agosto 18, 2026

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#Testimonio | SLP: el derecho al aborto en caso de violación, ¿sí se respeta?

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aborto en SLP

El aborto en SLP es un derecho para quienes han sido víctimas de violación pero la escasa capacitación del funcionariado dificulta su acceso

 

Por Marcela del Muro

“Es importante relatar los testimonios, aunque sean fallidos, como pruebas de la necesidad que tenemos (en las instituciones) de crear procedimientos internos y protocolos de rutas que faciliten el acceso de las mujeres a sus derechos” comenta Gloria Serrato. En el 2017, ella se desempeñaba como comisionada de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) en San Luis Potosí, y fue una pieza clave para la primera aplicación, aunque fallida, de la NOM 046-SSA2-2005 en el estado, un mecanismo diseñado para prevenir y atender los casos de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, en este caso, interrumpir un embarazo, producto de una violación.

La NOM 046 es parte de la Ley General de Víctimas, que es federal, por lo tanto es válida en todo el país. Entró en vigor desde 1999, pero desde el 2006 se mencionó al aborto por violación como un derecho que ampara a la víctima. En el año 2016 se realizó una reforma que permitió que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al aborto y además dio facilidad a las niñas menores de 12 años para poder recibir el servicio únicamente acompañadas de un tutor.

EL CASO

Era el año 2017, el violador de Mariana (el nombre fue cambiado por protección de la víctima) ya estaba detenido cuando se solicitó el aborto en la Secretaría de Salud en San Luis Potosí.

Para poder realizar el procedimiento, el Ministerio Público necesitaba otorgar a Mariana la calidad de víctima y autorizar a la Secretaría de Salud para la aplicación de la NOM 046.

Mariana inició el trámite por medio de la Dirección Jurídica de la CEEAV, ella tenía seis semanas de embarazo.

Los trámites solicitados por la Secretaría de Salud y el Ministerio Público no eran necesarios, además de que no existían elementos para tardar tanto en emitirlos. La autorización llegó después de seis semanas.

El ultrasonido fue devastador: indicó que el embarazo de Mariana rebasaba las doce semanas, por dos días. Secretaría de Salud se negó a realizar el aborto, pero la CEEAV estaba obligada a reparar el daño.

Con ayuda de la organización civil Las Libres, de Guanajuato

, se buscó la manera de cumplir con el derecho de Mariana.

En compañía del director de asesoría jurídica de la CEEAV, una psicóloga y una asistente social, Mariana viajó a la Ciudad de México para realizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Todo fue conforme a la ley. Además, en la clínica se guardaron elementos de ADN y pruebas en un banco de congelamiento que requería el Ministerio Público para el caso.

Para la CEEAV fue un caso exitoso porque pudieron hacer válido el derecho de Mariana. Pero, para Gloria Serrato, fue un caso muy complicado pues se demostró la falta de capacitación y preparación de las autoridades locales para la aplicación de la NOM 046, sobretodo, de la Secretaría de Salud y de la Procuraduría General de Justicia, hoy Fiscalía General del Estado.

La NOM 046, hoy, en SLP

Es relevante que las mujeres conozcan los derechos que tienen en casos de violencia sexual y, sobretodo, de violación.

El Estado debe cumplir sus obligaciones y proteger a las víctimas de cualquier acto que provoque su revictimización.

Por esa razón, es posible solicitar la interrupción del embarazo por violación tomando en cuenta lo siguiente:

  • Bajo protesta de decir verdad acerca de que su embarazo es producto de una violación; es decir, el personal de salud debe de actuar inmediatamente y de buena fe.
  • A partir de los 12 años, sin el consentimiento de los padres o tutor legal.
  • No es requisito denunciar la violación para recibir el servicio de aborto.

Si ocurriera algún problema para la aplicación de la NOM 046, las mujeres pueden solicitar ayuda en la CEEAV o buscar el apoyo de colectivos feministas.

 

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A TIEMPO Y MARCANDO EL RITMO La agenda del poder – Dirige: Jorge Saldaña

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Martes 18 de agosto de 2026
ALTA INTENSIDAD

Culto Público, hijos de Juan Ramiro trabajando o Ricardo distrayendo:

Este martes la conversación pública de la agenda mediática es un incoming al tablero del 27 y por eso comienzo con lo que yo preguntaría:

Si gana el partido Verde en San Luis en 2027 ¿La presidenta Sheinbaum lo vería como un triunfo de la 4T o una entidad perdida por Morena?

Si supieramos la respuesta, muchas cosas estarían claras desde ahora, en lugar de estar jugando a las incertidumbres con metástasis.

Ya le gustó a alguien usar columnas y trascendidos nacionales para sacudir el avispero potosino:

En julio se publicó un comentario respecto a que Juan Carlos Valladares es bien visto no solo en la cúpula morenista, sino en la cúpula presidencial (que es la que importa) y que es él el único que puede ser el factor para construir la alianza #17.

Se dice que ese mismo día, el rector de la UASLP, Alejandro Zermeño Guerra, pidió cita para desayunar con Valladares. Reunión que el diputado federal ha pospuesto por razones evidentes. Ninguno de los datos se puede dar por un hecho porque no tengo confirmado -que conste-

Hoy nuevamente se manda un mensaje desde medios nacionales al 27 potosino: Alejandro Zermeño aparece medido: 21% en un escenario interno de Morena y 16.5% en un careo general.

El timming, el medio y el tono cuentan.

Está claro que ni los números del rector, ni las conjeturas sobre Juan Carlos significan candidatura; pero sí son movimientos que jalan reflectores y abonan a lo que dije en un principio: la incertidúmbre con metástasis.

En ambos casos hay que preguntarse

¿Es Juan Ramiro operando, la presidenta soltando buscapiés o RGC meciendo la cuna soltando nombres para que “jalen la marca y reflectores” y su proyecto siga *en “avance sin desgaste”?

Como muchas veces ocurre Código San Luis de María Luisa Paulín fue la que estuvo atenta a la columna de Heraldo de México. Aquí la rectoría no ha circulado la columna en absoluto.

Dato irrefutable:

Así diga Citlalli, opere Juan Ramiro o ejecute estrategia Ricardo, la última palabra es de una sola persona y se llama Claudia.

En otros temas de agenda, el dato de Pulso sobre las 9 mil 777 tomas clandestinas de agua detectadas; y apenas cinco denuncias al respecto está como para llorar en la regadera.

¿Cómo pueden estar detectadas pero no atendidas?

BARRIDO NACIONAL: Andy López Beltrán sigue dominando la conversación por la cancelación de su visa. Fuente: Reuters —

EN AGENDA: El Poder Judicial tiene como fecha límite el 1 de abril de 2027 para operar plenamente el nuevo sistema civil y familiar. Lo sabe desde 2023, pero parece que la única que no le apura es a la magistrada presidenta.

NOTAS MÁS REPETIDAS: Agua · Poder Judicial · Seguridad · 2027 · Salvita.

MAÑANERA: Sin impacto directo que cambie hoy el tablero potosino.

INDICADORES ÚTILES:

El Realito funciona.

El Gobernador anda estrenando lentes.

El Alcalde anda de muy buen talante.

Yo soy Jorge Saldaña.

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La fiscal que en marzo prometió revisar el caso de la ladrona del Centro, en agosto dijo no saber nada

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Comerciantes ya identificaron y ubicaron a la mujer; el primer denunciante dice haber recibido amenazas para retirar la denuncia

Por: Haniel Valdés Velázquez

Entrevistar a la Fiscal General del Estado es muy sencillo: siempre se sabe qué va a responder. Usa dos comodines: “voy a mandarlo a investigar”, cuando el tema es viral y no tiene información, o “no tengo información”, cuando no solo la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) no ha hecho su trabajo, sino que su titular decide restarle valor al asunto.

Es lo que volvió a ocurrir con el caso de la mujer señalada de robar en comercios del Centro Histórico de la capital potosina.

El 13 de marzo de 2026, esta casa editorial documentó el caso por primera vez: comerciantes habían denunciado en redes sociales a una mujer que, aprovechando descuidos de los trabajadores, sustraía carteras, dinero en efectivo y otros objetos dentro de establecimientos. Consultada entonces, la fiscal María Manuela García Cázares respondió: “No he tenido información al respecto, pero reviso el tema, sobre todo porque es un delito que afecta a la sociedad.”

Cinco meses después, la pregunta volvió a plantearse de forma directa. Y la respuesta cambió de sentido: “¿Ha avanzado el caso de la señora que entraba al restaurante y se llevaba los tablets y computadoras?”, se le preguntó. “No, no, no tengo conocimiento de esos hechos”, respondió.

En marzo prometió revisar. En agosto dijo no saber nada.

Entre una declaración y otra no solo pasó el tiempo. El propietario de uno de los negocios afectados entregó a este medio videos donde se observa con claridad el rostro de la mujer, y varios comerciantes reconocieron en esas imágenes a la misma persona, que según señalan ha repetido el mismo modo de operar en otros comercios del Centro Histórico.

Comerciantes de la zona identificaron plenamente a la mujer y, en redes sociales, llegaron a difundir públicamente su domicilio. Ese mismo señalamiento derivó en un episodio más grave: el primer denunciante recibió una comunicación directa de la mujer en la que, según relató, lo amenazó para que retirara la denuncia y eliminara los videos publicados en redes sociales.

Sobre cuánto debería tardar una investigación de este tipo, el Código Nacional de Procedimientos Penales no fija un plazo para la etapa inicial de investigación —la que corre antes de que exista una persona vinculada a proceso—: puede prolongarse, en los hechos, durante años. El plazo legal aparece después: una vez dictado el auto de vinculación a proceso, la investigación complementaria debe cerrarse en un máximo de dos meses para delitos con pena no mayor a dos años, como el robo sin violencia. La ausencia de plazo en la primera etapa no exime a la Fiscalía de investigar; solo elimina el margen para justificar la inacción con un simple “no tengo información.”

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Crecen las órdenes de protección por violencia de género: STJE

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El Centro de Justicia para Mujeres canaliza a víctimas de violencia hacia la denuncia y, de ser necesario, hacia una orden de protección

Por: Redacción

El Poder Judicial del Estado atiende un número creciente de órdenes de protección para mujeres, hombres y menores que viven violencia física, sexual, psicológica o económica, informó la magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de San Luis Potosí (STJE), Lourdes Anahí Zarazúa Martínez.

Explicó que el Centro de Justicia para Mujeres (CJM) es el organismo que recibe a las víctimas y las acompaña hacia la denuncia correspondiente para que, en su momento, el caso pueda judicializarse.

Dentro de las instalaciones del CJM opera un juzgado especializado en la atención de órdenes de protección

, la medida cautelar que se dicta a favor de quien está en riesgo de sufrir violencia.

Zarazúa precisó que todos los jueces del estado, no solo los del CJM, están obligados a emitir una orden de protección dentro de las cuatro horas siguientes a que se solicita.

Sostuvo que la violencia psicológica y la económica son las que más se denuncian, mientras que la violencia vicaria es la que menos se logra acreditar ante los juzgados.

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