Congreso del Estado
Planta tratadora en Hidalgo contamina ríos en SLP
El congreso del estado de SLP hará un llamado a las autoridades federales, así como al estado de Hidalgo
Por: Redacción
La comisión de ecología y medio ambiente del congreso del estado de San Luis Potosí aprobó un punto de acuerdo para exhortar a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y al congreso del estado de Hidalgo y sus direcciones de ecología para rehabilitar la planta tratadora de agua que dejó de operar en aquella entidad, debido a que actualmente contamina ríos y manantiales del municipio de San Martín Chalchicuautla, perteneciente a la entidad potosina.
Eloy Franklin Sarabia, diputado presidente de esta comisión, y Lidia Nallely Vargas Hernández, vicepresidenta de la misma, mantuvieron comunicación con Reyes Gutierrez García, director de ecología del ayuntamiento de San Martín Chalchicuautla, quien denunció el daño producido por la inoperatividad de esta planta tratadora, pues vierte desechos al río San Pedro, que circula por la huasteca potosina.
Gutierrez García denunció que el daño ambiental requiere de una intervención inmediata de las autoridades federales, pues considera que se trata de un problema de aguas nacionales que involucra al estado de Hidalgo , por lo cual el llamado será para que las autoridades de la vecina entidad sustituyan o rehabiliten la planta tratadora de aguas.
Eloy Franklin señaló que las autoridades de San Martín Chalchicuautla se acercaron al congreso local para solicitar su intervención ante este problema; advirtió la importancia de atenderlo, pues las aguas contaminadas se mezclan con el río Moctezuma que pasa por toda la huasteca potosina; “tenemos confianza en que el exhorto que en su momento sea enviado por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, sea atendido, no sólo por la Conagua, sino por la Profepa y sobre todo por las autoridades de Hidalgo”, agregó.
También lee: “Castigar faltas de diputados podría ayudar a abatir el rezago legislativo”: Torrescano
Congreso del Estado
Aprueba Congreso reforma para garantizar sueldo a policías municipales
Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar partidas para asegurar que elementos de seguridad perciban la remuneración
Por: Redacción
El Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional y modificaciones a diversas leyes para gar antizar una remuneración mínima mensual neta de 14 mil pesos a las y los integrantes de las corporaciones de Seguridad Pública
de los 59 municipios de San Luis Potosí, con el propósito de fortalecer su dignidad laboral, profesionalización y desempeño.Esta reforma establece un piso salari al de 14 mil pesos netos mensuales, monto que estará sujeto a la actualización anual conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Asimismo, se precisa que los municipios que actualmente otorguen remuneraciones superiores mantendrán sus propios tabuladores y disposiciones aplicables.
Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar en sus presupuestos de egresos las partidas necesarias para asegurar que todas y todos los elementos de seguridad pública municipal perciban, como mínimo, la remuneración establecida por la ley.
Congreso del Estado
Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+
Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+
Por: Redacción
La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.
La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.
Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+
; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.
Congreso del Estado
Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas
Por: Redacción
Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual, en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.
La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.
De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
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