julio 30, 2026

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Congreso del Estado

Congreso busca modificación para otorgar indulto

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El indulto necesario, se otorgaría para cualquier delito, previo dictamen en el que se demuestre que el sentenciado no representa un peligro

 

Por: Redacción

En sesión de la Diputación Permanente, se turnaron a las comisiones legislativas dos iniciativas que proponen modificaciones constitucionales, en materia de regulación de la figura del indulto.

 

El diputado Juan Francisco Aguilar Hernández, presentó una iniciativa que insta expedir la Ley Reglamentaria de la Fracción XLV del artículo 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para establecer los criterios y procedimientos para que el Poder Legislativo pueda otorgar el indulto necesario.

Esta iniciativa busca establecer criterios claros y transparentes para la concesión del indulto, asegurando que se aplique de manera justa y equitativa; garantizar que el indulto se utilice como un recurso excepcional y bajo estrictos estándares de legalidad y respeto a los derechos humanos.

 

Entre los requisitos para el indulto por gracia, se encuentran el cumplimiento de una parte de su condena, que la conducta observada durante la prisión sea una base para inferir sobre la reinserción a la sociedad del sentenciado indultado; cuando por tratarse de personas indígenas existan violaciones graves a sus derechos humanos.

 

En el caso del indulto necesario, se otorgaría para cualquier delito, previo dictamen en el que se demuestre que el sentenciado no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad pública, o existan indicios de violaciones graves a los derechos humanos.

Se indica que el indulto que otorgue el Poder Legislativo no comprende las penas de reparación del daño, inhabilitación o suspensión para el ejercicio de una profesión, decomiso de instrumentos relacionados con los delitos, ni los efectos de reincidencia.

 

Congreso del Estado

Aprueba Congreso reforma para garantizar sueldo a policías municipales

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Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar partidas para asegurar que elementos de seguridad perciban la remuneración

Por: Redacción

 

El Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional y modificaciones a diversas leyes para gar antizar una remuneración mínima mensual neta de 14 mil pesos a las y los integrantes de las corporaciones de Seguridad Pública

de los 59 municipios de San Luis Potosí, con el propósito de fortalecer su dignidad laboral, profesionalización y desempeño.

Esta reforma establece un piso salari al de 14 mil pesos netos mensuales, monto que estará sujeto a la actualización anual conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Asimismo, se precisa que los municipios que actualmente otorguen remuneraciones superiores mantendrán sus propios tabuladores y disposiciones aplicables.

Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar en sus presupuestos de egresos las partidas necesarias para asegurar que todas y todos los elementos de seguridad pública municipal perciban, como mínimo, la remuneración establecida por la ley.

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Congreso del Estado

Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+

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Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+

Por: Redacción

La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.

 

La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.

 

Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+

; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.

 

En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.

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Congreso del Estado

Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual

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Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas

Por: Redacción

Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual,  en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada  Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.

 

La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.

 

De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.

 

Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.

 

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