abril 1, 2026

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Congreso del Estado

Quien maltrate y abandone a personas mayores, no podrán recibir su herencia

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“Uste nunca vio por mi abuelita y así quiere el terreno?” | Esto se acabaría con la propuesta morenista

Por: Redacción

Para que se declare incapaces de adquirir cualquier bien por testamento o intestado, a las personas que incurran en violación a la Ley de las Personas Adultas Mayores o que hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y, en general, cualquier acto que les perjudique a las personas adultas mayores, el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado la iniciativa que plantea adicionar fracción al artículo 1162 del Código Civil del Estado.

El legislador expuso que, “en nuestro estado existe la normatividad adecuada para hacer frente a este grave problema, pues contamos con la Ley de las Personas Adultas Mayores, la cual establece un marco jurídico que contempla programas y acciones encaminadas a valorar sus condiciones de vida, así como la protección de sus derechos. Sin embargo, esto no es suficiente, ya en el todo el estado se presentan casos en que las familias solo tienen interés en los adultos mayores con motivo de algún bien, ya sea dinero, inmuebles o pensiones las cuales pretenden quedarse con ellas como sucesión”, advirtió.

Además, refirió que los ancianos son cada vez con mayor frecuencia e intensidad víctimas de maltrato físico y verbal, así como despojados y abusados por parte de su propia familia o de personas ajenas, situaciones que acentúan su vulnerabilidad. Por lo tanto, indicó que “toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano”, añadió.

Consideró que la actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor. Por lo anterior, puntualizó que su iniciativa busca establecer entre los puntos más importantes que son incapaces de heredar por testamento o por intestado:

I.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella. II.- El que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquella sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida, su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge.

En la fracción III.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente. IV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente. V.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos; entre otros.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis.

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Congreso del Estado

Congreso busca sancionar pesca ilícita y combatir contaminación

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En la Zona Huasteca es escenario de métodos depredatorios de pesca y el río Axtla sufre de contaminación indiscriminada

Por: Redacción

La diputada Frinné Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado a fin de dotar al Estado de instrumentos penales específicos y reforzados para combatir la contaminación, la modificación ilícita de cauces y la pesca ilícita en ríos y cuerpos de agua interiores, con énfasis en la Huasteca potosina y en particular en la cuenca del río Axtla, sin perder de vista el conjunto de ríos y sistemas acuáticos que bañan a los municipios de la región.

Con esta reforma, se busca desalentar el uso de métodos de pesca depredatorios, promover el respeto a las vedas establecidas para especies como la acamaya, proteger la biodiversidad acuática y garantizar la continuidad de actividades económicas y culturales vinculadas al agua, en beneficio de las generaciones presentes y futuras del Estado de San Luis Potosí.

La legisladora presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social manifestó que la región huasteca es reconocida a nivel nacional e internacional por sus ríos de aguas claras, cascadas y atractivos ecoturísticos, entre los que sobresalen los sistemas de los ríos Axtla, Tampaón, Gallinas y Moctezuma, que constituyen un patrimonio natural fundamental para el Estado y para el país.

Dentro de este sistema hídrico, la cuenca del río Axtla se ha convertido en un caso emblemático por la creciente presión que enfrenta, no solo por descargas y contaminación, sino también por prácticas de pesca indiscriminada y métodos depredatorios empleados por particulares en sus márgenes y afluentes. Diversas notas periodísticas y reportes ciudadanos recientes han documentado mortandad de peces, deterioro de la calidad del agua y preocupación social  por las afectaciones al río Axtla, lo que ha motivado incluso la instalación de comités de cuenca e intervenciones de autoridades ambientales para atender la problemática.

La iniciativa contempla incorporar un tipo penal de pesca ilícita dentro del Capítulo relativo a los delitos contra el ambiente, como artículo 295 Bis, a continuación del actual artículo 295 que ya tutela cuerpos de agua, humedales y cauces. Asimismo, se propone una reforma al artículo 295 para visibilizar de forma expresa la protección reforzada que merecen los ríos, lagunas, humedales y cuerpos de agua de la región Huasteca Potosina, sin alterar el catálogo de conductas punibles ya previstas en dicho artículo.

Las sanciones propuestas en el nuevo artículo 295 Bisuno a cuatro años de prisión y trescientos a dos mil días multa en su tipo básico; tres a ocho años de prisión y mil quinientos a cuatro mil días multa en los supuestos agravados— guardan proporcionalidad con el resto de los delitos ambientales previstos en el Código Penal estatal y con el estándar federal para delitos contra la biodiversidad.

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Congreso del Estado

Congreso y Tecnológico de Valles firman convenio de colaboración

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Esto permitirá impulsar intercambio de información, la generación de publicaciones y la implementación de esquemas de educación dual

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer la vinculación interinstitucional y sentar las bases para el desarrollo de programas académicos y tecnológicos; y  proyectos de investigación conjunta, el Congreso del Estado llevó a cabo la Firma del Convenio de Colaboración Interinstitucional con el Instituto Tecnológico de Ciudad Valles.

 

Esto permitirá impulsar proyectos de interés común, intercambio de información especializada, la generación de publicaciones conjuntas y la implementación de esquemas de educación dual, en beneficio del fortalecimiento institucional.

 

En representación del Congreso del Estado, el diputado Roberto García Castillo, presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), señaló que este acuerdo permitirá impulsar acciones de investigación y conocimiento para fortalecer la formación académica de las y los jóvenes.

 

“Hoy no solo firmamos un convenio, sino que damos un paso firme hacia la construcción de un mejor San Luis Potosí. Este acuerdo representa la suma de voluntades entre el ámbito legislativo y el académico, con el objetivo de fortalecer la formación de las y los jóvenes, impulsar el conocimiento y traducirlo en soluciones reales para nuestra sociedad”, expresó.

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Congreso del Estado

Multas y suspensiones: así castigarán la violencia en eventos deportivos en SLP

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Las multas irán desde los mil a 5 mil UMA, mientras que la suspensiones de 1 a 5 años para organizar eventos

Por: Redacción

A propuesta del diputado Cuauhtli Badillo Moreno, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen que reforma diversos artículos de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de fortalecer la seguridad y prevenir la violencia en eventos deportivos.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas por parte de los organizadores de eventos deportivos o de espectáculos, para evitar la violencia y salvaguardar la seguridad en general, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas o penales que resulten, generará multas de 1000 a 5000 unidades de medida de actualización vigente que corresponda al momento de cometer la infracción, así como suspensión de uno a cinco años en la organización de eventos deportivos masivos o con fines de espectáculo.

La violencia se puede ver reflejada en cualquier evento deportivo, entre jugadores, aficionados, directivos, según sea la situación, que inicia desde un simple insulto verbal, hasta el lanzamiento de objetos y a una agresión física seria o causar la muerte.

Afirma que los sucesos violentos en eventos deportivos y de espectáculo disminuyen la confianza de los asistentes, por lo que se busca brindar solución a esta problemática con una suspensión temporal o definitiva del uso de instalaciones oficiales de cultura física y deporte, y otras sanciones administrativas para las personas involucradas de forma directa en actos de violencia y sancionar a quienes organizan.

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