septiembre 4, 2026

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Congreso del Estado

Quien maltrate y abandone a personas mayores, no podrán recibir su herencia

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“Uste nunca vio por mi abuelita y así quiere el terreno?” | Esto se acabaría con la propuesta morenista

Por: Redacción

Para que se declare incapaces de adquirir cualquier bien por testamento o intestado, a las personas que incurran en violación a la Ley de las Personas Adultas Mayores o que hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y, en general, cualquier acto que les perjudique a las personas adultas mayores, el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado la iniciativa que plantea adicionar fracción al artículo 1162 del Código Civil del Estado.

El legislador expuso que, “en nuestro estado existe la normatividad adecuada para hacer frente a este grave problema, pues contamos con la Ley de las Personas Adultas Mayores, la cual establece un marco jurídico que contempla programas y acciones encaminadas a valorar sus condiciones de vida, así como la protección de sus derechos. Sin embargo, esto no es suficiente, ya en el todo el estado se presentan casos en que las familias solo tienen interés en los adultos mayores con motivo de algún bien, ya sea dinero, inmuebles o pensiones las cuales pretenden quedarse con ellas como sucesión”, advirtió.

Además, refirió que los ancianos son cada vez con mayor frecuencia e intensidad víctimas de maltrato físico y verbal, así como despojados y abusados por parte de su propia familia o de personas ajenas, situaciones que acentúan su vulnerabilidad. Por lo tanto, indicó que “toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano”, añadió.

Consideró que la actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor. Por lo anterior, puntualizó que su iniciativa busca establecer entre los puntos más importantes que son incapaces de heredar por testamento o por intestado:

I.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella. II.- El que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquella sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida, su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge.

En la fracción III.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente. IV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente. V.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos; entre otros.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis.

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Congreso del Estado

Artículo 19 reconoce apertura de Serrano sobre libertad de expresión

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La organización civil valoró la disposición del diputado para dialogar sobre inteligencia artificial y libertad de expresión

Por: Redacción

Artículo 19 México y Centroamérica reconoció la apertura y disposición al diálogo del diputado Héctor Serrano Cortés para abordar temas de libertad de expresión y el uso de inteligencia artificial, tras una reunión de trabajo con diputados de todas las fuerzas políticas del Congreso del Estado.

La organización presentó insumos técnicos en materia de libertad de expresión ante iniciativas legislativas orientadas a regular contenidos generados o difundidos mediante inteligencia artificial (IA), y agradeció la invitación de Serrano Cortés.

Artículo 19 aclaró que su aporte técnico no sustituye la necesidad de que el gremio periodístico participe de forma sustantiva en futuras deliberaciones, y planteó que cualquier iniciativa en materia de libertad de expresión e información debe incorporar un proceso de diálogo abierto con periodistas y medios.

La organización dijo que abrió espacios para aclarar dudas y generar una conversación franca sobre libertad de expresión y acceso a la información, así como sobre las obligaciones del Estado mexicano —en particular de las autoridades de San Luis Potosí— de protegerla.

Serrano Cortés dijo que la construcción de una sociedad bien informada y protegida frente a intentos de agredir su integridad requiere la participación de todos, y que desde el Congreso del Estado se trabaja para avanzar en ese sentido.

Serrano Cortés impulsó la reforma al Código Penal conocida como Ley Serrano, que buscaba sancionar el uso indebido de inteligencia artificial y que el Congreso del Estado derogó el 30 de julio de 2026.

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Congreso del Estado

Artículo 19 se reúne con diputados de SLP por libertad de expresión

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La reunión se llevó a cabo por iniciativa del diputado Héctor Serrano Cortés, quien refrendó el compromiso de fortalecer las acciones en favor de la libertad de expresión

Por: Redacción

A iniciativa del diputado Héctor Serrano Cortés, integrantes del Congreso del Estado de San Luis Potosí se reunieron con representantes de la organización Artículo 19, donde el legislador refrendó el compromiso de fortalecer las acciones en favor de la libertad de expresión y los derechos fundamentales.

En la reunión de trabajo, a la que asistieron representantes de las diferentes fuerzas políticas, se abordó la necesidad de fortalecer la libertad de expresión mediante estándares internacionales, colaboración institucional y políticas públicas de protección a la prensa, especialmente ante los retos que plantean las plataformas digitales y la inteligencia artificial.

Serrano Cortés señaló que toda ley es perfectible y debe garantizar tanto la libertad de expresión como los derechos fundamentales de las personas, entre ellos la dignidad y el honor, por lo que consideró una convicción de los integrantes del Poder Legislativo consultar a especialistas y atender las necesidades sociales.

“La noble profesión del periodismo se ve transgredida cuando se hacen difusiones en medios que no tienen una identidad, donde no hay una responsabilidad social, que no actúan con ética, y pretenden aprovecharse de la buena fe de la prestigiada organización Artículo 19″, consideró.

Por su parte, Pedro Cárdenas Casillas, oficial del programa de Protección y Espacio Cívico de Artículo 19, destacó la apertura del Congreso del Estado para abordar el tema.

“El objetivo del encuentro fue meramente plantear cuáles son los estándares de ruta de expresión que se tienen que considerar en cualquier normativa que se quiera generar o modificar a futuro, y particularmente otorgar información de estándares constitucionales interamericanos y de Naciones Unidas

“, explicó.

Cárdenas Casillas afirmó que Artículo 19 mantiene sus puertas abiertas para trabajar con autoridades tanto a nivel federal como estatal, y que este tipo de acercamientos permite construir una política pública institucional de protección a la prensa.

En el encuentro también participó Marco Clavel Alessio Robles, coordinador legal del programa Ecosistema Informativo y Tecnología de Artículo 19, quien habló sobre los retos que implica la regulación de la inteligencia artificial y el uso de plataformas, y señaló que corresponde al gobierno federal exigir condiciones de transparencia en el marco del T-MEC.

“Así como hay nuevos medios para el ejercicio y acceso a la información, también hay distintos mecanismos que pueden presentar censura indirecta u otros tipos de censura, y eso representa un desafío en sí mismo que debe estarse cuestionando”, añadió.

Clavel Alessio Robles manifestó que el objetivo es fortalecer vías institucionales civiles que permitan ponderar derechos de forma más adecuada, sin que ello se dé a expensas de la libertad de expresión.

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Comisión del Congreso aprueba reforma a la Ley del Mezcal

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La reforma actualiza la definición de mezcal y armoniza la ley estatal con las normas federales vigentes

Por: Redacción

La Comisión de Desarrollo Económico y Social del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma la Ley del Mezcal para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de armonizar la legislación local con las disposiciones federales vigentes en la materia.

La iniciativa, propuesta por el diputado Tomás Zavala González, plantea actualizar la definición legal de mezcal, luego de que el concepto vigente en la legislación estatal dejó de corresponder con la evolución de la regulación de esta bebida.

Luis Emilio Rosas Montiel, presidente de la Comisión de Desarrollo Económico y Social, explicó que el cambio actualiza la referencia a la Norma Oficial Mexicana que regula la producción, el envasado y la distribución del mezcal, luego de que la norma vigente al 18 de septiembre de 2018 —fecha de entrada en vigor de la legislación estatal— fue sustituida por disposiciones posteriores.

Durante el análisis del dictamen se destacó que la producción nacional de mezcal se incrementó 2.6 veces en los últimos seis años, de acuerdo con datos de la Secretaría de Agricultura, con beneficios para pequeños y grandes productores.

Rosas Montiel señaló que en San Luis Potosí la actividad ha crecido principalmente en las regiones Centro y Altiplano, en municipios como Charcas, Mexquitic de Carmona, Ahualulco, Moctezuma, la Delegación de Bocas y la capital potosina.

El estado forma parte de la Denominación de Origen Mezcal desde 1994, protección que reconoce la relación del destilado con el territorio, el maguey y los procesos tradicionales de elaboración, bajo los parámetros de las normas oficiales mexicanas.

La reforma define al mezcal como una bebida alcohólica destilada mexicana, elaborada 100 por ciento con maguey o agave, obtenida de la destilación de jugos fermentados extraídos de cabezas maduras de magueyes cocidos y cosechados dentro del territorio protegido por la Denominación de Origen. Reconoce además que el aroma, el sabor y las cualidades organolépticas dependen de la especie de maguey, el tipo de suelo, la topografía, el clima, el agua, el proceso de elaboración, el productor autorizado, el maestro mezcalero, la graduación alcohólica y los microorganismos empleados.

El dictamen reforma las fracciones VIII y IX del artículo 3° de la Ley del Mezcal para el Estado de San Luis Potosí y será turnado al Pleno del Congreso para su votación.

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