mayo 1, 2024

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Congreso del Estado

PT y Partido Verde buscan elevar a derecho constitucional la justicia digital

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La iniciativa señala que la implementación se tiene que dar de forma progresiva, hasta que sea funcional al cien por ciento

Por: Redacción

Las y los diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del Partido Verde Ecologista de México y del Partido del Trabajo, presentaron en conjunto una iniciativa de reformar el artículo 17 en su párrafo primero; y adicionar el artículo 17 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, con la cual se eleva a rango constitucional la justicia digital.

La iniciativa establece que, “Para contribuir a garantizar el acceso a la justicia de forma ágil y oportuna, el Poder Judicial del Estado, el Tribunal Electoral del Estado, el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, así como los tribunales laborales en el Estado, implementarán de forma progresiva el sistema de justicia en línea, mediante el uso de tecnologías de información y la comunicación a efecto de tramitar los juicios y todas sus instancias en línea”.

Se indica que la Ley de la materia establecerá las diligencias y procesos que por su naturaleza deban ser presenciales, para garantizar una adecuada impartición de justicia.

La iniciativa señala que la implementación de la reforma en justicia digital, se tiene que ir dando de forma progresiva, hasta llegar al punto en el que el sistema de justicia en línea sea funcional al cien por ciento, mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación

; así como de plataformas, sistemas y herramientas tecnológicas que sean necesarias para la modernización y adecuado funcionamiento del sistema de justicia digital.

El hecho de elevar a rango constitucional la justicia digital, contribuye para asegurar una sana evolución de sistemas jurisdiccionales basados en el uso de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC). Con esta medida se inicia una nueva era en la impartición de justicia, acercando a la sociedad el acceso a este derecho humano mediante el uso de las nuevas tecnologías

La iniciativa se turnó para su análisis a las Comisiones de Puntos Constitucionales; y Justicia.

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Congreso del Estado

Buscan que la ASF reactive convenios con entes fiscalizadores de los estados

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Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización y los entes fiscalizadores en las entidades

 

Por: Redacción

En reunión de trabajo, la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización fue aprobada la solicitud de exhorto del Congreso del Estado de Guerrero, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que por su conducto se exhorte a la Auditoría Superior de la Federación a que a la brevedad posible reactive el mecanismo para la firma de convenios de colaboración entre los entes fiscalizadores de los Estados y de la Ciudad de México.

 

Esto a efecto de armonizar criterios de colaboración y funciones que fortalezcan la fiscalización de los recursos públicos en la rendición de cuentas y transparencia de las participaciones federales otorgadas a los Estados.

 

Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización

y los entes fiscalizadores en las entidades del país, con el fin de hacer eficiente y eficaz la fiscalización de las participaciones que ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México.

 

Se menciona que los Congresos locales tienen atribuciones de fiscalización de los recursos públicos ejercidos por los gobiernos estatales, municipales, los Poderes del Estado, y órganos autónomos, entre otros, que tienen como finalidad otorgar servicios públicos, seguridad, administración de justicia, educación y demás bienestar social para la población.

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Congreso del Estado

Se establece acceso al agua como un bien del dominio público

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Se indica que su aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico.

 

Por: Redacción

El Congreso del Estado emitió la  declaratoria de aprobación por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que reforma el artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para establecer al agua potable como un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable, e imprescriptible.

 

Se indica que su aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico; y las autoridades están obligadas a proveerla para el uso personal y doméstico, debiendo garantizar la suficiencia para evitar el hambre y las enfermedades.

 

Con esto, se eleva al rango de la Constitución Estatal, las disposiciones establecidas en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como del contenido de la Observación General número 15 que pronuncia el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, respecto al derecho al agua para alcanzar un nivel de vida adecuado.

 

Mediante esta reforma constitucional, se establece que el agua es un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible.

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Congreso del Estado

Municipios deberán presentar tablas de valores unitarios de suelo antes del primero de octubre

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La Ley define a los valores unitarios de suelo y construcción como el conjunto de elementos y valores unitarios aprobados según el procedimiento de esta Ley

 

Por: Redacción

Los ayuntamientos deberán proponer al Congreso del Estado a más tardar el primero de octubre de cada año, los proyectos de las tablas de valores unitarios de suelo y construcción; sin embargo, cuando inicie la gestión, deberán hacerlo a más tardar el 10 de noviembre del año que corresponda.

 

A las comisiones Primera y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal del Congreso del Estado, fue enviada para su análisis y dictamen, una iniciativa de reforma a la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis Potosí́.

 

La Ley define a los valores unitarios de suelo y construcción como el conjunto de elementos y valores unitarios aprobados según el procedimiento de esta Ley, y contenidos en los planos de las zonas respecto al valor del terreno, así́ como la relación con las clasificaciones de construcción y demás elementos que deberán de tomarse en consideración para la valuación de los predios.

 

El tiempo para la entrega de los valores al inicio de las administraciones municipales resulta ser insuficiente por la creación del consejo técnico catastral y de la propia elaboración de los mismos, por ello se establece que sea el 10 de noviembre del año que corresponda la entrega de los valores por parte de los municipios.

 

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