Ciudad
Buscan dar certeza jurídica y de proporcionalidad a la pensión alimenticia
Dip. Edgardo Hernández Contreras, presentó iniciativa de reforma al código familiar del estado
Por Redacción:
A fin de adecuar los principios de certeza jurídica y de proporcionalidad a la normativa familiar en el ámbito de la pensión alimenticia entre ex cónyuges y ex concubinos, el diputado Edgardo Hernández Contreras presentó iniciativa de reforma a los artículos 93 y 113 del Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí.
Así, se propone establecer que: En el supuesto del divorcio incausado, la o el cónyuge que así lo justifique en términos de ley, tendrá derecho a los alimentos hasta por el mismo lapso que duró la relación matrimonial, mientras no contraiga nuevas nupcias; viva en concubinato; o esté imposibilitado para trabajar. La imposibilidad referida se entiende como un obstáculo insuperable.
Explica el legislador que se busca dotar de certeza jurídica al establecer un término máximo en el cual se proveerá de los alimentos, ya que dejar en la ley las frases “mientras no contraiga nupcias” y “nuevo concubinato” no establece con seguridad durante cuánto tiempo se estará obligado el deudor a otorgarlos. La proporcionalidad versará en que el tiempo que deban suministrarse dichos alimentos, deberá ser por hasta el mismo lapso que duró la relación matrimonial o de concubinato. Esto a razón de que el pago de alimentos es un accesorio de del matrimonio o del concubinato, no puede ser mayor la suerte del accesorio que del principal. Sírvase de apoyo las tesis jurisprudenciales 180207 y 2003218.
También, propone reforma al artículo 113 para establecer que “la disolución del concubinato faculta a la concubina y al concubinario a reclamarse mutuamente alimentos…En los casos de disolución del concubinato, la concubina o el concubinario, tendrá derecho a los alimentos hasta por el mismo lapso que duró el concubinato, mientras no contraiga nuevas nupcias, no establezca nueva relación de concubinato o esté imposibilitado para trabajar. La última imposibilidad referida se entiende como un obstáculo insuperable.
En la exposición de motivos señala que la acción de otorgar alimentos es una obligación estipulada por nuestro Estado en beneficio del interés superior del menor; la y el menor tienen el derecho de recibirlos de sus progenitores o adoptantes, en las directrices que marca el Código Familiar de San Luis Potosí.
El derecho a recibirlos y la obligación de otorgarlos, según el Código Familiar, también lo tiene los cónyuges y los concubinos, durante la existencia de la relación de la que emanan y después de ella en los términos de la legislación. Dentro del principio de proporcionalidad, se encuentra el tiempo como un parámetro para decretar los alimentos.
Hernández Contreras expuso que “la obligación de dar alimentos debe ser tomada en cuenta para su duración. Nuestro Código Familiar, en su artículo 113, en lo relativo a la reclamación de alimentos, estipula que la autoridad judicial tiene facultad para fijar el tiempo durante el cual se deberá suministrar dicho derecho”.
La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Justicia; y Derechos Humanos, Igualdad y Género.
Ayuntamiento de SLP
Botones de pánico en Zona Universitaria están activos: SSPC
El titular Juan Antonio Villa, informó que actualmente se encuentran activos más de 13 botones activos en la Zona Universitaria así como otra decena en algunas partes estratégicas del Centro Histórico como lo son los corredores estudiantiles
Por: Redacción
Juan Antonio Villa Gutiérrez, titular de la Secretaría de Seguridad Pública Ciudadana de la capital potosina aseguró en entrevista que desde el 2022 se trabaja en conjunto con la Federación Universitaria Potosina (FUP) y en días recientes se atendió la solicitud para rehabilitar y poner en funcionamiento los botones de pánico ubicados en los campus universitarios.
Villa Gutierrez informó ademas que los 13 botones de pánico ubicados en diferentes puntos de la zona universitaria están funcionando de manera correcta y que de los otros 10 botones instalados en la Zona Centro, algunos están recibiendo mantenimiento.
Además de esta herramienta, se cuenta con cámaras de vigilancia en dichas zonas que conectadas directamente al C4.
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Ciudad
SEGE ordena a escuelas permitir pants y ropa abrigadora en invierno
Torres Cedillo aclaró que el protocolo estatal autoriza cualquier prenda que proteja a los alumnos, tras el conflicto en la Ciriaco Cruz
Por: Cristian Betancourt
El titular de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado (SEGE), Juan Carlos Torres Cedillo, reiteró que ninguna escuela está autorizada a condicionar el uso de otra ropa diferente que no sea el uniforme deportivo.
El funcionario recordó que existe un protocolo que permite a los estudiantes asistir con pants, chamarras, sudaderas o cualquier prenda que les proteja del clima, sin que pueda ser motivo de sanciones o restricciones esto tras los hechos recientes sucedidos en la escuela Secundaria José Ciriaco Cruz: donde se reportó que los alumnos no podían usar uniforme deportivo.
Torres Cedillo informó que la SEGE ya tomó medidas respecto al caso de la secundaria Ciriaco Cruz, luego de comunicarse con el director del Sistema Educativo Estatal Regular (SEER) y advirtió que los directivos que incumplan la instrucción recibirán sanciones.
El secretario destacó que, hasta el momento no se han recibido más reportes de escuelas que limiten el uso de ropa abrigadora. También hizo un llamado a padres de familia y alumnos para que denuncien cualquier caso que les impide usar prendas para protegerse del frío.
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Ciudad
No hay huachicoleo en pozos públicos; Se vende agua ilegalmente de pozos privados: Galindo.
El alcalde señaló que algunos privados permiten entrar pipas para vender agua, lo cual es delito que no está dentro de sus facultades perseguir.
Por: Redacción
El alcalde de la capital, Enrique Galindo Ceballos, aclaró que en San Luis Potosí no existen pozos clandestinos en los términos en que se ha denunciado públicamente, sino una amplia red de pozos privados con concesión federal, cuyo número supera por mucho a los pozos públicos administrados por organismos operadores.
Galindo explicó que en la zona metropolitana —que incluye San Luis Potosí, Soledad, Villa de Pozos y Cerro de San Pedro— existen más de 1,200 concesiones de pozos privados, y de ese número, solo 140 pertenecen al sector público. “Eso representa apenas el 14% de toda el agua disponible”, señaló.
El alcalde subrayó que la confusión sobre el llamado huachicoleo del agua proviene de prácticas que se dan en estos pozos privados, que permiten la entrada de pipas para vender agua, lo cual constituye un delito, mismo que no corresponde a la autoridad municipal perseguirlo sino a las autoridades federales.
“Un hospital tiene pozo privado, hoteles tienen pozo privado, escuelas tienen pozo privado… Cuando ellos permiten que entren pipas para vender agua, están cometiendo un delito, sin embargo eso ya no corresponde a la autoridad municipal.
Galindo aclaró que el huachicol o sustracción clandestina de agua ocurre cuando el robo ocurre en pozos públicos o infraestructura pública para comercializar agua ilegalmente, lo cual sí es materia de investigación.
Finalmente, insistió en que perforar un pozo nuevo sin concesión no es algo que pueda ocurrir “de la nada”, pues implica trámites federales y supervisión de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).
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