mayo 29, 2026

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Congreso del Estado

Xilitla solicitó aumentos de hasta 400% en impuestos

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El diputado Rubén Guajardo aseguró que no aprobarán gravámenes así de elevados, como la propuesta de Ley de Ingresos de Xilitla

Por: Redacción

Rubén Guajardo Barrera, diputado local e integrante de la Comisión Segunda de Hacienda en el Congreso del Estado de San Luis Potosí, mencionó que ya se encuentran en el análisis de las propuestas de ley de ingresos de los municipios.

Destacó el caso de Xilitla, que ha solicitado aumentos hasta del 400 por ciento; situación que reprobó como legislador y que dijo no aprobará.

“La propuesta que nos manda el Ayuntamiento de Xilitla es aumentos de 200, 300 y hasta 400 por ciento. Cosa que la comisión de Hacienda como lo hemos dicho, no vamos a aprobar y vamos a hacer un análisis profundo”, declaró.

Guajardo Barrera señaló que desde su punto de vista como parte de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN), como legislador e integrante de dicha comisión, será muy responsable con es estudio de las propuestas de todos los municipios

Hasta el momento se ha realizado la revisión de cinco ayuntamientos, y el día de mañana continuará la discusión de las propuestas de otros municipios. Agregó que dichas reuniones de trabajo son públicas y abiertas a la ciudadanía para que conozcan el trabajo en favor de los municipios.

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Congreso del Estado

Congreso revisa solicitudes de ayuntamientoa para acceder a un crédito

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José Roberto García explicó que cada una de las solicitudes será revisada de manera puntual para garantizar el cumplimiento de los requisitos

Por: Redacción

La Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal del Congreso del Estado dio cuenta de seis solicitudes presentadas por ayuntamientos que buscan obtener la aprobación para acceder a un crédito simple y financiamiento ante el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), con el propósito de destinar los recursos a obras de infraestructura básica y fortalecimiento de los servicios públicos.

Los expedientes que actualmente se encuentran bajo análisis corresponden a los municipios de Tampacán, San Ciro de Acosta, Rayón, Tamasopo, Santa Catarina y Vanegas.

El diputado José Roberto García Castillo, presidente de la Comisión Primera de Hacienda y Desarrollo Municipal, explicó que cada una de las solicitudes será revisada de manera puntual para garantizar el cumplimiento de los requisitos legales y asegurar que los recursos económicos obtenidos, se orienten exclusivamente a proyectos que generen un beneficio directo para la población.

El legislador señaló que se deberá cumplir estrictamente el marco jurídico aplicable en materia de disciplina financiera, deuda pública y coordinación fiscal.

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Congreso del Estado

Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Electoral de SLP

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Entre los cambios están que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos

Por: Redacción

La LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó una serie de reformas a la Constitución Política y a la Ley Electoral de San Luis Potosí con el objetivo de modernizar y hacer más eficientes los procesos electorales, además de fortalecer la participación política de las mujeres mediante reglas permanentes de paridad y alternancia de género.

Durante la Sesión Ordinaria, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Carlos Artemio Arreola Mallol, destacó que las modificaciones consolidan mecanismos jurídicos para garantizar una mayor igualdad en cargos de elección popular, especialmente en la gubernatura y las presidencias municipales.

El legislador señaló que las reformas buscan “blindar jurídica y constitucionalmente” la participación efectiva de las mujeres, incorporando criterios claros de alternancia de género para futuras elecciones.

Entre los cambios aprobados destaca que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos, fortalecer la fiscalización de recursos públicos y modernizar el sistema de quejas y denuncias.

También se estableció la obligación de realizar al menos dos debates entre candidaturas a la gubernatura durante el periodo de campañas, así como debates obligatorios para presidencias municipales en los cinco municipios con mayor lista nominal del estado.

En materia de paridad, la reforma constitucional establece que los partidos políticos deberán aplicar la alternancia de género en la postulación a la gubernatura estatal, tomando como referencia el género de la candidatura presentada en la elección inmediata anterior.

Sin embargo, tras las observaciones realizadas por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona, se determinó que para el proceso electoral de 2027 no existirá restricción de género en las candidaturas a la gubernatura, permitiendo a partidos y candidaturas independientes definir libremente sus postulaciones bajo el principio general de paridad.

La aplicación obligatoria de la alternancia de género comenzará a partir del proceso electoral 2032-2033, con reglas específicas para garantizar una implementación gradual y constitucionalmente sólida.

Las reformas también contemplan ajustes administrativos y financieros, incluyendo mayores obligaciones de transparencia en el uso de recursos públicos y nuevas reglas para las prerrogativas y sanciones de los partidos políticos.

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Congreso del Estado

Congreso aprueba reforma a la Ley para Igualdad entre Hombres y Mujeres

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Se amplían las causas de discriminación introduciendo nuevas condiciones que generan esta práctica

Por: Redacción

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de San Luis Potosí presentada por la diputada María Antonia Castro Castañeda, para ampliar las causas que generen discriminación.

El diputado Marco Antonio Gama Basarte, presidente de esta comisión legislativa dijo que el dictamen establece que la discriminación, es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional, y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad sustantiva de oportunidades de las personas en las esferas política, económica, social, cultural, civil, educativa, institucional, laboral o en cualquier otra.

Asimismo, se propone, incluyendo a cualquier acción u omisión que, directa o indirectamente, provoque o perpetúe la brecha de género en cualquier ámbito, cuando la distinción, exclusión, restricción o preferencia en estos términos se base en uno o más de los siguientes motivos del origen étnico, nacional o regional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, la salud o jurídica, la religión y la apariencia y/o condición física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, la identidad de género, la orientación sexual, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, profesión o actividad laboral, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo análogo

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En la propuesta aprobada, se agrega el siguiente párrafo a esta segunda fracción: se entenderá también como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

Asimismo, establece que se considera discriminación por razón de sexo cualquier persona realizada por la autoridad o la persona servidora pública, que derive la presentación de un recurso tendiente a salvaguardar el derecho a una vida libre de discriminación por razón de sexo, así como cualquier conducta u omisión destinada a impedir el ámbito del debido proceso del recurso.

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