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Desastre electoral en San Luis | Un texto Observatorio Indígena Mesoamericano
«El Ceepac decidió brincarse las trancas y a sabiendas de los riesgos que implicaba la aprobación de los lineamientos electorales sin ser consultados»
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso en su lugar a las y los Diputados integrantes del Congreso del Estado de San Luis Potosí, cuando, el 5 de octubre, invalidó la nueva Ley Electoral emitida el pasado 30 de junio, a partir de la acción de inconstitucionalidad 164/2020 presentada por un partido político.
¿Por qué? Por lo que se les dijo hasta el cansancio, por no haber realizado la Consulta previa, libre, informada y adecuada culturalmente hacia Pueblos y Comunidades indígenas del Estado.
Primero. Recordemos que al Poder Legislativo del Estado, se le hizo fácil intentar simular un proceso de consulta indígena totalmente imposible de atender por las comunidades y emitió una convocatoria sin haber considerado a las comunidades en el proceso de planeación y programación de la consulta, imponiendo sedes de eventos a su antojo y conveniencia.
Segundo. Al saturar dicha consulta con 21 iniciativas que nadie en su sano juicio podría haber analizado en menos de 30 días, menos aún lo podrían haber hecho las asambleas comunitarias.
Tercero. A estos hechos que fueron cuestionados al Congreso repetidas ocasiones y que los legisladores y en particular la Comisión de Asuntos indígenas no hicieron caso; se sumó como “anillo al dedo” de la incapacidad legislativa, la irrupción de la pandemia del COVID-19, con lo que “olímpicamente” los legisladores prefirieron hacerse de la vista gorda y decidieron “suspender” dicha consulta aduciendo las medidas sanitarias impuestas por la Secretaría de Salud para evitar la propagación de la pandemia. Al respecto se les olvidó por completo que tales medidas no significan la suspensión de derechos y que tuvieron que haber hecho el máximo esfuerzo para desarrollar el proceso consultivo de conformidad a las circunstancias y de buena fe. Esto último jamás existió en la mente de los diputados. Pues todo ha sido un maquiavélico juego de poder para continuar usurpando el voto indígena.
Cuarto. Aunado a esta omisión de no consultar, el Congreso decidió no legislar nada en materia indígena y aprobó una Ley electoral a contentillo y con el reloj fuera de tiempo, dejándole la “papa caliente” al CEEPAC, pues en su muy desventurado artículo 4º transitorio, el Congreso le dejó la ardua tarea de elaborar los lineamiento electorales hacia pueblos y comunidades indígenas. El CEEPAC, que ya venía trabajando dichos lineamientos, recurrió a los “sabios” que conforman la aristocracia académica del COLSAN y a los “expertos” zánganos del INDEPI que sólo trabajan a favor de las empresas constructoras, para que le asesoraran con sus investigaciones y puntadas. Resultado: unos leoninos lineamientos electorales que a nadie dejaban contentos, menos a las comunidades indígenas; pues de nueva cuenta, dichos lineamientos tampoco fueron consultados. Cuestión que hasta el cansancio se le insistió al CEEPAC y simplemente le valió… (perdón, no les importó).
Quinto. El CEEPAC decidió brincarse las trancas y a sabiendas de los riesgos que implicaba la aprobación de los lineamientos electorales sin ser consultados, los aprobó haciendo oídos sordos a los reclamos. Por ello las diversas expresiones reprobando tales lineamientos no se hicieron esperar, aún así el 29 de septiembre el Consejo del CEEPAC decidió continuar con su fiesta de omisiones y mentiras, aprobando dichos lineamientos.
Sexto. Enseguida, el día 2 de octubre, en Ciudad Valles; el CEEPAC en contubernio con INDEPI, intentó usar al Consejo Consultivo del INDEPI para buscar legitimar sus apócrifos lineamientos, como si dicha instancia consultiva pudiera hacer eso, lo cual legalmente no puede, pues no tiene atribuciones de sustituir un proceso de consulta a la que el CEEPAC está obligado. Por fortuna la mayoría de consejeros mandó prácticamente al averno dichos lineamientos y la protesta de diversos representantes indígenas se le enfrentó a la propia señora presidenta del CEEPAC a la que no le valió arroparse, incluso con la fuerza pública para no ser cuestionada. Un indígena en dicho reclamo frente a medios de comunicación, citó una frase lapidaria en ese encuentro; “usted presidenta por sus actos será juzgada por la historia”. No se equivocó.
Séptimo. Pero en este cúmulo de irresponsabilidades hay claramente identificadas instancias y personas. Para empezar el H. Congreso del Estado y al respecto no escapa ningún legislador, menos aún la raquítica Comisión de Asuntos Indígenas, donde por cierto no hay ningún indígena y cuya presidenta, con todo respeto, no le pega a una piñata ni con los ojos abiertos. Peor están el sinnúmero de asesores que no cobran mal, pero nada hacen bien.
Podríamos continuar con la entidad normativa del quehacer indigenista del Estado, como lo es el INDEPI, cuyo titular ha brillado más por su ineptitud y por su profundo y único interés por manipular y no consultar, dando brillantes ideas para eludir responsabilidad y lavarse las manos.
No puede faltar el doctor, maestro, licenciado, académico del COLSAN que todo lo sabe, pero que su actitud pusilánime y cortesana, simplemente lo vuelve un mercenario de la pluma.
La señora Presidenta del CEEPAC, me imagino ha de estar arrepentida de haber escuchado a todo este conjunto de personajes, y no haber escuchado al sujeto de derecho.
El Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y su “flamante” Consejo, que simplemente no quisieron entrarle al toro por los cuernos para interponer la acción de inconstitucional que le solicitaron en tiempo y forma los consejeros, directores y líderes indígenas. Alineándose a los designios de los diputados y eludiendo su responsabilidad de garantizar los derechos humanos y colectivos de los indígenas. No sea que se fuesen a enojar los patrones de sus conciencias. ¿lamentable no?
Octavo. Así es que la máxima autoridad judicial del país les leyó la plana de manera directa e indirecta al conjunto de estos incompetentes, ahora que la Suprema Corte de Justicia decretó que el proceso electoral que el CEEPAC dio banderazo el 30 de septiembre, sea con la legislación del 2014 con adecuaciones efectuadas en el 2018. Pareciera que nos quedamos atascados en el tiempo.
Por ello se convocó de manera urgente al Pleno del CEEPAC para resucitar los viejos y anacrónicos lineamientos electorales y así tener nueva elecciones con viejos esquemas de participación. El CEEPAC deberá tener cuidado de no entrar en desacato, pues sería un suicidio intentar brincarse la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Veremos cómo el próximo sábado 10 de octubre, el CEEPAC y buena parte de los consejeros que lo integran reiteran su compromiso con los partidos políticos, antes que con la ciudadanía, que les ha conferido el encargo de vigilar los procesos electorales. Pues a ellos no les preocupa el devenir electoral y menos garantizarlo, ellos sólo están viendo cómo se colocan en lo que suponen es su “carrera” de funcionarios oportunistas.
Noveno. Ahora el Horroroso Congreso tendrá que iniciar la Consulta desde cero, pues si la emprende montándose en su viciado trabajo, será condenar de nueva cuenta la consulta a un fracaso.
Décimo. La pregunta clave ahora es: ¿Los indígenas y sus comunidades seguirán esperando que el CEEPAC o el Congreso les cumplan? Creo que no. La población indígena está harta de los partidos políticos y de sus simulaciones.
Es probable que el abstencionismo reine en la elección y se incremente la demanda indígena para reclamar sus derechos político electorales por la vía de usos y costumbres. Nada mal para una población que está presente en distintas proporciones en el territorio estatal y con mayor peso en la región Huasteca; región cuyo atractivo turístico, cultural, social y económico, continúa siendo ambicionado por extraños y protegido por las comunidades indígenas.
Para buena parte de la población indígena los partidos políticos son un modelo obsoleto y agotado que no ha garantizado el acceso a recursos y menos su propio desarrollo. Las comunidades están cansadas de la pobreza y la violencia que generan los pésimos gobiernos surgidos del sistema de partidos. Ni el Congreso y menos el CEEPAC han podido brindar garantía de equilibrar la balanza electoral para lograr la inclusión, la no discriminación y menos evitar el racismo hacia las comunidades indígenas.
Las comunidades han expresado que estas instancias y actores, ya han tenido su oportunidad de gobernar e imponer su visión y los resultados son catastróficos. Seguir privilegiando a un sistema de partidos que sólo vulnera derechos y empobrece a la población, es una necedad cuyos costos económicos, políticos, sociales y culturales es enorme. Ante tanto insulto, omisión y agravios; no resultará extraño que las comunidades indígenas no sólo sigan cuestionando, sino también se inicien acciones que vayan configurando la instalación de gobiernos indígenas, lo cual no debería espantar a nadie, pues para ellas el gobierno es una faena y no un negocio.
Juan Felipe Cisneros Sánchez
Observatorio Indígena Mesoamericano.
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Mataperros de Soledad obtiene amparo y evita su detención
Aunque la Fiscalía ya había obtenido una orden de aprehensión, un juez federal le concedió una suspensión dentro de un juicio de amparo
Por: Redacción
El hombre señalado por presuntamente haber matado a balazos a dos perros en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez no será detenido por el momento, luego de obtener una suspensión federal dentro de un juicio de amparo que frena la ejecución de la orden de aprehensión girada en su contra.
Así lo confirmó María Manuela García Cázares, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien explicó que la dependencia ya había integrado la carpeta de investigación por presunto maltrato animal y conseguido una orden de captura emitida por un juez de Control. Sin embargo, antes de que ésta pudiera ejecutarse, el imputado recurrió a la justicia federal.
La fiscal detalló que el Juzgado de Distrito concedió una suspensión para evitar que el hombre sea detenido mientras se resuelve el procedimiento de amparo, aunque la protección judicial está condicionada al cumplimiento de diversas medidas.
Entre ellas, deberá cubrir una garantía económica y acudir periódicamente ante la autoridad judicial para acreditar que permanece a disposición de la justicia: “Está concedida la suspensión para efecto de que no se le detenga”, señaló García Cázares.
La funcionaria precisó que la orden de aprehensión sigue vigente y podría ejecutarse si el acusado incumple cualquiera de las condiciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación.
Por ahora, el caso que provocó indignación entre colectivos animalistas y usuarios de redes sociales permanece en una fase de espera, mientras las autoridades verifican que el imputado cumpla con las obligaciones derivadas del amparo.
El hecho ocurrió recientemente en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez, donde dos perros fueron asesinados a balazos, un caso que generó una fuerte condena pública y reavivó el debate sobre las sanciones por maltrato animal en San Luis Potosí.
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SSPCE cuestiona a jueces que liberan a detenidos por delitos graves
Jesús Juárez aseguró que muchas liberaciones no obedecen a errores policiales, sino a decisiones judiciales
Por: Redacción
Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, criticó los criterios utilizados por algunos jueces federales para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a personas detenidas por delitos graves, al considerar que estas resoluciones debilitan el trabajo de las corporaciones de seguridad y pueden representar un riesgo para la ciudadanía.
El funcionario sostuvo que, en diversos casos, las liberaciones no obedecen a fallas en las detenciones realizadas por policías estatales o municipales, sino a decisiones tomadas posteriormente por las autoridades judiciales: “La situación de la liberación no tiene que ver incluso con la actuación policial”, afirmó.
Juárez explicó que las corporaciones suelen realizar investigaciones, operativos y puestas a disposición conforme a los procedimientos establecidos; sin embargo, señaló que algunos jueces optan por imponer medidas cautelares que permiten a los imputados enfrentar sus procesos en libertad.
Según el titular de Seguridad, existe una tend encia de algunos juzgadores a privilegiar criterios garantistas sobre la prisión preventiva, incluso en asuntos relacionados con delitos de alto impacto o portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
“Entiendo yo, es una percepción, que hay jueces federales muy garantistas; prefieren dar otra medida en libertad que la prisión preventiva”, expresó.
El secretario advirtió que este tipo de resoluciones generan frustración entre los cuerpos de seguridad, debido a que muchas detenciones son resultado de meses de investigación, seguimiento e inteligencia operativa.
Además, aseguró que las corporaciones han documentado casos en los que personas liberadas posteriormente reinciden en actividades delictivas, situación que consideró especialmente preocupante cuando deriva en nuevos hechos violentos.
“Lo hemos visto. Son liberados y luego privan de la vida a otra persona. Es lo más grave y es lo que deberían considerar los jueces federales o locales”, señaló.
Juárez Hernández consideró que cuando existen elementos que acreditan la portación de armas largas o la probable participación en delitos de alto impacto, los juzgadores deberían analizar con mayor firmeza la aplicación de la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, para evitar que los imputados continúen operando mientras enfrentan un proceso penal.
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Fiscalía de SLP investiga un aborto practicado fuera del plazo legal
El caso fue detectado por una clínica del IMSS tras atender a una mujer con sangrado después de las doce semanas de embarazo.
Por: Redacción
De los cinco abortos que reportó el Secretariado de Seguridad en lo que va del año, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) tiene abierta una sola carpeta de investigación penal, correspondiente a un procedimiento practicado fuera del límite legal de doce semanas, confirmó María Manuela García Cázares, titular de la dependencia.
El Congreso del Estado, en cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reformó la legislación local en materia de aborto: el procedimiento es legal antes de las doce semanas de gestación y puede practicarse en los centros hospitalarios autorizados. A partir de esa semana se considera delito.
El único caso bajo investigación este año fue detectado por una denuncia de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): una mujer llegó con sangrado y se determinó que el aborto había sido provocado después del límite legal. García Cázares no precisó en qué municipio ocurrió ni si hay personas imputadas.
Los otros cuatro registros del Secretariado no han llegado a la Fiscalía. La titular explicó que corresponde a la Secretaría de Salud verificar que los procedimientos se hayan practicado dentro de las doce semanas antes de que puedan ser atendidos en los centros autorizados.
En cuanto a quienes obliguen a una mujer a abortar —otro supuesto previsto en el Código Penal— García Cázares recordó el caso del año pasado: un médico que practicó un aborto ilegal y causó la muerte de la paciente. No informó si ese proceso concluyó ni cuál fue su resolución.
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