Congreso del Estado
Castigarían hasta con 12 años de prisión la pornografía infantil en SLP
La pena sería aplicada para quienes distribuyan el contenido y para aquellos paguen por este
Por: Redacción
La diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas presentó una iniciativa para reformar el artículo 187 fracción II y Adicionar capitulo II bis con los artículos 178 ter, 178 quater, 178 quinque, 178 sexties del Código Penal del Estado, con el que se busca que cualquier persona que fije, imprima, video grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participen una o varias personas menores de dieciocho años de edad o una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho se le imponga una pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa.
La misma pena se impondrá a quien publique, reproduzca, almacene, distribuya, venda, compre, arriende, exponga, publicite, envié, transmita, importe o exporte y comercialice de cualquier forma el material pornográfico. También, a quien pague o prometa pagar con dinero o en especie a una persona menor de dieciocho años o a un tercero para obtener cópula o sostener actos de índole sexual se le impondrá de doce a dieciséis años de prisión y multa de novecientos a mil trescientos cincuenta días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
Quien almacene, compre, arriende, el material a que se refieren los párrafos anteriores, sin fines de comercialización o distribución se le impondrán de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente. Asimismo, estará sujeto a tratamiento psiquiátrico especializado.
Las penas previstas se aumentaran en una mitad: cuando el sujeto activo se valiese de la función pública, la profesión u oficio que desempeña, aprovechándose de los medios o circunstancias que ellos le proporcionan. En este caso, además, se le destituirá del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitará para desempeñar otro; si el sujeto activo del delito tiene parentesco por consanguinidad o afinidad hasta en el cuarto grado, o parentesco civil, o habite ocasional o permanentemente en el mismo domicilio con la víctima o tenga una relación sentimental o de confianza con el sujeto pasivo, o sea tutor o curador de la víctima.
De esta manera, se busca incorporar el capítulo “Pornografía infantil de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo”, para establecer que comete el delito de pornografía infantil, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos.
La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Justicia.
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Congreso del Estado
Congreso del Estado instala Comisión de Atención a Periodistas
Tendrá facultades para orientar y defender a comunicadores en riesgo; entre sus integrantes figura Héctor Serrano
Por: Redacción
El Pleno de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó este martes, en sesión extraordinaria, la integración de la Comisión Especial de Atención a Periodistas, por acuerdo de la Junta de Coordinación Política.
La comisión quedó conformada así: Presidenta:
Entre sus atribuciones figuran orientar a periodistas que enfrenten situaciones de riesgo o hayan sido objeto de agresiones, dar seguimiento a sus quejas ante instancias competentes y proponer mejoras en los mecanismos de protección para comunicadores en el estado.
“Vamos a trabajar desde la presidencia de la comisión en la vinculación con los comunicadores, que es el objetivo principal”, señaló Robles Chairez.
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Congreso del Estado
Congreso propone atención a salud mental en universidades de SLP
Sara Rocha Medina presentó una iniciativa para reformar la Ley de Educación del Estado y obligar a las instituciones de educación superior a contar con personal especializado y estructura organizacional dedicada a la atención de la salud mental de los estudiantes
Por: Redacción
La diputada Sara Rocha Medina presentó una iniciativa de decreto que propone reformar la Ley de Educación del Estado para que las instituciones de educación superior garanticen la atención a la salud mental, con personal especializado y estructura organizacional con funciones específicas en la materia.
La propuesta sostiene que es fundamental atender en etapas tempranas cualquier padecimiento, por lo que resulta necesaria una estructura en los planteles de educación superior que permita prevenir, atender y encauzar a los estudiantes que requieran atención especializada.
Rocha Medina señaló que en México el interés en la salud mental se encuentra desestimado, pese a que la ansiedad y la depresión se han convertido en dos de las enfermedades con mayor prevalencia y causantes de discapacidad en el mundo.
La legisladora advirtió que la etapa universitaria conlleva retos importantes: las exigencias académicas y, en muchos casos, la necesidad de trabajar para solventar los gastos universitarios generan situaciones de estrés que afectan directamente la salud mental y emocional de los jóvenes.
Los problemas de salud mental entre los estudiantes pueden convertirse en un obstáculo para continuar con sus estudios, con consecuencias emocionales, económicas y sociales que pueden dejar secuelas permanentes.
“La salud es un derecho humano que, por supuesto, incluye a la salud mental. Como todo derecho humano, el Estado tiene que garantizarlo y las universidades públicas son espacios en los que se puede brindar otras posibilidades a poblaciones que han sido históricamente muy vulneradas”, sostuvo la diputada.
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Congreso del Estado
Personas que cometan o encubran delitos contra la libertad sexual ya no podrán usar “excusas legales excluyentes”
Leticia Vázquez explicó que actualmente, el Código Penal incluye en el caso del delito de encubrimiento, excluyentes de responsabilidad
Por: Redacción
Con el objetivo de establecer la restricción de excluyentes de responsabilidad penal en el delito de “encubrimiento”, respecto a los delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformar el artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, explicó que actualmente, el Código Penal del Estado incluye en el caso del delito de encubrimiento, excluyentes de responsabilidad para que no se imponga sanción alguna al cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes o descendientes consanguíneos del delincuente o colaterales hasta en segundo grado, quienes sin haber participado en un hecho considerado como delictuoso, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado de un delito con el propósito de que se sustraiga a la acción de la justicia.
Sin embargo, es importante incluir expresamente que estos excluyentes de responsabilidad para familiares, no surtirán efecto cuando se trate de delitos de feminicidio, homicidio de persona menor de edad; o de los delitos contra la libertad sexual, la seguridad sexual, y el normal desarrollo psicosexual.
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