marzo 15, 2026

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Congreso del Estado

Congreso de SLP modificó requisitos para diputados que se reelijan

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La iniciativa del diputado Edmundo Torrescano pretende que los aspirantes se separen de su cargo 45 días antes de la elección

Por: Redacción

La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la iniciativa para reformar el artículo 48 de la Constitución Política del Estado, para establecer como requisito para los diputados locales que pretendan reelegirse en el cargo, el solicitar licencia al mismo, 45 días antes de la elección.

Edmundo Torrescano Medina, diputado local y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, dijo que con esto se empatarán los tiempos con lo establecido en la Ley Electoral, que indica una reducción en el tiempo de campañas a diputados locales en 40 días, antes de la elección.

“Quien se quiera reelegir tiene que pedir la separación del cargo a diputado local, para el próximo proceso electoral, en el ánimo que no tengamos algún manejo de recursos o exposición y con esto, los procesos sean con mayor equidad; son 45 días, hay que recordar que redujimos las campañas a 40 días, pero hay que recordar que hay veda electoral de 3 días, más el día del proceso electoral y el día que surte efecto la licencia, por eso se establecieron 45 días”, mencionó Torrescano.

La misma comisión aprobó también la iniciativa para reformar el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, con la cual se establece la denominación correcta de diputado independiente, siendo éste el que participaron como candidatos independientes en la elección; y diputado sin partido, a quienes se separan de su grupo parlamentario durante la Legislatura.

“Teníamos una laguna, porque quien renunciaba a un Grupo Parlamentario quedaban como diputados independientes, y en realidad el término ahora va a ser es diputado sin partido porque ya tenemos la figura de diputados independientes,

para que no hubiera confusión de cual era independiente porque había renunciado y cual era independiente porque llegó por la vía independiente a la curul, damos claridad y pasa al Pleno”.

Torrescano Medina dio a conocer que también se acordó continuar con el análisis de la iniciativa que propone reformar el artículo 40 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí. Reformar la fracción IV del artículo 4 de la Ley Orgánica del Consejo Potosino de Ciencia y Tecnología del Estado de San Luis Potosí. Y reformar la fracción II del artículo 20; y adicionar el artículo 20 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de San Luis Potosí, en relación a las multas económicas que, por sanciones a partidos políticos, son entregadas al COPOCYT para el desarrollo de acciones en materia de ciencia, tecnología, e innovación.

“Es sobre las multas de los partidos políticos que se entrega al COPOCYT que se integra una bolsa para desarrollar temas de tecnología e investigación, uno de los temas que se revisó es el mecanismo de cómo se integra el Comité Técnico que se encarga de decidir cuáles son los trabajos de investigación y a quién serán asignados, quedamos pendientes de una propuesta del COPOCYT para integrarla”, finalizó.

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Congreso del Estado

Dip. Rivera presenta iniciativa de reforma a la Ley de Educación

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Buscan implementar políticas educativas con enfoque diferenciado, perspectiva de género y derechos humanos

Por: Redacción

Las autoridades educativas deberán implementar políticas educativas con enfoque diferenciado, con perspectiva de género y de derechos humanos para la prevención y atención de la deserción escolar de las mujeres, adolescentes, niñas y niños, señaló el diputado Marcelino Rivera Hernández al presentar una iniciativa de reforma a la Ley de Educación del Estado.

Señaló que el 15 de enero pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se modifican disposiciones de diversos ordenamientos generales y federales, entre éstos la Ley General de Educación lo que hace necesario realizar las adecuaciones para combatir las causas de discriminación y violencia en las diferentes regiones del Estado, especialmente la que se ejerce contra la niñez, adolescentes y mujeres, de conformidad con los deberes reforzados del Estado de protección de este sector de la población.

En la reforma se establece el respeto y cuidado al medio ambiente, con la constante orientación hacia la sostenibilidad, con el fin de comprender y asimilar la interrelación de las personas con la naturaleza y de los temas sociales, ambientales y económicos, así como su responsabilidad y participación para la ejecución de acciones que garanticen su preservación y restauración, y que adopten y promuevan estilos de vida sostenibles.

También la educación inclusiva, con perspectiva de género y de derechos humanos, eliminando toda forma de discriminación y exclusión y violencias, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, por lo que proveerá de los recursos técnicos-pedagógicos y materiales necesarios para los servicios educativos, y establecerá la educación especial disponible para todos los tipos, niveles, modalidades y opciones educativas, la cual se proporcionará en condiciones necesarias, a partir de la decisión y previa valoración por parte de los educandos, madres y padres de familia o tutores, personal docente y, en su caso, por una condición de salud.

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Congreso del Estado

Congreso busca fortalecer el marco jurídico estatal en materia de adopciones

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Reformas y adiciones que fortalecen requisitos de idoneidad regulan la entrega voluntaria y prohíben cualquier forma de lucro o beneficio indebido

Por: Redacción

La diputada Diana Ruelas Gaitán presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar para el estado de San Luis Potosí a fin de fortalecer el marco jurídico estatal en materia de adopción, requisitos de idoneidad y prohibir de manera expresa cualquier forma de lucro o beneficio indebido relacionado con dicho procedimiento.

Se establece con claridad que pueden ser sujetos de adopción las niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad, que no tengan quien ejerza sobre ellas o ellos la patria protestad, que sean abandonados, acogidos en Centros de Asistencia Social o bajo tutela del Estado, o que aun estando bajo patria protestad, exista consentimiento expreso otorgado ante la autoridad competente y ratificado judicialmente.

Esta precisión normativa resulta necesaria porque la redacción anterior generaba interpretaciones dispersas que podían dificultar la determinación de la situación jurídica de la persona susceptible de adopción y al establecer de manera puntual los supuestos, se brinda mayor certeza jurídica tanto a las autoridades como a las personas involucradas en el procedimiento y se evita la discrecionalidad en la aplicación de la norma.

Además, se reconoce de manera expresa el derecho a llevar los apellidos del adoptante o adoptantes, el derecho a disfrutar de los mismos derechos y obligaciones que existen en el parentesco por consanguinidad

y el derecho a recibir atención psicológica y médica durante el proceso; así como a ser informados conforme a su edad y grado de madurez sobre las consecuencias y alcances de la adopción.

Se incorpora como impedimento para adoptar el contar con sentencia condenatoria firme por violencia familiar en delitos contra las mujeres por razón de género, delitos contra la libertad sexual la seguridad sexual o el normal desarrollo psicosexual y de igual forma se establece como impedimento encontrarse inscrito en el padrón de personas deudoras alimentarias morosas, salvo que se acredite el pago total de los adeudos.

Además, se prohíbe de manera expresa la obtención directa o indirecta de beneficios económicos materiales o de cualquier índole por parte de familiares de origen, particulares, instituciones públicas o privadas o autoridades involucradas en el procedimiento de adopción, ya que la adopción no puede convertirse en un mecanismo de intermediación lucrativa.

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Congreso del Estado

Congreso propone reformas para promover inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+

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Diputados señalaron que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal

 

Por: Redacción 

Con el fin de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+, la diputada Frinné Azuara Yarzábal, junto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama,  propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública.

 

En su exposición de motivos la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.

 

Menciona que datos de la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) en el 2021, señalan que quienes tienen una identidad u orientación no normativa, aumenta la probabilidad de la negativa a un empleo.

 

Particularmente, indica que en San Luis Potosí existen barreras estructurales que se traducen en la falta de reconocimiento legal pleno de la identidad de género, el estigma social y la discriminación que siguen generando altas tasas de desempleo, informalidad y precariedad laboral para personas trans y no binarias, lo que potencialmente afecta al 6% de la población potosina mayor de 15 años.

 

 

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