octubre 1, 2026

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Desastre electoral en San Luis | Un texto Observatorio Indígena Mesoamericano

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«El Ceepac decidió brincarse las trancas y a sabiendas de los riesgos que implicaba la aprobación de los lineamientos electorales sin ser consultados»

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso en su lugar a las y los Diputados integrantes del Congreso del Estado de San Luis Potosí, cuando, el 5 de octubre, invalidó la nueva Ley Electoral emitida el pasado 30 de junio, a partir de la acción de inconstitucionalidad 164/2020 presentada por un partido político.

 

¿Por qué? Por lo que se les dijo hasta el cansancio, por no haber realizado la Consulta previa, libre, informada y adecuada culturalmente hacia Pueblos y Comunidades indígenas del Estado.

 

Primero. Recordemos que al Poder Legislativo del Estado, se le hizo fácil intentar simular un proceso de consulta indígena totalmente imposible de atender por las comunidades y emitió una convocatoria sin haber considerado a las comunidades en el proceso de planeación y programación de la consulta, imponiendo sedes de eventos a su antojo y conveniencia.

 

Segundo. Al saturar dicha consulta con 21 iniciativas que nadie en su sano juicio podría haber analizado en menos de 30 días, menos aún lo podrían haber hecho las asambleas comunitarias.

 

Tercero. A estos hechos que fueron cuestionados al Congreso repetidas ocasiones y que los legisladores y en particular la Comisión de Asuntos indígenas no hicieron caso; se sumó como “anillo al dedo” de la incapacidad legislativa, la irrupción de la pandemia del COVID-19, con lo que “olímpicamente” los legisladores prefirieron hacerse de la vista gorda y decidieron “suspender” dicha consulta aduciendo las medidas sanitarias impuestas por la Secretaría de Salud para evitar la propagación de la pandemia. Al respecto se les olvidó por completo que tales medidas no significan la suspensión de derechos y que tuvieron que haber hecho el máximo esfuerzo para desarrollar el proceso consultivo de conformidad a las circunstancias y de buena fe. Esto último jamás existió en la mente de los diputados. Pues todo ha sido un maquiavélico juego de poder para continuar usurpando el voto indígena.

 

Cuarto. Aunado a esta omisión de no consultar, el Congreso decidió no legislar nada en materia indígena y aprobó una Ley electoral a contentillo y con el reloj fuera de tiempo, dejándole la “papa caliente” al CEEPAC, pues en su muy desventurado artículo 4º transitorio, el Congreso le dejó la ardua tarea de elaborar los lineamiento electorales hacia pueblos y comunidades indígenas. El CEEPAC, que ya venía trabajando dichos lineamientos, recurrió a los “sabios” que conforman la aristocracia académica del COLSAN y a los “expertos” zánganos del INDEPI que sólo trabajan a favor de las empresas constructoras, para que le asesoraran con sus investigaciones y puntadas. Resultado: unos leoninos lineamientos electorales que a nadie dejaban contentos, menos a las comunidades indígenas; pues de nueva cuenta, dichos lineamientos tampoco fueron consultados. Cuestión que hasta el cansancio se le insistió al CEEPAC y simplemente le valió… (perdón, no les importó).

 

Quinto. El CEEPAC decidió brincarse las trancas y a sabiendas de los riesgos que implicaba la aprobación de los lineamientos electorales sin ser consultados, los aprobó haciendo oídos sordos a los reclamos. Por ello las diversas expresiones reprobando tales lineamientos no se hicieron esperar, aún así el 29 de septiembre el Consejo del CEEPAC decidió continuar con su fiesta de omisiones y mentiras, aprobando dichos lineamientos.

Sexto. Enseguida, el día 2 de octubre, en Ciudad Valles; el CEEPAC en contubernio con INDEPI, intentó usar al Consejo Consultivo del INDEPI para buscar legitimar sus apócrifos lineamientos, como si dicha instancia consultiva pudiera hacer eso, lo cual legalmente no puede, pues no tiene atribuciones de sustituir un proceso de consulta a la que el CEEPAC está obligado. Por fortuna la mayoría de consejeros mandó prácticamente al averno dichos lineamientos y la protesta de diversos representantes indígenas se le enfrentó a la propia señora presidenta del CEEPAC a la que no le valió arroparse, incluso con la fuerza pública para no ser cuestionada. Un indígena en dicho reclamo frente a medios de comunicación, citó una frase lapidaria en ese encuentro; “usted presidenta por sus actos será juzgada por la historia”. No se equivocó.

 

Séptimo. Pero en este cúmulo de irresponsabilidades hay claramente identificadas instancias y personas. Para empezar el H. Congreso del Estado y al respecto no escapa ningún legislador, menos aún la raquítica Comisión de Asuntos Indígenas, donde por cierto no hay ningún indígena y cuya presidenta, con todo respeto, no le pega a una piñata ni con los ojos abiertos. Peor están el sinnúmero de asesores que no cobran mal, pero nada hacen bien.

 

Podríamos continuar con la entidad normativa del quehacer indigenista del Estado, como lo es el INDEPI, cuyo titular ha brillado más por su ineptitud y por su profundo y único interés por manipular y no consultar, dando brillantes ideas para eludir responsabilidad y lavarse las manos.

No puede faltar el doctor, maestro, licenciado, académico del COLSAN que todo lo sabe, pero que su actitud pusilánime y cortesana, simplemente lo vuelve un mercenario de la pluma.

 

La señora Presidenta del CEEPAC, me imagino ha de estar arrepentida de haber escuchado a todo este conjunto de personajes, y no haber escuchado al sujeto de derecho.

 

El Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y su “flamante” Consejo, que simplemente no quisieron entrarle al toro por los cuernos para interponer la acción de inconstitucional que le solicitaron en tiempo y forma los consejeros, directores y líderes indígenas. Alineándose a los designios de los diputados y eludiendo su responsabilidad de garantizar los derechos humanos y colectivos de los indígenas. No sea que se fuesen a enojar los patrones de sus conciencias. ¿lamentable no?

 

Octavo. Así es que la máxima autoridad judicial del país les leyó la plana de manera directa e indirecta al conjunto de estos incompetentes, ahora que la Suprema Corte de Justicia decretó que el proceso electoral que el CEEPAC dio banderazo el 30 de septiembre, sea con la legislación del 2014 con adecuaciones efectuadas en el 2018. Pareciera que nos quedamos atascados en el tiempo.

 

Por ello se convocó de manera urgente al Pleno del CEEPAC para resucitar los viejos y anacrónicos lineamientos electorales y así tener nueva elecciones con viejos esquemas de participación. El CEEPAC deberá tener cuidado de no entrar en desacato, pues sería un suicidio intentar brincarse la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Veremos cómo el próximo sábado 10 de octubre, el CEEPAC y buena parte de los consejeros que lo integran reiteran su compromiso con los partidos políticos, antes que con la ciudadanía, que les ha conferido el encargo de vigilar los procesos electorales. Pues a ellos no les preocupa el devenir electoral y menos garantizarlo, ellos sólo están viendo cómo se colocan en lo que suponen es su “carrera” de funcionarios oportunistas.

 

Noveno. Ahora el Horroroso Congreso tendrá que iniciar la Consulta desde cero, pues si la emprende montándose en su viciado trabajo, será condenar de nueva cuenta la consulta a un fracaso.

 

Décimo. La pregunta clave ahora es: ¿Los indígenas y sus comunidades seguirán esperando que el CEEPAC o el Congreso les cumplan? Creo que no. La población indígena está harta de los partidos políticos y de sus simulaciones.

 

Es probable que el abstencionismo reine en la elección y se incremente la demanda indígena para reclamar sus derechos político electorales por la vía de usos y costumbres. Nada mal para una población que está presente en distintas proporciones en el territorio estatal y con mayor peso en la región Huasteca; región cuyo atractivo turístico, cultural, social y económico, continúa siendo ambicionado por extraños y protegido por las comunidades indígenas.

 

Para buena parte de la población indígena los partidos políticos son un modelo obsoleto y agotado que no ha garantizado el acceso a recursos y menos su propio desarrollo. Las comunidades están cansadas de la pobreza y la violencia que generan los pésimos gobiernos surgidos del sistema de partidos. Ni el Congreso y menos el CEEPAC han podido brindar garantía de equilibrar la balanza electoral para lograr la inclusión, la no discriminación y menos evitar el racismo hacia las comunidades indígenas.

 

Las comunidades han expresado que estas instancias y actores, ya han tenido su oportunidad de gobernar e imponer su visión y los resultados son catastróficos. Seguir privilegiando a un sistema de partidos que sólo vulnera derechos y empobrece a la población, es una necedad cuyos costos económicos, políticos, sociales y culturales es enorme. Ante tanto insulto, omisión y agravios; no resultará extraño que las comunidades indígenas no sólo sigan cuestionando, sino también se inicien acciones que vayan configurando la instalación de gobiernos indígenas, lo cual no debería espantar a nadie, pues para ellas el gobierno es una faena y no un negocio.

 

Juan Felipe Cisneros Sánchez

Observatorio Indígena Mesoamericano.

 

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En manos de la Corte la reducción de días de precampaña en SLP

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Las demandas contra los decretos 0571 y 0586 alegan la misma falta que tumbó la ley de 2020

Por: Carlos Ruíz

La alternancia de género cayó el lunes, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) todavía no termina de revisar la reforma electoral potosina. Le quedan dos decretos. Si los tumba, San Luis Potosí podría votar en 2027 con las reglas de antes, porque ya no da tiempo de hacer una reforma nueva.

El proceso electoral local arranca el 15 de noviembre, según el dato de la autoridad electoral que aparece en el proyecto de sentencia de la propia Corte. Y aquí está el punto: la Constitución federal, en su artículo 105, dice que una ley electoral debe publicarse por lo menos 90 días antes de que empiece la elección en que se va a usar, y que ya iniciado el proceso no se pueden cambiar las reglas de fondo. Esos 90 días se cumplieron el 17 de agosto.

El primer decreto pendiente, el 0571, se publicó el 29 de junio en el Periódico Oficial del Estado. Cambia cómo se forman los ayuntamientos: fija una sola sindicatura en cada uno. Los síndicos son los integrantes del cabildo encargados de vigilar las finanzas municipales. El decreto también permite que los aspirantes hagan, si quieren, exámenes de control de confianza, y pide que las candidaturas se registren, de preferencia, por un sistema electrónico que defina el Ceepac.

El partido Somos México y el Poder Ejecutivo Federal le pidieron a la Corte que lo anule (acciones de inconstitucionalidad 94/2026 y 98/2026). Si les da la razón, el decreto deja de valer, y para 2027 se aplicarían las reglas que había antes. El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García lleva los dos casos. Desde el 28 de agosto, las partes ya estaban presentando sus argumentos finales.

El segundo, el 0586, se publicó el 12 de agosto, cinco días antes de que se venciera el plazo. Deja en 20 días, en lugar de 40, el tiempo que tienen los aspirantes a gobernador para buscar la candidatura dentro de sus partidos. Somos México argumentó que un plazo tan corto perjudica a los partidos nuevos y a quienes quieren ir como independientes.

Las dos demandas coinciden en algo: el Congreso del Estado no preguntó antes a los pueblos indígenas, a las comunidades afromexicanas ni a las personas con discapacidad, como obliga la ley cuando un cambio les afecta.

Ya pasó en 2020

Por esa misma razón se cayó completa la ley electoral potosina hace seis años. El 5 de octubre de 2020, la Corte anuló la Ley Electoral de ese año (Decreto 0703) porque no se consultó a los pueblos indígenas. Ordenó volver a usar la ley anterior, la de 2014, y con esa se organizó la elección de 2021.

La Corte le dio al Congreso un año, después de esa elección, para hacer la consulta y aprobar una ley nueva. El Congreso respondió con el Decreto 0392, en septiembre de 2022. Pero el 11 de julio de 2023 la Corte volvió a anular una parte, porque la consulta no se hizo como debía. Esta vez le dio 12 meses, contados desde que terminara la elección de 2024, para hacer esas consultas. Ese plazo ya venció.

Qué dicen los diputados

Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales, afirmó el 15 de septiembre que la reforma “va a salir adelante”. Sostuvo que las modificaciones son “muy pequeñas y muy simples que no tienen impacto en materia electoral, en materia indígena”.

Héctor Serrano Cortés, coordinador de los diputados del Partido Verde, dijo el 17 de septiembre que, si la Corte modifica o anula las reformas, esas decisiones serán bienvenidas.

¿Y si la Corte tumba los dos decretos antes del 15 de noviembre? Los aspirantes a gobernador podrían volver a tener 40 días para buscar la candidatura, y los ayuntamientos podrían formarse con las reglas que había antes de la reforma.

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Senado aprueba ley de censura a la crítica, memes y hasta el humor

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La ley fijaría penas de hasta cinco años de prisión y multas económicas por el uso no autorizado de identidades gráficas gubernamentales

Por: Roberto Mendoza

El Pleno del Senado de la República aprobó con 72 votos a favor y 34 en contra el dictamen que adiciona el artículo 403 Bis a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y modifica el Código Penal Federal. La reforma establece sanciones de uno a cinco años de prisión, así como multas de mil a diez mil Unidades de Medida y Actualización, a quien utilice, reproduzca o imite a escala comercial la identidad gráfica, dominios electrónicos o documentos de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno con la intención de inducir al engaño o cometer un ilícito.

Durante el debate en lo particular, legisladores de oposición y organizaciones defensoras de la libertad de expresión denominaron a esta iniciativa como la “Ley Antimemes”. El bloque opositor argumentó que la redacción del dictamen deja abierta la puerta a la criminalización, alertando que las disposiciones podrían utilizarse como herramienta jurídica para hostigar a periodistas, activistas y ciudadanos

que emplean símbolos oficiales en contenidos satíricos o de crítica política en distintas plataformas.

Por su parte, el bloque mayoritario defendió la reforma asegurando que obedece al combate masivo a la piratería y responde a los compromisos adquiridos en las negociaciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). La postura oficialista insistió en que el objetivo central es frenar fraudes y encubrimientos criminales, no perseguir la sátira, posición que resumió el senador morenista Cuauhtémoc Ochoa: “Al meme, libertad; al fraude y a la piratería, la ley”. Tras su aprobación, la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para su proceso de revisión final.

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Casi 2 mil adolescentes fueron madres en SLP durante 2025

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119 nacimientos fueron de niñas de entre 10 y 14 años

Por: Ana G Silva

San Luis Potosí registró mil 956 nacimientos de madres de entre 10 y 17 años durante 2025, de acuerdo con la Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

La cifra representa una tasa de 9.5 nacimientos por cada mil mujeres de ese grupo de edad, prácticamente en el mismo nivel que la tasa nacional de 9.6.

El dato adquiere otra dimensión al revisar las edades de las madres. De los mil 956 nacimientos registrados en el estado, 119 correspondieron a niñas de entre 10 y 14 años, mientras que 277 fueron de madres de 15 años, 660 de 16 años y 900 de 17 años.

Es decir, casi una de cada diez madres adolescentes registradas en esta estadística tenía menos de 15 años.

La ENR contabilizó en total 38 mil 318 nacimientos registrados en San Luis Potosí durante 2025, por lo que los nacimientos de madres de 10 a 17 años representaron alrededor de 5.1 por ciento del total estatal.

El registro de INEGI también permite observar que el fenómeno no se limita a las adolescentes de mayor edad: aunque la mayor parte de los casos se concentra entre los 16 y 17 años, existen también registros de maternidad en edades de 10 a 14 años.

A nivel nacional, INEGI contabilizó 85 mil 357 nacimientos de madres de 10 a 17 años, con una tasa de 9.6 por cada mil mujeres. Las tasas más altas correspondieron a Chiapas, Oaxaca y Puebla.

En San Luis Potosí, además, el dato puede contrastarse con las características generales de los nacimientos registrados. Más de nueve de cada diez partos registrados en el estado ocurrieron en hospital o clínica, de acuerdo con la tabla estatal de INEGI.

La estadística, sin embargo, registra nacimientos y no permite por sí sola establecer las circunstancias en que ocurrió cada embarazo. Para dimensionar las causas detrás de los casos en niñas y adolescentes sería necesario contrastar estos datos con información de salud, educación, violencia sexual, uniones tempranas y acceso a servicios de prevención.

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