mayo 22, 2026

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Congreso del Estado

Morena y MC impulsarán la despenalización del aborto en SLP

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La diputada Emma Saldaña anunció que en breve será presentada una iniciativa ante el Congreso

Por: Redacción

La Federación de Mexicanas Universitarias Capítulo San Luis Potosí (FemuSLP) tuvo una reunión con la Comisión de Igualdad de Género del Congreso del Estado, en donde expusieron que es necesario que los y las legisladoras propongan nuevas leyes para atender problemáticas como: la ley de personas cuidadoras, la violencia obstétrica, masculinidades alternativas, despenalización del aborto y acoso sexual a estudiantes en las escuelas, ante lo que consiguieron el apoyo de un sector para subir a discusión el tema del aborto.

Emma Idalia Saldaña Guerrero, diputada de Movimiento Ciudadano y presidenta de comisión, declaró que presentará la iniciativa sobre la despenalización del aborto y que se orientará en la prevención.

Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, diputado de Morena, se comprometió a que la despenalización del aborto se trabaje en esta administración

, aunque mencionó que el tema ya se ha votado en contra en anteriores legislaturas.

Bernarda Reyes Hernández, congresista por el Partido Acción Nacional (PAN), pero históricamente priista, aseguró que su posicionamiento será en contra de la despenalización del aborto.

La Federación de Mexicanas Universitarias Capítulo San Luis Potosí comentó que, a pesar de la iniciativa de Protección a las Personas Cuidadoras para el Estado, es necesario que se legisle para que los cuidadores tengan protección en contra de la violencia, así como la seguridad sanitaria y laboral.

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Congreso del Estado

Proponen reforma para sancionar fraudes parentales

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Son aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas

Por: Redacción

La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con el objetivo de incorporar un tipo penal específico que sancione la atribución indebida de la paternidad o las obligaciones de filiación a un tercero, cuando medie dolo, engaño o aprovechamiento indebido de las circunstancias.

Ello no sólo responde a una necesidad de justicia material, sino que se alinea con el principio de proporcionalidad, al equilibrar la protección de los derechos de la niñez con los derechos patrimoniales y personales de quienes resulten afectados por estas conductas, manifestó la diputada proponente.

Expuso la legisladora que la propuesta no pretende, en modo alguno, debilitar el principio del interés superior de la niñez

, sino fortalecerlo mediante la correcta identificación de los sujetos obligados, garantizando que las responsabilidades recaigan en quien verdaderamente corresponde
conforme al vínculo biológico o jurídico.

“Esta reforma se inscribe en una tendencia contemporánea del derecho comparado orientada a reconocer y sancionar las denominadas conductas de fraude o engaño parental, entendidas como aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas”, señaló.

La legisladora Martínez Vázquez afirmó que “es necesario y jurídicamente impostergable dotar al ordenamiento penal de herramientas que permitan sancionar estas conductas, proteger el patrimonio de las personas afectadas y reforzar la certeza en las relaciones de filiación, contribuyendo así a un sistema jurídico más equitativo, coherente y garantista”.

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Congreso del Estado

Aprueban reformas a la ley en favor de las personas con espectro autista

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El objetivo es que puedan encontrar un mejor camino en su atención, en conjunto con las instancias públicas: diputado Gama

Por: Redacción

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos aprobaron por unanimidad el dictamen que reforma la Ley para la Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado, iniciativa que fue presentada por la diputada María Antonia Castro Castañeda.

El objetivo es buscar el respaldo, apoyo y el desarrollo de las personas con espectro autista, para que pueden encontrar un mejor camino en su atención, o si fueron detectadas de manera tardía, se pueda retomar su caso y encontrar un buen cauce para su atención, dijo el presidente de la Comisión diputado Marco Antonio Gama Basarte.

Se define transversalidad como diversas formas de coordinación no jerárquica utilizadas para el diseño e implementación de políticas públicas con perspectiva de género, -que es lo que se agrega-, así como para la gestión y provisión de servicios públicos que exige articulación bilateral o multilateral dentro de las atribuciones de las dependencias y entidades de la administración pública estatal.

Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, con el objeto de dar cumplimiento a la ley, a la presente ley, deberán implementar de manera progresiva las políticas y acciones correspondientes

conforme a los programas aplicables y con perspectiva de género, que es lo que se propone agregar.

De igual manera, el artículo 7, para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, las dependencias y entidades de la administración pública, estatal y municipal, formularán respecto de los asuntos de su competencia las propuestas de programas, objetivos, metas, estrategias y acciones con perspectiva de género, así como para sus provisiones presupuestales.

Y en el artículo 9, se agrega que el estado cuenta una coordinación interinstitucional conformada por diversas instituciones de la administración pública. Esta coordinación tiene como objetivo aglutinar y garantizar la ejecución de los programas en materia de atención a las personas con la condición de espectro autista que se realiza de forma coordinada y con perspectiva de género.

El artículo 22 establece que los servicios que garantizan los derechos de las personas con la condición de espectro autista, deberán ser acordes con estos con perspectiva de género y con las necesidades que se generen.

En el dictamen se agregan nuevas definiciones que son: perspectiva de género, derechos humanos, interseccionalidad e interculturalidad, para ajustar la homologación a la reforma general en la materia aprobada en el Senado de la República; el dictamen será sometido a consideración del Pleno para su votación.

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Congreso del Estado

Aprobada reforma en materia de inclusión social de las mujeres

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Se incluye la perspectiva de género en el diseño de políticas públicas de desarrollo social

Por: Redacción

A propuesta de la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, el Pleno del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria la reforma al artículo 33 y adición a la fracción XIII Bis al artículo 6°, y el artículo 43 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, en materia de inclusión laboral de las mujeres.

En relación a la perspectiva de género, se establece la inclusión de una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres que se propone eliminar las causas de la opresión de género, como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género.

Con ello, se plantea  la equidad de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social.

Además, con la finalidad de impulsar el combate a la pobreza y la desigualdad social, los ayuntamientos podrán celebrar convenios de colaboración con el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado.

El fin es diseñar e implementar programas de capacitación con perspectiva de género, garantizando así la participación e integración de las mujeres en el mercado laboral a través de la enseñanza de oficios productivos asegurando una mejor calidad y expectativas de vida personal

, familiar, social y laboral.

Se indica que, cuando una mujer accede al mercado laboral con capacitación adecuada, el beneficio se multiplica en su entorno familiar y comunitario, por lo cual con la reforma aprobada se asegura que las mujeres potosinas pasen de la supervivencia a la integración productiva, garantizando mejores expectativas de vida personal y social, en alineación con los objetivos de la Ley General de Desarrollo Social y la Política Nacional en la materia.

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