mayo 17, 2026

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Congreso del Estado

Congreso de SLP buscará prohibir y sancionar las peleas de perros

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La diputada Martha Patricia Aradillas presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Protección a los Animales para el Estado 

Por: Redacción

Martha Patricia Aradillas Aradillas, diputada local en el Congreso del Estado de San Luis Potosí, impulsa una iniciativa de reforma a la Ley de Protección a los Animales para el Estado, con el objetivo de prohibir el “sparring animal” y sancionar las peleas de perros, en la cual se contempla imponer penas de uno a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil UMAS a quienes incurran en estas prácticas.

La iniciativa propone reformas al artículo 117 y se adiciona la fracción XXII al artículo 4 por lo que la actual XXII pasa a ser XXIII y la actual XXIII pasa a ser XXIV de la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue:

Artículo 4, fracción XXII. Sparring: Utilización de animales como carnada o como entrenamiento para perros.

XXIII. Tortura a los animales: ocasionar dolor físico, con el fin de obtener de éste una acción, como medio de castigo o sin razón alguna,

XXIV. Trato digno y respetuoso: todo trato digno, de atención o cuidado que se otorgue a un animal, en los términos de esta Ley.

Artículo 117. Queda prohibido organizar, inducir o provocar peleas de animales, así como entrenarlos o utilizarlos como “sparring” para tales fines.

Este delito será castigado conforme a lo establecido en el Código Penal del Estado.

Segundo: Se adiciona el artículo 317 ter al Código Penal del Estado, para quedar como sigue:

Artículo 317 Ter. Se impondrá pena de uno a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil UMAS a quien:

I. Críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una p elea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole;

II. utilice a un perro o cualquier otro animal como “sparring” para entrenar a un perro con el propósito de hacerlo participar en una pelea.

III. Posea, transporte, compre o venda perros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.

IV. Organice promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para asistir a espectáculos que impliquen peleas de perros.

V. Organice, induzca, provoque, promueva o realice una o varias peleas de perros, públicas o privadas, con o sin apuestas.

VI. Posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros.

VII. Ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros.

VIII. Realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a perros en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros. La sanción a que se hace mención, se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos.

En caso de que la conducta sea provocada por una persona del área de medicina veterinaria, o persona relacionada con el cuidado, resguardo o comercio de animales, además de las penas anteriores se aplicará la suspensión o inhabilitación, del empleo, cargo, profesión, oficio, autorización, licencia, comercio o cualquier circunstancia bajo la cual hubiese cometido el delito.

Asimismo, aumentara un tercio de la pena prevista en este artículo, quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, a sabiendas de esta circunstancia.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posible aprobación.

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Congreso del Estado

GPPAN presentó iniciativa a la Ley Electoral

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La propuesta del diputado Rubén Guajardo se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis

Por: Redacción

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado así como a la Ley Electoral del Estado, que fue turnada a las comisiones correspondientes para su análisis, informó el coordinador diputado Rubén Guajardo Barrera.

La propuesta establece que los aspirantes deberán presentar constancia relativa a los antecedentes penales expedida por la autoridad penitenciaria competente en la que se haga constar que no cuenta con sentencia condenatoria firme por la comisión de algún delito doloso, en términos de lo previsto por los incisos b) y c) de la fracción IV del artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

En caso de que se opte por un gobierno de coalición, ratificar por mayoría simple el programa y el convenio de dicho gobierno; en cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso del Estado.

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y por el programa aplicable, que deberán ser aprobados por mayoría simple del Congreso. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición.

Se realizará la primera verificación de lo relativo a la paridad de género vertical y horizontal, en las solicitudes de registro de la totalidad de fórmulas de diputaciones de mayoría relativa; en las del registro de la totalidad de planillas de mayoría relativa y listas de regidurías de representación proporcional; y en las solicitudes de registro de listas de diputaciones de representación proporcional que presenten los partidos políticos.

Asimismo, certificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos vigente al momento del registro de la candidatura.

El diputado Guajardo Barrera señaló que otra propuesta radica en que tratándose de candidaturas de personas integrantes de la comunidad de la diversidad sexual, con independencia del género al que se auto perciban, las mismas se computarán dentro del porcentaje reservado al género diverso y en ningún caso al porcentaje reservado para mujeres.

Así también, a efecto de garantizar la paridad horizontal, los partidos políticos deberán postular planillas encabezadas en un cincuenta por ciento por mujeres y el restante cincuenta por ciento por candidaturas de género diverso. En caso que del total de quienes encabezan las postulaciones, resulte un número impar, se deberá privilegiar al género femenino. El Consejo emitirá los lineamientos correspondientes para el establecimiento de las condiciones mínimas exigibles para el cumplimiento del principio de paridad.

Tratándose de candidaturas de personas integrantes de la comunidad de la diversidad sexual, con independencia del género al que se auto perciban, las mismas se computaran dentro del porcentaje reservado al género diverso y en ningún caso al porcentaje reservado para mujer.

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Congreso del Estado

Integrantes de la comisión de movilidad, comunicaciones y transportes se reunieron con un grupo de taxistas

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El poder legislativo mantiene las puertas abiertas con todos los sectores para escuchar sus planteamientos: Dip. Jacquelinn Jáuregui Mendoza

Por: Redacción

La Comisión de Movilidad, Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado sostuvo una reunión con representantes de una agrupación del gremio de taxistas, a fin de escuchar sus inquietudes y posicionamientos sobre las condiciones en que trabaja este sector, informó la presidenta diputada Jacquelinn Jáuregui Mendoza.

Señaló que el Congreso del Estrado abre las puertas y tiende los puentes a todos los sectores y esta vez no fue la excepción, por lo que escucharon a Luis Alberto Colorado Saavedra, Joel Ochoa Portillo y José Miguel Ceja Montaño.

La diputada señaló que los trabajadores aclararon su participación en diferentes manifestaciones y expusieron señalamientos falsos que se han hecho en su contra.

El diputado Luis Emilio Rosas dijo que los taxistas pidieron que se les apliquen cursos integrales, que las sanciones en su contra dejen de ser injustas y que haya piso parejo para todo el gremio

en términos de otorgamiento de gafetes, revista y revisión de que todos se encuentren funcionando en orden, empezando por las placas vigentes.

Otro de los temas expuestos es el relacionado al funcionamiento y registro del servicio a través de plataformas, cobros justos y un diálogo directo con las autoridades de Comunicaciones y Transportes, ya que hay muchos temas que se deben tratar cotidianamente para evitar confusiones y malos entendidos.

La diputada Jáuregui Mendoza expuso que se elaboró una lista de todas sus peticiones e inquietudes, que serán tratadas con la titular de la SCT para dar una respuesta puntual a los taxistas inconformes, quienes por su parte reconocieron la apertura al diálogo por parte de los representantes populares.

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Congreso del Estado

Congreso propone reforma para reparación de daño en delitos vs intimidad sexual

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Se establece una pena de 3 a 6 años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización

Por: Redacción

Con el fin de declarar la reparación integral en delitos contra la intimidad sexual, la  diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 187.

La legisladora explicó que actualmente el artículo 187 del Código Penal del Estado, tipifica la difusión ilícita de imágenes íntimas, para quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión.

Se establece una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización. Con la iniciativa propuesta, se busca la reparación del daño, el cual comprenderá, además de lo previsto en las reglas generales, una indemnización compensatoria que tome en cuenta la persistencia del contenido en la red.

En su exposición de motivos, Sánchez de Lira menciona que esta iniciativa responde a la extensión del daño moral dentro de la esfera íntima de la víctima, reconociendo no solo su afectación en el ‘dolor emocional’, sino también el daño al proyecto de vida y la naturaleza técnica del delito.

 

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