Estado
Proponen que novios también puedan ser acusados por violencia familiar en SLP
La diputada Paola Arreola Nieto presentó ante el Pleno del Congreso del Estado, una iniciativa que modifica el artículo 205 del Código Penal para ampliar el delito de violencia intrafamiliar.
El documento establece que se debe considerar parte del núcleo familiar a quienes hagan la vida en común en forma constante y permanente por un período mínimo de seis meses, que mantengan una relación de pareja, aunque no vivan en el mismo domicilio, que se encuentren unidos por vínculos de padrinazgo o madrinazgo, que se incorporen a un núcleo familiar aunque no tengan parentesco con ninguno de sus integrantes; tengan relación con los hijos o hijas de su pareja, siempre que no los hayan procreado en común y, tengan relación con la pareja de alguno de sus progenitores.
La legisladora manifestó la necesidad de contribuir de manera activa a erradicar las injusticias y desigualdades que se manifiestan en las relaciones familiares e indicó que es una obligación del Estado proteger los derechos humanos de las mujeres y los hombres en toda circunstancia.
Durante la exposición de motivos, la legisladora dijo que “la relación donde ocurre con mayor frecuencia la violencia es en contra de las mujeres que tienen una pareja; por tanto, se infiere que el principal agresor es o ha sido el esposo, pareja o novio, ya que de los resultados arrojados se evidencia que el 43.9 por ciento de las mujeres que tienen o tuvieron una pareja, sea por matrimonio, convivencia o noviazgo, han sido agredidas por su pareja en algún momento de su vida marital, de convivencia o noviazgo”.
La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis, por lo que Arreola Nieto recalcó la urgencia de dictaminar dicha iniciativa, pues consideró necesaria la aplicación de un enfoque de protección a los derechos humanos y sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y niñas.
Diputados omiten instalar comisión de atención a periodistas en SLP
Ciudad
Villa de Pozos mantiene operativo de ordenamiento vial
Gracias a los recorridos preventivos, no se han registrado incidencias relevantes en las principales avenidas del municipio
Por: Redacción
Con el objetivo de garantizar una mejor movilidad y mantener el orden en la vía pública, la Dirección de Vialidad de la Guardia Civil Municipal de Villa de Pozos ha aplicado más 600 sanciones administrativas en lo que va de 2026 a conductores que incurrieron en faltas al estacionarse en lugares no permitidos.
El director de la Dirección de Vialidad, Juan Ramón Velázquez Urista, explicó que antes de aplicar una infracción, los elementos realizan labores de proximidad con los automovilistas para exhortarlos a retirar sus vehículos de los espacios restringidos y evitar que sean sancionados, problemática que se presenta con mayor frecuencia en la cabecera municipal, donde se mantiene vigilancia permanente.
Velázquez Urista informó que durante el presente mes se aplicaron dos multas a conductores que ocuparon espacios exclusivos para personas con discapacidad, sanciones con un valor aproximado de 9 mil 300 pesos.
El funcionario destacó que, gracias a los recorridos preventivos, no se han registrado incidencias relevantes en las principales avenidas del municipio y se ha logrado retirar oportunamente vehículos estacionados en doble fila, sobre pasos peatonales o encima de banquetas.
Estado
Faltan 15 días para el inicio de la feria más grande de México; dice Gallardo
El mandatario resaltó que la edición 2026 contará con una cartelera internacional sin precedente, encabezada por Katy Perry y Mötley Crüe
Por: Redacción
A tan solo 15 días del arranque de la Feria Nacional Potosina (Fenapo) 2026, programada para el próximo 7 de agosto, el gobernador Ricardo Gallardo Cardona informó que los preparativos avanzan conforme al calendario para recibir a más de 9 millones de visitantes durante 24 días de actividades.
Destacó que esta edición ofrecerá una experiencia renovada para todas las edades, con entrada, estacionamiento, juegos mecánicos y conciertos del Teatro del Pueblo totalmente gratuitos, consolidando a la feria de San Luis Potosí como la más grande, incluyente y atractiva del país.
El mandatario resaltó que la edición 2026 contará con una cartelera internacional sin precedente, encabezada por Katy Perry y Mötley Crüe, además de figuras nacionales e internacionales como Lila Downs, Yandel Sinfónico, El Bogueto, Xavi, Ramón Ayala, Óscar Maydon, Bizarrap, Sin Bandera, Kenia Os, Laberinto y Herederos, Los Huracanes del Norte, Los Acosta, Santa Fe Klan, Alameños de la Sierra, Liberación, Grupo Toppaz, Tropical Panamá y Los Tigres del Norte. A ello se sumarán jornadas especiales como Influencers Fest, Chihuahua Fest y El Potosinazo.
Estado
“Sugerencias al voto” también son actos anticipados: Ceepac
El consejero explicó que los mensajes privados no constituyen infracción y que expresar la intención de buscar un cargo tampoco configura, por sí solo, un acto anticipado.
Por: Redacción
El llamado expreso al voto, o los mensajes que persiguen el mismo objetivo sin usar esa palabra, es el elemento que puede convertir un acto político en un acto anticipado de campaña, explicó Luis Gerardo Lomelí Rodríguez, consejero del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), al detallar los criterios que aplica la autoridad para analizar este tipo de conductas.
El consejero señaló que una solicitud explícita se configura con frases como “vota por mí”, “apóyame para ser diputado” o “en 2027 vota por determinado partido”. Advirtió, sin embargo, que también existen las llamadas equivalencias funcionales: mensajes que, sin pedir el voto de forma literal, buscan posicionar a una persona con fines electorales, como promoverla desde ahora como “el proyecto” para la próxima elección.
Precisó que esos mensajes solo pueden considerarse actos anticipados cuando trascienden al ámbito público, por lo que las conversaciones privadas —presenciales o por aplicaciones como WhatsApp— no son suficientes para acreditar una infracción electoral.
Lomelí Rodríguez aclaró además que expresar la intención de buscar un cargo de elección popular no constituye, por sí mismo, un acto anticipado de campaña o precampaña, y que cada caso debe analizarse de manera individual.
Detalló que para acreditar una infracción deben concurrir tres elementos: el temporal (que los hechos ocurran antes de las etapas legales de campaña), el personal (que participen partidos, militantes, aspirantes o precandidatos identificables) y el subjetivo (que exista un llamado expreso al voto o un mensaje equivalente).
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