Congreso del Estado
Fiscal de SLP anunció creación de la Fiscalía especializada en Feminicidios
El fiscal detalló que este año tienen registro de 11 asesinatos de mujeres por razones de género
Por: Redacción
José Luis Ruíz Contreras, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE) de San Luis Potosí, dio a conocer que se tiene prevista la creación de la Fiscalía Especializada en Feminicidios, que integrará las acciones de la unidad especializada en la materia que actualmente funciona en la Fiscalía y que fortalecerá los trabajos de investigación y periciales en estos hechos. Lo anterior, durante su comparecencia ante las y los diputados del Congreso del Estado, con motivo de su Informe Anual de Actividades.
El fiscal agregó que el año pasado se abrieron un total de 24 carpetas por feminicidio; hoy se tienen 9 carpetas con 11 feminicidios, ya que en una carpeta se integran dos muertes violentas de mujeres, lo cual representa una disminución importante de este delito.
El Fiscal General indicó que la integración de las carpetas de investigación por muerte violenta de personas se hace bajo la perspectiva de violencia de género, al igual que en los casos anteriores para su investigación y resolución. Aclaró que el hecho de que la carpeta se inicie bajo el hecho de feminicidio, no implica que se esté en presencia de un hecho delictivo de esas características , ya que el propio Código establece la posibilidad de una reclasificación a homicidio.
La comparecencia estuvo encabezada por la diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, presidenta de la Comisión de Justicia, y el diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, secretario de esta comisión. Mientras que José Luis Fernández Martínez, diputado local, dijo que trabajará de manera coordinada para realizar las reformas legales pertinentes para darle forma a la creación de esta Fiscalía Especializada.
Las diputadas Dolores Eliza García y Gabriela Martínez Lárraga, cuestionaron al funcionario sobre esta creación. Ruiz Contreras destacó que toda muerte violenta de una mujer se investiga bajo el protocolo de perspectiva de género, por parte de la unidad de feminicidio y con personal de la unidad de la policía de investigación.
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Congreso del Estado
Aprueba Congreso reforma para garantizar sueldo a policías municipales
Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar partidas para asegurar que elementos de seguridad perciban la remuneración
Por: Redacción
El Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional y modificaciones a diversas leyes para gar antizar una remuneración mínima mensual neta de 14 mil pesos a las y los integrantes de las corporaciones de Seguridad Pública
de los 59 municipios de San Luis Potosí, con el propósito de fortalecer su dignidad laboral, profesionalización y desempeño.Esta reforma establece un piso salari al de 14 mil pesos netos mensuales, monto que estará sujeto a la actualización anual conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Asimismo, se precisa que los municipios que actualmente otorguen remuneraciones superiores mantendrán sus propios tabuladores y disposiciones aplicables.
Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar en sus presupuestos de egresos las partidas necesarias para asegurar que todas y todos los elementos de seguridad pública municipal perciban, como mínimo, la remuneración establecida por la ley.
Congreso del Estado
Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+
Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+
Por: Redacción
La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.
La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.
Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+
; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.
Congreso del Estado
Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas
Por: Redacción
Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual, en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.
La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.
De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
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