Congreso del Estado
Congreso de SLP da un golpe legal a padres golpeadores
La iniciativa para eliminar castigos corporales a menores ya fue aprobada por la Comisión de Justicia del Legislativo local
Por: Redacción
La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó el dictamen que modificará el Código Familiar para el Estado; así como la Ley de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado, para establecer disposiciones en las que se prohíba terminantemente el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes.
La reforma fue presentada por los ciudadanos Elizabeth López Viñas, Karina Rangel Castilla, y Juan Pablo Martínez Zamarrón, donde se planteó reformar disposiciones de los artículos, 12, 268, y 293; y adicionar los artículos, 268 Bis, y 293 Bis, del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí.
La propuesta contempló una adición al artículo 42 Bis, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, para modificar el Código Familiar para el Estado; así como la Ley de los Derechos de Niñas, Niños, y Adolescentes del Estado, y establecer disposiciones en las que se prohíba terminantemente el castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños, niñas o adolescentes.
Edmundo Azael Torrescano Medina, diputado local, también propuso una modificación al dictamen para reformar la Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí, con el fin de crear una escuela para padres de familia para establecer una enseñanza sobre como corregir a las niñas, niños y adolescentes en el Estado y con ello, erradicar el castigo corporal.
El análisis y discusión de la propuesta refirió que “el problema de la violencia que vive la niñez, es una situación grave que afecta a más de 1.7 mil millones de niños y niñas en el mundo. A pesar de las acciones jurídicas que se han implementado, es urgente tomar conciencia respecto a que Niños, Niñas y Adolescentes continúan siendo víctimas de todo tipo de maltratos, ya sean físicos, cognitivos o psicosociales”.
Además es esta propuesta, se aprobó el dictamen del diputado Juan Francisco Aguilar, referente a que, al tratarse de delitos contra el ambiente, contra la gestión ambiental, y contra el desarrollo territorial sustentable, no proceda el perdón del ofendido; que éstos se persigan de oficio, o por la denuncia o querella presentada por la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental, el ayuntamiento, o el organismo operador de agua que tenga conocimiento por sí o por efectos de una denuncia popular.
La propuesta de Aguilar pretende que se considere la hipótesis, en el delito de ejercicio ilícito de las funciones públicas, a quien omita presentar la denuncia o querella que corresponda, dentro de los tres meses siguientes a que tenga conocimiento.
El dictamen plantea reformar los artículos, 104 en su párrafo último, 310, 311 en su párrafo segundo, y 323 en su fracción VIII; adicionar al artículo 323 una fracción, ésta como IX, por lo que actual IX pasa a ser fracción X; y derogar del artículo 305 el párrafo último del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
La sesión de trabajo estuvo encabezada por la presidenta de la Comisión de Justicia de la LXIII Legislatura, diputada Cinthia Verónica Segovia Colunga, el vicepresidente diputado Juan Francisco Aguilar Hernández, el secretario diputado Edmundo Azael Torrescano Medina, y las y los vocales Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, Nadia Esmeralda Ochoa Limón, Rubén Guajardo Barrera y Martha Patricia Aradillas Aradillas.
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Congreso del Estado
Congreso del Estado aprobó reforma a Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
La iniciativa incluye el concepto de violencia estética, que trata sobre el daño a las necesidades básicas del bienestar que impone estándares inalcanzables de belleza hegemónicos
Por: Redacción
A propuesta de la diputada Roxanna Hernández Ramírez, el Pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto que adiciona una fracción VII QUATER al artículo 4º, de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de incluir el concepto de violencia estética.
De esta manera, se establece como violencia estética, el daño a las necesidades humanas básicas de bienestar, libertad o supervivencia, que impone estándares inalcanzables de belleza hegemónicos, lo cual genera exclusión social, problemas de salud mental y discriminación.
La violencia estética para efectos preventivos de atención puede manifestarse en la imposición de estándares estéticos cuyo incumplimiento derive en trato desigual o excluyente; y en la realización de procedimientos estéticos sin el consentimiento de la mujer.
Se indica en la exposición de motivos, que con esta modificación se busca hacer visible una realidad que hoy se reconoce como una forma de violencia que afecta de manera directa la vida, la salud y la dignidad de las mujeres, ya que la presión constante para cumplir con estándares de belleza impuestos socialmente no solo condiciona su desarrollo, sino que también las coloca en situaciones de riesgo que pueden derivar en consecuencias graves e incluso irreversibles.
Por ello, es importante que el Estado reconozca esta problemática e incorpore la violencia estética como una modalidad específica dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.
Se indica que esta forma de violencia afecta de manera diferenciada a las mujeres que se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad, como las niñas, las adolescentes, las mujeres adultas mayores o aquellas con discapacidad, ya que en estos casos la capacidad de decisión se encuentra limitada y el riesgo de ser sometidas a prácticas abusivas es mayor, lo que hace aún más urgente la intervención del Estado.
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Congreso del Estado
Iniciativa busca tipificar el Transfeminicidio en el Código Penal del Estado
La iniciativa del diputado Marco Gama busca sancionar actos de extrema violencia en contra de la comunidad LGBTIQ+
Por: Redacción
El diputado Marco Antonio Gama Basarte propuso una iniciativa para adicionar el artículo 135 TER, al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el propósito de tipificar como delito el transfeminicidio.
El legislador señala que de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en nuestro estado hay 37,124 personas que se autoidentifican como parte de la comunidad LGBTIQ+, lo que representa el 6.4% de la población total; sin embargo, a pesar de la presencia de este grupo social en la entidad, no existe un registro oficial de transfeminicidios.
La naturaleza en extremo violenta de estos actos muestra claras señales de discriminación, intolerancia y odio; son fenómenos que no deben pasar desapercibidos ni ser invisibilizados, antes bien, se deben señalar y reconocer.
Por ello, el diputado Gama Basarte propone adicionar al Código Penal del estado, la tipificación independiente del delito de transfeminicidio en el Capítulo II, titulado Feminicidio, del Título Primero de la Parte Especial del Código Penal del Estado, referente a los Delitos Contra la Vida y la Integridad Corporal.
La iniciativa propone adicionar el artículo 135 TER para establecer que “Comete el delito de transfeminicidio quien, por razones de identidad o de expresión de género, prive de la vida a una mujer transgénero, o a una persona cuya identidad o expresión de género se identifique como mujer
”.Se considera que existen razones de identidad o expresión de género cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias: todas aquellas aplicables al delito de feminicidio, según los términos del artículo 135 del Código Penal; cuando el cuerpo de la víctima presente señales de ensañamiento vinculadas con su identidad o expresión de género, ya sea de manera directa en su persona o a través de los objetos personales que resulten distintivos de dicha identidad o expresión; cuando se acredite que previo o posterior al delito, el sujeto activo hubiera utilizado expresiones que indiquen rechazo u odio a la víctima por motivo de su identidad y/o expresión de género, y cuando el sujeto activo, de forma expresa relacione la comisión del delito con la identidad o la expresión de género de la víctima.
Se propone que para este delito se aplicarán las sanciones, agravantes, y reglas del delito de feminicidio.
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Congreso del Estado
Concretan construcción de clínica de hemodiálisis en Tamazunchale
En la gestión participaron el poder legislativo, gobierno del Estado y el SNTE 26: Dip Hernández
Por: Redacción
La diputada Roxanna Hernández Ramirez, representante del Distrito XIV, indicó que gracias al esfuerzo conjunto entre el Poder Legislativo, Gobierno del Estado y la Sección 26 del SNTE, se logró concretar el inicio de la construcción de la Unidad de Hemodiálisis en el municipio de Tamazunchale por parte del ISSSTE.
Indicó que está unidad será de gran beneficio para las y los trabajadores federales, en su mayoría del magisterio potosino, con lo que evitarán traslados a otros municipios, como Ciudad Valles para poder recibir estos tratamientos.
“Estuvimos en esta gestión arduamente, meses en esta gestión donde nos acompañó la Secretaria de Salud Leticia Gómez Ordaz, también el Secretario de la Sección 26 del SNTE maestro Juan Carlos Bárcenas, quienes estuvimos presentes en las reuniones en la Ciudad de México y ya es un hecho”.
Precisó que se hizo la primera excavación para la construcción de esta unidad por parte del ayuntamiento de Tamazunchale, que preside Adelaido Cabañas, por lo que se espera un avance significativo en estos trabajos.
Añadió que en las gestiones fue determinante el apoyo del gobernador Ricardo Gallardo “y agradecemos a la presidenta Claudia Sheinbaum quien dio el visto bueno a esta clínica para atender la necesidad de atención médica de los habitantes de ese municipio del sur de la huasteca potosina”.
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