Congreso del Estado
Congreso de SLP modificó requisitos para diputados que se reelijan
La iniciativa del diputado Edmundo Torrescano pretende que los aspirantes se separen de su cargo 45 días antes de la elección
Por: Redacción
La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la iniciativa para reformar el artículo 48 de la Constitución Política del Estado, para establecer como requisito para los diputados locales que pretendan reelegirse en el cargo, el solicitar licencia al mismo, 45 días antes de la elección.
Edmundo Torrescano Medina, diputado local y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, dijo que con esto se empatarán los tiempos con lo establecido en la Ley Electoral, que indica una reducción en el tiempo de campañas a diputados locales en 40 días, antes de la elección.
“Quien se quiera reelegir tiene que pedir la separación del cargo a diputado local, para el próximo proceso electoral, en el ánimo que no tengamos algún manejo de recursos o exposición y con esto, los procesos sean con mayor equidad; son 45 días, hay que recordar que redujimos las campañas a 40 días, pero hay que recordar que hay veda electoral de 3 días, más el día del proceso electoral y el día que surte efecto la licencia, por eso se establecieron 45 días”, mencionó Torrescano.
La misma comisión aprobó también la iniciativa para reformar el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, con la cual se establece la denominación correcta de diputado independiente, siendo éste el que participaron como candidatos independientes en la elección; y diputado sin partido, a quienes se separan de su grupo parlamentario durante la Legislatura.
“Teníamos una laguna, porque quien renunciaba a un Grupo Parlamentario quedaban como diputados independientes, y en realidad el término ahora va a ser es diputado sin partido porque ya tenemos la figura de diputados independientes, para que no hubiera confusión de cual era independiente porque había renunciado y cual era independiente porque llegó por la vía independiente a la curul, damos claridad y pasa al Pleno”.
Torrescano Medina dio a conocer que también se acordó continuar con el análisis de la iniciativa que propone reformar el artículo 40 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí. Reformar la fracción IV del artículo 4 de la Ley Orgánica del Consejo Potosino de Ciencia y Tecnología del Estado de San Luis Potosí. Y reformar la fracción II del artículo 20; y adicionar el artículo 20 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de San Luis Potosí, en relación a las multas económicas que, por sanciones a partidos políticos, son entregadas al COPOCYT para el desarrollo de acciones en materia de ciencia, tecnología, e innovación.
“Es sobre las multas de los partidos políticos que se entrega al COPOCYT que se integra una bolsa para desarrollar temas de tecnología e investigación, uno de los temas que se revisó es el mecanismo de cómo se integra el Comité Técnico que se encarga de decidir cuáles son los trabajos de investigación y a quién serán asignados, quedamos pendientes de una propuesta del COPOCYT para integrarla”, finalizó.
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Congreso del Estado
Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+
Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+
Por: Redacción
La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.
La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.
Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+
; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.
Congreso del Estado
Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas
Por: Redacción
Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual, en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.
La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.
De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
Congreso del Estado
Congreso de San Luis Potosí aprueba reformas para fortalecer la protección de las mujeres
Las modificaciones incorporan nuevos conceptos a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y armonizan la legislación estatal con la normativa federal
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer el marco jurídico para la prevención, atención y sanción de la violencia de género.
Entre los cambios aprobados se encuentra la incorporación de los conceptos de agresor, debida diligencia y enfoque diferencial, además de ampliar las definiciones de violencia en la comunidad y violencia escolar.
La iniciativa, impulsada por la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, también establece la obligación de proporcionar información para integrar el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, con el propósito de fortalecer el seguimiento de estos mecanismos de protección.
De acuerdo con el dictamen, la figura de la debida diligencia busca establecer un estándar obligatorio de actuación para las autoridades en la prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, mientras que el enfoque diferencial reconoce que las víctimas pueden enfrentar distintos niveles de vulnerabilidad dependiendo de su contexto social o condición.
Las reformas también profundizan en la definición de la violencia que ocurre en espacios comunitarios y escolares, con el fin de fortalecer la protección de mujeres, niñas y adolescentes en estos entornos.
Con estas modificaciones, el Congreso señaló que la legislación estatal queda armonizada con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
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