julio 20, 2026

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Congreso del Estado

Progenitores condenados por asesinar a su pareja podrían perder custodia de sus hijos

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La diputada Aranzazu Puente señala que con esta medida, se busca una protección integral de los menores, así como su integridad.

 

Por: Redacción

Con el propósito de adicionar como causal de la pérdida de la patria potestad, la comisión de delitos de homicidio doloso o feminicidio en contra del otro progenitor, en protección de las niñas, niños y adolescentes, la diputada Aranzazu Puente Bustindui

presentó una iniciativa para adicionar la fracción VIII al artículo 293 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí.

La propuesta busca establecer como causal de pérdida de patria potestad, por resolución judicial, “Cuando el progenitor y/o progenitora de la o el menor teniendo el ejercicio de este derecho, sea condenado mediante sentencia ejecutoria, por la comisión de los delitos de homicidio doloso o feminicidio cometido en contra del otro progenitor o progenitora”.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que con esta medida, se busca una protección integral de los menores, así como su integridad.

Indica que una de las consecuencias más lamentables es la afectación que recienten las víctimas indirectas, y que son los menores de edad sujetos a la patria potestad de quien comete el delito de homicidio doloso o feminicidio, en contra de la pareja que también ejerce esa patria potestad, al colocarlos en una especial condición de vulnerabilidad.

Agrega, que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha fijado su postura de forma reiterada que en los asuntos en los que intervengan niñas, niños y adolescentes, las autoridades deben privilegiar su interés superior, por lo que al momento de determinarse cualquier aspecto relativo a la privación de la patria potestad, esta medida debe entenderse como excepcional en los que ellos resulte necesario para la protección adecuada de los mismos.

 

 

 

 

Congreso del Estado

Se busca nueva ley para garantizar detección y tratamiento oportuno de cáncer infantil

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El cáncer infantil y adolescente constituye una de las principales causas de mortalidad en menores de 18 años en México

 

Por: Redacción

Con el objetivo de establecer disposiciones en apego a los ordenamientos normativos generales en materia de salud y de detección del cáncer, la diputada Frinné Azuara Yarzábal propuso una iniciativa para expedir la Ley para la Detección y Tratamiento Oportuno e Integral del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia del Estado.

 

Con esta nueva legislación, se busca coordinar de mejor manera la estrategia para canalizar los recursos materiales y humanos que requieren los menores de edad en el tratamiento de este padecimiento, de acuerdo con su condición física, garantizando con ello el derecho a la salud, del interés superior de la niñez y a la vida.

 

Indica que que el cáncer infantil y adolescente constituye una de las principales causas de mortalidad en menores de 18 años en México, con predominio de leucemias, linfomas y tumores del sistema nervioso central.

 

Además, señaló que la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia, establece derechos y obligaciones que deben ser replicados y fortalecidos en el ámbito estatal.

 

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Congreso del Estado

Propone Sara Rocha iniciativa para mejorar Ley de Atención a Víctimas

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Se busca subsanar una deuda histórica de protección en materia de violencia de género, al incluir explícitamente el delito de feminicidio

Por: Redacción

Con el fin de garantizar el acceso a asesoría jurídica especializada, visibilizar el feminicidio y los derechos de las personas integrantes de comunidades y pueblos indígenas, y la población afromexicana, la diputada Ma. Sara Rocha Medina propuso una iniciativa para reformar disposiciones de la Ley de Atención a Víctimas para el Estado de San Luis Potosí.

 

Explicó que con estas reformas, se busca una armonización con lo establecido en la  Ley General de Víctimas, en lo relacionado con la ampliación de las garantías procesales en cuanto al acceso efectivo a la justicia, la debida diligencia y el acompañamiento humanitario de las víctimas; así como dotar de mayor inclusión, visibilización y enfoque diferencial en las políticas públicas de atención a las personas de las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanas.

 

Asimismo, se busca subsanar una deuda histórica de protección en materia de violencia de género, al incluir explícitamente el delito de feminicidio en el catálogo de supuestos que exigen esquemas prioritarios de protección estatal.

 

Esta adición armoniza nuestra legislación con las obligaciones suscritas por el Estado Mexicano en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)

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Congreso del Estado

Emilio Rosas propone reforma para Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

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Se establece que el Sistema Estatal, deberá garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias.

 

Por: Redacción

El diputado Emilio Rosas Montiel presentó una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley del Sistema de Seguridad Pública, ambas del Estado de San Luis Potosí, a fin de homologarla con las disposiciones federales en la materia y reforzar las acciones de protección a mujeres, niñas y adolescentes.

 

El legislador indica que se busca homologar la legislación estatal con las recientes reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, destacando la denominación del propio Ordenamiento para establecer el término de “violencias” en sustitución del de “violencia”, al considerar que las mujeres, niñas y adolescentes pueden sufrir cualquiera de las violencias en la multiplicidad de formas que la ley en cita reconoce que se presentan en la vida de las mujeres, y que van desde la violencia física, hasta la patrimonial, vicaria o política, a fin de destacar en la propia ley que el objeto debe ser la prevención, atención, sanción y erradicación de todas y cada una de tales violencias.

 

Se establece que el Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, deberá garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias.

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