enero 25, 2026

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#Testimonio | SLP: el derecho al aborto en caso de violación, ¿sí se respeta?

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aborto en SLP

El aborto en SLP es un derecho para quienes han sido víctimas de violación pero la escasa capacitación del funcionariado dificulta su acceso

 

Por Marcela del Muro

“Es importante relatar los testimonios, aunque sean fallidos, como pruebas de la necesidad que tenemos (en las instituciones) de crear procedimientos internos y protocolos de rutas que faciliten el acceso de las mujeres a sus derechos” comenta Gloria Serrato. En el 2017, ella se desempeñaba como comisionada de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAV) en San Luis Potosí, y fue una pieza clave para la primera aplicación, aunque fallida, de la NOM 046-SSA2-2005 en el estado, un mecanismo diseñado para prevenir y atender los casos de violencia familiar, sexual y contra las mujeres, en este caso, interrumpir un embarazo, producto de una violación.

La NOM 046 es parte de la Ley General de Víctimas, que es federal, por lo tanto es válida en todo el país. Entró en vigor desde 1999, pero desde el 2006 se mencionó al aborto por violación como un derecho que ampara a la víctima. En el año 2016 se realizó una reforma que permitió que las víctimas de violación no tuvieran que presentar una denuncia para acceder al aborto y además dio facilidad a las niñas menores de 12 años para poder recibir el servicio únicamente acompañadas de un tutor.

EL CASO

Era el año 2017, el violador de Mariana (el nombre fue cambiado por protección de la víctima) ya estaba detenido cuando se solicitó el aborto en la Secretaría de Salud en San Luis Potosí.

Para poder realizar el procedimiento, el Ministerio Público necesitaba otorgar a Mariana la calidad de víctima y autorizar a la Secretaría de Salud para la aplicación de la NOM 046.

Mariana inició el trámite por medio de la Dirección Jurídica de la CEEAV, ella tenía seis semanas de embarazo.

Los trámites solicitados por la Secretaría de Salud y el Ministerio Público no eran necesarios, además de que no existían elementos para tardar tanto en emitirlos. La autorización llegó después de seis semanas.

El ultrasonido fue devastador: indicó que el embarazo de Mariana rebasaba las doce semanas, por dos días. Secretaría de Salud se negó a realizar el aborto, pero la CEEAV estaba obligada a reparar el daño.

Con ayuda de la organización civil Las Libres, de Guanajuato

, se buscó la manera de cumplir con el derecho de Mariana.

En compañía del director de asesoría jurídica de la CEEAV, una psicóloga y una asistente social, Mariana viajó a la Ciudad de México para realizar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE). Todo fue conforme a la ley. Además, en la clínica se guardaron elementos de ADN y pruebas en un banco de congelamiento que requería el Ministerio Público para el caso.

Para la CEEAV fue un caso exitoso porque pudieron hacer válido el derecho de Mariana. Pero, para Gloria Serrato, fue un caso muy complicado pues se demostró la falta de capacitación y preparación de las autoridades locales para la aplicación de la NOM 046, sobretodo, de la Secretaría de Salud y de la Procuraduría General de Justicia, hoy Fiscalía General del Estado.

La NOM 046, hoy, en SLP

Es relevante que las mujeres conozcan los derechos que tienen en casos de violencia sexual y, sobretodo, de violación.

El Estado debe cumplir sus obligaciones y proteger a las víctimas de cualquier acto que provoque su revictimización.

Por esa razón, es posible solicitar la interrupción del embarazo por violación tomando en cuenta lo siguiente:

  • Bajo protesta de decir verdad acerca de que su embarazo es producto de una violación; es decir, el personal de salud debe de actuar inmediatamente y de buena fe.
  • A partir de los 12 años, sin el consentimiento de los padres o tutor legal.
  • No es requisito denunciar la violación para recibir el servicio de aborto.

Si ocurriera algún problema para la aplicación de la NOM 046, las mujeres pueden solicitar ayuda en la CEEAV o buscar el apoyo de colectivos feministas.

 

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Ciudad

Reportan caída de árbol en Uresti

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El incidente ya fue atendido por personal de Protección Civil Municipal, y no se registraron personas lesionadas

Por: Redacción

Elementos del Área Operativa de la Dirección Municipal de Protección Civil atendieron la caída de un árbol registrada en la calle de Uresti, en el Centro Histórico de la ciudad, derivada de las ráfagas de viento provocadas por el paso del frente frío número 30.

El incidente ocasionó daños materiales a un vehículo estacionado; sin embargo, no se reportaron personas lesionadas. Las labores de atención y retiro se realizaron de manera oportuna, permitiendo restablecer las condiciones de seguridad en el primer cuadro de la ciudad.

Protección Civil lanzó un llamado a la población a seguir las recomendaciones emitidas por las autoridades y evitar exponerse a los fuertes vientos, priorizando en todo momento la prevención.

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Estrategia de guerra 2026 de EE. UU. prevé operaciones contra cárteles en el extranjero

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La nueva Estrategia de Defensa Nacional 2026 formaliza la intervención armada contra grupos narcoterroristas en territorio internacional

Por: Roberto Mendoza

El Departamento de Guerra de Estados Unidos publicó su Estrategia de Defensa Nacional (NDS), la cual faculta el despliegue de fuerzas armadas para combatir organizaciones criminales transnacionales en el extranjero.

Esta disposición técnica responde a la orden ejecutiva del 5 de septiembre de 2025 que restituyó la denominación de “Guerra” a la dependencia, un término utilizado originalmente entre 1789 y 1947.

El documento establece que la seguridad nacional ahora incluye la neutralización de amenazas externas que afecten la integridad fronteriza y la estabilidad regional.

​La operatividad de este plan se sustenta en la clasificación oficial de los cárteles de la droga como entidades narcoterroristas

, categoría que habilita el uso de activos militares y operaciones especiales de carácter unilateral.

La estrategia proyecta un gasto de 1.5 billones de dólares para el ciclo fiscal 2027, destinados al desarrollo del sistema antimisiles “Domo Dorado” y la modernización de la base industrial de defensa.

Los lineamientos operativos transfieren funciones de vigilancia fronteriza, anteriormente civiles, al mando militar para asegurar el sellado de los límites territoriales bajo criterios de defensa propia.

​La versión oficial de la entidad justifica estas medidas como una transición hacia una postura de victoria ofensiva frente a riesgos no convencionales y la influencia de potencias extracontinentales en el hemisferio.

El marco legal se basa en el denominado “Corolario Trump” a la Doctrina Monroe, el cual prioriza el interés nacional sobre los acuerdos multilaterales previos.

La consecuencia administrativa inmediata es la integración de la inteligencia militar en la persecución de delitos transfronterizos, lo que permite la intervención en cualquier nación donde se identifique la presencia de los grupos designados como terroristas.

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Ciudad

Reabren los Parques Tangamanga I y II

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La administración de los parques pidió a la población tener precaución mientras se encuentren en ellos, así como estar pendientes de los avisos oficiales

Por: Redacción

Este domingo, el Gobierno del Estado anunció la reapertura de los Parques Tangamanga I y II, después de que fueran cerrados el sábado por los fuertes vientos.

La administración de los parques llamó a la población a tener precaución mientras se encuentren en ellos, respetar las zonas delimitadas y evitar transitar por zonas con ramas o árboles caídos.

Finalmente, pidieron estar atentos a los avisos oficiales a través de redes sociales, pues las actividades y el acceso quedaron sujetos a cambios por las condiciones climáticas.

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