diciembre 28, 2025

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“Cecy González cumple con requisitos para ser magistrada del TEJA”: Chessal

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El columnista del diario Pulso argumentó que al haber sido elegida por una junta como directora del DIF, no violenta el criterio de no haber sido funcionaria designada por el gobernador

Por: Redacción

De acuerdo con la columna “Ayuda de memoria constitucional” publicada este lunes en el diario Pulso y firmada por Jorge Chessal Palau no hay impedimento para que Cecilia González Gordoa participe de la terna de la cual el Congreso del Estado elegirá a la nueva magistrada numeraria del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa (TEJA), toda vez que su nombramiento como directora del DIF no corresponde a una designación del gobernador Juan Manuel Carreras, sino a la determinación de la junta del propio DIF.

Hace algunas semanas el Congreso del Estado devolvió al Poder Ejecutivo la terna de nombres para designar magistrada numeraria al TEJA, puesto que en la lista solo figuraban dos nombres, ya que el de González Gordoa fue desechado en comisiones.

De acuerdo con Jorge Chessal la presunta ilegibilidad de Cecilia González es falsa y ella cumple con los requisito:

“El artículo 123 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí señala que los requisitos para ser magistrado del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa serán los mismos que deba cumplir quien sea designado magistrado del Supremo Tribunal de Justicia en el Poder Judicial. El artículo 99 de la misma Constitución determina, en su fracción IV que quienes sean propuestos a la designación no deben haber ocupado el cargo de Secretario de Despacho o su equivalente, Fiscal General del Estado, Diputado local, o Presidente Municipal, en el año inmediato anterior al día de su nombramiento“.

Chessal Palau comentó que el punto “secretario de Despacho o su equivalente” lo que ha utilizado el Congreso del Estado a desestimar a la directora del DIF estatal “aduciendo que se presentaba tal equivalencia”; sin embargo, destacó que “los requisitos para ser magistrado del Supremo Tribunal de Justicia, en realidad, más allá de la Constitución estatal, derivan del contenido de la fracción III párrafo tercero del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala que no podrán ser magistrados de los Poderes Judiciales estatales las personas que hayan ocupado el cargo de secretario o su equivalente, procurador de Justicia (ahora Fiscal General) o Diputado Local, en sus respectivos estados, durante el año previo al día de la designación

“.

Jorge Chessal subrayó que “equivalente a Secretario” es aquel que tiene las atribuciones y responsabilidades análogas a las de los secretarios, es decir, es el reúne los siguientes requisitos: “ser susceptible de juicio político, ser nombrado libremente por el Gobernador de la entidad y ser titular de una dependencia del Ejecutivo”, por lo que en el caso del DIF estatal, la designación de un director se hace por la Junta Directiva, por lo que no es una designación directa del gobernador y no depende directamente del Ejecutivo.

En la columna se indica que: “Las Comisiones de Justicia y de Gobernación del Congreso del Estado, en el dictamen votado el 21 de mayo pasado, señalan como motivo para rechazar la propuesta del Poder Ejecutivo: ‘Ello es así en virtud de que como la profesionista propuesta lo acreditó con el nombramiento expedido a su persona, por el Doctor Juan Manuel Carreras López ,Gobernador Constitucional del Estado, y que si bien es cierto el mencionado encargo se somete a la consideración de la Junta de Gobierno(presidida por el propio Gobernador), también lo es que él titular del Poder Ejecutivo lo propone, pero además, éste es quien emite su nombramiento’“.

Chessal Palau reiteró que el nombramiento firmado por el gobernador es posterior a la sesión de la Junta Directiva del DIF donde designa a la Directora. Agregó que se debe tener presente que aunque el gobernador Juan Manuel Carreras participe en la designación, no lo hace “libremente”.

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¿Cómo acceder a una Vivienda para el Bienestar a través de Infonavit?

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Debes tener al menos 6 meses de antigüedad en tu trabajo, ganar entre 1 y 2 salarios mínimos al mes y no tener crédito con el Instituto

Por: Redacción

Si eres derechohabiente del Infonavit y tus ingresos son de entre uno y dos salarios mínimos, puedes acceder a una de las casas del programa Vivienda para el Bienestar, impulsado por la Presidenta Claudia Sheinbaum.

Para que no pierdas esta oportunidad, es importante mantener tus datos de contacto actualizados (teléfono, correo electrónico y dirección), a través de Mi Cuenta Infonavit (micuenta.infonavit.org.mx) o en los Centros de Servicio Infonavit. En estos últimos, también podrás conocer la oferta de vivienda disponible en tu localidad.

Una vez que actualices tu información, debes estar atento, ya que el Infonavit notificará a las personas preseleccionadas para iniciar su trámite de crédito. La invitación llegará por correo electrónico, mensajes al celular o carta postal. También puedes acudir directamente a las oficinas del Instituto para manifestar tu interés y ser parte del proceso de elegibilidad.

Considera que la asignación se hará conforme al orden en que se registren las personas derechohabientes interesadas.

Las únicas condiciones que tendrás que cumplir para ser beneficiario de este programa son:

* Tener al menos 6 meses de antigüedad en tu trabajo
* Ganar entre 1 y dos salarios mínimos al mes
* No tener crédito hipotecario con el Instituto

Recuerda que, si resultas seleccionado, la notificación será oficial y directa, sin intermediarios. Todos los trámites ante el Infonavit son gratuitos y no requieres compartir tus datos personales con terceros. Para dudas o asesoría, acude al Centro de Servicio Infonavit (CESI) más cercano.

El Infonavit, como instituto de carácter social y humanista, reafirma su compromiso de brindar oportunidades reales a quienes menos tienen, garantizando que las y los trabajadores con menores ingresos puedan acceder a una vivienda segura, digna y bien ubicada, construyendo así un futuro con mayor bienestar y justicia social.

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Congreso del Estado

Patrullas y elementos de seguridad pública contarán con cámaras de videovigilancia

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La diputada Jacquelinn Jauregui indicó que esto proporcionará pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de las funciones policiales

Por: Redacción

A iniciativa de la diputada Jacquelinn Jauregui, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 154 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer que podrán instalar dispositivos de videograbación en los vehículos operativos de las corporaciones de seguridad pública y en los propios elementos de seguridad pública.

Esto, con el fin de dejar registro de la actividad desplegada en el ejercicio de sus funciones.

En el dictamen respectivo, se indica que la implementación de cámaras de videograbación en los vehículos operativos al servicio de corporaciones policiales se ha convertido en una herramienta clave para documentar su actuación y brindar certeza tanto a la ciudadanía como a los propios elementos de seguridad.

Precisa que el uso de videograbaciones ha demostrado ser un mecanismo eficaz para prevenir abusos, esclarecer hechos y fortalecer la confianza de la población en sus instituciones de seguridad. Además, de proporcionar pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de sus funciones.

Asimismo establece la diferencia entre los términos video vigilancia y videograbación; mientras la video vigilancia es una herramienta tecnológica que, a través de cámaras de video localizadas estratégicamente e interconectadas entre sí,

permiten apoyar la operación y despliegue policial, la persecución y prevención de los delitos, la atención de emergencias o documentar faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública. La videograbación se refiere al proceso de capturar y almacenar imágenes en movimientos con o sin sonido, en un medio electrónico, cuya finalidad primordial es la de preservar y en su caso reproducir esas imágenes.

En ese sentido y con base en las anteriores definiciones es que esta Ley reforma el término videograbación, con el fin de que quien detecte la comisión de un delito por medio de sistemas de video vigilancia lo reporte inmediatamente a las autoridades competentes, debiendo resguardar la videograbación hasta por un año.

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Gallardo lleva infraestructura vial a los municipios

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El gobernador dio a conocer que se han invertido 500 millones de pesos en el programa de mejora urbana a través de rehabilitaciones de calles en municipios

Por: Redacción

El Gobernador de San Luis Potosí Ricardo Gallardo Cardona, dio a conocer que, en el último año se ha impulsado un amplio programa de infraestructura vial y urbanización que ha permitido rehabilitar y construir calles y avenidas en diversos municipios, con una inversión global de más de 500 millones de pesos, beneficiando a más de 80 mil habitantes con 1 millón 600 metros cuadrados rehabilitados.

El Mandatario Estatal informó que, como resultado de esta estrategia para una movilidad sin límites se han priorizado zonas que por décadas quedaron en el abandono de la herencia maldita, donde destacan la rehabilitación de calles en Cedral, Ciudad Valles, San Luis Potosí y Xilitla

, así como pavimentaciones con concreto hidráulico en Charcas, Lagunillas, Soledad de Graciano Sánchez y Zaragoza, garantizando infraestructura más duradera y segura.

El Gobernador Ricardo Gallardo Cardona reiteró que estas acciones forman parte de una política de infraestructura sin límites, enfocada en cerrar brechas de rezago, detonar el desarrollo regional y brindar condiciones dignas de movilidad a las familias potosinas en las cuatro regiones del estado, con obras que verdaderamente se sienten y cambian la vida de la población.

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