Destacadas
“Voluntariado” en supermercados; el fraude laboral vs los adultos mayores en SLP
La Orquesta felicita a todo su equipo por la obtención de 5 galardones en la reciente entrega del Premio Estatal de Periodismo.
Este escrito de José Luis Vázquez y Xochiquetzal Rangel ganó el segundo lugar en la categoría de Reportaje.
¡Felicidades!
Ancianos trabajan como “cerillos” en tiendas, pero no reciben sueldo ni seguridad social
Por: José Luis Vázquez y Xochiquetzal Rangel
Alfonso (a petición del entrevistado se cambió su nombre) tiene 79 años; y aunque su frente está arrugada por los años se le ve sonriente. Es empacador desde hace 6 años y desde entonces, según dijo, solo recibe su pensión que es pequeña y lo que gana de las propinas en el súper mercado para el cual “trabaja”.
Todos los días llega de pantalón café caqui y playera blanca, tal cual lo marca el reglamento del establecimiento. A las 3 de la tarde comienza su turno y se dispone a empacar con una sonrisa en el rostro, siempre amable para poder recibir una buena propina de sus clientes. Sus ingresos, según dijo, son variados ya que en quincena suben y en otros días, bajan.
Tiene 6 años prestando un servicio que entre las autoridades y los consorcios comerciales ha dado por llamar, voluntariado, ya que no recibe ni sueldo, ni prestaciones por las 112 horas al mes en las que presta sus servicios; es decir, pasa 4 horas diarias trabajando de pie, sin sueldo, porque las oportunidades que hay para los adultos mayores en México son muy pocas.
La Orquesta: ¿Considera que necesita un sueldo, prestaciones?
Alfonso: No, pues ahorita lo que caiga es bueno. Digo, a estas alturas ya no tiene uno más.
LO: ¿Le hicieron alguna entrevista para entrar?
A: No, pues directo, nada más me dieron mi capacitación para empacar y todo eso. En qué consiste, qué empacar, cosa con cosa, y ya.
CONDICIONES CONTRACTUALES DIFUSAS Y DESEQUILIBRADAS
De acuerdo con la información del encargado de la contratación de empleados para la cadena de supermercados en la que trabaja Alfonso, el vínculo entre empacadores adultos mayores y la empresa se hace a través del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores: “te lo digo porque yo soy el encargado de la contratación, ellos nos los canalizan y aquí hacemos una entrevista para conocer a la persona y saber de dónde vienen. Una entrevista como si fuera un empleo normal, pero dejándole en claro que no es un empleo como tal, es un voluntariado. Que no tienen ninguna obligación con la empresa, pero tampoco la empresa con ellos”.
Ya que no hay un vínculo formal, en el momento en el que los adultos mayores decidan dejar el voluntariado, lo pueden hacer; sin embargo, como en un trabajo formal de medio tiempo: “si no cumplen con los lineamientos y normas que se pide al empacador voluntario, se le puede retirar el programa en el momento en el que la empresa requiera”, puntualiza la fuente.
Entre los puntos del reglamento que deben de seguir está: llegar 10 minutos antes de su hora de entrada para tomarles lista de asistencia o por si deben darles algún anuncio; durante la jornada no podrán entrar a piso a comprar; llevar su uniforme, el cual consiste en pantalón caqui, camisa blanca y gafete; se les asignan lockers en donde guardan sus pertenencias (…); a las tres faltas se les da de baja”, aunque esta regla, explica, poco se cumple, ya que “a esta edad una gripa los tumba y una semana se avientan porque no pueden venir hasta que se recuperen”.
UN FRAUDE LABORAL
En contraste con las declaraciones anteriores, el abogado especialista en materia laboral, Joel Hernández, afirmó en entrevista para LaOrquesta.Mx que los derechos laborales de 24 mil adultos mayores que sobreviven bajo este esquema de trabajo, son violentados: “nos dimos cuenta que tenían un horario, que tenían que obedecer ciertas instrucciones, tienen un uniforme, tienen que presentarse a una sucursal, que les indican qué hacer y cómo empacar las cosas, evidentemente estás ante una relación de trabajo; la pregunta siguiente fue cuántas personas hay en esto y la más importante, ¿por qué no pagarles?”.
“Definitivamente se benefician de ellos, no se trata de un chance de involucrarlos a la vida, ellos están trabajando y haciendo un servicio de la cual la tienda se aprovecha, por eso es que son merecedores de que se respeten sus derechos”, agregó.
LO: ¿Podrías ser más específico sobre qué leyes se están violando?
Joel Hernández: La Ley Federal del Trabajo porque se configura una relación laboral entre el supermercado y ellos; en segundo lugar, todas las leyes de seguridad social. Existe un fraude laboral porque no pagan un salario, no pagan institutos de seguridad social y exigen a los adultos mayores que ya sean pensionados por si tienen un accidente o les pasa algo ya tienen un seguro social que no paga el supermercado, hasta en eso fueron astutos. También crean un esquema de discriminación y de segregación para el que no tiene seguridad social; debe haber impuestos, seguramente normas fiscales que tampoco están siendo pagadas acerca de las deducciones de nómina, etcétera.
LO: ¿Exponer estas irregularidades ponen en peligro el trabajo de los adultos mayores?
Joel Hernández: Su trabajo no está en riesgo. Sería escandaloso, sería perverso, sería incendiario que mañana los supermercados despidieran a los 24 mil adultos mayores. Los propios clientes y la sociedad tendrían una reacción ante esto. Quedaría desnuda la crueldad y la voracidad con la que operan.
El abogado también fue enfático en exponer que actualmente los adultos mayores no tienen cabida en la industria ni en otros campos, “si tu eres un adulto mayor y por algún motivo; ya sea por gusto, o porque te quieres mantener activo, o porque tienes la necesidad apremiante del trabajo, (…) lo único que queda es estar ahí, no les queda de otra más que aceptar el trabajar por propinas. Insisto, este es un esquema no existe en la ley”.

Joel Hernández, abogado en materia laboral
UN FRAUDE LABORAL… CON PERMISO DE LAS AUTORIDADES
Por su parte, el doctor Pedro Ignacio Martínez de Korres de Ávila, enlace técnico de la representación estatal del Inapam en San Luis Potosí, explicó que, dentro del programa de autoempleo en el que ellos vinculan a los adultos mayores con las empresas para que puedan desempeñarse como empacadores, hasta el momento en la capital hay entre 150 y 170 personas.
Es un programa voluntario, es el programa al que más acceden, sobre todo aquí en la capital que más hay empresas de ese tipo, pero también las hay en Soledad, hay en Matehuala, Rioverde”, reconoció.
El funcionario reconoció que dicho modelo podría dar pie a pensar que se presente una situación de explotación laboral, aunque considera que, más bien, brinda oportunidades de desenvolvimiento a los adultos que pertenecen a ese tipo de programas ya que “las oportunidades laborales como tal en ese sentido son muy difíciles de encontrar. Vincular a la empresa, la voluntad de la empresa para abrir un espacio, para que alguien pueda tener un beneficio en un trabajo digno y en ayuda a terceros. Los adultos mayores están conscientes de que no es una situación de un empleo formal y de un contrato, es una situación de autoempleo, de autoayuda. En ese sentido es un programa de punto de apoyo y es voluntario por ambas partes”.


Sin embargo, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en su artículo 5, estipula que por objeto se debe garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:
De la integridad, dignidad y preferencia:
A la protección contra toda forma de explotación.
Del trabajo:
A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les 18 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen, así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral.
A pesar de eso, los adultos mayores afiliados al programa del Inapam de autoempleo, firman un formato que establece que el servicio que están prestando a las cadenas de supermercados es voluntario, por lo tanto no es formal, con todo y que el titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, Manuel Lozano Nieto, dijo que en el caso en el que los adultos mayores tengan que cumplir un horario de trabajo, automáticamente se establece una relación trabajo formal, y de incumplir con darles prestaciones o un salario fijo, las sanciones podrían ir desde una multa al establecimiento, hasta a clausurar el centro de trabajo.
“Definitivamente si ellos están trabajando bajo una condición de horario; es decir, que la empresa les instruya a ellos qué hacer, el horario qué atender, es cuando se da la relación laboral, y obviamente esa empresa tiene que corresponder con un salario, las prestaciones de ley, un seguro social, un Infonavit”, aseguró el secretario estatal.
Y es que, según la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 8, un trabajador es: “la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado”, que además cumple un horario. Asimismo, el artículo 14 establece que “las personas que utilicen intermediarios para la contratación de trabajadores serán responsables de las obligaciones que deriven de esta Ley y de los servicios prestados”.
Los trabajadores tendrán los derechos siguientes:
Prestarán sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y
Los intermediarios no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de los trabajadores.
Si se toma en cuenta lo dicho por Lozano Nieto, los adultos mayores que estén en esta situación “tendrían que ser contratados y recibir las prestaciones de un trabajo formal, en el caso en el que no suceda podrían acudir a la Procuraduría del Trabajo para poder comenzar una investigación al respecto”.
Por otro lado, el artículo 24 establece que “las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito poniendo los datos del prestador de servicio, horarios, salarios, etc”. Sin embargo; la falta de este tipo de escritos, no priva al trabajador de gozar de los derechos que establece la Ley Federal del Trabajo, según lo establecido en el artículo 26 de la misma ley.
“Yo aprovecho tu espacio para invitarlos: si alguno de ellos está trabajando bajo esta condición, que se presente a la procuraduría de la defensa del trabajo para hacer la investigación correspondiente”, aventuró Lozano Nieto; sin embargo, Jorge Edgardo Cásares Rivas, titular de la dirección de Inspección del Trabajo, indicó que no se han presentado quejas sobre este tipo de voluntariado, y que, a diferencia de los niños “cerillitos”, no se requiere alguna autorización porque son adultos y ellos eligen.
Luego agregó, pese a lo aquí expuesto, que las autoridades se aseguran de que “les paguen sus prestaciones de ley, que tengan contrato, seguridad social, porque lo que vigilamos es que no les digan ‘¿sabes qué?, tu sueldo van a ser propinas’ No, tiene que tener su sueldo y aparte prestaciones”.
Pese a todo, el inspector aclaró que como ninguna queja ha sido presentada en esa división, no se pueden investigar los casos ni proceder legalmente.
Destacadas
En manos de la Corte la reducción de días de precampaña en SLP
Las demandas contra los decretos 0571 y 0586 alegan la misma falta que tumbó la ley de 2020
Por: Carlos Ruíz
La alternancia de género cayó el lunes, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) todavía no termina de revisar la reforma electoral potosina. Le quedan dos decretos. Si los tumba, San Luis Potosí podría votar en 2027 con las reglas de antes, porque ya no da tiempo de hacer una reforma nueva.
El proceso electoral local arranca el 15 de noviembre, según el dato de la autoridad electoral que aparece en el proyecto de sentencia de la propia Corte. Y aquí está el punto: la Constitución federal, en su artículo 105, dice que una ley electoral debe publicarse por lo menos 90 días antes de que empiece la elección en que se va a usar, y que ya iniciado el proceso no se pueden cambiar las reglas de fondo. Esos 90 días se cumplieron el 17 de agosto.
El primer decreto pendiente, el 0571, se publicó el 29 de junio en el Periódico Oficial del Estado. Cambia cómo se forman los ayuntamientos: fija una sola sindicatura en cada uno. Los síndicos son los integrantes del cabildo encargados de vigilar las finanzas municipales. El decreto también permite que los aspirantes hagan, si quieren, exámenes de control de confianza, y pide que las candidaturas se registren, de preferencia, por un sistema electrónico que defina el Ceepac.
El partido Somos México y el Poder Ejecutivo Federal le pidieron a la Corte que lo anule (acciones de inconstitucionalidad 94/2026 y 98/2026). Si les da la razón, el decreto deja de valer, y para 2027 se aplicarían las reglas que había antes. El ministro Arístides Rodrigo Guerrero García lleva los dos casos. Desde el 28 de agosto, las partes ya estaban presentando sus argumentos finales.
El segundo, el 0586, se publicó el 12 de agosto, cinco días antes de que se venciera el plazo. Deja en 20 días, en lugar de 40, el tiempo que tienen los aspirantes a gobernador para buscar la candidatura dentro de sus partidos. Somos México argumentó que un plazo tan corto perjudica a los partidos nuevos y a quienes quieren ir como independientes.
Las dos demandas coinciden en algo: el Congreso del Estado no preguntó antes a los pueblos indígenas, a las comunidades afromexicanas ni a las personas con discapacidad, como obliga la ley cuando un cambio les afecta.
Ya pasó en 2020
Por esa misma razón se cayó completa la ley electoral potosina hace seis años. El 5 de octubre de 2020, la Corte anuló la Ley Electoral de ese año (Decreto 0703) porque no se consultó a los pueblos indígenas. Ordenó volver a usar la ley anterior, la de 2014, y con esa se organizó la elección de 2021.
La Corte le dio al Congreso un año, después de esa elección, para hacer la consulta y aprobar una ley nueva. El Congreso respondió con el Decreto 0392, en septiembre de 2022. Pero el 11 de julio de 2023 la Corte volvió a anular una parte, porque la consulta no se hizo como debía. Esta vez le dio 12 meses, contados desde que terminara la elección de 2024, para hacer esas consultas. Ese plazo ya venció.
Qué dicen los diputados
Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales, afirmó el 15 de septiembre que la reforma “va a salir adelante”. Sostuvo que las modificaciones son “muy pequeñas y muy simples que no tienen impacto en materia electoral, en materia indígena”.
Héctor Serrano Cortés, coordinador de los diputados del Partido Verde, dijo el 17 de septiembre que, si la Corte modifica o anula las reformas, esas decisiones serán bienvenidas.
¿Y si la Corte tumba los dos decretos antes del 15 de noviembre? Los aspirantes a gobernador podrían volver a tener 40 días para buscar la candidatura, y los ayuntamientos podrían formarse con las reglas que había antes de la reforma.
También lee: Corte anula la alternancia de género para la gubernatura de SLP
Destacadas
Senado aprueba ley de censura a la crítica, memes y hasta el humor
La ley fijaría penas de hasta cinco años de prisión y multas económicas por el uso no autorizado de identidades gráficas gubernamentales
Por: Roberto Mendoza
El Pleno del Senado de la República aprobó con 72 votos a favor y 34 en contra el dictamen que adiciona el artículo 403 Bis a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y modifica el Código Penal Federal. La reforma establece sanciones de uno a cinco años de prisión, así como multas de mil a diez mil Unidades de Medida y Actualización, a quien utilice, reproduzca o imite a escala comercial la identidad gráfica, dominios electrónicos o documentos de instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno con la intención de inducir al engaño o cometer un ilícito.
Durante el debate en lo particular, legisladores de oposición y organizaciones defensoras de la libertad de expresión denominaron a esta iniciativa como la “Ley Antimemes”. El bloque opositor argumentó que la redacción del dictamen deja abierta la puerta a la criminalización, alertando que las disposiciones podrían utilizarse como herramienta jurídica para hostigar a periodistas, activistas y ciudadanos
que emplean símbolos oficiales en contenidos satíricos o de crítica política en distintas plataformas.Por su parte, el bloque mayoritario defendió la reforma asegurando que obedece al combate masivo a la piratería y responde a los compromisos adquiridos en las negociaciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). La postura oficialista insistió en que el objetivo central es frenar fraudes y encubrimientos criminales, no perseguir la sátira, posición que resumió el senador morenista Cuauhtémoc Ochoa: “Al meme, libertad; al fraude y a la piratería, la ley”. Tras su aprobación, la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados para su proceso de revisión final.
También lee: Congreso de SLP avala nacionalidad única para presidentes y gobernadores
Destacadas
Casi 2 mil adolescentes fueron madres en SLP durante 2025
119 nacimientos fueron de niñas de entre 10 y 14 años
Por: Ana G Silva
San Luis Potosí registró mil 956 nacimientos de madres de entre 10 y 17 años durante 2025, de acuerdo con la Estadística de Nacimientos Registrados (ENR) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
La cifra representa una tasa de 9.5 nacimientos por cada mil mujeres de ese grupo de edad, prácticamente en el mismo nivel que la tasa nacional de 9.6.
El dato adquiere otra dimensión al revisar las edades de las madres. De los mil 956 nacimientos registrados en el estado, 119 correspondieron a niñas de entre 10 y 14 años, mientras que 277 fueron de madres de 15 años, 660 de 16 años y 900 de 17 años.
Es decir, casi una de cada diez madres adolescentes registradas en esta estadística tenía menos de 15 años.
La ENR contabilizó en total 38 mil 318 nacimientos registrados en San Luis Potosí durante 2025, por lo que los nacimientos de madres de 10 a 17 años representaron alrededor de 5.1 por ciento del total estatal.
El registro de INEGI también permite observar que el fenómeno no se limita a las adolescentes de mayor edad: aunque la mayor parte de los casos se concentra entre los 16 y 17 años, existen también registros de maternidad en edades de 10 a 14 años.
A nivel nacional, INEGI contabilizó 85 mil 357 nacimientos de madres de 10 a 17 años, con una tasa de 9.6 por cada mil mujeres. Las tasas más altas correspondieron a Chiapas, Oaxaca y Puebla.
En San Luis Potosí, además, el dato puede contrastarse con las características generales de los nacimientos registrados. Más de nueve de cada diez partos registrados en el estado ocurrieron en hospital o clínica, de acuerdo con la tabla estatal de INEGI.
La estadística, sin embargo, registra nacimientos y no permite por sí sola establecer las circunstancias en que ocurrió cada embarazo. Para dimensionar las causas detrás de los casos en niñas y adolescentes sería necesario contrastar estos datos con información de salud, educación, violencia sexual, uniones tempranas y acceso a servicios de prevención.
También lee: SLP envejece: dos municipios ya tienen más adultos mayores que niños
-
Destacadas2 años agoCon 4 meses trabajando, jefa de control de abasto del IMSS se va de vacaciones a Jerusalén, echando mentiras
-
Ciudad4 años ago¿Cuándo abrirá The Park en SLP y qué tiendas tendrá?
-
Ciudad4 años agoTornillo Vázquez, la joven estrella del rap potosino
-
Destacadas5 años ago“SLP pasaría a semáforo rojo este viernes”: Andreu Comas
-
Ciudad4 años agoCrudo, el club secreto oculto en el Centro Histórico de SLP
-
Estado3 años agoA partir de enero de 2024 ya no se cobrarán estacionamientos de centros comerciales
-
#4 Tiempos4 años agoLa disputa por el triángulo dorado de SLP | Columna de Luis Moreno
-
Destacadas4 años agoSLP podría volver en enero a clases online









