agosto 23, 2026

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Estado

Estos son los requisitos que debería cumplir un tesorero municipal en SLP

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Angélica Mendoza propuso una iniciativa para establecer los requisitos que deben cumplir los aspirantes a desempeñar el cargo de tesorero municipal

Por: Redacción

La diputada Angélica Mendoza Camacho presentó la iniciativa para reformar la Ley Orgánica del Municipio Libre con el fin de establecer los requisitos para ser tesorero de un Ayuntamiento.

Destaca la obligatoriedad de contar con título profesional a nivel licenciatura en las carreras de Economía, Derechos Administración Pública o ser contador público con experiencia comprobable, pues de esta manera se evitarán improvisaciones dentro de la administración pública municipal.

La iniciativa señala que se debe contar con perfiles que garanticen el mejoramiento y la eficiencia de una administración municipal, mediante personas que cumplan con los requisitos para lo cual fueron designados, como es el caso de los tesoreros municipales.

Establece que para ocupar dicho cargo, se deberá cumplir con; No haber sido condenado por sentencia ejecutoria por la comisión de delitos patrimoniales que hayan ameritado pena privativa de la libertad.

Señaló que el artículo 81, también establece que son facultades y obligaciones del Tesorero, Intervenir en la elaboración de los proyectos de leyes, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con el manejo de los asuntos financieros del Municipio; asumir bajo su responsabilidad lo relativo a las erogaciones que realice fuera de los presupuestos y programas aprobados por el Ayuntamiento; determinar, liquidar y recaudar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos , productos y aprovechamientos que correspondan al Municipio conforme a la respectiva Ley de Ingresos municipal y demás leyes fiscales.

Consideró que como tesorero tiene que resguardar los ingresos que en efectivo recaude por los conceptos enunciados en la fracción anterior que correspondan al Municipio, en términos de la Ley de Ingresos respectiva, y realizar el depósito bancario de los mismo al día hábil; Vigilar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones de carácter fiscal; Tener al corriente el padrón fiscal municipal, así como ordenar y practicar visitas de auditoria conforme a derecho, a los obligados en materia de contribuciones hacendarias municipales y ejercer la facultad para hacer efectivo el pago de las contribuciones cuyo cobro le corresponda al municipio;

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Ciudad

Construcción de UBR en Villa de Pozos avanza al 80%

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El Gobierno Municipal, por medio del DIF Municipal, ofrecerá servicios de fisioterapia, hidroterapia, terapia ocupacional y del lenguaje

Por: Redacción

Con esfuerzo constante, el gobierno Municipal de Villa de Pozos mantiene los trabajos en la obra de la Unidad Básica de Rehabilitación (URB), el primer proyecto de su tipo en el municipio, el cual beneficiará a alrededor mil 500 habitantes al brindar atención integral para personas con discapacidad.

El director de Infraestructura y Fortalecimiento Municipal, Antonio Rodríguez Rangel, dio a conocer que la obra presenta un avance del 80 por ciento, con trabajos que abarcan la intervención de tres mil 700 metros cuadrados, en los que se establecerán espacios recreativos y de apoyo, así como departamentos para dar servicios especializados en psicología, terapia de lenguaje, hidroterapia, estimulación múltiple, enfermería y trabajo social.

Asimismo, indicó que en la obra también se contempla la construcción de un lienzo y caballerizas, las cuales estarían destinadas para brindar sesiones de equinoterapia, con el objetivo de aumentar las opciones de terapias de rehabilitación de las personas usuarias.

Finalmente, Rodríguez Rangel recordó que una vez concluido el proyecto, el Gobierno Municipal, por medio del DIF Municipal, ofrecerá servicios de fisioterapia, hidroterapia, terapia ocupacional y del lenguaje, los cuales estarán a cargo de personal capacitado y profesional en atención a personas con algún tipo de discapacidad.

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Destacadas

600 elementos de la GCE vigilarán el Atlético de San Luis vs Pachuca

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El operativo busca que los asistentes disfruten, permitiendo anticipar riesgos para que el espectáculo se desarrolle de manera segura

Por: Redacción

600 elementos de la Guardia Civil Estatal (GCE), seguridad privada, la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) y corporaciones municipales participarán este domingo 23 de agosto en el operativo Estadio Seguro, con motivo del encuentro entre Atlético de San Luis y Pachuca, programado a las 17:00 horas en el estadio Libertad Financiera.

Por instrucción del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, el despliegue comenzará a las 13:00 horas, antes de la apertura de puertas, con vigilancia dentro y fuera del estadio, además de los accesos, zonas de concentración y principales vialidades de llegada y salida.

El operativo busca que los asistentes disfruten en orden y tranquilidad, permitiendo anticipar riesgos para que el espectáculo deportivo se desarrolle de manera segura, como parte del cambio que se vive.

El titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Jesús Juárez Hernández, pidió atender las indicaciones, utilizar los accesos establecidos, evitar el ingreso de objetos prohibidos y mantener una conducta responsable, ante la asistencia prevista de cerca de 12 mil personas.

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Congreso del Estado

Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP

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Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.

 

Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.

 

Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.

 

Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.

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Opinión

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