agosto 9, 2026

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Congreso del Estado

Quien maltrate y abandone a personas mayores, no podrán recibir su herencia

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“Uste nunca vio por mi abuelita y así quiere el terreno?” | Esto se acabaría con la propuesta morenista

Por: Redacción

Para que se declare incapaces de adquirir cualquier bien por testamento o intestado, a las personas que incurran en violación a la Ley de las Personas Adultas Mayores o que hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y, en general, cualquier acto que les perjudique a las personas adultas mayores, el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado la iniciativa que plantea adicionar fracción al artículo 1162 del Código Civil del Estado.

El legislador expuso que, “en nuestro estado existe la normatividad adecuada para hacer frente a este grave problema, pues contamos con la Ley de las Personas Adultas Mayores, la cual establece un marco jurídico que contempla programas y acciones encaminadas a valorar sus condiciones de vida, así como la protección de sus derechos. Sin embargo, esto no es suficiente, ya en el todo el estado se presentan casos en que las familias solo tienen interés en los adultos mayores con motivo de algún bien, ya sea dinero, inmuebles o pensiones las cuales pretenden quedarse con ellas como sucesión”, advirtió.

Además, refirió que los ancianos son cada vez con mayor frecuencia e intensidad víctimas de maltrato físico y verbal, así como despojados y abusados por parte de su propia familia o de personas ajenas, situaciones que acentúan su vulnerabilidad. Por lo tanto, indicó que “toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano”, añadió.

Consideró que la actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor. Por lo anterior, puntualizó que su iniciativa busca establecer entre los puntos más importantes que son incapaces de heredar por testamento o por intestado:

I.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella. II.- El que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquella sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida, su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge.

En la fracción III.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente. IV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente. V.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos; entre otros.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis.

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Congreso del Estado

Congreso de SLP obliga a motociclistas a usar luces y aditamentos reflejantes

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La diputada Brisseire Sánchez argumentó que las motocicletas son menos perceptibles por sus dimensiones

Por: Redacción

A propuesta de la diputada Brisseire Sánchez López, el Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de fortalecer las medidas de seguridad para las personas conductoras de motocicletas y motonetas y reducir el riesgo de siniestros viales. Se reformó la fracción XIV y se adiciona, la fracción XV, recorriéndose la subsecuente, del artículo 72; de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí.

Destacó que la modificación al artículo 72 establece que quienes conduzcan motocicletas o motonetas deberán circular con las luces encendidas en todo momento, además de portar aditamentos luminosos o reflejantes que contribuyan a incrementar su visibilidad y la del vehículo durante su circulación, especialmente en condiciones de baja iluminación.

Además la disposición también señala que las personas conductoras deberán cumplir con las demás medidas de seguridad previstas en la legislación estatal.

La diputada Brisseire Sánchez López, explicó que mantener las luces encendidas permite incrementar la visibilidad de las motocicletas ante otros usuarios de la vía, debido a que por sus dimensiones pueden ser menos perceptibles que otros vehículos, particularmente durante determinadas condiciones de circulación.

Señaló que esta medida se encuentra contemplada dentro de estándares internacionales de seguridad vial, entre ellos los establecidos en la Convención de Viena sobre la Circulación Vial, de la que México forma parte, y tiene como finalidad reducir los factores de riesgo asociados con la circu lación de motocicletas.

La legisladora destacó que, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece la obligación de las autoridades competentes de implementar medidas preventivas orientadas a disminuir los factores de riesgo y garantizar, en la mayor medida posible, la protección de la vida y la integridad física de las personas durante sus desplazamientos por las vías públicas.

Con la reforma aprobada, el marco regulatorio estatal incorpora medidas adicionales dirigidas a mejorar la seguridad de quienes utilizan motocicletas y motonetas, atendiendo principios y estándares nacionales e internacionales en materia de movilidad y seguridad vial.

La utilización de luces encendidas de manera permanente y de elementos luminosos o reflejantes permitirá facilitar la identificación de estos vehículos por parte de los demás conductores, particularmente durante la noche, en zonas con poca iluminación o ante condiciones que reduzcan la visibilidad.

La diputada Sánchez López señaló que estas disposiciones representan una medida preventiva orientada a proteger la vida de las personas motociclistas, disminuir la posibilidad de accidentes y reducir la gravedad de las lesiones y fallecimientos derivados de siniestros viales.

Con esta reforma, el Congreso del Estado fortalece las acciones de prevención y seguridad vial, promoviendo una movilidad más segura para las personas que utilizan motocicletas y motonetas en San Luis Potosí.

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Congreso del Estado

Deudores alimentarios podrían enfrentar cárcel por ocultar bienes en SLP

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Familiares o terceros que actúen como titulares aparentes de bienes también podrían ser sancionados

Por: Redacción

La diputada María Dolores Robles Chairez  presentó la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de fortalecer las medidas contra quienes evadan deliberadamente sus obligaciones alimentarias y sancionar la participación de terceras personas que colaboren para impedir su cumplimiento.

La reforma busca cerrar espacios de impunidad mediante la incorporación de disposiciones que permitan identificar y sancionar conductas encaminadas a colocar de manera intencional al deudor alimentario en una situación de insolvencia, así como aquellas acciones realizadas con apoyo de terceros para ocultar o transferir bienes.

Explicó que la propuesta se desarrolla en dos vertientes principales: establecer de manera objetiva determinadas conductas evasivas del deudor alimentario y penalizar la coparticipación de terceras personas que, con conocimiento de la obligación existente, contribuyan a impedir su cumplimiento.

La diputada María Dolores Robles Chairez destacó que la modificación busca brindar mayores herramientas jurídicas para proteger el derecho de niñas, niños y demás personas acreedoras alimentarias, evitando que maniobras de carácter patrimonial sean utilizadas para obstaculizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad judicial.

Señaló que existen casos en los que los deudores alimentarios recurren a actos jurídicos o materiales que aparentemente pueden ser lícitos, pero que tienen como finalidad eludir sus responsabilidades. Entre estas prácticas se encuentran la renuncia voluntaria a empleos estables, la solicitud de licencias sin goce de sueldo durante periodos relacionados con procesos familiares y la transferencia de bienes a familiares o personas de confianza que actúan como titulares aparentes.

Con esta iniciativa se busca establecer que comete el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar quien se coloque intencionalmente en estado de insolvencia con el propósito de eludir el cumplimiento de las obligaciones alimentarias establecidas por la ley.

La legislación establecerá que, salvo prueba en contrario, se presumirá dicha intención cuando el deudor, sin causa justificada, renuncie a su empleo o solicite licencia sin goce de sueldo, cuando este constituya su único o principal medio para obtener ingresos.

Asimismo, se establecen sanciones para quienes, durante un proceso judicial o existiendo una resolución firme, enajenen intencionalmente de manera parcial o total sus bienes con la finalidad de eludir obligaciones alimentarias.

De igual manera, se sancionará a quienes, teniendo conocimiento de la existencia de una obligación alimentaria o de un proceso judicial en curso, ayuden al deudor a ocultar bienes, acepten figurar como titulares aparentes de estos o realicen actos jurídicos simulados con el propósito de evitar que se cumplan las obligaciones alimentarias.

Para estas conductas se contempla una sanción de seis meses a tres años de prisión, además de una sanción pecuniaria de 60 a 300 días del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia para su análisis y dictamen correspondiente.

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Congreso del Estado

Congreso faculta a Sedeco para capacitar comercios contra billetes falsos

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Roberto García impulsó las reformas que dan a Sedeco la facultad de capacitar al sector productivo contra el fraude con billetes

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó reformas que facultan a la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco) para capacitar a los comercios y al sector productivo de San Luis Potosí en la detección de billetes y monedas falsos.

El pleno de la LXIV Legislatura modificó la Ley Orgánica de la Administración Pública y la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad del Estado. Las reformas fueron impulsadas por el diputado José Roberto García Castillo.

La nueva atribución permite a la dependencia coordinar acciones de prevención, capacitación y seguimiento técnico frente al fraude monetario, con el propósito de establecer una política pública permanente en lugar de respuestas aisladas.

García Castillo justificó la medida con la sofisticación que ha alcanzado la falsificación: hologramas cada vez más parecidos a los de los billetes auténticos, texturas engañosas, resinas y tintas térmicas que dificultan detectar una pieza apócrifa a simple vista.

El diputado sostuvo que la reforma busca fortalecer la seguridad comercial, elevar la competitividad del sector productivo y proteger a las unidades económicas más vulnerables del estado, que son las que absorben la pérdida cuando reciben dinero falso.

Entre las acciones que podrá emprender la Sedeco están campañas informativas, capacitación al sector productivo, protección a consumidores y la prevención administrativa del delito. La dependencia también deberá mantener coordinación permanente con cámaras empresariales y ayuntamientos en materia de detección de billetes falsos.

La Sedeco, que encabeza Mario García Valdez, será la instancia responsable de operar la nueva facultad.

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