julio 29, 2026

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Congreso del Estado

Diputado propone incrementar las penas por robo a casa-habitación

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René Oyarvide señaló que la pena podría ir desde los 8 a los 14 años de prisión sin importar el monto de lo robado

Por: Redacción

A fin de incrementar las penas por el delito de robo a casa-habitación, el diputado René Oyarvide propuso reformar el Código Penal del Estado en el artículo 218 para castigar con entre 8 y 14 años de prisión, además de una sanción económica que va desde los 800 a los mil 400 días de valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien cometa este delito.

El diputado señaló que actualmente este delito va en incremento en el estado, sobre todo en zonas populares donde el reclamo social de los ciudadanos es que se combata este tipo de delincuencia que genera miedo e inseguridad en sus hogares. Y agregó que según datos del Inegi, San Luis Potosí es uno de los 12 estados con mayor incidencia por robo, con un 90.6 por ciento en el que se refiere a casa-habitación.

Además, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo de Sistema de Seguridad Pública, en San Luis Potosí se han registrado 701 robos a casa habitación de enero a octubre del 2021

, con un aumento considerable en los últimos meses. Es por ello, que se estima que este ilícito debe de tener un aumento en la pena, sin importar el monto de lo robado, si se entiende que con este tipo de conductas, el delincuente no solo se apodera de un bien o bienes inmuebles, sino que también violenta el domicilio de las personas, y pone en riesgo su seguridad e integridad.

Oyarvide Ibarra señaló que se busca evitar que se sigan perpetrando estos delitos a futuro, ya que se afecta tanto patrimonial como económicamente a las familias potosinas, y también se genera incertidumbre sobre el propio domicilio al poner en riesgo la integridad de sus habitantes.

La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Justicia.

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Congreso del Estado

Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+

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Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+

Por: Redacción

La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.

 

La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.

 

Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+

; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.

 

En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.

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Congreso del Estado

Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual

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Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas

Por: Redacción

Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual,  en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada  Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.

 

La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.

 

De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.

 

Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.

 

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Congreso del Estado

Congreso de San Luis Potosí aprueba reformas para fortalecer la protección de las mujeres

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Las modificaciones incorporan nuevos conceptos a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y armonizan la legislación estatal con la normativa federal

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer el marco jurídico para la prevención, atención y sanción de la violencia de género.

Entre los cambios aprobados se encuentra la incorporación de los conceptos de agresor, debida diligencia y enfoque diferencial, además de ampliar las definiciones de violencia en la comunidad y violencia escolar.

La iniciativa, impulsada por la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, también establece la obligación de proporcionar información para integrar el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, con el propósito de fortalecer el seguimiento de estos mecanismos de protección.

De acuerdo con el dictamen, la figura de la debida diligencia busca establecer un estándar obligatorio de actuación para las autoridades en la prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, mientras que el enfoque diferencial reconoce que las víctimas pueden enfrentar distintos niveles de vulnerabilidad dependiendo de su contexto social o condición.

Las reformas también profundizan en la definición de la violencia que ocurre en espacios comunitarios y escolares, con el fin de fortalecer la protección de mujeres, niñas y adolescentes en estos entornos.

Con estas modificaciones, el Congreso señaló que la legislación estatal queda armonizada con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

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