julio 30, 2025

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Congreso del Estado

Sumisión química será incorporada al Código Penal de SLP

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La propuesta de la diputada Dolores Robles pretende sancionar a quien dé a consumir estupefacientes a una persona sin su consentimiento

Por: Redacción

Con el objetivo de incorporar la sumisión química como medio para la comisión de delitos, la diputada María Dolores Robles Chairez propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, específicamente en los delitos de violación, abuso sexual, y robo.

Explica que el concepto Sumisión Química (SQ) puede definirse como la administración de sustancias estupefacientes a una persona, sin su consentimiento, con la finalidad de cometer en su agravio algún delito, de forma que se pueda manipular su voluntad o modificar su comportamiento.

Esta situación no se encuentra prevista en el marco normativo de Estado, por lo que considera necesario sancionar a quien incurra en la conducta de administrar a la víctima cualquier tipo de sustancia, tóxica; estupefaciente, psicotrópica o cualquier otra de origen natural o artificial que le impidiera evitar la ejecución de los delitos de violación, abuso sexual o robo.

En el caso del delito de violación, se busca incrementar la pena de uno a cuatro años de prisión, cuando a la víctima se le haya administrado alguna sustancia, que establezca la incapacidad para evitar la comisión del acto.

En el caso de abuso sexual, dichas acciones se incorporan al delito de abuso sexual, calificado y se aumentará la pena prevista en una mitad más. El abuso sexual se sanciona con una pena de seis a diez años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

Y en el caso de robo, se considerará calificado, cuando se haya administrado a la víctima alguna sustancia, tóxica; estupefaciente, psicotrópica o cualquier otra de origen natural o artificial que le impidiera evitar ser desapoderado de algún bien.

La legisladora Robles Chairez señala que es preocupante que independientemente del objeto de la sumisión química que persiga la persona victimaria, ya sea con fines de carácter sexual o de daño patrimonial, en el afán de lograr la sumisión, las dosis suministradas a las víctimas sean excesivas y puedan generar episodios letárgicos extremos, ceguera, o bien hasta el deceso de la víctima.

Cabe mencionar que en la sumisión química, las sustancias se colocan en la bebida de la víctima, quien además de los síntomas mencionados, también puede padecer dificultad respiratoria, taquicardias, hipotensión, convulsiones, aumento en la temperatura corporal, dificultad del movimiento y vómito.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión Segunda de Justicia.

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Congreso del Estado

Registro Civil garantizará registro del nombre de las personas indígenas

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En esta reforma integral, se consagra en este artículo, lo relacionado con la protección de la identidad cultural

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó una iniciativa que adiciona un párrafo al artículo 67 de la Ley del Registro Civil del Estado, así como un párrafo al artículo 19 del Código Civil para el Estado para garantizar el registro del nombre de las personas, cuando éstas pertenezcan o se auto determinen de algún pueblo o comunidad indígena, con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a las lenguas indígenas.

 

La iniciativa fue presentada por el diputado José Roberto García Castillo, secretario de la Comisión de Asuntos de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos y aprobada en las comisiones a las que se turnó; la finalidad es g arantizar el respeto a su cultura y tradiciones, además de permitir que los nombres en lenguas indígenas y de la comunidad afromexicana se reconozcan de manera oficial, fortaleciendo su identidad cultural.

 

En la exposición de motivos, señala que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se reforman y adicionan diversas disposiciones relativas al artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, de lo cual entre los diversos temas relevantes que conlleva esta reforma integral, se consagro en este artículo, lo relacionado con la protección de la identidad cultural.

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Congreso del Estado

Se debe garantizar participación de mujeres indígenas en procesos de desarrollo integral

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Hernández Ramírez destacó que las mujeres indígenas tendrán derecho al aprovechamiento de sus tierras, territorios y recursos

Por: Redacción

Con la finalidad de garantizar la participación efectiva de las mujeres indígenas, en condiciones de igualdad sustantiva, en los procesos de desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, la diputada Roxanna Hernández Ramírez, presentó una iniciativa que busca adicionar al artículo 9°, fracción XVII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

 

Explicó que en dicha iniciativa se busca reconocer en su Artículo 9°. Que el Estado de San Luis Potosí tiene una composición pluriétnica, pluricultural, y multilingüística, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. Reconoce la existencia histórica y vigente en su territorio de los pueblos Nahuas; Teének o Huastecos; y Xi´iuy.

 

Así como la presencia regular de los Wirrarika o Huicholes; y la población Afromexicana. Asegurando la unidad de la Nación la ley establecerá sus derechos y obligaciones conforme a las bases de garantizar la participación efectiva de las mujeres indígenas, en condiciones de igualdad sustantiva, en los procesos de desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas; uso y aprovechamiento de los derechos hereditarios; acceso a la educación, salud, a la propiedad y posesión de la tierra; participación en la toma de decisiones de carácter público; respeto de sus derechos humanos.

 

La legisladora, Hernández Ramírez, destacó que las mujeres indígenas al igual que los hombres tendrán derecho al aprovechamiento sustentablemente de sus tierras, territorios y recursos, en un marco de respeto a su autonomía y de organización.

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Congreso del Estado

Mujeres recluídas en centros penitenciaros serían integradas a entregas de kits menstruales

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Se busca priorizar a la población con mayor grado de marginación y pobreza, extensivo a mujeres recluidas en los centros penitenciarios

Por: Redacción

Con el propósito de incluir a las mujeres recluidas en los centros penitenciarios en el estado, en las campañas de reparto de insumos de salud menstrual, el diputado Marco Antonio Gama, presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto que busca reformar la fracción II del artículo 133 de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.

 

Explicó que la iniciativa planteada busca que en su Artículo 133. “La Secretaría de Salud del Estado; y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, podrán emitir, de conformidad con la suficiencia presupuestal que se tenga, programas de entrega de insumos de salud menstrual de manera gratuita, con el fin de garantizar la seguridad sanitaria y el bienestar físico de las personas menstruantes”.

 

Indicó que se busca priorizar a la población con mayor grado de marginación social y pobreza, los cuales serán extensivos a aquellas mujeres recluidas en los centros penitenciarios en el estado, en coordinación con las autoridades penitenciarias.

 

El legislador señaló que esta iniciativa busca que uno de los aspectos específicos del derecho a la salud, se puedan ver respaldados en la Ley y que uno de los grupos que enfrenta más obstáculos en su acceso a esta garantía, y sin importar su situación legal, puedan acceder a éstos insumos de salud en cumplimiento del principio que indica que, en México, el derecho a la salud es para todas las personas.

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