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En el peor escenario, los respiradores en SLP no alcanzarían para todos
El estado tiene solo 138 ventiladores para pacientes de Covid, pero podría tener hasta 350 pacientes en terapia intensiva de forma simultánea
Por: Abelardo Medellín
En caso de una alza en los casos por coronavirus, el sistema de salud de San Luis Potosí podría verse rebasado en materia de cuidado intensivos, de acuerdo con los escenarios previstos por la Secretaría de Salud del gobierno del estado.
En el peor de los escenarios, la autoridad estatal proyecta que hasta 350 potosinos contagiados de Covid-19 podrían necesitar de terapia intensiva de forma simultánea durante la fase 3 de la pandemia, cifra que supera por mucho los 138 respiradores y camillas de terapia intensiva con los que contaría la entidad durante este periodo de contagios.
De presentarse el peor escenario, en el que sean alrededor de 350 los potosinos hospitalizados en terapia intensiva con necesidad de un respirador, esto significaría que los Servicios de Salud verían rebasada 2.5 veces su capacidad.
En respuesta a una pregunta virtual realizada por La Orquesta, el Comité Estatal de Seguridad en Salud (CESS) explicó que la cifra de 350 casos de coronavirus que podrían necesitar terapia intensiva, son un aproximado que podría presentarse “en el peor de los casos”, y durante un alza en el número de contagios que, tanto a nivel federal como estatal, podría alcanzarse durante la primera semana de mayo.
En la respuesta que ofreció el CESS para La Orquesta, se especifica que esta aproximación de casos en terapia intensiva de forma simultánea, toma en cuenta que el promedio de estancia hospitalaria puede ser mucho más prolongado (más de una semana por paciente).
La cifra de camillas para terapia intensiva y respiradores que se dieron a conocer a la par del sistema de reconversión del sistema de salud, eran solo 72 durante la fase 2 de la pandemia, que serían ampliados durante la fase tres hasta los 138 equipos. Sin embargo, hasta el momento esos 138 respiradores podrían no haber sido alcanzados.
De acuerdo con la información sobre la reconversión hospitalaria, brindada por la secretaria de Salud de gobierno del Estado, Mónica Liliana Rangel Martínez, durante la fase 3 solo aumentarían el numero camas censables, las camas para cuidados intensivos y los respiradores, el resto de los servicios serían los mismos.
Comprenden 62 brigadas de atención médico-epidemiológicas, 114 unidades monitoras, 14 unidades de hospitalización sin cuidados intensivos, nueve hospitales Covid-19 y 42 ambulancias con los cuidados necesarios para pacientes, médicos y paramédicos.
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Ciudad
Galindo, a la Sala Monterrey en defensa de sus derechos partidistas
Luego de tener conocimiento de la resolución del TEESLP, dijo que respeta la resolución, pero no la comparte; seguirá proceso legal ante Tribunal Federal
Enrique Galindo Ceballos señaló que tuvo conocimiento de la resolución del Tribunal Electoral del Estado, misma que -dijo- respeta pero no comparte, por lo que seguirá con el procedimiento ante la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .
Indicó que recurrirá esta decisión del Tribunal Electoral del Estado, con el objetivo de que le sean restituidos sus derechos político-partidistas, puesto que hay elementos de prueba que no fueron tomados en cuenta.
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Ciudad
TEESLP confirma expulsión de Enrique Galindo del PRI
Detallaron que los argumentos del alcalde fueron considerados infundados
Por: Redacción
El Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí (TEESLP) confirmó por unanimidad la expulsión de Enrique Galindo Ceballos, alcalde de San Luis Potosí, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), al considerar que sus argumentos de defensa eran infundados e improcedentes.
La resolución, respaldada por los magistrados Denisse Porras, Nicolás Juárez y Gerardo Muñoz, determinó que los agravios señalados por el alcalde capitalino carecían de sustento legal.
El TEESLP concluyó que la Comisión Estatal y Nacional de Justicia Partidaria del PRI actuó conforme a derecho y no vulneró las garantías de audiencia ni el debido proceso de Galindo Ceballos. A pesar de que el exmilitante argumentó que no fue debidamente notificado sobre el procedimiento en su contra, el tribunal encontró pruebas suficientes de que sí fue informado y tuvo la oportunidad de ejercer su defensa, aunque optó por no comparecer.
El análisis del caso reveló que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria siguió las formalidades necesarias para garantizar el derecho de audiencia dentro del procedimiento sancionador. La resolución, dictada el 5 de diciembre de 2024, fue considerada debidamente fundada y motivada, conforme a lo establecido en el expediente.
Además de ratificar la expulsión de Galindo Ceballos, el Tribunal Estatal Electoral tomó la decisión de acumular diversas impugnaciones relacionadas con los Comités de Evaluación encargados del proceso de renovación de jueces en el Poder Judicial.
Destacadas
TEESLP ha recibido más de 30 impugnaciones contra elección judicial
Los casos son, en su mayoría, porque los aspirantes no fueron notificados de las razones para ser elegibles en cualquiera de los tres comités
Por: Redacción
Denisse Porras Guerrero, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP), dio a conocer que se han presentado más de 30 impugnaciones contra el proceso electoral judicial en la entidad potosina.
La titular de este órgano explicó que se trata, en su mayoría, de casos en que los aspirantes no recibieron un dictamen por parte de los Comités de Evaluación de los tres Poderes, que argumente por qué fueron excluidos de las listas de elegibilidad o mejor evaluados.
Otros casos han sido contra los procesos de insaculación pública por tómbola, donde se sortearon a los candidatos que aparecerán en las boletas.
“Están impugnando las listas de mejor evaluados, el proceso de insaculación y su exclusión de las últimas listas que ya fueron enviadas a la autoridad electoral”, explicó la magistrada.
La magistrada presidenta del TEESLP dijo que no se puede ordenar la repetición de los procesos de selección de candidatos, pero sí se puede ordenar reintegrar aspirantes a las listas de candidaturas.
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