agosto 17, 2026

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Congreso del Estado

Comisión de Justicia del Congreso busca agilizar rectificación de actas

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Con dicha reforma será más sencillo modificar actas de nacimiento en casos específicos

Por: Redacción

La Comisión de Justicia del Congreso del Estado analizará la iniciativa para reformar disposiciones contenidas en los numerales 550 y 553 del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.

La iniciativa busca responder a la necesidad de agregar la Rectificación Administrativa, misma que quedara contemplada en el segundo párrafo del citado numeral 550 y cuando se trate de un Juicio de rectificación en los casos en que sea necesario quede señalada en el Artículo 553 de la citada legislación, con lo cual se estará en concordancia con lo establecido en la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí.

Según las disposiciones establecidas en la legislación vigente se desprende el trámite a seguir para lograr la cancelación y nulidad de un acta del estado civil de la persona, la enmienda administrativa de un acta o el juicio de rectificación de acta.

En los casos de corrección de acta cuando ésta contenga errores palpables, se podrá realizar mediante la enmienda o la rectificación administrativa, procedimiento seguido ante la propia Dirección del Registro Civil, y solo cuando exista oposición de parte interesada, o del Representante Social, se tiene que seguir el juicio de rectificación de acta, evitándose así trámites jurisdiccionales innecesarios.

Con lo anterior, se busca apoyar en mayor medida en el sector rural y las comunidades y pueblos indígenas, donde existe un sinnúmero de problemas y errores en las actas de nacimiento de las personas, originados por errores mecanográficos, y por desconocimiento de los funcionarios y empleados del Registro Civil, por lo que se debe agilizar el trámite de corrección mediante la enmienda o rectificación de las actas de las personas, pero en especial de aquellas que por errores del sistema se ven afectadas en sus derechos humanos.

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Congreso del Estado

Congreso ya respondió a la Corte sobre reforma judicial: Sara Rocha

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El Congreso ya presentó su respuesta a la acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, aunque no hay fecha para que se resuelva

Por: Redacción

El Congreso del Estado ya presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación su respuesta formal a la acción de inconstitucionalidad promovida contra la reforma judicial, informó la diputada local y dirigente estatal del PRI, Sara Rocha Medina, aunque no hay fecha para que se resuelva.

Rocha reiteró que el PRI se opuso desde el inicio a que los jueces se eligieran por voto popular, en lugar de por la carrera judicial profesional.

Sobre la exigencia de abogados litigantes de subir a 9

la calificación mínima en los exámenes de conocimientos para jueces, dijo que esa decisión no le corresponde al Congreso, sino al Poder Judicial.

Consideró que la prioridad debe ser capacitar a quienes resultaron electos sin la experiencia que antes se exigía, y pidió que se refuercen las capacitaciones que ya existían.

“Que hagan su mejor trabajo”, afirmó sobre los nuevos jueces.

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Congreso del Estado

Congreso cierra reformas electorales; ahora la decisión está en manos de la SCJN: diputado

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El diputado Rubén Guajardo dijo que la sentencia de la Corte debe estar lista antes del 15 de noviembre

Por: Redacción

El Congreso del Estado ya no puede modificar la ley electoral, confirmó el diputado local Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales.

Guajardo Barrera dijo que el plazo de 90 días para reformas electorales ya se cerró, y que ahora corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver las controversias que en su momento presentaron el gobierno federal, el partido Morena y el partido Somos México.

“Ahorita ya en el Congreso no podemos hacer nada. Ya se cerró esta etapa”, señaló el legislador.

Sobre la impugnación por el mecanismo de alternancia, explicó que la defensa del Congreso es que un artículo transitorio fija su aplicación hasta 2033, no para las elecciones de 2027, y que por eso el argumento podría desecharse.

Sobre la queja de Somos México por falta de consulta indígena, dijo que no hubo consulta porque, a su parecer, ninguna modificación de la ley electoral toca los derechos de los pueblos indígenas.

Sobre los exámenes de control de confianza para candidatos, dijo que, al no ser obligatorios, no violan derechos humanos, aunque esperarán la resolución de la Corte.

El proceso electoral de San Luis Potosí inicia el 15 de noviembre. Guajardo Barrera dijo que espera que la sentencia de la Suprema Corte esté lista antes de esa fecha, “para tener reglas claras para el proceso del 2027”.

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Congreso del Estado

Congreso aprobó el dictamen que reforma la ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes

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Se incluye la definición de violencia en su contra y busca evitar toda forma de maltrato físico, sexual, psicológico, abandono, explotación o negligencia

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para incluir la definición de violencia en su contra y evitar toda forma de maltrato físico, sexual, psicológico, abandono, explotación o negligencia.

Se define la violencia digital como los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual, convencimiento y reclutamiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas sonoras, verdaderas o alteradas.

Incluye cualquier otra acción que sea cometida a través de tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, inteligencia artificial o cualquier otro espacio digital, que atenten contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada, o vulneren algún derecho humano de las niñas, niños y adolescentes.

Se define la violencia como toda acción, omisión, abuso, trato negligente o cualquier forma de abandono, de maltrato que cause daño, afectación, sufrimiento o ponga en riesgo la vida, la dignidad, la libertad, la integridad física, psicológica, emocional, sexual, y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.

Este tipo de violencia contra las niñas, niños y adolescentes puede ocurrir en el hogar y en la comunidad, pudiendo ser perpetrada por cuidadores, compañeros o extraños. Los tipos de violencia incluyen el maltrato infantil

por parte de adultos en un puesto de responsabilidad, las peleas físicas entre padres, la violencia sexual y la violencia en el noviazgo, así como el asalto asociado con la violencia entre pandillas.

En la exposición de motivos se señala que la violencia tiene consecuencias graves para la salud y el bienestar de este sector, en algunos casos puede dar como resultado la muerte, ya que la violencia también se ha relacionado con una serie de problemas de salud física, sexual, reproductiva y mental, incluido el deterioro del desarrollo social, emocional y cognitivo, lesiones y problemas de salud a lo largo de sus vidas, así como la adopción de conductas de alto riesgo como fumar, abuso de alcohol, drogas y sexo sin protección.

Los costos sociales y económicos de la violencia son altos y repercutiendo para toda la vida, incluyendo el bajo rendimiento escolar, mayor riesgo de desempleo y pobreza, así como pueden llegar a pertenecer a grupos de pandillas o el crimen organizado.

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