noviembre 21, 2024

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El trascendental invento potosino: la comunicación inalámbrica | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash

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EL CRONOPIO.

Este 10 de junio se cumplen ciento treinta y cinco años de la primera patente de un sistema de comunicación inalámbrica en el mundo. Aunque la historia oficial decreta que son 125 años, al otorgársele el 10 de junio de 1896 la patente a Marconi. La verdad es que diez años antes el 10 de junio de 1886 el Ministerio de Fomento le otorgaba al potosino Francisco Javier Estrada, la patente para el uso exclusivo del privilegio de comunicar un tren de ferrocarril en movimiento con las oficinas telegráficas, base de la comunicación inalámbrica, que había sido arbitrada por el equipo técnico del Ministerio, el cual fue publicado el 12 de junio de 1886 en el decreto número 9574.

Para ese año Francisco Javier Estrada era un reconocido profesor de física que tenía una buena cantidad de trabajos y desarrollos tecnológicos de primacía mundial realizados y conocidos en el país y otros países avanzados tecnológicamente. Sus trabajos no pasaban desapercibidos. A pesar de ello y debido a lo avanzado de su enfermedad era retirado de la cátedra de física del Instituto Científico y Literario de San Luis Potosí.

Mientras Estrada era retirado de la cátedra, el Ministerio de Fomento revisaba y estudiaba la solicitud de Estrada de su invención, para comunicar trenes en movimiento. Triste situación para una Institución que dejaba de lado la posibilidad de su prestigio como institución de primera línea y con reconocimiento mundial; el trabajo de Estrada no pasaba desapercibido en la comunidad científica alrededor del mundo, y sus contribuciones, no sólo eran tomadas en cuenta sino que eran aprovechadas y tomadas posteriormente como originales al no quedar suficientemente registradas y aprovechadas por la sociedad mexicana y principalmente por sus instituciones educativas y gubernamentales. Las ideas quedaban así desprotegidas, en espera de ver terminadas los privilegios en tiempo que otorgaban las patentes aprobadas.

En junio de 1886 el Ministerio de Fomento otorgaba la patente para comunicar trenes en movimiento a Francisco Estrada, y en esta fecha se presentaba uno de los íconos en la historia de la ciencia y tecnología mundial, el registro del principio de comunicación inalámbrica que debería ser de orgullo para el país, y en especial para San Luis Potosí.

Un mes después, la propia prensa local promocionaba un experimento más de Edison, lo que sería una aplic ación similar a la de Estrada, pero presentada como una simple prueba para un futuro desarrollo. La Comunicación entre trenes en el ferrocarril de Chicago, Milwaukee y Sant Paul, donde se enviaban despachos a las estaciones desde el tren, provistos de al ambres en los techos que se comunican a los alambres tendidos a los lados de la vía por inducción

Edison reconocería que en la carrera por lograr los desarrollos en electromagnetismo, quién no había incurrido en tomar el trabajo de otros investigadores como suyos, se refería, a fin de explotar comercialmente la idea. Entre la realidad y el mito, ha perdurado la idea que Edison utilizó la mayoría de las ideas de Estrada como suyas, y en ello, hay un dejo de verdad. Pensamos que los agentes de Edison recogían información sobre los trabajos y adelantos de Estrada y Edison, se apresuraba a registrar las ideas, no los desarrollos, en especial la comunicación entre trenes en movimiento que registrara en 1885 como simple idea, cuando Estrada tenía listo el aparato y lo sometía al Ministerio de Fomento, mientras era separado de su cátedra.

El sistema de Estrada para comunicar trenes en movimiento era un Sistema con el que se comunica a los trenes de ferrocarril en movimiento con las oficinas telegráficas, sin unir los trenes con la vía telegráfica mediante un circuito continuo. Consiste en un circuito especial a lo largo de los vagones. Trabaja por inducción o influencia sobre el alambre telegráfico colocado de antemano en los postes de la misma vía, pudiendo inducirse ambos circuitos sin afectar la transmisión, vía telegráfica. A todas luces el mismo sistema que probaba Edison en Nueva York. Los agentes y promotores de las compañías de Edison habían hecho su trabajo, pero la primacía la tenía entonces Estrada.

La comunicación del privilegio fue publicada en los diarios oficiales de los estados de la República, y en el Diario Oficial, como se acostumbraba. En San Luis Potosí, el Gobierno del Estado anunciaba el comunicado oficial de la Secretaría de Fomento

Este descubrimiento de la comunicación inalámbrica fue merecedor al otorgamiento del Premio Nobel de Física en el año de 1909 a Marconi. La historia está en deuda con Francisco Javier Estrada y algún día, tal como sucedió con el descubrimiento del teléfono que en un principio fue asignado a Bell, la rectificación histórica ahora reconoce a Meucci como su inventor, se le reconocerá a Estrada para orgullo de los potosinos.

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Ciudad

¿Qué pasó con la propuesta para eliminar las casetas en la Zona Industrial?

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Desde hace tres años se prometió buscar una negociación para retirar las casetas que afectan a proveedores y trabajadores en SLP

Por: Redacción

Desde hace tres años, el gobierno estatal prometió negociar el retiro de las casetas en la Zona Industrial, como la ubicada en la carretera Ciudad Valles-Rioverde, pues estas afectan a proveedores y trabajadores. Guadalupe Torres Sánchez, secretario general de gobierno, indicó que dichas negociaciones no avanzaron como esperaban.

El funcionario estatal comentó que existen algunas ofertas por parte de la concesionaria, aunque el gobierno trabaja en una maniobra jurídica.

Aclaró que no se planea desconocer los derechos adquiridos de personas morales que hayan hecho alguna inversión,

sino de liberar la barrera que existe en el pulmón económico de San Luis Potosí, que es el sector industrial.

Torres Sánchez apuntó que existen otras propuestas como: reducir la tarifa, generar otra caseta de cobro para evitar embotellamiento y ampliar a tres carriles la carretera 57 hasta las casetas. “Aunque el propósito del estado es liberarlo de forma total, absoluta y plena”.

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Turista muere en paraje de Tambaque por accidente

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El joven originario del estado de Veracruz resbaló, se golpeó y se ahogó en el río de la Huasteca 

Por: Redacción

Un joven turista falleció en un accidente en el paraje El Nacimiento, en la localidad de Tambaque, Aquismón, la víctima fue identificada como Eiban Martínez Cruz, residente de Tantoyuca, Veracruz.

Fuentes oficiales informaron que el joven estaba de paseo y se había metido al río, cuando presuntamente se resbaló y al caer se golpeó la cabeza con una roca, quedando inconsciente dentro del agua.

Algunas personas que presenciaron el accidente se adentraron al río para sacarlo, pero cuando lo consiguieron, ya era demasiado tarde, pues había fallecido.

Policías municipales llegaron al lugar y acordonaron la zona; posteriormente, personal de la Fiscalía General del Estado arribó para investigar.

Las primeras indagaciones indican que Eiban se habría ahogado. Aunque aparentemente se trató de un accidente, se abrió una carpeta de investigación de oficio, el cuerpo fue llevado al Servicio Médico Legal para la necropsia de ley y luego será entregado a sus familiares.

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Los beneficios y pendientes de la despenalización del aborto en SLP

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Activistas señalan qué hace falta reformar la Ley de Salud, y saber a dónde acudir, conseguir insumos médicos o procedimientos a realizar

Por: Ana G Silva

El pasado 7 de noviembre, el Congreso de San Luis Potosí cumplimentó las sentencia ganada por la Colectiva ILE en el expediente 765/2024 del Juzgado Tercero de Distrito y en el JDC 94/2024 del Tribunal Electoral, al despenalizar el aborto en San Luis Potosí hasta las doce semanas de gestación.

Luego de esta resolución, se generaron algunas dudas sobre las garantías que esto trae y los temas pendientes, es por eso que La Orquesta conversó con Marcela García, presidenta de Nueva Luna Salud para las Mujeres A.C., y con Fabiola Luna, integrante de la colectiva Marea Verde y de la red de Médicas por el Derecho a Decidir.

Se debe señalar que aún no se puede acudir a los centros médicos para acceder a estos servicios, hasta que se reforme la Ley de Salud; no obstante, las colectivas feministas pueden orientar para acceder a ese derecho, además de que medicamentos, como el Misoprostol, son de venta libre en farmacias, ya que comercializa originalmente para problemas gastrointestinales.

Marcela García aclaró que la acción legislativa que despenaliza el aborto consistió en derogar el Artículo 148 del Código Penal estatal, este artículo penalizaba la practica de la interrupción del embarazo, lo que significa que ya nadie pude ser encarcelada/o por practicar un aborto.

La presidenta de Nueva Luna agregó que aún falta que este derecho se “legalice”, es decir que el estado garantice el acceso seguro e integral a la interrupción del embarazo a través de los servicios médicos de salud, además de realizar campañas educativas y formativas para modificar las creencias erróneas sobre el asunto.

Es por eso que se espera que pronto se reforme la Ley de Salud para acceder a estos servicios, tema que las colectivas y diputadas en San Luis Potosí ya trabajan para presentarlo al Congreso del Estado.

García comentó que todos los servicios de salud podrían brindar el servicio para el aborto, pero deben diseñarse las políticas públicas adecuadas partiendo de la reforma a la Ley de Salud. Los hospitales privados también serán incluidos, aunque consideró que “el aparato de gobierno debe diseñar los protocolos e incluir en sus catálogos el servicio y los procedimientos”, lo que implicará mucho trabajo técnico de organización en los servicios de salud pública del estado en concordancia con la iniciativa privada y organizaciones de la sociedad civil.

Fabi Luna añadió que, según los estándares internacionales, los médicos que pueden acompañar o realizar una interrupción del embarazo son cualquier médico que tenga la profesionalización, es decir: médicos generales, médicos y médicas ginecólogas y obstetras, incluso personal de enfermería que sea capacitado y entrenado. Destacó que las vías para realizar un aborto son médico o quirúrgico, que es por medio de una aspirado manual endouterino, pues los legrados están prohibidos por la Organización Mundial de la Salud por el riesgo que representan.

En el caso de las farmacias, Marcela García recordó que uno de los medicamentos es de venta libre (sin receta), aunque enfatizó que una vez que se reforme la Ley de Salud, dicho sector deberá proveer estas pastillas.

La presidenta de Nueva Luna explicó que en el caso de las menores que deseen abortar deben ser acompañadas por sus madres o padres de acuerdo con la Ley, no se otorgan servicios de ningún tipo a personas menores de 18 años: “No es precisamente un permiso sino el acompañamiento por ser menores”.

Por su parte, la integrante de la red de Médicas por el Derecho a Decidir resaltó que los derechos sexuales y reproductivos de niñas, niños y adolescentes a nivel nacional indica que cualquier menor de edad, pero mayor de 12 años, que acuda a un servicio de salud para información que tenga que ver con su salud sexual, incluso para la interrupción de un embarazo, tiene derecho de ir solo o sola.

“La cuestión aquí va a ser cómo se va a plantear toda esta situación, porque según los derechos sexuales reproductivos, cualquier persona que tenga 12 años cumplidos puede acceder a los servicios. De hecho la nom. 046, que habla de interrupción del embarazo por violación o por violencia sexual, sí ampara a los menores; un menor que llegue con alguna persona que esté como testigo, puede firmar solamente como testigo, pero tiene que darse el acceso a la menor”.

El Frente Marea Verde explicó que los cambios en el decreto para la despenalización del aborto surtirán efecto una vez publicado en el Periódico Oficial del Estado, impacta en los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal del Estado. Estas modificaciones permiten que cualquier mujer, niña o persona gestante que decida no maternar y se someta a la interrupción del embarazo, no podrá ser criminalizada, investigada ni sancionada por ningún motivo, siempre y cuando este procedimiento ocurra dentro de las primeras 12 semanas de gestación.

Fabiola Luna subrayó que con la despenalización se protege a las mujeres y personas gestantes, pero no al personal médico, aunque desde el pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia y lo que decretó el año pasado, ya tampoco se puede penalizar a ningún profesional de la salud que acompañe o que ayude a que ocurra una interrupción del embarazo voluntario.

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