octubre 8, 2026

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#Testimonio | SLP: el derecho al aborto en caso de violación, ¿sí se respeta?

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aborto en SLP

El aborto en SLP es un derecho para quienes han sido víctimas de violación pero la escasa capacitación del funcionariado dificulta su acceso

 

Por Marcela del Muro

“Es importante relatar los testimonios, aunque sean fallidos, como pruebas de la necesidad que tenemos (en las instituciones) de crear procedimientos internos y protocolos de rutas que faciliten el acceso de las mujeres a sus derechos” comenta Gloria Serrato. En el 2017, ella se desempeñaba como comisionada de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) en San Luis Potosí, y fue una pieza clave para la primera aplicación, aunque fallida, de la NOM 046-SSA2-2005 en el estado, un mecanismo diseñado para prevenir y atender los casos de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, en este caso, interrumpir un embarazo, producto de una violación.

La NOM 046 es parte de la Ley General de Víctimas, que es federal, por lo tanto es válida en todo el país. Entró en vigor desde 1999, pero desde el 2006 se mencionó al aborto por violación como un derecho que ampara a la víctima. En el año 2016 se realizó una reforma que permitió que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al aborto y además dio facilidad a las niñas menores de 12 años para poder recibir el servicio únicamente acompañadas de un tutor.

EL CASO

Era el año 2017, el violador de Mariana (el nombre fue cambiado por protección de la víctima) ya estaba detenido cuando se solicitó el aborto en la Secretaría de Salud en San Luis Potosí.

Para poder realizar el procedimiento, el Ministerio Público necesitaba otorgar a Mariana la calidad de víctima y autorizar a la Secretaría de Salud para la aplicación de la NOM 046.

Mariana inició el trámite por medio de la Dirección Jurídica de la CEEAV, ella tenía seis semanas de embarazo.

Los trámites solicitados por la Secretaría de Salud y el Ministerio Público no eran necesarios, además de que no existían elementos para tardar tanto en emitirlos. La autorización llegó después de seis semanas.

El ultrasonido fue devastador: indicó que el embarazo de Mariana rebasaba las doce semanas, por dos días. Secretaría de Salud se negó a realizar el aborto, pero la CEEAV estaba obligada a reparar el daño.

Con ayuda de la organización civil Las Libres, de Guanajuato

, se buscó la manera de cumplir con el derecho de Mariana.

En compañía del director de asesoría jurídica de la CEEAV, una psicóloga y una asistente social, Mariana viajó a la Ciudad de México para realizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Todo fue conforme a la ley. Además, en la clínica se guardaron elementos de ADN y pruebas en un banco de congelamiento que requería el Ministerio Público para el caso.

Para la CEEAV fue un caso exitoso porque pudieron hacer válido el derecho de Mariana. Pero, para Gloria Serrato, fue un caso muy complicado pues se demostró la falta de capacitación y preparación de las autoridades locales para la aplicación de la NOM 046, sobretodo, de la Secretaría de Salud y de la Procuraduría General de Justicia, hoy Fiscalía General del Estado.

La NOM 046, hoy, en SLP

Es relevante que las mujeres conozcan los derechos que tienen en casos de violencia sexual y, sobretodo, de violación.

El Estado debe cumplir sus obligaciones y proteger a las víctimas de cualquier acto que provoque su revictimización.

Por esa razón, es posible solicitar la interrupción del embarazo por violación tomando en cuenta lo siguiente:

  • Bajo protesta de decir verdad acerca de que su embarazo es producto de una violación; es decir, el personal de salud debe de actuar inmediatamente y de buena fe.
  • A partir de los 12 años, sin el consentimiento de los padres o tutor legal.
  • No es requisito denunciar la violación para recibir el servicio de aborto.

Si ocurriera algún problema para la aplicación de la NOM 046, las mujeres pueden solicitar ayuda en la CEEAV o buscar el apoyo de colectivos feministas.

 

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Tribunal tumba las “boletas planchadas”

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La resolución obliga al INE a modificar sus lineamientos y establece una regla uniforme para los cómputos

Por: Redacción

El Partido Acción Nacional (PAN) informó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que las llamadas “boletas planchadas”, es decir, las que no presentan las marcas de doblez necesarias para haber sido introducidas en la urna, no deberán contabilizarse ni incorporarse a los resultados electorales de 2027.

De acuerdo con el partido, la resolución deriva, entre otros medios de impugnación, del recurso de apelación SUP-RAP-215/2026, que promovió contra los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE para los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027.

El PAN explicó que había advertido que el mecanismo original permitía reservar una boleta sin las marcas de doblez y que, después, un Consejo Distrital decidiera mediante votación si debía contabilizarse o no. Según el partido, ese esquema dejaba abierta la posibilidad de incorporar boletas sobre las que existía una duda objetiva respecto de si habían seguido el procedimiento legal de emisión del voto.

La Sala Superior determinó que el planteamiento era fundado y estableció una regla: una vez marcada, la boleta debe doblarse y depositarse en la urna. Si durante el escrutinio o un recuento aparece una boleta sin los dobleces necesarios, deberá considerarse inválida.

“Ganamos una batalla fundamental para proteger el voto de las y los mexicanos. Las elecciones se ganan en las urnas, con votos emitidos legalmente, no con boletas cuya procedencia genere dudas. La voluntad ciudadana se respeta y se defiende”, sostuvo el PAN

.

Con la sentencia, el INE deberá modificar sus lineamientos. A partir de ahora, cuando durante el escrutinio y cómputo se detecte una boleta sin las marcas de doblez necesarias, no deberá contabilizarse ni incorporarse a la suma de resultados. Además, deberá registrarse la irregularidad y conservarse la boleta separada de aquellas que sí fueron computadas.

La decisión sustituye el esquema aprobado originalmente por el INE, bajo el cual cada Consejo Distrital podía deliberar y votar sobre la validez de este tipo de boletas, y establece en su lugar un criterio uniforme para todos los órganos electorales.

El Tribunal reconoció que el INE cuenta con facultades para reglamentar los cómputos electorales, pero determinó que deben ejercerse con respeto a la legislación y a los principios constitucionales de certeza, autenticidad y secrecía del sufragio.

El PAN afirmó que continuará utilizando todos los instrumentos jurídicos disponibles para defender la legalidad de las elecciones y garantizar que cada voto sea contado exactamente como fue emitido.

“Hoy ganó la certeza electoral. Ganó la legalidad y, sobre todo, ganó el derecho de las y los mexicanos a que su voto sea respetado. En el PAN vamos a seguir defendiendo cada elección, cada casilla y cada voto frente a cualquier intento de vulnerar la voluntad ciudadana”, concluyó.

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Cárceles de SLP, al 120%: Gallardo promete sexto penal para 2027

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Ricardo Gallardo atribuyó la saturación a la detención de narcomenudistas, que hoy son casi ocho de cada 10 internos

Por: Redacción

Los penales de San Luis Potosí operan al 120 por ciento de su capacidad, reconoció Ricardo Gallardo Cardona, gobernador del Estado, al responder sobre un informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que reprueba a cuatro de los cinco centros penitenciarios del estado. Para el mandatario, la salida es construir un sexto penal.

“Lo que se llama reprobar no es un tema de reprobar, es un tema que ya no tienen capacidad de albergar más personas”, dijo. “Estamos en sobrepoblación, en todos los penales tenemos sobrepoblación”.

De acuerdo con el gobernador, casi el 80 por ciento de esa población son narcomenudistas, personas detenidas por vender sustancias prohibidas en las calles. Antes, explicó, salían en 72 horas; con los cambios hechos con el Poder Judicial, ahora permanecen detenidas.

“Prácticamente se están limpiando las calles, pero ahora el fortalecimiento se tiene que dar en los penales”, señaló.

Cuestionado sobre si la solución es un nuevo centro, r espondió: “La solución es un sexto penal, sin lugar a dudas”. Al preguntarle si estaría para 2027, contestó que sí: “Eso se tiene que hacer”.

Agregó que el Estado ha trasladado a más de 100 internos a penales federales, con envíos de 20 personas cada tres o cuatro meses.

Gallardo vinculó la sobrepoblación con el ritmo de detenciones de la Guardia Civil Estatal, que, según dijo, detiene cada semana entre 80 y 90 narcomenudistas en las cuatro zonas del estado, contra cinco o seis de los municipios. “Prácticamente no es nada lo que se detiene a nivel municipal”, afirmó. Las policías municipales, a su juicio, tendrían que ayudar en ese trabajo en las calles.

Los cinco centros penitenciarios dependen de la Secretaría de Seguridad de Protección Ciudadana (SSPC), a través de su Dirección General de Prevención y Rehabilitación Social.

También lee: INE credencializará a reos de los cinco penales de SLP en septiembre

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Fiscalía de SLP arrastra más de 50 mil investigaciones pendientes

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El INEGI señala que la Fiscalía potosina no proporcionó información sobre su número de agentes, peritos y policías ministeriales

Por: Ana G Silva

La Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí cerró 2025 con 50 mil 201 procedimientos pendientes de concluir dentro de carpetas de investigación, de acuerdo con el Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal y Estatal 2026 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El rezago se acumuló mientras la Fiscalía registró durante el año 60 mil 59 carpetas de investigación abiertas, de las cuales 12 mil 58 tenían una persona imputada y 48 mil una no identificada como imputada.

En el mismo periodo, la Fiscalía reportó 67 mil 191 determinaciones o conclusiones en la etapa de investigación inicial y otras 6 mil 384 correspondientes a investigación complementaria. Sin embargo, al cierre del año permanecían pendientes 50 mil 201 procedimientos entre ambas etapas.

El dato no significa que 50 mil 201 de las carpetas abiertas durante 2025 hayan quedado sin resolver, pues el propio INEGI aclara que tanto las determinaciones como los procedimientos pendientes pueden corresponder a investigaciones iniciadas durante ese año o en ejercicios anteriores.

La cifra refleja, en cambio, el volumen de procedimientos de investigación que permanecían abiertos al finalizar 2025, tanto en la etapa inicial como en la complementaria.

También aumenta el rezago de órdenes judiciales

La carga de trabajo de la Fiscalía también se refleja en las órdenes judiciales.

Al comenzar 2025, San Luis Potosí tenía mil 440 órdenes judiciales

pendientes de cumplimentarse. Durante el año se giraron mil 475 y se concluyeron mil 305; al cierre del ejercicio quedaron mil 610 pendientes.

Esto representa un incremento de 170 órdenes pendientes respecto al inicio del año.

El INEGI considera dentro de este apartado órdenes de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, citación y otras, tanto del sistema penal para personas adultas como del sistema de justicia para adolescentes.

La Fiscalía tampoco reportó cuántos agentes tiene

El Censo deja además un vacío para dimensionar con qué capacidad humana se enfrenta este volumen de investigaciones.

El INEGI señala expresamente que la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí no proporcionó información sobre las personas fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas y personas policías ministeriales, investigadoras o judiciales.

Esto impide establecer, a partir de este Censo, cuántos agentes del Ministerio Público, peritos o policías investigadores tiene la Fiscalía para atender las investigaciones que permanecían pendientes al terminar el año.

El dato resulta relevante porque, mientras el registro estadístico permite conocer el tamaño del rezago, no permite relacionarlo con la cantidad de personal encargado de atenderlo en San Luis Potosí.

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Opinión

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