septiembre 17, 2026

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Estado

Se restablecerían mecanismos en la captura y rescate de perros callejeros

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Los perros capturados en el antirrábico podrían ser resguardados en asociaciones protectoras de animales si nadie los reclama

Por: Redacción

A fin de contar con precisiones que abonen a la mejora en cuanto a las condiciones de la captura y adopción de animales que se encuentren en la vía pública, la diputada Beatriz Benavente Rodríguez presentó una iniciativa para adicionar a la Ley Estatal de Protección a los Animales, donde se busca establecer mecanismos precisos en lo concerniente a la forma en que se captura a los animales, así como en la forma como pueden ser rescatados de los centros de control animal o “antirrábicos”, ya que actualmente al no existir precisiones especificas en tal sentido, la mayoría de los animales capturados son sacrificados.

De esta manera, la iniciativa propone establecer que la captura de animales en la vía pública sólo puede realizarse cuando deambulen sin dueño aparente, o no cuente con placa de identificación, asegurando que toda captura deberá ser libre de maltrato.

En el caso de que el animal cuente con placa u otra forma de identificación, se deberá dar aviso de manera inmediata al propietario, para que resguarde al animal. Si al momento de intentar la captura alguna persona acredita la propiedad del animal mediante evidencia digital o documental, como fotografías, videos o cartilla de vacunación, entre otros, la captura no se llevará a cabo, salvo cuando sea estrictamente necesario para mantener el orden o para prevenir zoonosis o epizootias, en coordinación con las dependencias encargadas de la sanidad animal previa identificación, brindando al dueño la información necesaria de donde se encontrará el animal, para su entrega posterior una vez que se descarte el motivo de la captura.

Se indica además, que se sancionará a las personas que agredan al personal encargado de la captura de animales abandonados o ferales y que causen algún daño a vehículos o al equipo utilizado para tal fin.

En los casos de las personas que acrediten la posesión o propiedad del animal, lo podrán reclamar cuando haya sido ingresado en cualquier centro de control animal dentro de los diez días hábiles siguientes a su captura, debiendo comprobar para ello tal circunstancia con cualquier documento o evidencia digital que acredite la propiedad, o en su defecto acudir con dos personas que testifiquen bajo protesta de decir verdad ante la autoridad, la auténtica propiedad o posesión de la mascota de quien la reclame.

En caso de que el animal no sea reclamado por su dueño en el tiempo estipulado, podrá ser otorgado para su adopción a asociaciones protectoras de animales constituidas legalmente que lo soliciten y que se comprometan a su cuidado y protección, así como a la promoción para que se dé su posterior adopción por parte de alguna persona
interesada.

En el caso de que no concurra ninguna de las precisiones anterior los animales deberán ser sacrificados humanitariamente si se considera necesario, en los términos del Título Cuarto, Capítulo II de esta Ley.

Se indica como responsabilidad de los centros de control animal o cualquier institución que los ampare temporalmente alimentar adecuadamente a todo animal que se retenga.

La iniciativa se encuentra en análisis en la Comisión de Ecología y Medio Ambiente.

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SLP declara que el derecho de menores a alimentos no vence

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La reforma protege a menores y a personas con discapacidad total que no puedan procurarse una vida digna

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Familiar para San Luis Potosí que declara imprescriptible el derecho a recibir alimentos, tanto para menores de edad como para personas adultas que no puedan procurarse una vida digna por sí mismas, a propuesta de la diputada María Dolores Robles Chairez.

La reforma protege dos grupos específicos: quienes están declarados en estado de interdicción, y las personas mayores de edad que hayan sido dictaminadas con una discapacidad total que les impida trabajar por el resto de su vida. En ambos casos, el derecho a recibir alimentos ya no puede perderse por el simple hecho de haber alcanzado la mayoría de edad.

El cambio busca eliminar una interpretación que, durante un litigio, permitía cuestionar el derecho a alimentos de una persona adulta con discapacidad total únicamente por su condición de adulta, dejándola sin la posibilidad real de sostenerse. Con la reforma, esa vía de impugnación queda cerrada.

La imprescriptibilidad, sin embargo, no es absoluta: los alimentos que ya se generaron y no fueron pagados durante la vida adulta de la persona acreedora sí prescriben, a los cuatro años

contados desde que cesó la obligación de pagarlos. Es decir, el derecho a exigir alimentos no se pierde nunca, pero la deuda acumulada por incumplimientos pasados sí tiene un plazo límite para cobrarse.

En la exposición de motivos, el Congreso precisó que el derecho a alimentos no se limita a la comida: incluye también lo necesario para la salud, la vivienda y el vestido, y en el caso de niñas, niños y adolescentes, además cubre la educación y el sano esparcimiento.

La diputada Robles Chairez ya había impulsado, el 17 de agosto, otra reforma al Código Familiar para definir jurídicamente la Perspectiva de Persona Adulta Mayor, en la misma línea de ampliar protecciones legales a grupos en situación de vulnerabilidad.

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Más de 23 mil personas se benefician con conservación de camino Axtla-Coxcatlán

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El Gobierno del Estado de SLP mantiene trabajos permanentes de conservación carretera en las cuatro regiones

Por: Redacción

 

Más de 23 mil habitantes de 95 localidades se benefician con los trabajos de conservación del camino Axtla–Coxcatlán, donde la Junta Estatal de Caminos (JEC) realiza deshierbe y limpieza de laterales para mejorar la visibilidad y las condiciones de seguridad vial.

El titular de la JEC, Francisco Reyes Novelo, explicó que la atención de los márgenes carreteros permite reducir riesgos, conservar en mejores condiciones el arroyo vehicular y facilitar los traslados de quienes utilizan diariamente esta vía por motivos laborales, escolares, comerciales y turísticos.

Por indicaciones del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, el Gobierno del Estado mantiene trabajos permanentes de conservación carretera en las cuatro regiones, con atención a caminos que durante años requieren mantenimiento para garantizar una movilidad más segura.

En la Huasteca, estas acciones permiten conservar en mejores condiciones una ruta estratégica entre Axtla y Coxcatlán y dar atención directa a las necesidades de movilidad de decenas de comunidades.

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Serrano no teme que la Corte revise la ley electoral

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El diputado señaló que es comprensible que los partidos revisen las condiciones antes de 2027

Por: Redacción

Las tres reformas a la ley electoral de San Luis Potosí, aprobadas por el Congreso del Estado, se encuentran impugnadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, confirmó el diputado Héctor Serrano Cortés, secretario de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO).

Serrano dijo que a las acciones ya presentadas por el partido Somos México se sumó una más de la dirigencia nacional de Morena. Dijo que no le preocupa que la Corte pueda modificar o derogar las reformas: “si esta tiene alguna modificación en la Corte, bienvenida a la modificación… y si se deroga, bienvenida a derogar”.

Consideró comprensible que los partidos busquen revisar, por la vía legal, las condiciones bajo las cuales enfrentarán el proceso electoral de 2027, y dijo que las impugnaciones dan certeza jurídica en lugar de generar incertidumbre. Dijo que, en el caso conocido como “Walter”, aún no ha recibido notificación de una respuesta de la Corte.

En agosto, el diputado panista Rubén Guajardo Barrera ya había señalado que solo la Suprema Corte podía tocar la ley electoral del estado, en referencia a las acciones que Morena y Somos México habían presentado en ese momento.

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