octubre 21, 2026

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“Voluntariado” en supermercados; el fraude laboral vs los adultos mayores en SLP

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La Orquesta felicita a todo su equipo por la obtención de 5 galardones en la reciente entrega del Premio Estatal de Periodismo.

Este escrito de José Luis Vázquez y Xochiquetzal Rangel ganó el segundo lugar en la categoría de Reportaje.

¡Felicidades!

 

Ancianos trabajan como “cerillos” en tiendas, pero no reciben sueldo ni seguridad social

Por: José Luis Vázquez y Xochiquetzal Rangel

Alfonso (a petición del entrevistado se cambió su nombre) tiene 79 años; y aunque su frente está arrugada por los años se le ve sonriente. Es empacador desde hace 6 años y desde entonces, según dijo, solo recibe su pensión que es pequeña y lo que gana de las propinas en el súper mercado para el cual “trabaja”.

Todos los días llega de pantalón café caqui y playera blanca, tal cual lo marca el reglamento del establecimiento. A las 3 de la tarde comienza su turno y se dispone a empacar con una sonrisa en el rostro, siempre amable para poder recibir una buena propina de sus clientes. Sus ingresos, según dijo, son variados ya que en quincena suben y en otros días, bajan.

Tiene 6 años prestando un servicio que entre las autoridades y los consorcios comerciales ha dado por llamar, voluntariado, ya que no recibe ni sueldo, ni prestaciones por las 112 horas al mes en las que presta sus servicios; es decir, pasa 4 horas diarias trabajando de pie, sin sueldo, porque las oportunidades que hay para los adultos mayores en México son muy pocas.

La Orquesta: ¿Considera que necesita un sueldo, prestaciones?

Alfonso: No, pues ahorita lo que caiga es bueno. Digo, a estas alturas ya no tiene uno más.

LO: ¿Le hicieron alguna entrevista para entrar?

A: No, pues directo, nada más me dieron mi capacitación para empacar y todo eso. En qué consiste, qué empacar, cosa con cosa, y ya.

CONDICIONES CONTRACTUALES DIFUSAS Y DESEQUILIBRADAS

De acuerdo con la información del encargado de la contratación de empleados para la cadena de supermercados en la que trabaja Alfonso, el vínculo entre empacadores adultos mayores y la empresa se hace a través del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores: “te lo digo porque yo soy el encargado de la contratación, ellos nos los canalizan y aquí hacemos una entrevista para conocer a la persona y saber de dónde vienen. Una entrevista como si fuera un empleo normal, pero dejándole en claro que no es un empleo como tal, es un voluntariado. Que no tienen ninguna obligación con la empresa, pero tampoco la empresa con ellos”.

Ya que no hay un vínculo formal, en el momento en el que los adultos mayores decidan dejar el voluntariado, lo pueden hacer; sin embargo, como en un trabajo formal de medio tiempo: “si no cumplen con los lineamientos y normas que se pide al empacador voluntario, se le puede retirar el programa en el momento en el que la empresa requiera”, puntualiza la fuente.

Entre los puntos del reglamento que deben de seguir está: llegar 10 minutos antes de su hora de entrada para tomarles lista de asistencia o por si deben darles algún anuncio; durante la jornada no podrán entrar a piso a comprar; llevar su uniforme, el cual consiste en pantalón caqui, camisa blanca y gafete; se les asignan lockers en donde guardan sus pertenencias (…); a las tres faltas se les da de baja”, aunque esta regla, explica, poco se cumple, ya que “a esta edad una gripa los tumba y una semana se avientan porque no pueden venir hasta que se recuperen”.

UN FRAUDE LABORAL

En contraste con las declaraciones anteriores, el abogado especialista en materia laboral, Joel Hernández, afirmó en entrevista para LaOrquesta.Mx que los derechos laborales de 24 mil adultos mayores que sobreviven bajo este esquema de trabajo, son violentados: “nos dimos cuenta que tenían un horario, que tenían que obedecer ciertas instrucciones, tienen un uniforme, tienen que presentarse a una sucursal, que les indican qué hacer y cómo empacar las cosas, evidentemente estás ante una relación de trabajo; la pregunta siguiente fue cuántas personas hay en esto y la más importante, ¿por qué no pagarles?”.

“Definitivamente se benefician de ellos, no se trata de un chance de involucrarlos a la vida, ellos están trabajando y haciendo un servicio de la cual la tienda se aprovecha, por eso es que son merecedores de que se respeten sus derechos”, agregó.

LO: ¿Podrías ser más específico sobre qué leyes se están violando?

Joel Hernández: La Ley Federal del Trabajo porque se configura una relación laboral entre el supermercado y ellos; en segundo lugar, todas las leyes de seguridad social. Existe un fraude laboral porque no pagan un salario, no pagan institutos de seguridad social y exigen a los adultos mayores que ya sean pensionados por si tienen un accidente o les pasa algo ya tienen un seguro social que no paga el supermercado, hasta en eso fueron astutos. También crean un esquema de discriminación y de segregación para el que no tiene seguridad social; debe haber impuestos, seguramente normas fiscales que tampoco están siendo pagadas acerca de las deducciones de nómina, etcétera.

LO: ¿Exponer estas irregularidades ponen en peligro el trabajo de los adultos mayores?

Joel Hernández: Su trabajo no está en riesgo. Sería escandaloso, sería perverso, sería incendiario que mañana los supermercados despidieran a los 24 mil adultos mayores. Los propios clientes y la sociedad tendrían una reacción ante esto. Quedaría desnuda la crueldad y la voracidad con la que operan.

El abogado también fue enfático en exponer que actualmente los adultos mayores no tienen cabida en la industria ni en otros campos, “si tu eres un adulto mayor y por algún motivo; ya sea por gusto, o porque te quieres mantener activo, o porque tienes la necesidad apremiante del trabajo, (…) lo único que queda es estar ahí, no les queda de otra más que aceptar el trabajar por propinas. Insisto, este es un esquema no existe en la ley”.

Joel Hernández, abogado en materia laboral

UN FRAUDE LABORAL… CON PERMISO DE LAS AUTORIDADES

Por su parte, el doctor Pedro Ignacio Martínez de Korres de Ávila, enlace técnico de la representación estatal del Inapam en San Luis Potosí, explicó que, dentro del programa de autoempleo

en el que ellos vinculan a los adultos mayores con las empresas para que puedan desempeñarse como empacadores, hasta el momento en la capital hay entre 150 y 170 personas.

Es un programa voluntario, es el programa al que más acceden, sobre todo aquí en la capital que más hay empresas de ese tipo, pero también las hay en Soledad, hay en Matehuala, Rioverde”, reconoció.

El funcionario reconoció que dicho modelo podría dar pie a pensar que se presente una situación de explotación laboral, aunque considera que, más bien, brinda oportunidades de desenvolvimiento a los adultos que pertenecen a ese tipo de programas ya que “las oportunidades laborales como tal en ese sentido son muy difíciles de encontrar. Vincular a la empresa, la voluntad de la empresa para abrir un espacio, para que alguien pueda tener un beneficio en un trabajo digno y en ayuda a terceros. Los adultos mayores están conscientes de que no es una situación de un empleo formal y de un contrato, es una situación de autoempleo, de autoayuda. En ese sentido es un programa de punto de apoyo y es voluntario por ambas partes”.

Sin embargo, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en su artículo 5, estipula que por objeto se debe garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

De la integridad, dignidad y preferencia:
A la protección contra toda forma de explotación.
Del trabajo:
A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les 18 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen, así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral.

A pesar de eso, los adultos mayores afiliados al programa del Inapam de autoempleo, firman un formato que establece que el servicio que están prestando a las cadenas de supermercados es voluntario, por lo tanto no es formal, con todo y que el titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, Manuel Lozano Nieto, dijo que en el caso en el que los adultos mayores tengan que cumplir un horario de trabajo, automáticamente se establece una relación trabajo formal, y de incumplir con darles prestaciones o un salario fijo, las sanciones podrían ir desde una multa al establecimiento, hasta a clausurar el centro de trabajo.

“Definitivamente si ellos están trabajando bajo una condición de horario; es decir, que la empresa les instruya a ellos qué hacer, el horario qué atender, es cuando se da la relación laboral, y obviamente esa empresa tiene que corresponder con un salario, las prestaciones de ley, un seguro social, un Infonavit”, aseguró el secretario estatal.

Y es que, según la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 8, un trabajador es: “la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado”, que además cumple un horario. Asimismo, el artículo 14 establece que “las personas que utilicen intermediarios para la contratación de trabajadores serán responsables de las obligaciones que deriven de esta Ley y de los servicios prestados”.

Los trabajadores tendrán los derechos siguientes:

Prestarán sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y
Los intermediarios no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de los trabajadores.
Si se toma en cuenta lo dicho por Lozano Nieto, los adultos mayores que estén en esta situación “tendrían que ser contratados y recibir las prestaciones de un trabajo formal, en el caso en el que no suceda podrían acudir a la Procuraduría del Trabajo para poder comenzar una investigación al respecto”.

Por otro lado, el artículo 24 establece que “las condiciones de trabajo deben hacerse constar por escrito poniendo los datos del prestador de servicio, horarios, salarios, etc”. Sin embargo; la falta de este tipo de escritos, no priva al trabajador de gozar de los derechos que establece la Ley Federal del Trabajo, según lo establecido en el artículo 26 de la misma ley.

“Yo aprovecho tu espacio para invitarlos: si alguno de ellos está trabajando bajo esta condición, que se presente a la procuraduría de la defensa del trabajo para hacer la investigación correspondiente”, aventuró Lozano Nieto; sin embargo, Jorge Edgardo Cásares Rivas, titular de la dirección de Inspección del Trabajo, indicó que no se han presentado quejas sobre este tipo de voluntariado, y que, a diferencia de los niños “cerillitos”, no se requiere alguna autorización porque son adultos y ellos eligen.

Luego agregó, pese a lo aquí expuesto, que las autoridades se aseguran de que “les paguen sus prestaciones de ley, que tengan contrato, seguridad social, porque lo que vigilamos es que no les digan ‘¿sabes qué?, tu sueldo van a ser propinas’ No, tiene que tener su sueldo y aparte prestaciones”.

Pese a todo, el inspector aclaró que como ninguna queja ha sido presentada en esa división, no se pueden investigar los casos ni proceder legalmente.

Lluvias en Matehuala cobran su primer victima

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Minería potosina crece en fluorita, pero cae en plata y cobre

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La producción minerometalúrgica nacional cayó 10.5% anual en agosto, pero SLP creció en fluorita y zinc

Por: Ana G Silva

La producción minera de San Luis Potosí registró resultados mixtos durante agosto de 2026: mientras la extracción de fluorita y zinc reportó incrementos anuales, la producción de plata y cobre disminuyó, de acuerdo con los indicadores de la Industria Minerometalúrgica publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El mayor avance correspondió a la fluorita, mineral en el que la entidad mantiene una participación importante a nivel nacional. Durante agosto, San Luis Potosí produjo 46 mil 647 toneladas, frente a las 45 mil 959 toneladas del mismo mes de 2025, lo que representó un crecimiento anual de 1.5%.

En el ámbito nacional, la producción de fluorita alcanzó 69 mil 556 toneladas, también con un incremento anual de 1.7%. Con ello, San Luis Potosí concentró cerca de dos terceras partes del volumen reportado en el país durante ese mes, lo que confirma la relevancia de este mineral dentro de la actividad extractiva estatal.

Otro mineral que mostró un comportamiento positivo fue el zinc. La producción potosina pasó de mil 592 toneladas en agosto de 2025 a mil 612 toneladas en el mismo mes de este año, un aumento de 1.3%. Este resultado contrastó con el desempeño nacional, donde la producción de zinc disminuyó 27.4% anual.

En contraste, la producción de plata en San Luis Potosí descendió 3.6%, al pasar de 14 mil 66 kilogramos en agosto del año pasado a 13 mil 554 kilogramos en agosto de 2026. La diferencia representó 512 kilogramos

menos en el periodo comparado.

El cobre también registró una disminución en la entidad. La producción pasó de 2 mil 357 toneladas a 2 mil 321 toneladas, una caída anual de 1.5%. El comportamiento potosino se ubicó por debajo de la tendencia nacional, donde la producción de este metal aumentó 2.3%, hasta alcanzar 42 mil 783 toneladas.

CAE LA PRODUCCIÓN MINEROMETALÚRGICA NACIONAL

Los resultados estatales se presentan en un contexto de contracción de la industria minerometalúrgica nacional. De acuerdo con el INEGI, durante agosto de 2026 la producción minerometalúrgica del país disminuyó 0.1% respecto al mes anterior y 10.5% en comparación con agosto de 2025, con cifras desestacionalizadas.

Por mineral, las cifras originales también reflejaron diferencias entre productos. Durante agosto aumentó la producción nacional de fluorita, yeso, cobre, azufre, carbón no coquizable y pellets de fierro, mientras que disminuyó la de zinc, plomo, oro y plata.

Entre los incrementos destacó la producción de pellets de fierro, con un crecimiento anual de 17.4%; entre las caídas, el zinc retrocedió 27.4%, el plomo 25%, el oro 21.7% y la plata 12.9%.

En el caso de San Luis Potosí, los indicadores permiten observar que algunos minerales mantuvieron una evolución positiva pese a la contracción general de la producción minerometalúrgica nacional.

Los datos de agosto de 2026 son preliminares, según la publicación del INEGI.

También lee: La minería potosina se sostiene en la fluorita, mientras el cobre cae 20 %

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Congreso del Estado

Restricción de celulares en aulas arrancará el 3 de noviembre: SEGE

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La secretaria de Educación dijo que se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores para cumplir con la restricción en escuelas de educación básica y media superior

Por: Redacción

La restricción del uso de celulares en las aulas de San Luis Potosí comenzará el 3 de noviembre, informó la titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), Deysi Maribel López Sierra, durante su comparecencia ante el Congreso del Estado por la Glosa del Quinto Informe de Gobierno.

A pregunta del diputado Cuauhtli Badillo Moreno, la funcionaria explicó que la SEGE trabaja en la socialización de la medida, es decir, en darla a conocer y explicarla, en todas las escuelas de educación básica y media superior. También se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores de los distintos niveles para cumplir con las disposiciones federales y locales.

También para maestros

A principios de octubre, López Sierra confirmó que en educación básica el uso del celular dentro del salón está prohibido “al 100%”, también para los docentes. Sólo se podrán usar celulares, tablets u otros dispositivos cuando tengan un fin pedagógico. Reconoció que falta llegar a un acuerdo con las escuelas privadas, donde muchas clases se dan con tablets.

Las excepciones

El dictamen que aprobó la Comisión de Educación del Congreso del Estado no prohíbe que los alumnos tengan celular, sino su uso dentro del salón de clases. Contempla dos excepciones: cuando el alumno esté en una situación de riesgo o tenga un problema de salud, y cuando el maestro programe su uso como parte de la clase.

Cuotas escolares, bajo revisión

En la misma comparecencia, a pregunta de la diputada Dolores Robles Chairez, López Sierra informó que la SEGE atiende denuncias sobre las cuotas “voluntarias” que cobran las asociaciones de padres de familia. En los casos que involucran a directivos se levanta un acta administrativa y se da parte a la unidad de asuntos jurídicos de la Secretaría.

También lee: Restricción de celulares en aulas también aplicará a maestros: SEGE

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Tribunal Electoral sanciona por primera vez violencia política contra jueza electa

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A tres meses de la resolución, las sanciones a favor de Fátima Viera siguen sin cumplirse

Por: Redacción

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) sancionó a tres profesionales del derecho por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género contra Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, jueza segunda de lo familiar del Poder Judicial del Estado. Es la primera sentencia de este tipo en la entidad a favor de una juzgadora electa por voto popular.

La resolución, dictada el 16 de julio de 2026 en el expediente TESLP/PSE/01/2026, concluyó que hubo violencia verbal, simbólica y psicológica basada en elementos de género. Según el tribunal, buscaba desacreditar la capacidad profesional de la jueza, intimidarla y menoscabar sus derechos político-electorales.

Los hechos ocurrieron el 16 de diciembre de 2025. Las tres personas irrumpieron en el Juzgado Segundo de lo Familiar durante una diligencia y profirieron insultos, amenazas y expresiones discriminatorias contra la titular. La agresión se extendió a redes sociales, donde circularon videos del episodio.

El tribunal fijó un límite: el derecho a cuestionar las decisiones judiciales y la libertad de expresión no justifican amenazas, agresiones sexistas ni actos de intimidación contra mujeres que ocupan cargos públicos.

Por qué es un precedente

La reforma judicial llevó a las urnas la elección de jueces y magistrados. Como Viera es jueza electa, el caso se resolvió como violencia política, la figura que protege los derechos político-electorales de quienes llegan a un cargo por votación.

El reconocimiento no llegó a la primera. La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una determinación previa del tribunal local y le ordenó emitir una nueva resolución. En ella se acreditó finalmente la responsabilidad de las tres personas denunciadas.

Lo que falta por cumplir

A tres meses de la sentencia, las sanciones siguen pendientes. Incluyen una amonestación pública y una disculpa a la jueza, que debe publicarse en un periódico de amplia circulación en San Luis Potosí y en las redes sociales de las personas sancionadas. También incluyen su inscripción durante un año y seis meses en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).

Tampoco se ha impartido la capacitación obligatoria en la materia, que le corresponde a la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado.

Fátima Alvizo, abogada y representante legal de la jueza, señaló que el caso muestra lo que les cuesta a las mujeres defender sus derechos político-electorales: represalias, desgaste y largos procesos institucionales.

Alvizo afirmó que no basta con una sentencia favorable. Dijo que las autoridades deben garantizar que se cumpla, para que las mujeres no carguen, además de las agresiones, con el costo de exigir justicia.

También lee: Crecen las órdenes de protección por violencia de género: STJE

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Opinión

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