diciembre 18, 2025

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Congreso del Estado

Congreso de SLP reformará ley para prevenir violencia en contra de mujeres embarazadas

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Se buscará incrementar la sanción cuando se trate de mujer embarazada o durante los tres meses posteriores al parto.

Por: Redacción

Los integrantes de la Comisión de Justicia de la LXIII Legislatura, aprobaron el dictamen de la iniciativa que propone agravar en el delito de Violencia Familiar por dos causas, la primera de estas alude a que el delito se cometa en contra de una mujer embarazada y la segunda, durante los tres meses posteriores al parto. Esto con el propósito de prevenir y sancionar la violencia en contra de las mujeres embarazadas o en situación de postparto.

Esta iniciativa fue presentada por la diputada Lidia Nayeli Vargas, donde se plantea reformar los artículos, 9°, 13, y 91; y adicionar al artículo 92 el párrafo cuarto del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí para reformar, los artículos, 205 en su párrafo último, y 205 Bis en sus fracciones, IV, y V, y en el Título Sexto denominación del capítulo VI; y adicionar al artículo 205 Bis la fracción VI del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

La sesión de trabajo de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado, estuvo presidida por su presidenta la diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, el vicepresidente diputado Juan Francisco Aguilar Hernández, el secretario diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, y las y los vocal; Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, Nadia Esmeralda Ochoa Limón, Rubén Guajardo Barrera, y Martha Patricia Aradillas Aradillas.

Durante el análisis, discusión y aprobación del dictamen se destacó que el propósito de la iniciativa para reformar el Código Familiar y el Código Penal del Estado de San Luis Potosí, es que en las hipótesis de conflicto de derechos se considere a los relativos de violencia contra las mujeres embarazadas o por razones de género; así como en la de violencia familiar; proteger a estos grupos tratándose de divorcio incausado; y aplicar medidas de protección en caso de violencia familiar.

En el delito de violencia familiar se buscará incrementar la sanción, cuando se trate de mujer embarazada o durante los tres meses posteriores al parto, y que en este caso el delito se persiga de oficio.

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Congreso del Estado

Congreso plantea tipificar ciber acoso sexual como delito

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Esta necesidad surge debido a que existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales

Por: Redacción

En la comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado se analiza una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado con el objetivo de tipificar el ciberacoso sexual.

 

El ciberacoso sexual se define como el hostigamiento o acecho a una persona mediante el uso de tecnologías de la información, redes sociales, mensajería instantánea o cualquier medio digital, con conductas de connotación sexual no consentidas.

 

Estas conductas, que incluyen el envío de mensajes, proposiciones o comentarios sexuales explícitos no deseados, así como el acecho digital con fines lascivos, generan un daño psicológico profundo, vulneran la intimidad y la tranquilidad de las víctimas, y pueden escalar a formas de violencia aún más graves.

 

Si bien el ordenamiento ya tipifica delitos como el hostigamiento sexual y cuenta con una robusta figura contra la difusión ilícita de imágenes íntimas, existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales, particularmente cuando no media una relación de subordinación previa y cuando la agresión no consiste en la difusión de contenido visual. Este vacío deja en estado de indefensión a las víctimas de estas prácticas.

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Congreso del Estado

Hasta dos años de cárcel a quien comenta el delito de acecho en SLP

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El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor o con discapacidad

Por: Redacción

A propuesta de la diputada Roxanna Hernández Ramírez, se aprobó el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, a fin de tipificar como delito el acecho.

 

En el Código Penal del Estado se indica que comete el delito de acecho quien, por cualquier medio, incluido el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como dispositivos electrónicos, de manera reiterada, vigile, siga, persiga, busque cercanía física, o establezca contacto o comunicación no deseada con una persona, causándole temor, intimidación, o angustia, o afectación a su libertad, seguridad, integridad, o a su vida cotidiana.

 

Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos que resulten concurrentes.

 

El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista relación de subordinación o dependencia; o el delito sea cometido por persona servidora pública, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

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Congreso del Estado

Se aprueba “Ley gobernadora”| Diputados aprueban que sean mujeres todas las candidatas en 2027

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Con 19 votos a favor y 8 en contra, la Ley de Paridad de Género fue aprobada esta mañana y con ella se erradicarán viejas prácticas

Por: Redacción

Este domingo fue aprobada en sesión ordinaria del Congreso del Estado de San Luis Potosí la Ley de Paridad, presentada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), que garantiza la participación de mujeres en la elección a la gubernatura en 2027.
Con esta ley, se cumple el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de garantizar la participación de las mujeres en la postulación de candidaturas en elecciones federales, municipales y estatales, así como en la integración de cargos públicos en un Estado que, en toda su historia, nunca ha tenido una mujer en la gubernatura.

Con 19 votos a favor y 8 en contra, la Ley de Paridad de Género fue aprobada esta mañana y con ella se erradicarán viejas prácticas de algunos partidos que durante las elecciones confinan a las mujeres en candidaturas de relevancia.

Cabe destacar que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana expuso en su iniciativa presentada al poder legislativo que, bajo las condiciones actuales, a pesar de la observancia constitucional del principio de paridad, las mujeres enfrentan obstáculos estructurales para poder acceder a la titular del Poder Ejecutivo Estatal.

En San Luis Potosí, diversos sectores han mostrado su respaldo a la Ley de Paridad, que reconoce a las mujeres y les plantea piso parejo en la vida electoral del Estado.

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