abril 9, 2026

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México

Cofece multó al Aeropuerto de Cancún por monopolizar servicios de taxis

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Por: Redacción

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 72 millones 540 mil pesos al Aeropuerto Internacional de Cancún (AIC), tras resolver que cometió una práctica monopólica al impedir que nuevos participantes entraran al mercado de autotransporte federal de pasajeros (taxi).

La Cofece recordó que las prácticas monopólicas relativas consisten en el “abuso del poder de mercado por parte de uno o varios agentes económicos para desplazar indebidamente, impedir la entrada al mercado analizado o establecer ventajas en favor de uno o varios agentes económicos”.

El Pleno de la Comisión determinó que el Aeropuerto tiene dicho poder, ya que en su condición de concesionario del aeródromo de Cancún es el único que puede arrendar los espacios y conceder los derechos de acceso al uso de la infraestructura aeroportuaria a los concesionarios de taxis para que ofrezcan sus servicios, por ejemplo, la venta de boletos en los módulos, o el espacio que utiliza la flotilla para esperar y ser enviado a la zona de ascenso y descenso de pasajeros.

Para poder prestar el servicio de taxi en el AIC, los concesionarios deben cumplir con ciertos requisitos, entre los que destacan: obtener de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el permiso federal, que tiene como requisito previo recibir una opinión favorable del Aeropuerto, y celebrar con el Aeropuerto un contrato de prestación de servicio y otro correspondiente al arrendamiento de espacios.

En la resolución del Pleno se explica que el Aeropuerto tiene incentivos para impedir la entrada de nuevos oferentes, pues las tarifas que cobra a los permisionarios para el acceso al AIC para la prestación del servicio representan del 10 al 12 por ciento de los ingresos de cada viaje.

Es decir, con la entrada de más oferentes al mercado se incrementaría la competencia y el precio por viaje disminuiría, en consecuencia, se reduciría el pago en pesos que cada taxi hace al Aeropuerto, pudiéndole ocasionar una reducción en los ingresos que obtiene por este concepto.

Según estimaciones de la Comisión, esta conducta generó un daño al mercado calculado en más de 98 millones de pesos, resultado de un sobreprecio promedio estimado de 8 por ciento y que afectó varios millones de viajes.

Por lo anterior, el Pleno de la Cofece impuso al Aeropuerto una multa de 72 millones 540 mil pesos, que se calculó conforme a la gravedad de la práctica, el tamaño del mercado afectado, el daño causado, la intencionalidad y capacidad económica del agente económico sancionado.

Adicionalmente, con base en la Ley Federal de Competencia Económica, se le ordenó corregir y suprimir la conducta anticompetitiva.

El organismo regulador precisó que una vez que se ha notificado la resolución al Aeropuerto, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

Con información de Animal Político.

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México

Congelar cuentas sin fallo judicial impacta directamente a trabajadores: López Rabadán

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La legisladora equiparó la inmovilización de recursos dictada por la Corte con la Prisión Preventiva Oficiosa al ejecutar sanciones antes de investigar

​Por: Roberto Mendoza

​Ante la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear recursos por sospechas de irregularidades, la diputada Kenia López Rabadán fijó su postura desde el recinto legislativo: “Inmovilizar o congelar tus cuentas sin una resolución judicial, a la luz de nuestra Constitución, evidentemente no debería ser viab le

“.

​La presidenta de la Mesa Directiva señaló que privar de liquidez a las empresas vulnera los artículos 16 y 21 constitucionales, trasladando la afectación patrimonial a las nóminas operativas: “Yo estoy absolutamente convencida que si lo vemos […] desde el punto de vista de un trabajador a quien a su jefe, al dueño de la empresa le detienen, le inmovilizan o le congelan las cuentas, el impacto va a ser para los trabajadores porque no van a tener posibilidad de cobrar su siguiente quincena

“.

​Al rechazar la aplicación de estas retenciones financieras de forma previa a una declaratoria de culpabilidad legal, la legisladora argumentó: “…es un poco como la Prisión Preventiva Oficiosa, un poco como te meto a la cárcel y luego te investigo, es igual, digamos, permítanme el parangón, pero te inhabilito tu cuenta, te congelo tu cuenta y luego investigo si eres o no”. Las inmovilizaciones, precisó al término de su intervención, enfrentan procesos fiscales que superan los seis meses de resolución administrativa.

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México

Aumentan diabetes e hipertensión entre mayores de 50 años

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La ENASEM 2024 revela un crecimiento sostenido de enfermedades crónicas y cambios en las condiciones de vida de más de 32 millones de personas

Por: Redacción

El envejecimiento de la población mexicana está acompañado por un aumento significativo en enfermedades crónicas como la diabetes y la hipertensión, de acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional sobre Salud y Envejecimiento en México, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía en coordinación con el University of Texas Health Science Center at San Antonio.

El estudio, que da seguimiento a personas de 50 años y más desde 2001, confirma que estos padecimientos continúan al alza conforme avanza la edad. En 2024, 41.5 por ciento de esta población vive con hipertensión y 25.5 por ciento con diabetes.

Uno de los datos más relevantes es el incremento en el diagnóstico de diabetes a lo largo del tiempo: en 2012, 16 por ciento de las personas de entre 50 y 59 años padecía esta enfermedad; para 2024, cuando ese mismo grupo alcanzó entre 62 y 71 años, la cifra subió a 28.1 por ciento.

La encuesta estima que en México hay 32 millones de personas de 50 años y más, de las cuales 52.8 por ciento son mujeres. De este total, 68 por ciento se encuentra casada o en unión libre, mientras que 15.4 por ciento es viuda, condición que es considerablemente más frecuente en mujeres (22.6 por ciento) que en hombres (7.3 por ciento).

Además, el 8.8 por ciento de esta población habla alguna lengua indígena, lo que refleja la diversidad cultural en el envejecimiento del país.

El estudio también evidencia los retos cotidianos que enfrenta este sector. En 2024, el 9.3 por ciento de las personas mayores de 50 años reportó al menos una limitación para realizar actividades básicas

como hacer compras, preparar alimentos o manejar dinero.

A esto se suma que 35 por ciento desempeña labores de cuidado, ya sea de menores de 12 años o de personas enfermas o con discapacidad. Esta carga recae principalmente en las mujeres, con 43.8 por ciento, frente a 25.1 por ciento en hombres.

En contraste con el aumento de enfermedades físicas, los síntomas depresivos mostraron una disminución en comparación con años anteriores. En mujeres, el porcentaje con cinco o más síntomas pasó de 41.2 por ciento en 2012 a 33.1 en 2024, mientras que en hombres se ubicó en 17.1 por ciento.

No obstante, la prevalencia de estos síntomas incrementa conforme avanza la edad, especialmente en personas de 80 años y más.

El envejecimiento en México también refleja cambios en la vida cotidiana. En 2024, 84.6 por ciento de las personas de 50 años y más participa en actividades de comunicación digital, como llamadas, mensajería o uso de internet.

Aunque ver televisión sigue siendo una de las actividades más comunes, su frecuencia ha disminuido en comparación con 2012, mientras que actividades como la lectura, los juegos mentales y el mantenimiento del hogar mantienen una presencia importante.

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México

La Cámara de Diputados regula el uso de inteligencia artificial en intérpretes

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La reforma a las leyes del Trabajo y de Derechos de Autor establece que la clonación de voz requerirá autorización específica y remuneración por escrito

​Por Roberto Mendoza

El órgano legislativo integró a los actores de doblaje y locutores comerciales como sujetos de derechos conexos en la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal del Derecho de Autor, equiparando jurídicamente la protección de la voz con la del retrato físico. La normativa establece que los derechos sobre ambas características subsistirán hasta 50 años después del fallecimiento del titular, exigiendo que cualquier uso mediante herramientas tecnológicas cuente con un consentimiento explícito para los fines pactados, sin que el pago de un salario presuponga una autorización extensiva para usos no previstos.

​El pleno avaló el dictamen con 335 votos a favor, cero en contra y 129 abstenciones en lo general, incorporando durante la discusión una reserva que modifica siete artículos para transitar hacia un modelo de regulación contractual y eliminar las multas laborales por el uso de estas herramientas. Sobre la adición que centraliza las infracciones en la vía autoral, el diputado Ricardo Monreal Ávila

precisó: “Sustituye un esquema prohibitivo general por un modelo basado en la regulación contractual. Aquí mismo se establece la obligación de definir en el contrato las condiciones y la remuneración por el uso de imágenes o el uso de voces, incluyendo el empleo de inteligencia artificial“.

El proyecto quedó aprobado en lo particular con 368 votos a favor, cero en contra y 104 abstenciones, confirmando las excepciones legales para el uso de simulaciones en casos de parodia, sátira o imitación creativa que no induzcan al error.

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, fijando un periodo de 60 días para que el Ejecutivo federal emita las modificaciones al Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor, mientras que los litigios iniciados previamente continuarán bajo la normatividad anterior.

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