diciembre 20, 2025

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Congreso del Estado

Planta tratadora en Hidalgo contamina ríos en SLP

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El congreso del estado de SLP hará un llamado a las autoridades federales, así como al estado de Hidalgo

Por: Redacción

La comisión de ecología y medio ambiente del congreso del estado de San Luis Potosí aprobó un punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y al congreso del estado de Hidalgo y sus direcciones de ecología para rehabilitar la planta tratadora de agua que dejó de operar en aquella entidad, debido a que actualmente contamina ríos y manantiales del municipio de San Martín Chalchicuautla, perteneciente a la entidad potosina.

Eloy Franklin Sarabia, diputado presidente de esta comisión, y Lidia Nallely Vargas Hernández, vicepresidenta de la misma, mantuvieron comunicación con Reyes Gutierrez García, director de ecología del ayuntamiento de San Martín Chalchicuautla, quien denunció el daño producido por la inoperatividad de esta planta tratadora, pues vierte desechos al río San Pedro, que circula por la huasteca potosina.

Gutierrez García denunció que el daño ambiental requiere de una intervención inmediata de las autoridades federales, pues considera que se trata de un problema de aguas nacionales que involucra al estado de Hidalgo

, por lo cual el llamado será para que las autoridades de la vecina entidad sustituyan o rehabiliten la planta tratadora de aguas.

Eloy Franklin señaló que las autoridades de San Martín Chalchicuautla se acercaron al congreso local para solicitar su intervención ante este problema; advirtió la importancia de atenderlo, pues las aguas contaminadas se mezclan con el río Moctezuma que pasa por toda la huasteca potosina; “tenemos confianza en que el exhorto que en su momento sea enviado por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, sea atendido, no sólo por la Conagua, sino por la Profepa y sobre todo por las autoridades de Hidalgo”, agregó.

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Congreso del Estado

Proponen modificar la Ley de Fomento a la Lectura en SLP

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La diputada Brisseire Sánchez dijo que la lectura va más allá de ser un proceso, sino un elemento importante para la sociedad en general

Por: Redacción

La diputada Brisseire Sánchez López presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para fomentar la promoción de material de lectura para pueblos y comunidades indígenas, así como para personas con discapacidad.

Trata de una actualización de conceptos dentro de la Ley, como es el de “discapacitados” por “personas con discapacidad”, así como “etnias” por “pueblos y comunidades indígenas” y “lenguas autóctonas” por “lenguas indígenas”, lo que ayudara para una mejor compresión y aplicación de la norma, además de fortalecer lo relativo al fomento a la lectura para pueblos y comunidades indígenas y personas con discapacidad.

En la exposición de motivos, la legisladora establece que “la lectura puede entenderse como un proceso en el que un individuo conoce cierta información mediante el lenguaje visual o escrito, enfrentándose a ciertas palabras, números o símbolos, que se traducen en información dentro de la mente, donde los decodifica y aprende”.

La lectura va más allá de ser un proceso, sino al contrario, es un elemento muy importante para la sociedad en general; ayudando a formar criterios, a fortalecer la identidad cultural, a promover compresión de las cosas, lidiar contra la desinformación, además de mejorar la educación y el desarrollo profesional de las personas, entre muchas otras más.

La diputada Sánchez López dijo que “la lectura resulta ser fundamental para desarrollar el pensamiento crítico y la creatividad de quienes la practican, ayudando a las personas a experimentar diversas perspectivas y mundos; ayudando a ampliar horizontes, creando empatía y estimulando la imaginación. Lo que, para un país como México, que es rico en diversidad cultural, el promover la lectura puede ser el camino hacia la inclusión social, siendo aplicativo de la misma manera para el estado potosino”.

El hábito de la lectura, se convierte en una herramienta funcional y necesaria, debiendo estar al alcance de todas las personas, sirviendo de puente para lograr una sociedad libre, consiste y capaz en los problemas que se enfrentan día a día. Por ello, el fomento a la lectura, y los elementos que ayudan a acceder a esta, deben estar al alcance para todas las personas, en especial para los grupos vulnerables o de atención prioritaria, encontrando dentro de estos, a niñas, niños y adolescentes, así como a personas con discapacidad y personas de pueblos y comunidades indígenas.

La propuesta de reforma establece que se deben crear textos en lenguas indígenas, y braille, para su promoción, fomento y distribución entre los pueblos y comunidades indígenas, y personas con discapacidad de la Entidad; fomentar y promover, en coordinación con la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, la creación literaria en lenguas indígenas del Estado, y buscar mecanismos de distribución para todas las zonas con población indígena de la Entidad.

La iniciativa se analiza en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para la elaboración del dictamen correspondiente.

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Congreso del Estado

Congreso plantea tipificar ciber acoso sexual como delito

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Esta necesidad surge debido a que existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales

Por: Redacción

En la comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado se analiza una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado con el objetivo de tipificar el ciberacoso sexual.

 

El ciberacoso sexual se define como el hostigamiento o acecho a una persona mediante el uso de tecnologías de la información, redes sociales, mensajería instantánea o cualquier medio digital, con conductas de connotación sexual no consentidas.

 

Estas conductas, que incluyen el envío de mensajes, proposiciones o comentarios sexuales explícitos no deseados, así como el acecho digital con fines lascivos, generan un daño psicológico profundo, vulneran la intimidad y la tranquilidad de las víctimas, y pueden escalar a formas de violencia aún más graves.

 

Si bien el ordenamiento ya tipifica delitos como el hostigamiento sexual y cuenta con una robusta figura contra la difusión ilícita de imágenes íntimas, existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales, particularmente cuando no media una relación de subordinación previa y cuando la agresión no consiste en la difusión de contenido visual. Este vacío deja en estado de indefensión a las víctimas de estas prácticas.

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Congreso del Estado

Hasta dos años de cárcel a quien comenta el delito de acecho en SLP

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El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor o con discapacidad

Por: Redacción

A propuesta de la diputada Roxanna Hernández Ramírez, se aprobó el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, a fin de tipificar como delito el acecho.

 

En el Código Penal del Estado se indica que comete el delito de acecho quien, por cualquier medio, incluido el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como dispositivos electrónicos, de manera reiterada, vigile, siga, persiga, busque cercanía física, o establezca contacto o comunicación no deseada con una persona, causándole temor, intimidación, o angustia, o afectación a su libertad, seguridad, integridad, o a su vida cotidiana.

 

Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos que resulten concurrentes.

 

El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista relación de subordinación o dependencia; o el delito sea cometido por persona servidora pública, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

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