julio 15, 2026

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Congreso del Estado

Se debe aumentar sanciones a quienes difundan información de procedimientos penales: diputados

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La Comisión de Justicia indicó que esperará el avance de la llamada “Ley Ingrid” en el Senado, para aplicar las adecuaciones en la legislatura local

Por: Redacción

Luego de la aprobación de las reformas al Código Penal Federal por la Cámara de Diputados, que establece sanciones a los servidores públicos que difundan imágenes, videos e información relacionada con un procedimiento penal, la Comisión de Justicia de la LXIII Legislatura, estará al pendiente del avance de esta reforma en la Cámara de Senadores, a fin de establecer las posibles homologaciones a la legislación local en la materia.

La presidencia de la Comisión de Justicia señaló que estás modificaciones, conocidas como ‘Ley Ingrid”, consisten en una reforma al artículo 225 del Código Penal Federal que impone de 4 a 10 años de prisión y multas de 100 a 150 días valor Unidad de Medida y Actualización a los servidores que “por sí o por interpósita (tercera o intermediario) persona, por cualquier medio o fuera de los supuestos autorizados por la ley, fotografíe, copie, filme, audiograbe, videograbe, reproduzca, difunda, entregue, revele, remita, comparta, distribuya, publique, transmita, exponga, oferte, intercambie o comercialice imagen, audio, video, documento, información, indicio, evidencia u objeto alguno relacionado con alguna investigación penal”.

Con ello, se busca penalizar la revictimización que se produce a través de los servidores públicos al emitir información no autorizada.

También se logra proteger a las víctimas indirectas, es decir, a los familiares o seres queridos de quienes sufrieron algún ataque y que están expuestos a los contenidos que surjan sobre el tema.

Se indicó que una vez aprobadas las reformas por el Senado, se solicitara a las entidades federativas adecuen las leyes y normativas correspondientes para su implementación.

Se informó que la Comisión de Justicia se mantendrá atenta al proyecto enviado a la Cámara de Senadores, para establecer las acciones tendientes a la armonización del Código Penal del Estado, ya que se busca evitar que se vulneren los derechos de la víctima y de sus familiares e impedir que los procesos de investigación se vean contaminados por este tipo de conductas que sean cometidas por servidores públicos.

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Congreso del Estado

“Ley estatal omite a niñas ante violencia feminicida”: Dulcelina Sánchez

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La iniciativa armoniza la ley estatal con la legislación federal e incorpora expresamente a adolescentes y niñas como sujetas de protección; fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género.

Por: Redacción

Dulcelina Sánchez de Lira, diputada local, propuso una iniciativa para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, a fin de armonizarla con la legislación federal en la materia y fortalecer la protección de los derechos humanos de las mujeres, brindando mayor certeza a las autoridades encargadas de la prevención, atención, investigación, sanción y erradicación de la violencia de género.

La legisladora explicó que la redacción vigente define la violencia feminicida como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, conformada por conductas misóginas que pueden culminar en diversas formas de muerte violenta.

Sin embargo, esa definición resulta más limitada que la prevista en la legislación general: no incorpora expresamente a las adolescentes y niñas

como sujetas de protección, omite reconocer el ejercicio abusivo del poder como elemento constitutivo de esta violencia y restringe sus manifestaciones a la muerte violenta, sin considerar otras conductas que generan riesgos graves para la vida.

La reforma actualiza la definición con un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género e interés superior de la niñez, y reconoce que la violencia feminicida puede producirse en los ámbitos público y privado como consecuencia del ejercicio abusivo del poder.

También contempla que esta violencia se manifiesta mediante conductas de odio y discriminación que ponen en riesgo la vida o culminan en muertes violentas como el feminicidio, el suicidio y el homicidio, además de conductas que afectan gravemente la integridad, seguridad y libertad personal.

Sánchez de Lira señaló que la modificación permitirá que políticas públicas, protocolos institucionales y acciones de acceso a la justicia operen bajo una definición homogénea, evitando interpretaciones restrictivas que limiten la actuación de las autoridades.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Igualdad de Género.

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Congreso del Estado

Diputada busca regular violencia digital y ciberacoso en escuelas

Gabriela Martínez señaló que estas conductas no pueden seguir tratándose como conflictos menores, pues representan formas de agresión sistemática que vulneran la dignidad de niñas, niños y adolescentes

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La iniciativa busca garantizar la integridad física, psicológica, emocional o sexual de quienes integran la comunidad escolar

Por: Redacción

La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al artículo 4 de la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado de San Luis Potosí para incorporar definiciones jurídicas precisas sobre las modalidades de violencia en entornos escolares y cerrar los vacíos normativos que dificultan su prevención, atención y sanción

La propuesta incluye por primera vez la definición de ciberacoso, entendido como toda conducta de acoso, hostigamiento o agresión psicoemocional realizada a través de tecnologías de la información, ya sea por redes sociales, aplicaciones de mensajería, videojuegos en línea, correo electrónico u otros medios digitales, cuando tenga por objeto atemorizar, humillar o dañar la reputación de algún integrante de la comunidad escolar.

Además del ciberacoso, la iniciativa incorpora definiciones de maltrato físico directo e indirecto, maltrato colectivo o grupal, maltrato institucional y maltrato por omisión de auxilio.

También contempla violencia de género, psicosocial, revictimizante, sexual y la relacionada con armas, objetos peligrosos o sustancias ilícitas.

Martínez Vázquez argumentó que estas conductas no pueden seguir considerándose conflictos menores propios de la convivencia escolar, pues representan formas de agresión sistemática que vulneran la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a una educación en condiciones de seguridad e igualdad. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para su dictamen.

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Congreso del Estado

Gallardo va contra Ley Serrano: Congreso espera

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Derogar una ley es facultad exclusiva del Congreso, pero los diputados locales dicen que esperan la propuesta del gobernador

Por: Redacción

El gobernador Ricardo Gallardo Cardona anticipó el fin de semana que buscará derogar la Ley Serrano, y en su lugar proponer criterios sobre medios de comunicación y evitar el periodismo anónimo. Sin embargo, derogar una ley es una facultad exclusiva del Poder Legislativo, no del Ejecutivo.

El artículo 57 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí establece que dictar, abrogar y derogar leyes corresponde al Congreso del Estado. El gobernador solo tiene la facultad de veto, prevista en el artículo 80, que le permite presentar observaciones a una ley dentro de los diez días hábiles siguientes a recibirla, antes de su publicación, no derogarla una vez que ya está en vigor. El artículo 61 de la misma Constitución señala, además, que cualquier diputado, y no solo el gobernador, puede presentar ante el Congreso una iniciativa para abrogar o derogar la ley.

A pesar de esa distinción, los diputados locales hablan de la derogación como una decisión que depende del Ejecutivo. Rubén Guajardo Barrera, diputado local del Partido Acción Nacional (PAN), afirmó que su bancada acompañará la derogación si el gobernador la envía al Congreso, y explicó que la votación depende de la aritmética legislativa: el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) tiene la mayoría, con algunas adhesiones adicionales, por lo que ninguna propuesta avanza sin su respaldo. El diputado interpretó el anuncio de Gallardo Cardona como una señal de que el PVEM acompañará la derogación.

El PAN votó en contra de la ley vigente por dos razones, dijo Guajardo Barrera: la bancada respalda regular la inteligencia artificial, pero rechaza que la ley sea punitiva, y considera que el Congreso la aprobó en un proceso exprés, de entre 10 y 11 días

, sin un análisis profundo.

Guajardo Barrera celebró la posible derogación porque, dijo, dará tiempo al Congreso para revisar derecho comparado en otros estados y países. Sostuvo que la inteligencia artificial debe regularse, pero advirtió que no debe ser punitiva mientras exista en México la figura de la prisión preventiva.

Sara Rocha Medina, diputada local y dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), condicionó su postura de la misma manera: dijo que, si el gobernador envía una nueva ley o la derogación de la vigente, su bancada hará lo que corresponda. Afirmó que aún no hay información oficial sobre el contenido de la iniciativa, más allá de lo declarado públicamente, y que prefiere conocer la propuesta antes de opinar.

Rocha Medina sostuvo que ninguna ley nace perfecta y que toda normativa puede mejorarse, pero evitó pronunciarse sobre si conviene sustituir la regulación de inteligencia artificial por una enfocada en medios de comunicación.

Ninguno de los dos legisladores mencionó la posibilidad de presentar una iniciativa propia para derogar la Ley Serrano, pese a que la Constitución del Estado les reconoce ese derecho sin necesidad de que el Ejecutivo actúe primero. Hasta el momento, el gobierno del estado no ha enviado formalmente la iniciativa al Congreso.

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