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132 potosinas fueron víctimas de lesiones dolosas en un solo mes
San Luis Potosí se ubica en el puesto número 9 a nivel nacional con más mujeres afectadas por dicho crimen
Por El Saxofón
El 43.7 por ciento de las víctimas de lesiones dolosas en San Luis Potosí durante el mes de enero fueron mujeres, según la “Información sobre violencia contra las mujeres (Incidencia delictiva y llamadas de emergencia 9-1-1), enero 2019”.
En enero pasado, se interpusieron 302 denuncias por lesiones dolosas ante la Fiscalía General del Estado, en 132 de los casos, las víctimas fueron mujeres. San Luis Potosí tiene una de las tasas más altas de mujeres víctimas de lesiones dolosas, a razón de 9 víctimas por cada 100 mil mujeres, lo que lo ubica en el puesto número 9.
En general la mayor parte de las lesiones dolosas son provocadas “Con otro elemento” (255 casos en enero), pero en otros casos (15 en enero) los agresores usan armas de fuego o arma blanca (32).
A nivel nacional en enero pasado se registraron 4 mil 738 víctimas mujeres de lesiones dolosas. Esta cifra representa un repunte con respecto a diciembre de 2018, cuando se registraron 4 mil 507 casos.
En total, en 2018, se registraron 60 mil 551 mujeres víctimas de lesiones dolosas.
En enero de 2019, la entidad que presentó mayor número de casos fue el Estado de México con 1 mil 190 víctimas; le sigue Guanajuato con 511; Jalisco con 360; Michoacán con 291 y Baja California con 234.
Con 132 denuncias ante la FGE por lesiones dolosas, la entidad potosina se ubica en el lugar número 10, por número de casos, por debajo de estados como Querétaro con 220, Hidalgo con 169, Nuevo León con 157, y Oaxaca con 154.
En enero de 2018, la FGE abrió 196 carpetas de investigación por el delito de lesiones dolosas. En 43 de estos casos, las víctimas fueron mujeres. Estos datos permiten sacar las siguientes conclusiones:
Primero que las denuncias por este delito aumentaron 54 por ciento en enero de 2019 con respecto a enero de 2018.
Segundo, que las víctimas mujeres del delito de lesiones aumentaron en más de 20 por ciento, pues en enero de 2018, solo el 21.9 por ciento de las víctimas fueron mujeres, y para enero de 2019, la proporción se elevó al 43.7 por ciento.
¿CÓMO SE CASTIGA EL DELITO DE LESIONES?
En el artículo 136 del capítulo III del Código Penal de San Luis Potosí, se establece que “Comete el delito de lesiones quien causa una alteración o daño en la salud producido por una causa externa. Este delito se sancionará con las siguientes penas:
El artículo 138 precisa que “Al que infiera lesiones que pongan en peligro la vida se le impondrá una pena de uno a seis años de prisión y sanción pecuniaria de cien a seiscientos días de salario mínimo”.
Por su parte el artículo 142 se añade que “Si el ofendido es ascendiente, descendiente, cónyuge, concubina, concubinario, adoptante o adoptado del responsable de las lesiones y éstas son causadas dolosamente con conocimiento de esa relación, se aumentará la pena que corresponda hasta dos años de prisión y, además, si el sujeto activo ejerce la patria potestad o la tutela, perderá este derecho”.
En este caso, se estaría hablando ya de violencia familiar, un delito que también ha aumentado en San Luis Potosí.
OTROS DELITOS CONTRA MUJERES
Durante el mes de enero pasado la Fiscalía General del Estado (FGE) abrió cuatro carpetas de investigación por el delito de Secuestro, en dos de los casos las víctimas fueron mujeres.
Con esta cifra, al arranque del 2019, San Luis Potosí registró una tasa de 0.14 víctimas mujeres de secuestro por cada cien mil mujeres. Se trata de la cuarta tasa más elevada a nivel nacional, solo por debajo de Nayarit (0.45), Veracruz (0.37) y Colima (0.25).
También lea: #8M | Martha: de la violencia familiar a la institucional en el Poder Judicial de SLP
#4 Tiempos
Sobre la oficina de la abogada de la UASLP: La réplica desperdiciada
El pasado 22 de agosto, quien esto escribe publicó una columna de opinión titulada “La abogada y el diablo”, en la que hice un recuento de las continuas, constantes y costosas derrotas jurídicas que ha venido acumulando la oficina de la abogada general de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
En el texto, también fui revelando las curiosas casualidades entre los actos jurídicos fallidos de la UASLP, representada por la licenciada Urenda Queletzú Navarro Sánchez, y las revelaciones de los medios propiedad del empresario Miguel Maya Romero, a quien me refiero cariñosamente en varias ocasiones con varios sinónimos y parafraseados de su apodo: “el diablo”.
Si alguien se perdió la columna de opinión a la que me refiero, les comparto el enlace para que tengamos, tengan todos mis lectores y Culto Público, el mismo contexto.
🔗 https://laorquesta.mx/la-abogada-y-el-diablo-apuntes-de-jorge-saldana/
Producto de esa publicación, la oficina jurídica y su titular usó el derecho de réplica que nos concede a todos la Constitución y sus leyes reglamentarias, por considerar que la publicación –como se asentó por oficio– incurre en “inconsistencias derivadas de información incorrecta e imprecisa”.
El texto que mandó la titular de la oficina jurídica universitaria a este medio (mismo que también adjunto) no solo es triste, disperso y contradictorio, sino que deja claro, punto por punto, que a quien defiende su titular, Urenda Navarro, no es a la Universidad Autónoma… sino a sí misma.
En cuatro cuartillas repletas de errores ortográficos, de sintaxis y gramaticales, que se podrían esperar de cualquiera, pero no de una doctora en Derecho (tengo la duda: ¿sí tiene el grado? Porque eso nunca ha quedado claro) y titular de la representación legal de la centenaria institución académica.
Pero eso es lo de menos, creo que nadie espera que la autora de la réplica (con acento, licenciada) sea también experta en redacción y sintaxis. Lo que sí se espera por parte de toda la comunidad universitaria y la sociedad en general es que la titular del área sea, por lo menos, conocedora y entendida en temas legales. No obstante, uno a uno de los asuntos legales que enlisté en mi columna original se han confirmado como errores, omisiones y derrotas, legales o de facto, que se apuntan a su gestión, mismas que, inexplicablemente, no los combate en su airada respuesta y en su lugar se exhibe y expone al rector Alejandro Zermeño Guerra.
En el primer punto de las aclaraciones, la oficina de la abogada intenta precisar que, respecto al contrato de arrendamiento (“contrato” va en minúscula porque no es nombre propio) de los terrenos propiedad de la universidad con la empresa VEM, que no fue Urenda Navarro quien elaboró el documento, sino su antecesor, Joel González de Anda, y advierte que en la columna de opinión no se partió de la verificación de las fuentes a las que se alude.
Si fuera acuciosa su oficina y su titular en leer mi columna en cuestión, en ningún fragmento se afirma que fue ella la que redactó el documento, lo que se cuestiona es la razón por la cual, después de un año de estar al frente de la responsabilidad jurídica, no advirtió de los detalles del poroso (y lo reitero: poroso y abusivo) contrato que les generó un problema jurídico mayúsculo en el que aún están inmersos como institución.
Y lo más grave: con la redacción de su réplica, deja ver explícitamente que ni ella, ni el rector Zermeño conocían siquiera los detalles del contrato elaborado por su antecesor, y que de manera reactiva, tuvieron que buscar el contrato para apenas conocer sus cláusulas.
¿Es así como la titular de la oficina de la abogada general defiende a la Universidad y a su jefe que lleva el mando de la misma?
El texto –insisto– evidentemente redactado para la propia defensa de quien lo firma, Urenda Navarro Sánchez, pone de manifiesto la irresponsabilidad con la que tanto ella como su jefe dejaron pasar en absoluto descuido un asunto tan delicado.
En el segundo punto del reclamo, se argumenta que en mi columna afirmé que la vía por la que se debió presentar un recurso contra la empresa VEM era la vía penal, lo que es totalmente falso y se contradice al citar mi texto de opinión, que deja claro que en la redacción nunca se sugirió una u otra vía, lo que se escribió fue una aclaración, entre paréntesis, para dejar claro que no es lo mismo una denuncia y una demanda. Nada más.
En el mismo punto, la oficina de la abogada explica la razón por la que la demanda mercantil contra la empresa fue presentada hasta el mes de junio y no en enero, esgrimiendo que su equipo tuvo que trazar la ruta más adecuada y que se abocaron a dar cumplimiento al contrato y reunir los elementos necesarios para después tomar una decisión.
Sin embargo, la explicación apura una pregunta: ¿Por qué en la primera parte del texto se asegura, y hace hincapié, en que la vía correcta de proceder era la de imponer una demanda mercantil, pero en la segunda parte de su argumento concede que su oficina tardó cuatro meses en llegar a esa conclusión?
¿Estaba segura o no la oficina jurídica universitaria en el cómo proceder?
Porque lo que declara la firmante en su atento oficio es que para decidir entre interponer o no una demanda, se tardaron cuatro meses. Que es justamente lo que le hago ver y le cuestiono en mi texto, al que por lo menos en este punto, y tras su respuesta, se me otorga la razón cuando hago ver su evidente tardanza.
El tercer punto aclaratorio de la abogada general de la UASLP es una joya:
Luego de citar mi texto (siempre en negrillas, detalle que agradezco) en la parte en la que infiero que el convenio en cuestión fue filtrado a los medios del empresario Maya Romero, la abogada general responde y ahora yo la cito:
“…al momento en que se puso en conocimiento al titular de la rectoría (con minúscula porque se refiere al cargo) del contenido del contrato de arrendamiento, también se le informó que mi antecesor en el cargo había ordenado no subir el instrumento jurídico a las obligaciones de transparencia en las que se dan cuenta los convenios y contratos que suscribe la institución…”
En pocas palabras, lo que dice el oficio es que por más de un año, como lo admiten explícitamente, tanto la oficina de la abogada general como el doctor Alejandro Zermeño fueron omisos en cumplir una obligación de transparencia, y hasta ese momento, (en el que se filtra a los medios propiedad de Maya Romero) se giró la instrucción de atender la normativa.
A continuación, la titular y solicitante de la réplica, niega que el documento se haya “filtrado” a los medios, y asegura que se giró una instrucción para que se subiera a la plataforma de transparencia, además de que –plasma en su texto y confirma con su anexo 4– que la Universidad recibió y atendió una solicitud de transparencia el 20 de noviembre por parte de un periodista para obtener el documento.
Esto es evidentemente contradictorio y falaz, pues antes de ese 20 de noviembre, el portal Astrolabio ya tenía en su poder el documento, mismo que recibió en un sobre cerrado, tal como lo confirmó a este reportero, cara a cara, el empresario Maya Romero.
Por lo demás, los anexos que acompañan al oficio de réplica, fechados el 20 de noviembre y recibidos por la oficina de la abogada general el día 25 del mismo mes, pudieron ser confeccionados y sellados cualquier día, es la oficina a cargo de Urenda Navarro la que tiene la papelería y los sellos para poder hacerlos.
No hay evidencia real de una solicitud de transparencia registrada por una plataforma, y sí la palabra del empresario de medios, al que podemos, si la oficina de la solicitante de la réplica está de acuerdo, invitar para que nos confirme la versión, tanto a la abogada universitaria como a este reportero.
En todo caso, ¿no es demasiada casualidad que el mismo día que usted, por instrucciones de la máxima autoridad, instruyó subir a las plataformas de transparencia la documentación, haya sido presentada una solicitud de transparencia expresa sobre el documento?
Sobre la presencia de “una tercera persona” en la reunión entre la titular de la oficina de la abogada general y el rector, se solicitaría que sea mencionado su nombre, para que así tenga capacidad de defenderse ante la inferencia de la oficina jurídica universitaria de ser el autor de la filtración.
El reportero no tiene ni tuvo por qué saber quién o quiénes se presentan a las reuniones en las que, de manera privada, la Universidad Autónoma y sus funcionarios toman decisiones.
La mención de ese tercer personaje misterioso, suena más a un truco velado para proteger, una vez más, a la abogada general Urenda Navarro, y no a la Universidad Autónoma.
Sobre el cuarto punto de la réplica, hay poco que decir, pues solo confirma que la controversia constitucional interpuesta por la Universidad a la que representa, fue efectivamente desechada por ser “no-to-ria-mente improcedente.”
En el resto del texto de ese punto, solo se resume que, en anteriores ocasiones, también ha fracasado en sus intentosporque la corte considere a la UASLP como un ente autónomo con capacidad jurídica para presentar ese tipo de controversias.
En referencia a que no hace falta tener el número de expediente para conocer el documento de la controversia constitucional, tiene la oficina de la abogada general toda la razón, y fue erróneo por parte del autor, quien esto escribe, inferir que de alguna manera la oficina reclamante facilitó a un medio en particular el camino para encontrar el documento en los archivos públicos de la SCJN.
Sin embargo, yo le solicitaría a la oficina que comanda, Urenda Navarro Sánchez, que se diera a conocer, no solamente a este medio, sino a la sociedad en general, el comunicado, boletín, entrevista o aviso público en el que se haya informado a la comunidad y a los potosinos que la Universidad interpuso esta herramienta jurídica.
Y de no existir un comunicado público, se me ayude a explicar cómo fue que el medio de comunicación que lo publicó tuvo la capacidad de adivinar a ciegas que la oficina de la abogada general de la UASLP había promovido dicha controversia.
Las dos solicitudes que rematan el oficio de la oficina de la abogada general han sido resueltas:
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Se resolvió y se publicó íntegra la solicitud de réplica de la abogada de la UASLP y sus anexos el pasado 5 de septiembre en la página, redes sociales y listas de difusión en el mismo espacio y características en que fue publicada la columna que originó el debate.
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Se publicó la réplica íntegra con inserción pagada.
Para finalizar, respecto al anexo 1 en que la abogada universitaria Urenda Navarro Sánchez comprueba que la columna fue impulsada con una pauta en redes sociales por 800 pesos, se puntualiza que la abogada debió ser más exhaustiva en su búsqueda, pues no solo esa columna fue impulsada económicamente en redes sociales.
Todos los días, a conveniencia estratégica del medio, se impulsan y segmentan artículos, videos, columnas y noticias. Todos los días y sobre diversos temas.
Dicho lo anterior, le informo a usted, licenciada Urenda Navarro, y a la oficina a su cargo, que la réplica que usted nos envió no solamente fue pautada por los 800 pesos que nos solicita, sino que se invirtió el doble de recursos.
La razón para hacer esto no responde ni a la generosidad del director y propietario del medio –su servidor– ni a una presuntuosa holgura económica, sino a la necesidad del medio que dirijo para que la comunidad universitaria tenga más posibilidades de darse cuenta en qué términos y en qué formas responde y redacta su oficina, o usted, algo tan valioso como una réplica mediática.
Para que los universitarios y la comunidad en general tengan más elementos para explicarse el por qué la oficina de la abogada general pierde, una y otra vez, casi todos sus asuntos legales, y para que los universitarios sepan que no tienen una defensora de la institución, sino una abogada que antepone sus intereses personales a los valores que representan el logotipo del águila universitaria.
Si así como responde la oficina jurídica un derecho de réplica, atiende los asuntos de mayor relevancia para la institución, es fácil descubrir el por qué se arrastran y acumulan los fracasos.
Y para concluir a todo esto, quien esto escribe deja una aclaración y una pregunta:
El texto se encuentra dentro de los géneros periodísticos de opinión. ¿Qué hace la abogada general de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí debatiendo en medios la opinión, subjetiva, de un aprendiz de reportero?
¿No tiene otros temas que atender de mayor relevancia?
Cinco-cero.
Jorge Saldaña
Aquí el enlace a la réplica íntegra y sus respectivos documentos:
Ciudad
¿Quién es el favorito a la alcaldía por SLP de acuerdo con Rubrum?
Gabino Morales (Morena) y Rubén Guajardo (PAN) lideran las preferencias internas de sus respectivos partidos. El PVEM mantiene competitividad con Juan Carlos Valladares.
Por: Redacción
La casa encuestadora Rubrum dio a conocer los resultados de su más reciente sondeo sobre la intención de voto y preferencias hacia precandidatos para la elección a la Presidencia Municipal de San Luis Potosí en 2027.
De acuerdo con el estudio, realizado el 15 de septiembre mediante 600 entrevistas telefónicas automáticas y aleatorias en el municipio capital, si la elección se celebrara hoy, Morena obtendría el 31% de las preferencias, seguido muy de cerca por el PAN con 25.0%, mientras que el tercer lugar sería ocupado por el Partido Verde con el 19.1% de la intención del voto.
Otros partidos muestran las siguientes intenciones de voto: PRI con 8.5%, Movimiento Ciudadano con 4.0% y un 12.4% de los encuestados se declaró indeciso.
El sondeo también indagó en las figuras con mayor tracción dentro de sus propios partidos:
En Morena, Gabino Morales lidera con el 54.4% de las preferencias frente a Cuauhtli Fernando Badillo, quien obtuvo 45.6%.
En el PAN, la pugna interna es más ajustada. Rubén Guajardo encabeza con 37.2%, seguido por Verónica Rodríguez con 33.1% y David Azuara con 29.7%.
En el PVEM, Juan Carlos Valladares es el favorito para la candidatura, al alcanzar un 60.2% de apoyo, contra un 39.8% de Sonia Mendoza.
Mientras que en el PRI solo un 26.1% quiere que Sara Rocha sea la representante, pues un 73.9% optaría por otro perfil.
También lee: Gallardo destapa a Valladares y Sonia Mendoza para la alcaldía capitalina
Destacadas
Sedarh presume control exitoso de plagas en SLP
Jorge Luis Díaz comentó que las acciones inmediatas permitieron erradicar langosta y chapulín, que sí afectaron a otros estados
Por: Redacción
Jorge Luis Díaz Salinas, titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos (Sedarh), aseguró que en lo que va del año el estado ha logrado evitar afectaciones graves por plagas como la langosta y el chapulín, gracias a las acciones de prevención y control implementadas por la dependencia.
Díaz Salinas destacó que, a diferencia de lo ocurrido en otras entidades del país, en San Luis Potosí se actuó de manera inmediata y se consiguió erradicar la presencia de estas plagas antes de que ocasionaran daños a las cosechas.
“Con el tema de las plagas vamos muy bien, no nos ha afectado nada en San Luis Potosí. Tanto la langosta como el chapulín pegaron en otros estados, pero aquí las pudimos erradicar rápidamente y no nos han causado daños”, señaló.
El funcionario subrayó que el estado mantiene un monitoreo constante para garantizar la protección de los cultivos y la seguridad alimentaria de la población.
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