Congreso del Estado
Congreso propone garantizar reparación a víctimas indirectas de femenicidio
La propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia y garantizar la protección de las víctimas indirectas de feminicidio, la diputada Dulcelina Sánchez De Lira presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en concordancia con la Ley General de Víctimas y el Protocolo Spotlight.
La legisladora señaló que, la propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas, mediante el acceso a educación, salud y sustento.
Además señaló que la iniciativa contempla reformas y adiciones a los artículos 135, 135 Bis y 135 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en los que se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, además de precisar que toda muerte violenta de una mujer deberá ser investigada de oficio, bajo el protocolo especializado en feminicidio.
Asimismo, se detallan las circunstancias que configuran razones de género, entre ellas la existencia de relaciones de parentesco, afecto, laborales, docentes o de confianza entre la víctima y el agresor
, así como la presencia de violencia sexual, lesiones degradantes, mutilaciones, uso de sustancias corrosivas o actos que generen sufrimiento.La legisladora Dulcelina Sánchez, indicó que esta propuesta además busca incorporar el concepto de feminicidio en grado de tentativa, cuando se realicen actos encaminados a privar de la vida a una mujer por razones de género, sin que el delito se consuma por causas ajenas a la voluntad del agresor.
En lo referente al artículo 135 Ter, se establece que en toda sentencia condenatoria por feminicidio, el juzgador deberá garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, incluyendo el pago de indemnización y gastos funerarios, acceso gratuito y permanente a servicios de salud mental y atención médica especializada, así como mecanismos que aseguren el sustento alimenticio y educativo de las hijas e hijos menores de edad o con discapacidad.
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Congreso del Estado
Congreso del Estado instala Comisión de Atención a Periodistas
Tendrá facultades para orientar y defender a comunicadores en riesgo; entre sus integrantes figura Héctor Serrano
Por: Redacción
El Pleno de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó este martes, en sesión extraordinaria, la integración de la Comisión Especial de Atención a Periodistas, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
La comisión quedó conformada así: Presidenta:
Entre sus atribuciones figuran orientar a periodistas que enfrenten situaciones de riesgo o hayan sido objeto de agresiones, dar seguimiento a sus quejas ante instancias competentes y proponer mejoras en los mecanismos de protección para comunicadores en el estado.
“Vamos a trabajar desde la presidencia de la comisión en la vinculación con los comunicadores, que es el objetivo principal”, señaló Robles Chairez.
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Congreso del Estado
Congreso propone atención a salud mental en universidades de SLP
Sara Rocha Medina presentó una iniciativa para reformar la Ley de Educación del Estado y obligar a las instituciones de educación superior a contar con personal especializado y estructura organizacional dedicada a la atención de la salud mental de los estudiantes
Por: Redacción
La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa de decreto que propone reformar la Ley de Educación del Estado para que las instituciones de educación superior garanticen la atención a la salud mental, con personal especializado y estructura organizacional con funciones específicas en la materia.
La propuesta sostiene que es fundamental atender en etapas tempranas cualquier padecimiento, por lo que resulta necesaria una estructura en los planteles de educación superior que permita prevenir, atender y encauzar a los estudiantes que requieran atención especializada.
Rocha Medina señaló que en México el interés en la salud mental se encuentra desestimado, pese a que la ansiedad y la depresión se han convertido en dos de las enfermedades con mayor prevalencia y causantes de discapacidad en el mundo.
La legisladora advirtió que la etapa universitaria conlleva retos importantes: las exigencias académicas y, en muchos casos, la necesidad de trabajar para solventar los gastos universitarios generan situaciones de estrés que afectan directamente la salud mental y emocional de los jóvenes.
Los problemas de salud mental entre los estudiantes pueden convertirse en un obstáculo para continuar con sus estudios, con consecuencias emocionales, económicas y sociales que pueden dejar secuelas permanentes.
“La salud es un derecho humano que, por supuesto, incluye a la salud mental. Como todo derecho humano, el Estado tiene que garantizarlo y las universidades públicas son espacios en los que se puede brindar otras posibilidades a poblaciones que han sido históricamente muy vulneradas”, sostuvo la diputada.
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Congreso del Estado
Personas que cometan o encubran delitos contra la libertad sexual ya no podrán usar “excusas legales excluyentes”
Leticia Vázquez explicó que actualmente, el Código Penal incluye en el caso del delito de encubrimiento, excluyentes de responsabilidad
Por: Redacción
Con el objetivo de establecer la restricción de excluyentes de responsabilidad penal en el delito de “encubrimiento”, respecto a los delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que actualmente, el Código Penal del Estado incluye en el caso del delito de encubrimiento, excluyentes de responsabilidad para que no se imponga sanción alguna al cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes o descendientes consanguíneos del delincuente o colaterales hasta en segundo grado, quienes sin haber participado en un hecho considerado como delictuoso, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado de un delito con el propósito de que se sustraiga a la acción de la justicia.
Sin embargo, es importante incluir expresamente que estos excluyentes de responsabilidad para familiares, no surtirán efecto cuando se trate de delitos de feminicidio, homicidio de persona menor de edad; o de los delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual, y el normal desarrollo psicosexual.
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