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#Testimonio | SLP: el derecho al aborto en caso de violación, ¿sí se respeta?
El aborto en SLP es un derecho para quienes han sido víctimas de violación pero la escasa capacitación del funcionariado dificulta su acceso
Por Marcela del Muro
“Es importante relatar los testimonios, aunque sean fallidos, como pruebas de la necesidad que tenemos (en las instituciones) de crear procedimientos internos y protocolos de rutas que faciliten el acceso de las mujeres a sus derechos” comenta Gloria Serrato. En el 2017, ella se desempeñaba como comisionada de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) en San Luis Potosí, y fue una pieza clave para la primera aplicación, aunque fallida, de la NOM 046-SSA2-2005 en el estado, un mecanismo diseñado para prevenir y atender los casos de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, en este caso, interrumpir un embarazo, producto de una violación.
La NOM 046 es parte de la Ley General de Víctimas, que es federal, por lo tanto es válida en todo el país. Entró en vigor desde 1999, pero desde el 2006 se mencionó al aborto por violación como un derecho que ampara a la víctima. En el año 2016 se realizó una reforma que permitió que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al aborto y además dio facilidad a las niñas menores de 12 años para poder recibir el servicio únicamente acompañadas de un tutor.
EL CASO
Era el año 2017, el violador de Mariana (el nombre fue cambiado por protección de la víctima) ya estaba detenido cuando se solicitó el aborto en la Secretaría de Salud en San Luis Potosí.
Para poder realizar el procedimiento, el Ministerio Público necesitaba otorgar a Mariana la calidad de víctima y autorizar a la Secretaría de Salud para la aplicación de la NOM 046.
Mariana inició el trámite por medio de la Dirección Jurídica de la CEEAV, ella tenía seis semanas de embarazo.
Los trámites solicitados por la Secretaría de Salud y el Ministerio Público no eran necesarios, además de que no existían elementos para tardar tanto en emitirlos. La autorización llegó después de seis semanas.
El ultrasonido fue devastador: indicó que el embarazo de Mariana rebasaba las doce semanas, por dos días. Secretaría de Salud se negó a realizar el aborto, pero la CEEAV estaba obligada a reparar el daño.
Con ayuda de la organización civil Las Libres, de Guanajuato , se buscó la manera de cumplir con el derecho de Mariana.
En compañía del director de asesoría jurídica de la CEEAV, una psicóloga y una asistente social, Mariana viajó a la Ciudad de México para realizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Todo fue conforme a la ley. Además, en la clínica se guardaron elementos de ADN y pruebas en un banco de congelamiento que requería el Ministerio Público para el caso.
Para la CEEAV fue un caso exitoso porque pudieron hacer válido el derecho de Mariana. Pero, para Gloria Serrato, fue un caso muy complicado pues se demostró la falta de capacitación y preparación de las autoridades locales para la aplicación de la NOM 046, sobretodo, de la Secretaría de Salud y de la Procuraduría General de Justicia, hoy Fiscalía General del Estado.
La NOM 046, hoy, en SLP
Es relevante que las mujeres conozcan los derechos que tienen en casos de violencia sexual y, sobretodo, de violación.
El Estado debe cumplir sus obligaciones y proteger a las víctimas de cualquier acto que provoque su revictimización.
Por esa razón, es posible solicitar la interrupción del embarazo por violación tomando en cuenta lo siguiente:
- Bajo protesta de decir verdad acerca de que su embarazo es producto de una violación; es decir, el personal de salud debe de actuar inmediatamente y de buena fe.
- A partir de los 12 años, sin el consentimiento de los padres o tutor legal.
- No es requisito denunciar la violación para recibir el servicio de aborto.
Si ocurriera algún problema para la aplicación de la NOM 046, las mujeres pueden solicitar ayuda en la CEEAV o buscar el apoyo de colectivos feministas.
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Minería potosina crece en fluorita, pero cae en plata y cobre
La producción minerometalúrgica nacional cayó 10.5% anual en agosto, pero SLP creció en fluorita y zinc
Por: Ana G Silva
La producción minera de San Luis Potosí registró resultados mixtos durante agosto de 2026: mientras la extracción de fluorita y zinc reportó incrementos anuales, la producción de plata y cobre disminuyó, de acuerdo con los indicadores de la Industria Minerometalúrgica publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
El mayor avance correspondió a la fluorita, mineral en el que la entidad mantiene una participación importante a nivel nacional. Durante agosto, San Luis Potosí produjo 46 mil 647 toneladas, frente a las 45 mil 959 toneladas del mismo mes de 2025, lo que representó un crecimiento anual de 1.5%.
En el ámbito nacional, la producción de fluorita alcanzó 69 mil 556 toneladas, también con un incremento anual de 1.7%. Con ello, San Luis Potosí concentró cerca de dos terceras partes del volumen reportado en el país durante ese mes, lo que confirma la relevancia de este mineral dentro de la actividad extractiva estatal.
Otro mineral que mostró un comportamiento positivo fue el zinc. La producción potosina pasó de mil 592 toneladas en agosto de 2025 a mil 612 toneladas en el mismo mes de este año, un aumento de 1.3%. Este resultado contrastó con el desempeño nacional, donde la producción de zinc disminuyó 27.4% anual.
En contraste, la producción de plata en San Luis Potosí descendió 3.6%, al pasar de 14 mil 66 kilogramos en agosto del año pasado a 13 mil 554 kilogramos en agosto de 2026. La diferencia representó 512 kilogramos
menos en el periodo comparado.El cobre también registró una disminución en la entidad. La producción pasó de 2 mil 357 toneladas a 2 mil 321 toneladas, una caída anual de 1.5%. El comportamiento potosino se ubicó por debajo de la tendencia nacional, donde la producción de este metal aumentó 2.3%, hasta alcanzar 42 mil 783 toneladas.
CAE LA PRODUCCIÓN MINEROMETALÚRGICA NACIONAL
Los resultados estatales se presentan en un contexto de contracción de la industria minerometalúrgica nacional. De acuerdo con el INEGI, durante agosto de 2026 la producción minerometalúrgica del país disminuyó 0.1% respecto al mes anterior y 10.5% en comparación con agosto de 2025, con cifras desestacionalizadas.
Por mineral, las cifras originales también reflejaron diferencias entre productos. Durante agosto aumentó la producción nacional de fluorita, yeso, cobre, azufre, carbón no coquizable y pellets de fierro, mientras que disminuyó la de zinc, plomo, oro y plata.
Entre los incrementos destacó la producción de pellets de fierro, con un crecimiento anual de 17.4%; entre las caídas, el zinc retrocedió 27.4%, el plomo 25%, el oro 21.7% y la plata 12.9%.
En el caso de San Luis Potosí, los indicadores permiten observar que algunos minerales mantuvieron una evolución positiva pese a la contracción general de la producción minerometalúrgica nacional.
Los datos de agosto de 2026 son preliminares, según la publicación del INEGI.
También lee: La minería potosina se sostiene en la fluorita, mientras el cobre cae 20 %
Congreso del Estado
Restricción de celulares en aulas arrancará el 3 de noviembre: SEGE
La secretaria de Educación dijo que se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores para cumplir con la restricción en escuelas de educación básica y media superior
Por: Redacción
La restricción del uso de celulares en las aulas de San Luis Potosí comenzará el 3 de noviembre, informó la titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), Deysi Maribel López Sierra, durante su comparecencia ante el Congreso del Estado por la Glosa del Quinto Informe de Gobierno.
A pregunta del diputado Cuauhtli Badillo Moreno, la funcionaria explicó que la SEGE trabaja en la socialización de la medida, es decir, en darla a conocer y explicarla, en todas las escuelas de educación básica y media superior. También se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores de los distintos niveles para cumplir con las disposiciones federales y locales.
También para maestros
A principios de octubre, López Sierra confirmó que en educación básica el uso del celular dentro del salón está prohibido “al 100%”, también para los docentes. Sólo se podrán usar celulares, tablets u otros dispositivos cuando tengan un fin pedagógico. Reconoció que falta llegar a un acuerdo con las escuelas privadas, donde muchas clases se dan con tablets.
Las excepciones
El dictamen que aprobó la Comisión de Educación del Congreso del Estado no prohíbe que los alumnos tengan celular, sino su uso dentro del salón de clases. Contempla dos excepciones: cuando el alumno esté en una situación de riesgo o tenga un problema de salud, y cuando el maestro programe su uso como parte de la clase.
Cuotas escolares, bajo revisión
En la misma comparecencia, a pregunta de la diputada Dolores Robles Chairez, López Sierra informó que la SEGE atiende denuncias sobre las cuotas “voluntarias” que cobran las asociaciones de padres de familia. En los casos que involucran a directivos se levanta un acta administrativa y se da parte a la unidad de asuntos jurídicos de la Secretaría.
También lee: Restricción de celulares en aulas también aplicará a maestros: SEGE
Destacadas
Tribunal Electoral sanciona por primera vez violencia política contra jueza electa
A tres meses de la resolución, las sanciones a favor de Fátima Viera siguen sin cumplirse
Por: Redacción
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) sancionó a tres profesionales del derecho por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género contra Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, jueza segunda de lo familiar del Poder Judicial del Estado. Es la primera sentencia de este tipo en la entidad a favor de una juzgadora electa por voto popular.
La resolución, dictada el 16 de julio de 2026 en el expediente TESLP/PSE/01/2026, concluyó que hubo violencia verbal, simbólica y psicológica basada en elementos de género. Según el tribunal, buscaba desacreditar la capacidad profesional de la jueza, intimidarla y menoscabar sus derechos político-electorales.
Los hechos ocurrieron el 16 de diciembre de 2025. Las tres personas irrumpieron en el Juzgado Segundo de lo Familiar durante una diligencia y profirieron insultos, amenazas y expresiones discriminatorias contra la titular. La agresión se extendió a redes sociales, donde circularon videos del episodio.
El tribunal fijó un límite: el derecho a cuestionar las decisiones judiciales y la libertad de expresión no justifican amenazas, agresiones sexistas ni actos de intimidación contra mujeres que ocupan cargos públicos.
Por qué es un precedente
La reforma judicial llevó a las urnas la elección de jueces y magistrados. Como Viera es jueza electa, el caso se resolvió como violencia política, la figura que protege los derechos político-electorales de quienes llegan a un cargo por votación.
El reconocimiento no llegó a la primera. La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una determinación previa del tribunal local y le ordenó emitir una nueva resolución. En ella se acreditó finalmente la responsabilidad de las tres personas denunciadas.
Lo que falta por cumplir
A tres meses de la sentencia, las sanciones siguen pendientes. Incluyen una amonestación pública y una disculpa a la jueza, que debe publicarse en un periódico de amplia circulación en San Luis Potosí y en las redes sociales de las personas sancionadas. También incluyen su inscripción durante un año y seis meses en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).
Tampoco se ha impartido la capacitación obligatoria en la materia, que le corresponde a la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado.
Fátima Alvizo, abogada y representante legal de la jueza, señaló que el caso muestra lo que les cuesta a las mujeres defender sus derechos político-electorales: represalias, desgaste y largos procesos institucionales.
Alvizo afirmó que no basta con una sentencia favorable. Dijo que las autoridades deben garantizar que se cumpla, para que las mujeres no carguen, además de las agresiones, con el costo de exigir justicia.
También lee: Crecen las órdenes de protección por violencia de género: STJE
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