mayo 27, 2026

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Congreso del Estado

Comisión de Ecología y Medio Ambiente aprobó reforma a la Ley Ambiental del Estado

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Con dicha reforma las autoridades municipales y estatales establecerían programas de concientización para eliminar envases de unicel

Por: Redacción

La Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado aprobó la reforma a la Ley Ambiental del Estado para que las autoridades municipales junto con las estatales establezcan programas de concientización a la ciudadanía para eliminar el uso de envases de unicel, así como cucharas y tenedores de plástico.

El diputado Eloy Franklin Sarabia, presidente de esta comisión legislativa, indicó que con esta reforma se busca reducir el uso de estos utensilios por ser altamente contaminantes, que tardan años en degradarse.

“Esta iniciativa pretende concientizar a los empresarios, a los ciudadanos a reducir el consumo prácticamente a cero de estos materiales, que son los cubiertos de plástico, envases de unicel, platos, vasos y recipientes que contaminan muchísimo y esto lo podemos ver en las estadísticas; lamentablemente no se había generado en San Luis Potosí una iniciativa también para que se buscara otorgar incentivos fiscales para que los sectores empresariales que se dedican a este giro no se les golpeara”, añadió el diputado.

Con esta iniciativa, se busca reducir la contaminación por el uso de este tipo de materiales y dejar un entorno ambiental más seguro a las próximas generaciones.

“Aquí el consumismo nos ha llevado a tener una vida fácil, pero la factura que nos viene a todos los seres humanos es altísima y en San Luis Potosí estamos buscando poner un freno a esta situación que contamina y sobre todo sembrar en las nuevas generaciones el dejar a un lado el uso de estos plásticos”, resaltó Eloy Franklin. 

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Congreso del Estado

Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Electoral de SLP

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Entre los cambios están que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos

Por: Redacción

La LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó una serie de reformas a la Constitución Política y a la Ley Electoral de San Luis Potosí con el objetivo de modernizar y hacer más eficientes los procesos electorales, además de fortalecer la participación política de las mujeres mediante reglas permanentes de paridad y alternancia de género.

Durante la Sesión Ordinaria, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Carlos Artemio Arreola Mallol, destacó que las modificaciones consolidan mecanismos jurídicos para garantizar una mayor igualdad en cargos de elección popular, especialmente en la gubernatura y las presidencias municipales.

El legislador señaló que las reformas buscan “blindar jurídica y constitucionalmente” la participación efectiva de las mujeres, incorporando criterios claros de alternancia de género para futuras elecciones.

Entre los cambios aprobados destaca que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos, fortalecer la fiscalización de recursos públicos y modernizar el sistema de quejas y denuncias.

También se estableció la obligación de realizar al menos dos debates entre candidaturas a la gubernatura durante el periodo de campañas, así como debates obligatorios para presidencias municipales en los cinco municipios con mayor lista nominal del estado.

En materia de paridad, la reforma constitucional establece que los partidos políticos deberán aplicar la alternancia de género en la postulación a la gubernatura estatal, tomando como referencia el género de la candidatura presentada en la elección inmediata anterior.

Sin embargo, tras las observaciones realizadas por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona, se determinó que para el proceso electoral de 2027 no existirá restricción de género en las candidaturas a la gubernatura, permitiendo a partidos y candidaturas independientes definir libremente sus postulaciones bajo el principio general de paridad.

La aplicación obligatoria de la alternancia de género comenzará a partir del proceso electoral 2032-2033, con reglas específicas para garantizar una implementación gradual y constitucionalmente sólida.

Las reformas también contemplan ajustes administrativos y financieros, incluyendo mayores obligaciones de transparencia en el uso de recursos públicos y nuevas reglas para las prerrogativas y sanciones de los partidos políticos.

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Congreso del Estado

Congreso aprueba reforma a la Ley para Igualdad entre Hombres y Mujeres

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Se amplían las causas de discriminación introduciendo nuevas condiciones que generan esta práctica

Por: Redacción

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de San Luis Potosí presentada por la diputada María Antonia Castro Castañeda, para ampliar las causas que generen discriminación.

El diputado Marco Antonio Gama Basarte, presidente de esta comisión legislativa dijo que el dictamen establece que la discriminación, es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional, y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad sustantiva de oportunidades de las personas en las esferas política, económica, social, cultural, civil, educativa, institucional, laboral o en cualquier otra.

Asimismo, se propone, incluyendo a cualquier acción u omisión que, directa o indirectamente, provoque o perpetúe la brecha de género en cualquier ámbito, cuando la distinción, exclusión, restricción o preferencia en estos términos se base en uno o más de los siguientes motivos del origen étnico, nacional o regional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, la salud o jurídica, la religión y la apariencia y/o condición física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, la identidad de género, la orientación sexual, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, profesión o actividad laboral, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo análogo

.

En la propuesta aprobada, se agrega el siguiente párrafo a esta segunda fracción: se entenderá también como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.

Asimismo, establece que se considera discriminación por razón de sexo cualquier persona realizada por la autoridad o la persona servidora pública, que derive la presentación de un recurso tendiente a salvaguardar el derecho a una vida libre de discriminación por razón de sexo, así como cualquier conducta u omisión destinada a impedir el ámbito del debido proceso del recurso.

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Congreso del Estado

Proponen reforma para sancionar fraudes parentales

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Son aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas

Por: Redacción

La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con el objetivo de incorporar un tipo penal específico que sancione la atribución indebida de la paternidad o las obligaciones de filiación a un tercero, cuando medie dolo, engaño o aprovechamiento indebido de las circunstancias.

Ello no sólo responde a una necesidad de justicia material, sino que se alinea con el principio de proporcionalidad, al equilibrar la protección de los derechos de la niñez con los derechos patrimoniales y personales de quienes resulten afectados por estas conductas, manifestó la diputada proponente.

Expuso la legisladora que la propuesta no pretende, en modo alguno, debilitar el principio del interés superior de la niñez

, sino fortalecerlo mediante la correcta identificación de los sujetos obligados, garantizando que las responsabilidades recaigan en quien verdaderamente corresponde
conforme al vínculo biológico o jurídico.

“Esta reforma se inscribe en una tendencia contemporánea del derecho comparado orientada a reconocer y sancionar las denominadas conductas de fraude o engaño parental, entendidas como aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas”, señaló.

La legisladora Martínez Vázquez afirmó que “es necesario y jurídicamente impostergable dotar al ordenamiento penal de herramientas que permitan sancionar estas conductas, proteger el patrimonio de las personas afectadas y reforzar la certeza en las relaciones de filiación, contribuyendo así a un sistema jurídico más equitativo, coherente y garantista”.

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