Congreso del Estado
Se debe presentar una ley sobre la despenalización del aborto
El diputado Cuauhtli Badillo explicó que el proceso legislativo es que una diputada o diputado presente una iniciativa para acatar la resolución del Juzgado Federal
Por: Redacción
Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, diputado local y presidente de la Directiva del Congreso del Estado de San Luis Potosí, explicó que para acatar la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el tema de la interrupción legal del embarazo hasta las doce semanas, debe ser una diputada o diputado quien presente una iniciativa para reformar los artículos 16 de la Constitución Política del Estado, así como de los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal del Estado.
En ese sentido, dijo que se buscará el acuerdo al interior de la Junta de Coordinación Política para que algún compañero o compañera presente esa iniciativa y darle cumplimiento a lo estipulado.
“La propia resolución del Juzgado Federal nos comenta que el artículo 16 es inconstitucional. ¿Cuál es el proceso? Se tendrá que presentar una iniciativa, y debe de ser de algún compañero o compañera diputado, porque los ciudadanos no están facultados para presentar reformas de carácter constitucional. Será con un acuerdo al interior de la Jucopo, que algún compañero o compañera presente esa iniciativa para poder darle cumplimiento a lo que nos está comentando este Juez de Distrito; hay que estar muy al pendiente de cómo vamos a llevar a cabo ese proceso legislativo”.
El legislador de Morena aseguró que las fechas límites para trabajar en esta resolución son el 26 de noviembre, mientras que hay otra resolución para el 15 de diciembre.
“Tendremos que ponernos manos a la obra. Vamos a trabajarlo también directamente con la Comisión de Igualdad de Género, para que ellos empiecen a realizar foros, a realizar lo conducente para que el tema esté bien socializado y estemos en condiciones de poder cumplir con esta resoluciones”, finalizó.
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Congreso del Estado
Delito de abandono se investigará de oficio cuando involucre a personas con discapacidad
La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia
Por: Redacción
Integrantes de la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal del Estado, para establecer que el delito de abandono sea investigado de oficio, cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad, informó la diputada María Leticia Vázquez Hernández.
La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia y así se planteará ante el Pleno, donde se someterá a votación, informó la presidenta de la Comisión legislativa, Leticia Vázquez. La iniciativa fue presentada por la diputada Jaquelinn Jáuregui Mendoza.
El objeto de esta iniciativa es establecer que el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar en su vertiente de abandono de persona se persiga de oficio en los casos mencionados, teniendo la obligación el Ministerio Público de actuar con debida diligencia para la protección de sus derechos.
Congreso del Estado
Congreso busca garantizar responsabilidad alimentaria del padre biológico
Propone eliminar cualquier ambigüedad para garantizar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas y los niños y adolescentes
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.
La propuesta plantea establecer de manera explícita que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso en los casos donde un menor haya sido reconocido legalmente por un tercero.
La legisladora señaló que, el derecho a recibir alimentos constituye un derecho humano fundamental consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Niñas y los Niños.
Explicó que, si bien el Código Familiar del Estado establece la obligación de proporcionar alimentos derivada de la relación de filiación
, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad bajo el argumento de que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre.Ante esta situación, la diputada Hernández Ramírez consideró la importancia de realizar ajustes legales que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.
Además la iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145 así como crear el artículo 145 Bis y adicionar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.
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Congreso del Estado
Congreso propone garantizar reparación a víctimas indirectas de femenicidio
La propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia y garantizar la protección de las víctimas indirectas de feminicidio, la diputada Dulcelina Sánchez De Lira presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en concordancia con la Ley General de Víctimas y el Protocolo Spotlight.
La legisladora señaló que, la propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas, mediante el acceso a educación, salud y sustento.
Además señaló que la iniciativa contempla reformas y adiciones a los artículos 135, 135 Bis y 135 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en los que se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, además de precisar que toda muerte violenta de una mujer deberá ser investigada de oficio, bajo el protocolo especializado en feminicidio.
Asimismo, se detallan las circunstancias que configuran razones de género, entre ellas la existencia de relaciones de parentesco, afecto, laborales, docentes o de confianza entre la víctima y el agresor
, así como la presencia de violencia sexual, lesiones degradantes, mutilaciones, uso de sustancias corrosivas o actos que generen sufrimiento.La legisladora Dulcelina Sánchez, indicó que esta propuesta además busca incorporar el concepto de feminicidio en grado de tentativa, cuando se realicen actos encaminados a privar de la vida a una mujer por razones de género, sin que el delito se consuma por causas ajenas a la voluntad del agresor.
En lo referente al artículo 135 Ter, se establece que en toda sentencia condenatoria por feminicidio, el juzgador deberá garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, incluyendo el pago de indemnización y gastos funerarios, acceso gratuito y permanente a servicios de salud mental y atención médica especializada, así como mecanismos que aseguren el sustento alimenticio y educativo de las hijas e hijos menores de edad o con discapacidad.
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