mayo 10, 2024

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Congreso del Estado

Representante del IMES formaría parte del Consejo Estatal de Transporte

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La Comisión de Igualdad de Género aprobó la reforma de ley y se turnará al Pleno para su votación

Por: Redacción

Con el objetivo de integrar a una representante del Instituto de las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, al Consejo Estatal de Transporte, para impulsar acciones en materia de perspectiva de género, en reunión de la Comisión de Igualdad de Género se aprobó la reforma a la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí.

La legisladora Emma Idalia Saldaña Guerrero, presidenta de esta comisión, indicó que se trata de la reforma al artículo 119 de la Ley de Transporte Público del Estado, con lo que se busca incorporar a representante del IMES al Consejo Estatal del Transporte, a fin de que la apoye en la ejecución y seguimiento de las acciones programáticas en el estado, que tienen como propósito garantizar la seguridad de las mujeres.

“Esto para empezar a ver todo lo que concierne a las acciones de prevenir la violencia contra la mujer en los medios de transporte público y a ver todo con perspectiva de género; será muy importante esta inclusión y obviamente sabemos que estamos por aprobar la Ley de Movilidad y recaerá a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y va a ayudar mucho a hacer un trabajo muy importante en el estado y que sea con perspectiva de género, es lo que hay que ver con ello”.

Se indica en el dictamen que es necesario tomar medidas que ayuden a cristalizar la perspectiva de género presente en la Ley de Transporte Público del Estado, para lo cual la adición al Consejo Estatal del Transporte Público que se propone, constituiría un avance; ya que el Instituto de las Mujeres del Estado realiza acciones clave para el combate a la violencia de género, al tener incidencia en las políticas estatales, como se indica también en Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

La legisladora Saldaña Guerrero manifestó que la importancia de la perspectiva de género en el transporte público, es un elemento cotidiano en la vida de la mayoría de las potosinas, y debe fortalecerse para evitar la normalización del acoso en estos espacios.

El dictamen respectivo será turnado al pleno para su votación.

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Congreso del Estado

Congreso aprobó renuncia de José Luis Ruiz Contreras a la Fiscalía de SLP

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El Ejecutivo Estatal tiene un lapso de 30 días para enviar la terna de profesionistas que podrían ocupar el cargo

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por unanimidad el Decreto que califica procedente la renuncia de José Luis Ruiz Contreras, al cargo de fiscal general del Estado; y declara la vacante respectiva.

El artículo 122 BIS del Pacto Político Estatal, en su párrafo séptimo prevé que en caso de que la persona titular de la Fiscalía General fallezca, se ausente definitivamente, o presente renuncia ante el Congreso del Estado, declarada la vacante por este último.

El poder legislativo dará aviso al Ejecutivo del Estado para que, en un lapso de 30 días naturales, envíe propuesta de terna de profesionistas para la sustitución del fiscal.

Alguna de las propuestas debe obtener el voto de cuando menos las dos terceras partes de las diputadas y los diputados presentes en la sesión correspondiente para que se elija quien ocupará el cargo por el tiempo para el que fue electa la persona que se está supliendo.

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Congreso del Estado

Congreso propone endurecer penas para extorsionadores

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La propuesta también considera incrementar de 8 a 14 años de prisión y sanción pecuniaria de 700 a 1500 unidades de medida y actualización

 

Por: Redacción

Con el objetivo de incrementar las penas para quienes cometen el delito de extorsión, la Comisión de Justicia analiza una iniciativa de reforma a los artículos, 230, y 231 del Capítulo VI del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

 

Se propone incrementar las penas de 10 a 15 años de prisión y de 2 mil a 3 mil unidades de medida y actualización, para quien comete el delito de extorsión, entendido como quien, para obtener un lucro para sí o para tercero, intimide a otro con causarle un mal en su persona, familia o bienes, obligándolo a dar, hacer o dejar de hacer o tolerar algo.

 

La propuesta también considera incrementar de 8 a 14 años de prisión y sanción pecuniaria de 700 a 1500 unidades de medida y actualización, para quien cometa este delito utilizando cualquier medio de comunicación, a través de los que se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe por hilos, radio electricidad, medios ópticos, físicos, vía satelital u otros sistemas electromagnéticos o cualquier otro originado con motivo de los descubrimientos de la ciencia.

 

Y que cometa el delito, empleando cualquier mecanismo o amenaza para hacer creer a la víctima, la supuesta intervención en el delito de algún grupo vinculado a la delincuencia organizada o asociación delictuosa sin ser ello cierto, aún y cuando ello sea solo para lograr que la víctima no denuncie el hecho.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Congreso del Estado

Congreso de SLP analiza reforma a Ley de Protección a los Animales

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El objetivo es prohibir el sparring animal y sancionar las peleas de perros

Por: Redacción

Las comisiones de Justicia; y Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado, analizan una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, y a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de prohibir el sparring animal y sancionar las peleas de perros.

Se indica que el maltrato animal es todo acto u omisión que ocasione dolor o sufrimiento, que afecte el bienestar animal, ponga en peligro su vida o afecte gravemente su salud, así como la sobreexplotación de su trabajo.

Por ello, se busca establecer el Sparring en la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, entendido como la utilización de animales como carnada o como entrenamiento para perros, siendo que esta tiene consecuencias terribles para estos animales, que en la mayoría de los casos, terminan muriendo.

Es en este sentido que se requiere de leyes que tipifiquen todos y cada uno de los actos que generen violencia, crueldad, y maltrato a los animales, garantizándoles su vida, bienestar, trato digno y cuidado.

La iniciativa propone establecer claramente que queda prohibido organizar, inducir o provocar peleas de animales, así como entrenarlos o utilizarlos como “sparring” para tales fines.

También se busca establecer sanciones en el Código Penal del Estado, las cuales se propone sean de uno a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días multa a quien: críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole; utilice a un perro o cualquier otro animal como “sparring” para entrenar a un perro con el propósito de hacerlo participar en una pelea; posea, transporte, compre o venda perros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros; organice promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para asistir a espectáculos que impliquen peleas de perros; organice, induzca, provoque, promueva o realice una o varias peleas de perros, públicas o privadas, con o sin apuestas.

También que posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros; ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, o realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a perros en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.

La sanción a que se hace mención en el párrafo anterior, se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos. En caso de que la conducta sea provocada por una persona del área de medicina veterinaria, o persona relacionada con el cuidado, resguardo o comercio de animales, además de las penas anteriores se aplicará la suspensión o inhabilitación, del empleo, cargo, profesión, oficio, autorización, licencia, comercio o cualquier circunstancia bajo la cual hubiese cometido el delito. Asimismo, aumentara un tercio de la pena prevista en este artículo, quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, a sabiendas de esta circunstancia.

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Opinión