Congreso del Estado
Quien maltrate y abandone a personas mayores, no podrán recibir su herencia
“Uste nunca vio por mi abuelita y así quiere el terreno?” | Esto se acabaría con la propuesta morenista
Por: Redacción
Para que se declare incapaces de adquirir cualquier bien por testamento o intestado, a las personas que incurran en violación a la Ley de las Personas Adultas Mayores o que hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y, en general, cualquier acto que les perjudique a las personas adultas mayores, el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado la iniciativa que plantea adicionar fracción al artículo 1162 del Código Civil del Estado.
El legislador expuso que, “en nuestro estado existe la normatividad adecuada para hacer frente a este grave problema, pues contamos con la Ley de las Personas Adultas Mayores, la cual establece un marco jurídico que contempla programas y acciones encaminadas a valorar sus condiciones de vida, así como la protección de sus derechos. Sin embargo, esto no es suficiente, ya en el todo el estado se presentan casos en que las familias solo tienen interés en los adultos mayores con motivo de algún bien, ya sea dinero, inmuebles o pensiones las cuales pretenden quedarse con ellas como sucesión”, advirtió.
Además, refirió que los ancianos son cada vez con mayor frecuencia e intensidad víctimas de maltrato físico y verbal, así como despojados y abusados por parte de su propia familia o de personas ajenas, situaciones que acentúan su vulnerabilidad. Por lo tanto, indicó que “toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano”, añadió.
Consideró que la actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor. Por lo anterior, puntualizó que su iniciativa busca establecer entre los puntos más importantes que son incapaces de heredar por testamento o por intestado:
I.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella. II.- El que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquella sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida, su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge.
En la fracción III.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente. IV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente. V.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos; entre otros.
La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis.
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Congreso del Estado
Congreso ya respondió a la Corte sobre reforma judicial: Sara Rocha
El Congreso ya presentó su respuesta a la acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, aunque no hay fecha para que se resuelva
Por: Redacción
El Congreso del Estado ya presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación su respuesta formal a la acción de inconstitucionalidad promovida contra la reforma judicial, informó la diputada local y dirigente estatal del PRI, Sara Rocha Medina, aunque no hay fecha para que se resuelva.
Rocha reiteró que el PRI se opuso desde el inicio a que los jueces se eligieran por voto popular, en lugar de por la carrera judicial profesional.
Sobre la exigencia de abogados litigantes de subir a 9 la calificación mínima en los exámenes de conocimientos para jueces, dijo que esa decisión no le corresponde al Congreso, sino al Poder Judicial.
Consideró que la prioridad debe ser capacitar a quienes resultaron electos sin la experiencia que antes se exigía, y pidió que se refuercen las capacitaciones que ya existían.
“Que hagan su mejor trabajo”, afirmó sobre los nuevos jueces.
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Congreso del Estado
Congreso cierra reformas electorales; ahora la decisión está en manos de la SCJN: diputado
El diputado Rubén Guajardo dijo que la sentencia de la Corte debe estar lista antes del 15 de noviembre
Por: Redacción
El Congreso del Estado ya no puede modificar la ley electoral, confirmó el diputado local Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales.
Guajardo Barrera dijo que el plazo de 90 días para reformas electorales ya se cerró, y que ahora corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver las controversias que en su momento presentaron el gobierno federal, el partido Morena y el partido Somos México.
“Ahorita ya en el Congreso no podemos hacer nada. Ya se cerró esta etapa”, señaló el legislador.
Sobre la impugnación por el mecanismo de alternancia, explicó que la defensa del Congreso es que un artículo transitorio fija su aplicación hasta 2033, no para las elecciones de 2027, y que por eso el argumento podría desecharse.
Sobre la queja de Somos México por falta de consulta indígena, dijo que no hubo consulta porque, a su parecer, ninguna modificación de la ley electoral toca los derechos de los pueblos indígenas.
Sobre los exámenes de control de confianza para candidatos, dijo que, al no ser obligatorios, no violan derechos humanos, aunque esperarán la resolución de la Corte.
El proceso electoral de San Luis Potosí inicia el 15 de noviembre. Guajardo Barrera dijo que espera que la sentencia de la Suprema Corte esté lista antes de esa fecha, “para tener reglas claras para el proceso del 2027”.
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Congreso del Estado
Congreso aprobó el dictamen que reforma la ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes
Se incluye la definición de violencia en su contra y busca evitar toda forma de maltrato físico, sexual, psicológico, abandono, explotación o negligencia
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para incluir la definición de violencia en su contra y evitar toda forma de maltrato físico, sexual, psicológico, abandono, explotación o negligencia.
Se define la violencia digital como los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual, convencimiento y reclutamiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas sonoras, verdaderas o alteradas.
Incluye cualquier otra acción que sea cometida a través de tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, inteligencia artificial o cualquier otro espacio digital, que atenten contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada, o vulneren algún derecho humano de las niñas, niños y adolescentes.
Se define la violencia como toda acción, omisión, abuso, trato negligente o cualquier forma de abandono, de maltrato que cause daño, afectación, sufrimiento o ponga en riesgo la vida, la dignidad, la libertad, la integridad física, psicológica, emocional, sexual, y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
Este tipo de violencia contra las niñas, niños y adolescentes puede ocurrir en el hogar y en la comunidad, pudiendo ser perpetrada por cuidadores, compañeros o extraños. Los tipos de violencia incluyen el maltrato infantil
por parte de adultos en un puesto de responsabilidad, las peleas físicas entre padres, la violencia sexual y la violencia en el noviazgo, así como el asalto asociado con la violencia entre pandillas.En la exposición de motivos se señala que la violencia tiene consecuencias graves para la salud y el bienestar de este sector, en algunos casos puede dar como resultado la muerte, ya que la violencia también se ha relacionado con una serie de problemas de salud física, sexual, reproductiva y mental, incluido el deterioro del desarrollo social, emocional y cognitivo, lesiones y problemas de salud a lo largo de sus vidas, así como la adopción de conductas de alto riesgo como fumar, abuso de alcohol, drogas y sexo sin protección.
Los costos sociales y económicos de la violencia son altos y repercutiendo para toda la vida, incluyendo el bajo rendimiento escolar, mayor riesgo de desempleo y pobreza, así como pueden llegar a pertenecer a grupos de pandillas o el crimen organizado.
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