enero 7, 2026

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Congreso del Estado

Congreso aprobó aumentar las multas a quienes abandonen animales domésticos

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Las multas serán de 20 a 200 UMA

Por: Redacción

A propuesta de la diputada Lidia Vargas Hernández, el pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto por el que se reforma el artículo 114; y adiciona  al artículo 4° una fracción, ésta como I, por lo que actuales I a XXII pasan a ser fracciones II a XXIII, de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, para establecer el concepto de abandono de animales, y aumentar las multas pecuniarias de tipo administrativo a quienes abandonen a un animal que no sea silvestre que era de 10 a 100 UMA para pasar de 20 a 200 UMA.

Además, se incorpora la reforma al artículo 317 BIS en su párrafo primero del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para aumentar la pena de a quien abandone un animal doméstico o de compañía, poniendo en riesgo la vida o integridad de éste, de dieciocho meses a tres años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

En la exposición de motivos del dictamen, se indica que existe un fenómeno social que se está dando en la sociedad potosina, aumentando el número de perros y felinos en situación de calle, lo cual genera abandono de los mismos y afectaciones a la salud de las personas, al medio ambiente, a la imagen urbana e inclusive,

a la seguridad pública, porque dichos animales en abandono pueden realizar ataques.

Por ello, para abatir este problema, es indispensable generar conciencia y una cultura de responsabilidad para las personas que tienen o buscan obtener una mascota, a fin de inhibir el abandono de animales.

Por ello, se establece en la Ley de Protección de los Animales para el Estado, el concepto de abandono de animales, y con el objeto de inhibir estas conductas irresponsables, se aumentan  las multas pecuniarias de tipo administrativo a quienes abandonen a un animal que no sea silvestre que era de 10 a 100 UMA para pasar de 20 a 200 UMA.

Y por otro lado, con los mismos propósitos y a unado a que recientemente se incrementaron las penas en el delito de maltrato animal, el abandono animal es un tipo de maltrato que debe ser tipificado con penas similares a las previstas a la citada conducta penal, incremento en el que existe una simetría entre la pena mínima y la máxima.

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Congreso del Estado

Solicita diputado auditoría a Interapas tras renuncia del director del organismo

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Luis Fernando Gámez lamentó que en medio de una crisis hídrica sin precedentes en la zona metropolitana, el titular decida abandonar el cargo

Por: Redacción

Ante la reciente renuncia de Jorge Daniel Hernández Delgadillo a la dirección del organismo Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (INTERAPAS), el diputado local Luis Fernando Gámez Macías, calificó la gestión saliente como “un fracaso rotundo y exigió una auditoría integral a las finanzas y recursos del organismo”.

 

​Gámez Macías lamentó que en medio de una crisis hídrica sin precedentes en la zona metropolitana, el titular decida abandonar el cargo sin haber dado soluciones tangibles a la ciudadanía. “Es evidente que no pudieron con el paquete. Hoy dejan un organismo a la deriva, sin un encargado responsable claro y, lo más grave, con miles de familias sufriendo por la falta de un servicio básico”, afirmó.

 

​El legislador potosino anunció que solicitará formalmente al Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE) una revisión exhaustiva de la administración de Hernández Delgadillo. “El objetivo es transparentar el uso de los recursos materiales, financieros y humanos, ante las constantes quejas por la inoperancia del sistema”.

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Congreso del Estado

Se expidió la Ley de Lactancia para el estado de SLP

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Se protege a las y los lactantes, a través de la protección, promoción y respeto a la lactancia materna

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó expedir la Ley de Lactancia para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de proteger a las y los lactantes, a través de la protección, promoción, y respeto de la lactancia materna.

Con esta nueva legislación, se busca reconocer el beneficio de los niños de San Luis Potosí, estableciendo las condiciones que garanticen su salud, crecimiento y desarrollo integral, así como el derecho de las madres de ejercer la lactancia materna de manera libre, informada y segura.

En esta ley, se abordan diferentes aspectos, como la disponibilidad de espacios adecuados y privados para la lactancia en lugares públicos y en los centros de trabajo, la protección de los derechos de las mujeres lactantes y las obligaciones pertinentes de las instituciones públicas y privadas.

Cabe destacar que, entre los beneficios, se aportan todos los nutrientes y la hidratación necesarios, la lactancia materna ayuda a prevenir infecciones gastrointestinales y respiratorias, obesidad, diabetes, leucemia, alergias, cáncer infantil, hipertensión y colesterol alto, así mismo, puede contribuir a prevenir la infección por COVID-19; sin embargo, muchas mujeres tienen que volver al trabajo a pocos días después del parto, y hacen frente a una serie de problemas y presiones que suelen obligarlas a dejar la lactancia materna exclusiva antes de tiempo.

Se establece en esta ley, la creación de lactarios o salas de lactancia para conservar las características de higiene, privacidad, confortabilidad, tranquilidad y accesibilidad; lo cual permitirá a las mujeres ejercer el derecho a la lactancia humana, en condiciones de calidad y calidez en su centro de trabajo, así como promover y fortalecen la conciliación trabajo-familia, permitiendo a las madres trabajadoras contar con opciones para la toma de decisiones respecto de la alimentación y salud de sus hijas e hijos.

Además, se establece que el Estado a través de la Secretaría de Salud propondrá de manera anual a la Federación la instalación de bancos de leche humana y lactarios en los hospitales y centros de salud de atención materno- infantil en la Entidad.

En sus artículos transitorios, se indica que las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo del Estado, así como los Poderes Legislativo, Judicial y organismos constitucionalmente autónomos deberán llevar a cabo la instalación, previo diagnóstico, de salas de lactancia en cada una de sus instituciones. Los recursos humanos, materiales y financieros que resulten necesarios para su funcionamiento serán solventados por cada una de las instituciones con cargo a su propio presupuesto en la medida de su suficiencia presupuestal.

La propuesta es una herramienta para todas las madres trabajadoras con el firme propósito de fomentar y alentar la práctica de la lactancia materna con el conocimiento de que el principal obstáculo de la Lactancia Materna es la falta de información de la sociedad en general sobre todas las ventajas, tanto para los bebes como para las madres.

Es fundamental contar con una ley de lactancia materna para proteger y promover el derecho de las mujeres a amamantar a sus hijos de forma adecuada, lo anterior para garantizar que las madres tengan el tiempo, el espacio y los recursos necesarios para amamantar a sus bebés, tanto en el ámbito laboral como en otros entornos públicos.

En la presente ley, se abordaron diferentes aspectos, como la disponibilidad de espacios adecuados y privados para la lactancia en lugares públicos y en los centros de trabajo, la protección de los derechos de las mujeres lactantes y las obligaciones pertinentes de las instituciones públicas y privadas. Entre los beneficios, se aportan todos los nutrientes y la hidratación necesarios, la lactancia materna ayuda a prevenir infecciones gastrointestinales y respiratorias, obesidad, diabetes, leucemia, alergias, cáncer infantil, hipertensión y colesterol alto, así mismo, puede contribuir a prevenir la infección por COVID-19.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) señalan que la lactancia es una forma inigualable de facilitar el alimento ideal para el crecimiento y desarrollo correcto de los niños y a su vez refieren que la lactancia materna salva más vidas que cualquier otra intervención preventiva.

La lactancia no sólo beneficia a los bebés sino también a las mamás, ya que a corto plazo ayuda a su recuperación física, por ejemplo, disminuye el riesgo de hemorragia después del nacimiento y reduce el riesgo de depresión post- parto. Asimismo, contribuye a disminuir las probabilidades de desarrollar cáncer de ovario, cáncer de mama, diabetes tipo II, hipertensión, ataques cardíacos, anemia y osteoporosis.

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Congreso del Estado

Se establece como principio de la planeación estatal y municipal a la protección a la familia

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Esto, a través de la aplicación de políticas, programas y acciones gubernamentales: Rubén Guajardo

Por: Redacción

A propuesta del diputado Rubén Guajardo Barrera, el pleno del Congreso del Estado aprobó modificaciones a diversos artículos de la Ley de Planeación del Estado y Municipios y de Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer como principio de la planeación estatal y municipal, la protección de la organización, fortalecimiento y desarrollo de la familia.

Esta reforma a la Ley de Planeación del Estado, establece como principio de la planeación estatal y municipal, la protección de la organización, fortalecimiento y desarrollo de la familia, basado en los principios constitucionales, permitiendo que se lleve a cabo una protección especial por parte de todas las autoridades en el ámbito estatal y municipal, con la finalidad de mejorar los aspectos económicos y sociales.

Por ello, la reforma le otorga al ejecutivo a través de la Secretaría de Desarrollo Social y Regional, la facultad para diseñe y coordine políticas y programas para la protección y fortalecimiento de la familia, encaminadas a mejorar sus condiciones de vida, fomentando la participación de la sociedad y el gobierno, generando condiciones de vida digna para toda la población; y a los titulares de los ayuntamientos, la facultad para que diseñen y coordinen políticas y programas con el mismo fin, con base en la Ley de Planeación.

Se establece en la exposición de motivos del dictamen, que la Carta Magna de nuestro país otorga una alta prioridad al reconocimiento y a la observación de los derechos humanos, que son una condición fundamental para el desarrollo de los individuos en todos los sentidos.

En términos sociales, el escenario donde se dan una serie de desenvolvimientos claves en la vida de las personas es la familia.

Por tanto, y como otros aspectos regulados constitucionalmente, se trata de una obligación, crear las condiciones para cumplir este mandato, por ello la importancia de que se observe en la legislación estatal, y en la realización esquemática en forma de políticas, programas y acciones a favor de la familia, conducidas por los órdenes estatal y municipal.

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