Congreso del Estado
Proponen reforma para mayor transparencia municipal en SLP
Se impulsarán sesiones públicas y rendición de cuentas trimestrales obligatorias para los ayuntamientos
Por: Redacción
Las comisiones de los ayuntamientos deban sesionar por lo menos una vez al mes, y bajo el principio de máxima publicidad y transparencia, sus sesiones deben ser públicas y transmitidas en tiempo real a través de medios electrónicos, y, de manera obligatoria, llamen a comparecer a los titulares de las dependencias administrativas municipales cada trimestre a efecto de que informen sobre los asuntos de su competencia.
La iniciativa con proyecto de decreto que modifica el párrafo Tercero del artículo 91 y el párrafo primero del artículo 91 bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre; el objetivo primordial de que las comisiones de los ayuntamientos funcionen de manera adecuada es el de vigilar cada uno de los ramos de la administración municipal, y coadyuvar en la atención de las necesidades que cada área necesite, esto con la participación directa de los regidores municipales.
A pesar de que su integración y actuar se expresa en la ley orgánica, debemos reconocer que en la mayoría de los municipios dichas comisiones no realizan las actividades que les son encomendadas en la legislación, y su funcionamiento ha pasado a ser prácticamente ornamental.
Señala la exposición de motivos que “en la actualidad y dada la complejidad de los asuntos que día a día se generan en cada municipio, resulta trascendental que, tanto los regidores, como las comisiones que integran, se sumen de manera activa a la resolución de problemáticas comunes y puedan intervenir de forma directa en la vigilancia y rendición de cuentas de la administración municipal, razón por la que es necesario establecer en la Ley la obligatoriedad de que dichos órganos sesionen por lo menos una vez al mes, y que sus sesiones sean de carácter público y transparente, debiendo ser transmitidas en tiempo real a través de medios electrónicos, y que no generen un costo al erario, como lo son redes sociales o plataformas de streaming”.
La ciudadanía será el único beneficiado de esta reforma, pues estamos generando una apertura real a los trabajos que se realizan dentro de las comisiones de los ayuntamientos y de igual manera a vigilar el desempeño de sus regidores, que actúan como representantes populares al momento de tomar decisiones que afectaran directamente a la sociedad.
“El hecho de que las comisiones deban sesionar y hacerlo de carácter público nos acerca cada vez más a un sistema abierto y absolutamente transparente, donde cualquier ciudadano desde cualquier lugar pueda ser testigo del actuar de sus representantes. En este mismo sentido se propone que las comisiones citen a comparecer de manera trimestral a los titulares de las dependencias administrativas municipales, con el objeto de que informen sobre los asuntos concernientes a su área de trabajo, cabe destacar que el cabildo en su conjunto representa la mayor autoridad municipal, y que cada comisión tiene como objeto el vigilar cada uno de los rubros de la administración, por lo que una estrecha relación de comunicación y trabajo entre comisiones y órganos administrativos resultaría en una mayor eficiencia”.
La iniciativa se encuentra en análisis en comisiones para su posible aprobación.
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Congreso del Estado
Congreso plantea tipificar ciber acoso sexual como delito
Esta necesidad surge debido a que existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales
Por: Redacción
En la comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado se analiza una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado con el objetivo de tipificar el ciberacoso sexual.
El ciberacoso sexual se define como el hostigamiento o acecho a una persona mediante el uso de tecnologías de la información, redes sociales, mensajería instantánea o cualquier medio digital, con conductas de connotación sexual no consentidas.
Estas conductas, que incluyen el envío de mensajes, proposiciones o comentarios sexuales explícitos no deseados, así como el acecho digital con fines lascivos, generan un daño psicológico profundo, vulneran la intimidad y la tranquilidad de las víctimas, y pueden escalar a formas de violencia aún más graves.
Si bien el ordenamiento ya tipifica delitos como el hostigamiento sexual y cuenta con una robusta figura contra la difusión ilícita de imágenes íntimas, existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales, particularmente cuando no media una relación de subordinación previa y cuando la agresión no consiste en la difusión de contenido visual. Este vacío deja en estado de indefensión a las víctimas de estas prácticas.
Congreso del Estado
Hasta dos años de cárcel a quien comenta el delito de acecho en SLP
El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor o con discapacidad
Por: Redacción
A propuesta de la diputada Roxanna Hernández Ramírez, se aprobó el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, a fin de tipificar como delito el acecho.
En el Código Penal del Estado se indica que comete el delito de acecho quien, por cualquier medio, incluido el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como dispositivos electrónicos, de manera reiterada, vigile, siga, persiga, busque cercanía física, o establezca contacto o comunicación no deseada con una persona, causándole temor, intimidación, o angustia, o afectación a su libertad, seguridad, integridad, o a su vida cotidiana.
Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos que resulten concurrentes.
El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista relación de subordinación o dependencia; o el delito sea cometido por persona servidora pública, en cuyo caso se perseguirá de oficio.
Congreso del Estado
Se aprueba “Ley gobernadora”| Diputados aprueban que sean mujeres todas las candidatas en 2027
Con 19 votos a favor y 8 en contra, la Ley de Paridad de Género fue aprobada esta mañana y con ella se erradicarán viejas prácticas
Por: Redacción
Este domingo fue aprobada en sesión ordinaria del Congreso del Estado de San Luis Potosí la Ley de Paridad, presentada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), que garantiza la participación de mujeres en la elección a la gubernatura en 2027.
Con esta ley, se cumple el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de garantizar la participación de las mujeres en la postulación de candidaturas en elecciones federales, municipales y estatales, así como en la integración de cargos públicos en un Estado que, en toda su historia, nunca ha tenido una mujer en la gubernatura.
Con 19 votos a favor y 8 en contra, la Ley de Paridad de Género fue aprobada esta mañana y con ella se erradicarán viejas prácticas de algunos partidos que durante las elecciones confinan a las mujeres en candidaturas de relevancia.
Cabe destacar que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana expuso en su iniciativa presentada al poder legislativo que, bajo las condiciones actuales, a pesar de la observancia constitucional del principio de paridad, las mujeres enfrentan obstáculos estructurales para poder acceder a la titular del Poder Ejecutivo Estatal.
En San Luis Potosí, diversos sectores han mostrado su respaldo a la Ley de Paridad, que reconoce a las mujeres y les plantea piso parejo en la vida electoral del Estado.
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