garza y Castillo Celestino mienten, dijo Cayeyo

Al emitir su declaración, el Cayeyo Jr respondió las preguntas sin cruzar mirada con los jueces, quienes en dos ocasiones advirtieron al acusado que rendir su testimonio podría incriminarle.

El acusado siguió:

«Colgué el teléfono, me subí a una camioneta de mi papá y me dirigí a la casa del procurador», adujo y explicó que tomó esa decisión dado que «él siempre fue el abogado de mi papá; yo sabía que es la máxima autoridad».

Aunque en su momento, Federico Garza negó haber sido informado por el Cayeyo de la muerte de su futuro familiar político, el acusado asegura haberle dicho «que su yerno estaba muerto en mi cocina».

También indicó el acusado que Garza Herrera le ordenó sentarse en la banqueta mientras llamaba al titular de la Policía Ministerial, J. Guadalupe Castillo Celestino, quien arribó minutos después y, sin mediar más, lo detuvo.

«Me dijo que me parara, que estaba detenido y que me subiera al coche».

Cayeyo aseguró que, contrario a lo declarado por el fiscal y el titular de la Ministerial, en ningún momento fue conducido a su casa, ni autorizó el acceso de Castillo para verificar los signos vitales de la víctima.

«En ningún momento me llevaron a mi casa, no es verdad que les haya dado autorización para entrar», indicó el homicida para después agregar que los videos de las cámaras de videovigilancia del Campestre les fueron negados, bajo el argumento de que, justamente, entre las 5 y las 7 de la mañana, las dos cámaras que pudieron registrar sus movimientos, dejaron de funcionar.

También dijo Garza que no ingresó a la escena del crimen, sino que se retiró dejando al policía ministerial y a él en el sitio y que ambos sí ingresaron hasta el sitio donde yacía el cadáver de Castañón.

Tras vertir su testimonio, Cayeyo Jr cerró su participación en el estrado y se negó a responder pregunta alguna a los representantes de la Fiscalía General, así como a los asesores legales de la familia de la víctima.

«No quiero contestarle a la Fiscalía; ya dije lo que tenía que decir», cerró.

Culpable

Visiblemente descompuesto, el Cayeyo recibió el fallo del tribunal tras el juicio en su contra por el homicidio de su amigo Eugenio, el pasado 5 de mayo del 2017, en la cocina de su casa, ubicada en el fraccionamiento Campestre en la capital de San Luis Potosí.

El hijo de uno de los empresarios ganaderos más prominentes de la entidad fue hallado culpable por el delito de homicidio calificado, con el grado de ventaja y traición, pues, consideró el tribunal colegiado, quedó probado que se aprovechó de la confianza que su víctima le tenía y, en realidad, su vida nunca estuvo en peligro al grado de requerir defensa.

Los jueces también concluyeron que fue el Cayeyo quien alteró la escena del crimen y “sembró” un cuchillo en la mano derecha de su víctima después de que este se desplomó sobre el suelo, producto del disparo que recibió a la altura de la nariz y que le arrebató la vida de manera instantánea.

También consideraron que el homicida miente al asegurar que decidió dispararle a su víctima porque este lo agredió a golpes y posteriormente arrancó la tapa de un cajón para golpearlo, logrando herirlo en los antebrazos, para finalmente tomar un cuchillo e intentar lesionarlo.

Las manchas de sangre de Eugenio, fueron encontradas en el suelo de la cocina pero también en el portacuchillos y en la tarja de una cantina, ubicada en otro salón, lo que no calza con la versión del acusado.

Contra lo que la defensa esperaba, el tribunal no consideró grave que una buena parte de los peritos que participaron en el procesamiento de los indicios no contase con la licenciatura en criminalística, y, en contraparte, argumentó que la experticia de los mismos quedó probada con la exposición de su respectivo historial profesional.

El video que la defensa presentó hacia la recta final del juicio tampoco fue considerado para su valoración al momento de tasar el fallo, toda vez que -indicaron los miembros del tribunal- fue obtenido de manera ilícita; es decir, aunque se dijo que fue una perito quien recabó el material, no se probó que ella hubiera entregado voluntariamente el material, además de que este, en sí mismo, es violatorio de los derechos humanos de la víctima, cuyo cadáver se exhibió, incluso, en un medio de comunicación.

Finalmente, los representantes del Poder Judicial del Estado concluyeron que, entre las cuatro y las seis de la mañana, Eugenio y Eduardo consumían bebidas alcohólicas, discutieron, y el primero se dirigió a una vitrina donde guardaba armas largas y cortas para tomar un revólver calibre .32.

Volvió a la cocina y le disparó a su amigo a la altura de la nariz, a una distancia no mayor a los 70 centímetros.

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Morena irá sin Verde ni PT en SLP, única excepción nacional

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Citlalli Hernández informó que en las otras 16 gubernaturas la coalición de la 4T sí incluye a sus aliados.

Elí Cervantes, coordinador estatal, fue designado sin haberse inscrito y sin encuesta pública

Por: Redacción

San Luis Potosí será la única de las 17 gubernaturas en disputa en 2027 donde Morena irá sin sus aliados, el PVEM y el PT, informó su secretaria general, Citlalli Hernández Mora, al presentar este lunes a Elí César Eduardo Cervantes Rojas como coordinador estatal del partido.

En las otras 16 entidades, la coalición de la 4T sí contempla a sus partidos aliados.

El PVEM ya había descartado la alianza. La senadora Ruth González Silva respondió “con Morena, seguramente no” cuando se le preguntó por una posible coalición. Sobre el PT, dijo que ese partido aún debe definir su postura.

En el reparto nacional de coordinaciones, el PVEM obtuvo dos: Jasmine Bugarín Rodríguez, senadora, en Nayarit, y Manuel Cota Cárdenas, diputado federal, en Baja California Sur. El PT se quedó sin nombramiento propio. En Nayarit, el espacio correspondió al Verde como parte del ajuste de paridad, pese a que Héctor Santana había obtenido el primer lugar en la encuesta.

El proceso electoral 2027 en San Luis Potosí comenzará el 15 de noviembre. Ese mismo día, el PVEM prevé iniciar la negociación de alianzas parciales para diputaciones y ayuntamientos.

 

Cervantes, designado sin inscripción ni encuesta pública

Cervantes Rojas, delegado de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) en San Luis Potosí, fue designado por consenso por la Comisión Nacional de Elecciones y coordinará los trabajos del partido rumbo a la elección.

El ex senador no fue parte del registro original de aspirantes, sin embargo, la dirigencia argumentó que la comisión tiene facultades para valorar perfiles distintos a los inscritos.

No obstante, la dirigencia no presentó resultados, porcentajes ni metodología de las encuestas que no tuvieron ninguna utilidad, pues la comisión canceló la encuesta porque ninguno de los 28 inscritos alcanzó el umbral mínimo de 10 por ciento.

La decisión ya provocó inconformidades. Aid Ávila Covarrubias cuestionó que no se mostraran datos, cobertura ni metodología, y acusó a la dirigencia de no respetar sus propios procesos internos. El exdiputado local José Antonio Lorca Valle señaló que la convocatoria original no contemplaba la figura de coordinador estatal en los términos en que fue utilizada.

Ante los reclamos, la presidenta nacional de Morena, Ariadna Montiel Reyes, se comprometió a presentar “detalladamente, una por una” las encuestas de las 17 coordinaciones estatales cuando concluyan las designaciones.

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SCJN tumba alternancia “niño-niña” a gubernatura de SLP

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Lenia Batres sostuvo que la resolución retira la obligación a alternar el género entre elecciones 2027 y siguientes

Aún queda pendiente resolver la impugnación que redujo precampañas de 40 a 20 días

Por: Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la alternancia obligatoria de género para las candidaturas a la gubernatura de San Luis Potosí, con lo que quedó sin efecto el mecanismo que habría condicionado la postulación de cada partido en 2033 al género de su candidatura en 2027.

El Ple no resolvió este lunes las acciones de inconstitucionalidad 81/2026 y su acumulada 86/2026

, promovidas por la dirigencia nacional de Morena y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal contra el Decreto 0539, publicado el pasado 2 de junio.

La mayoría de seis ministros invalidó los segundos párrafos de los artículos 36 y 72 de la Constitución estatal, así como las disposiciones de alternancia contenidas en los artículos 9 y 265 de la Ley Electoral del Estado y el segundo transitorio del decreto. En el caso de la regla para candidaturas independientes, la invalidez fue aprobada por siete votos.

La regla que desaparece

La reforma que llegó a la Corte ya no obligaba a los partidos a postular exclusivamente mujeres para la gubernatura en 2027.

Ese planteamiento formaba parte de la propuesta original. El Ceepac presentó la iniciativa el 11 de diciembre de 2025 y el Congreso la aprobó inicialmente con la obligación de que los partidos postularan mujeres en 2027.

Sin embargo, después de las observaciones del gobernador, el Congreso modificó el esquema y el 27 de mayo de 2026 eliminó esa obligación. La versión finalmente publicada permitió que en 2027 los partidos registraran a una persona de cualquier género y trasladó la alternancia a la elección de 2033.

El mecanismo establecía que cada partido debía postular en 2033 a una persona de género distinto al de su candidatura de 2027. Existía, además, una excepción: si en 2027 había postulado a una mujer, podía volver a registrar a una mujer en 2033.

Por ello, la resolución de la SCJN no determina si en 2027 San Luis Potosí tendrá un candidato o una candidata a la gubernatura

. Esa elección ya no estará sujeta al mecanismo de alternancia que vinculaba 2027 con 2033.

¿Qué argumentó la Corte?

El proyecto estuvo a cargo de la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien sostuvo que la paridad de género establecida en la Constitución federal no equivale a imponer una alternancia automática entre elecciones para un cargo unipersonal.

La mayoría consideró que el Congreso local excedió su margen de configuración legislativa al establecer anticipadamente el género que correspondería a futuras candidaturas y con ello restringir el derecho a ser votado.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra de invalidar las disposiciones principales. Durante la discusión defendió la constitucionalidad del modelo potosino y anunció un voto particular. En contraste, siete ministros sí respaldaron invalidar la disposición relativa a candidaturas independientes.

La decisión no elimina el principio constitucional de paridad de género ni impide que se establezcan acciones afirmativas para favorecer la participación política de las mujeres. El efecto concreto es dejar sin vigencia la obligación de alternar automáticamente el género de la candidatura a la gubernatura con base en la elección anterior.

La reforma electoral de San Luis Potosí todavía tiene otros asuntos pendientes ante la Corte.

Entre ellos está el Decreto 0571, impugnado por Somos México y por el Ejecutivo federal, así como el Decreto 0586, cuya constitucionalidad fue cuestionada por Somos México el 10 de septiembre por reducir de 40 a 20 días el periodo de precampañas para la gubernatura y por la falta de consulta a pueblos indígenas, afromexicanos y personas con discapacidad, de acuerdo con los planteamientos señalados en las impugnaciones.

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Ayuntamiento de SLP

Cristal y mariguana, las drogas que más decomisa la policía

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En Central de Abastos, la policía capitalina lleva más de 1,200 dosis decomisadas y 19 detenciones

Por: Haniel Valdés

El secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana Municipal (SSPC), Juan Antonio Villa Gutiérrez, fue cuestionado sobre el panorama de consumo de drogas entre jóvenes en la capital, luego de la muerte de un adolescente por esta causa la semana pasada, y respondió con cifras de detenciones y decomisos, sin abundar en ese caso en particular.

En un operativo en la Central de Abastos, la corporación reporta más de 19 detenciones y el decomiso de más de 1,200 dosis de droga; uno de los dos objetivos prioritarios señalados obtuvo su libertad a las 24 horas tras ser puesto a disposición de un juez. En el resto de la ciudad, la policía capitalina rinde un promedio semanal de 15 a 16 detenciones

por posesión, casos que se turnan a la Fiscalía General del Estado.

Villa Gutiérrez dijo que menos del 3% de los aseguramientos por consumo corresponde a menores de edad, a quienes se canaliza mediante el programa de justicia cívica a talleres de rehabilitación, atención psicológica y terapias.

El funcionario identificó al cristal y la mariguana como las drogas que más se detectan en los decomisos, seguidas de la cocaína, y dijo que la SSPC no ha encontrado medicamentos controlados entre lo asegurado.

La corporación atiende el tema a través de su área de prevención, con pláticas diarias en escuelas sobre los riesgos del consumo de sustancias ilícitas dirigidas a niñas, niños, adolescentes y jóvenes.

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Opinión

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