Congreso del Estado
Proponen reforma para mayor transparencia municipal en SLP
Se impulsarán sesiones públicas y rendición de cuentas trimestrales obligatorias para los ayuntamientos
Por: Redacción
Las comisiones de los ayuntamientos deban sesionar por lo menos una vez al mes, y bajo el principio de máxima publicidad y transparencia, sus sesiones deben ser públicas y transmitidas en tiempo real a través de medios electrónicos, y, de manera obligatoria, llamen a comparecer a los titulares de las dependencias administrativas municipales cada trimestre a efecto de que informen sobre los asuntos de su competencia.
La iniciativa con proyecto de decreto que modifica el párrafo Tercero del artículo 91 y el párrafo primero del artículo 91 bis de la Ley Orgánica del Municipio Libre; el objetivo primordial de que las comisiones de los ayuntamientos funcionen de manera adecuada es el de vigilar cada uno de los ramos de la administración municipal, y coadyuvar en la atención de las necesidades que cada área necesite, esto con la participación directa de los regidores municipales.
A pesar de que su integración y actuar se expresa en la ley orgánica, debemos reconocer que en la mayoría de los municipios dichas comisiones no realizan las actividades que les son encomendadas en la legislación, y su funcionamiento ha pasado a ser prácticamente ornamental.
Señala la exposición de motivos que “en la actualidad y dada la complejidad de los asuntos que día a día se generan en cada municipio, resulta trascendental que, tanto los regidores, como las comisiones que integran, se sumen de manera activa a la resolución de problemáticas comunes y puedan intervenir de forma directa en la vigilancia y rendición de cuentas de la administración municipal, razón por la que es necesario establecer en la Ley la obligatoriedad de que dichos órganos sesionen por lo menos una vez al mes, y que sus sesiones sean de carácter público y transparente, debiendo ser transmitidas en tiempo real a través de medios electrónicos, y que no generen un costo al erario, como lo son redes sociales o plataformas de streaming”.
La ciudadanía será el único beneficiado de esta reforma, pues estamos generando una apertura real a los trabajos que se realizan dentro de las comisiones de los ayuntamientos y de igual manera a vigilar el desempeño de sus regidores, que actúan como representantes populares al momento de tomar decisiones que afectaran directamente a la sociedad.
“El hecho de que las comisiones deban sesionar y hacerlo de carácter público nos acerca cada vez más a un sistema abierto y absolutamente transparente, donde cualquier ciudadano desde cualquier lugar pueda ser testigo del actuar de sus representantes. En este mismo sentido se propone que las comisiones citen a comparecer de manera trimestral a los titulares de las dependencias administrativas municipales, con el objeto de que informen sobre los asuntos concernientes a su área de trabajo, cabe destacar que el cabildo en su conjunto representa la mayor autoridad municipal, y que cada comisión tiene como objeto el vigilar cada uno de los rubros de la administración, por lo que una estrecha relación de comunicación y trabajo entre comisiones y órganos administrativos resultaría en una mayor eficiencia”.
La iniciativa se encuentra en análisis en comisiones para su posible aprobación.
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Congreso del Estado
Congreso busca garantizar responsabilidad alimentaria del padre biológico
Propone eliminar cualquier ambigüedad para garantizar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas y los niños y adolescentes
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.
La propuesta plantea establecer de manera explícita que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso en los casos donde un menor haya sido reconocido legalmente por un tercero.
La legisladora señaló que, el derecho a recibir alimentos constituye un derecho humano fundamental consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Niñas y los Niños.
Explicó que, si bien el Código Familiar del Estado establece la obligación de proporcionar alimentos derivada de la relación de filiación
, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad bajo el argumento de que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre.Ante esta situación, la diputada Hernández Ramírez consideró la importancia de realizar ajustes legales que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.
Además la iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145 así como crear el artículo 145 Bis y adicionar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.
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Congreso del Estado
Congreso propone garantizar reparación a víctimas indirectas de femenicidio
La propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia y garantizar la protección de las víctimas indirectas de feminicidio, la diputada Dulcelina Sánchez De Lira presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en concordancia con la Ley General de Víctimas y el Protocolo Spotlight.
La legisladora señaló que, la propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas, mediante el acceso a educación, salud y sustento.
Además señaló que la iniciativa contempla reformas y adiciones a los artículos 135, 135 Bis y 135 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en los que se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, además de precisar que toda muerte violenta de una mujer deberá ser investigada de oficio, bajo el protocolo especializado en feminicidio.
Asimismo, se detallan las circunstancias que configuran razones de género, entre ellas la existencia de relaciones de parentesco, afecto, laborales, docentes o de confianza entre la víctima y el agresor
, así como la presencia de violencia sexual, lesiones degradantes, mutilaciones, uso de sustancias corrosivas o actos que generen sufrimiento.La legisladora Dulcelina Sánchez, indicó que esta propuesta además busca incorporar el concepto de feminicidio en grado de tentativa, cuando se realicen actos encaminados a privar de la vida a una mujer por razones de género, sin que el delito se consuma por causas ajenas a la voluntad del agresor.
En lo referente al artículo 135 Ter, se establece que en toda sentencia condenatoria por feminicidio, el juzgador deberá garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, incluyendo el pago de indemnización y gastos funerarios, acceso gratuito y permanente a servicios de salud mental y atención médica especializada, así como mecanismos que aseguren el sustento alimenticio y educativo de las hijas e hijos menores de edad o con discapacidad.
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Congreso del Estado
Congreso aprueba reforma enfocada a reducción de privilegios
Estas disposiciones surtirán efectos a partir del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda
Por: Redacción
En Sesión Ordinaria, el pleno del Congreso del Estado aprobó la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas porciones normativas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de privilegios, enviada por la Cámara de Diputados.
En este dictamen, presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, se reforma el artículo 115 la fracción I de la Constitución Federal, para establecer que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.
Se establece en los transitorios, que estas disposiciones surtirán efectos a partir del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda.
Los ahorros que se consideren con la reducción en el número de síndicos y regidores, se integrarán al patrimonio de la hacienda pública municipal.
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