Congreso del Estado
Centros comerciales podrían ser obligados a contratar seguro contra robo de autos
Se procurará que los estacionamientos sean gratuitos; en caso contrario, estarán obligados a contar con seguro contra robo de vehículos
Por: Redacción
Con el objetivo de, eliminar malas prácticas de los estacionamientos de centros comerciales, al imponer la prohibición de difundir cláusulas o leyendas confusas, se presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, iniciativa para reformar la fracción III del artículo 280 y adicionar la fracción IV al artículo 280 y La fracción V y VI del artículo 301 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado.
En la exposición de motivos se explica que, existe un aumento en los robos totales o parciales de vehículos dentro de los estacionamientos de plazas comerciales. Pese a que la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano impone obligaciones de contar con seguros ante tales circunstancias, los establecimientos suelen deslindarse de los daños ocasionados dentro de los mismos.
La iniciativa establece que, el Ayuntamiento respectivo, procederá a la revocación de la licencia de uso de suelo, cuando el titular de la licencia de establecimiento comercial y de servicios no contrate el seguro previsto en el artículo 280 fracción IV de la ley dentro de los tres meses de la entrada en funcionamiento y/o incurra en la negativa del pago del seguro.
Así mismo considera que, los establecimientos comerciales y de servicios, procurarán que sus estacionamientos sean gratuitos; en caso contrario, aquellos que pretendan cobrar por el ingreso y permanencia en los mismos, estarán obligados a: Contar con seguro contra robo total o parcial de los vehículos, ya sea del interior o exterior de éstos, así como con seguro para cubrir daños ocasionados dentro del estacionamiento del establecimiento.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable para su análisis y posteriormente ser enviada al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y votación.
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Congreso del Estado
Se castigará con hasta 5 años de prisión a quien maltrate o mate fauna silvestre
Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada, se impondrá pena de hasta 7 años de prisión
Por: Redacción
La protección de animales en peligro no es solo una cuestión ambiental, sino también un imperativo ético y social que beneficia tanto a la naturaleza como a las generaciones futuras, señaló la diputada Roxanna Hernández Ramírez al presentar una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado que aumenta las penas a quien maltrate y produzca su muerte.
La legisladora representante del Distrito XIV con cabecera en Tamuín, propuso reformar la fracción III y adicionar una fracción III BIS al artículo 317 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer que, cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de 24 meses a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de 300 a 600 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.
Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada o sujeta a protección especial conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010, se impondrá pena de cuarenta y ocho meses a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
En la iniciativa de la diputada Hernández Ramírez adiciona un artículo 121 BIS de la Ley de Protección a los Animales del Estado de San Luis Potosí, para señalar que se prohíbe dañar o matar especies que se encuentren en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial enunciadas y conforme a la NOM-059-SEMARNAT2010.
Congreso del Estado
Congreso busca castigar a quienes ayuden a encubrir delitos sexuales
El delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado
Por: Redacción
Martha Patricia Aradillas Aradillas, propuso una iniciativa de reforma al artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que las excluyentes de responsabilidad penal no sean aplicables en el delito de encubrimiento cuando se cometan delitos contra la libertad sexual; seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.
Explica en su exposición de motivos, que el delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho considerado como delictuoso, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado de un delito con el propósito de que se sustraiga a la acción de la justicia, o destruya, modifique, cambie, obstruya, altere, mueva o manipule la morfología de los indicios, vestigios, hu ellas, objetos, instrumentos o cadáveres que se encuentren en el lugar que acontecieron los hechos del delito o se realizó el hallazgo, para impedir su descubrimiento.
El Código Penal establece de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización.
Agrega que se busca que las disposiciones legales no obstruyan con las investigaciones cuando se trate del delito de feminicidio, o de homicidio contra menores de edad, ya que actualmente se sabe que la mayoría de las personas que ayudan a otra a evadir las penas que la Ley establece, son los mismos familiares, mismos que resultan participes en la ejecución del mismo, por lo tanto, estos también deben ser sancionados con penas privativas de la libertad y sanciones pecuniarias altas.
Congreso del Estado
Congreso busca regular hoteles, spas y guarderías para mascotas
Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios
Por: Redacción
El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de incorporar la regulación del hospedaje de animales y las estancias en guarderías, hoteles o spas para mascotas, para asegurar el cumplimiento y la efectividad de los estándares de bienestar animal.
El dictamen, presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente que preside la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, establece que se consideran como guarderías, hoteles, spas y pensiones, los espacios físicos en los que se ofrecen diversos servicios para el cuidado y atención de animales de compañía por un tiempo determinado.
Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios; deberán contar con: zona de alimentación, centro de atención médica, espacio de aseo, área de descanso, y zona recreativa.
En estas instalaciones se evitará poner especies distintas, en la misma área de atención, y estará prohibido alojar animales con enfermedades infecto contagiosas.
Se indica que con esta adición a la legislación estatal, se proporciona una base sólida para establecer y hacer cumplir requisitos mínimos de higiene, espacio, alimentación, atención veterinaria y trato adecuado, garantizando así que todos los establecimientos operen con un nivel de calidad aceptable.
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