Congreso del Estado
Aprueban reformas a la Ley de Adquisiciones en SLP
Se establece el concepto de MIPYMES y se agrega a este sector las prioridades para contratación de servicios y arrendamientos que realizan instituciones públicas
Por: Redacción
Las y los diputados integrantes de la Comisión de Hacienda del Estado, aprobaron por unanimidad el dictamen que resuelve procedente con modificaciones, la iniciativa que reforma artículos de la Ley de Adquisiciones del Estado presentada por el diputado Luis Emilio Rosas Montiel, informó la diputada Maria Dolores Robles Chairez.
Se establece el concepto de Mipymes para que en lugar de utilizarse el acrónimo se defina que significa “Micro, Pequeña y Mediana Empresa”, y para que este sector se incluya entre las empresas que preferentemente deban considerar las administraciones públicas a la hora de contratar servicios.
La diputada Robles Chairez, presidenta de la comisión legislativa, expuso que al revisar la Ley Federal como otras normas estatales, se establece el concepto de Mipymes como: micro, pequeñas y medianas empresas, por lo que se hace la normalización para no causar confusión a través de un acrónimo.
Dentro del mismo dictamen, se analizó la propuesta de que el 30 por ciento de las contrataciones de servicios y adquisiciones que hagan las instituciones públicas, se adjudiquen a empresas potosinas, lo cual no es posible porque resultaría una ventaja competitiva a ese sector y se pierde la equidad de los procesos competitivos.
En el artículo 18 de la Ley de Adquisiciones ya se establece que las adquisiciones, arrendamientos y servicios que contraten las instituciones públicas, garanticen siempre las mejores condiciones técnicas y económicas porque ya hay una obligación a preferir en igualdad de circunstancias a los proveedores locales incluidas las Mipymes
.En el artículo modificado, se incluye a las Mipymes con el objetivo de alentar, proteger y fortalecer la industria, el comercio y por ende el desarrollo del Estado. También se dio cuenta de la propuesta para que el Estado brinde prioridad a la contratación de empresas que cuenten con el distintivo de calidad “Hecho en San Luis Potosí”, que tiene otra vocación en la Ley de Desarrollo Económico que es fortalecer y promover los distintos productos del Estado que alcancen esa denominación.
Por lo tanto, eso no significa una ventaja competitiva en las bases y licitaciones que emitan las instituciones al momento de licitar sus adquisiciones o servicios, ya que se van al tema técnico y económico. Asimismo fue aprobado un dictamen que autoriza a la Junta Estatal de Caminos la baja administrativa de los bienes muebles del inventario institucional del organismo, por la causal de inexistencia, en virtud de haberse acreditado la imposibilidad material de su localización y recuperación, sin que ello exima de posibles responsabilidades administrativas o penales.
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Congreso del Estado
Congreso busca garantizar responsabilidad alimentaria del padre biológico
Propone eliminar cualquier ambigüedad para garantizar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas y los niños y adolescentes
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.
La propuesta plantea establecer de manera explícita que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso en los casos donde un menor haya sido reconocido legalmente por un tercero.
La legisladora señaló que, el derecho a recibir alimentos constituye un derecho humano fundamental consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Niñas y los Niños.
Explicó que, si bien el Código Familiar del Estado establece la obligación de proporcionar alimentos derivada de la relación de filiación
, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad bajo el argumento de que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre.Ante esta situación, la diputada Hernández Ramírez consideró la importancia de realizar ajustes legales que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.
Además la iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145 así como crear el artículo 145 Bis y adicionar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.
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Congreso del Estado
Congreso propone garantizar reparación a víctimas indirectas de femenicidio
La propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia y garantizar la protección de las víctimas indirectas de feminicidio, la diputada Dulcelina Sánchez De Lira presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en concordancia con la Ley General de Víctimas y el Protocolo Spotlight.
La legisladora señaló que, la propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas, mediante el acceso a educación, salud y sustento.
Además señaló que la iniciativa contempla reformas y adiciones a los artículos 135, 135 Bis y 135 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en los que se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, además de precisar que toda muerte violenta de una mujer deberá ser investigada de oficio, bajo el protocolo especializado en feminicidio.
Asimismo, se detallan las circunstancias que configuran razones de género, entre ellas la existencia de relaciones de parentesco, afecto, laborales, docentes o de confianza entre la víctima y el agresor
, así como la presencia de violencia sexual, lesiones degradantes, mutilaciones, uso de sustancias corrosivas o actos que generen sufrimiento.La legisladora Dulcelina Sánchez, indicó que esta propuesta además busca incorporar el concepto de feminicidio en grado de tentativa, cuando se realicen actos encaminados a privar de la vida a una mujer por razones de género, sin que el delito se consuma por causas ajenas a la voluntad del agresor.
En lo referente al artículo 135 Ter, se establece que en toda sentencia condenatoria por feminicidio, el juzgador deberá garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, incluyendo el pago de indemnización y gastos funerarios, acceso gratuito y permanente a servicios de salud mental y atención médica especializada, así como mecanismos que aseguren el sustento alimenticio y educativo de las hijas e hijos menores de edad o con discapacidad.
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Congreso del Estado
Congreso aprueba reforma enfocada a reducción de privilegios
Estas disposiciones surtirán efectos a partir del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda
Por: Redacción
En Sesión Ordinaria, el pleno del Congreso del Estado aprobó la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas porciones normativas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de privilegios, enviada por la Cámara de Diputados.
En este dictamen, presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, se reforma el artículo 115 la fracción I de la Constitución Federal, para establecer que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.
Se establece en los transitorios, que estas disposiciones surtirán efectos a partir del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda.
Los ahorros que se consideren con la reducción en el número de síndicos y regidores, se integrarán al patrimonio de la hacienda pública municipal.
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