Estado
Aprobados los decretos que expiden las leyes de ingresos, ejercicio fiscal 2026 de 29 ayuntamientos
Por pérdida de confianza institucional, se aprueba separación del cargo de concejales de villa de pozos y se eligen nuevos integrantes
Por: Redacción
En Sesión Ordinaria, fueron aprobados por unanimidad los Decretos que expiden las Leyes de Ingresos de 29 municipios, para el Ejercicio Fiscal 2026 así como reformas constitucionales en materia de pueblos y comunidades indígenas y de personas cuidadoras.
En las iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales, presentados por la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal, que preside la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, no contemplan incrementos desproporcionados, ya que se busca proteger la economía de la población.
Estos Decretos corresponden a los municipios de: Ahualulco del Sonido 13, Coxcatlán, Armadillo de los Infante, Guadalcázar, Mexquitic de Carmona, Cerritos, Ciudad del Maíz, Cerro de San Pedro, Cedral, Charcas, El Naranjo, Matehuala, Moctezuma, Salinas, Santo Domingo, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Venado, Tamuín, Villa de Arriaga, Villa de Guadalupe, Villa de Ramos, Villa de la Paz, Villa de Pozos, Villa de Reyes, Villa Hidalgo, Villa Juárez, Xilitla y Zaragoza.
Concejo de Villa de Pozos.
El Congreso del Estado aprobó el Decreto sobre la separación del cargo de los 12 concejales y 2 síndicos de Villa de Pozos, en el que se declara acreditada la pérdida de confianza institucional, por lo cual resulta material y jurídicamente inviable su permanencia, ante la transgresión grave y generalizada a los principios del servicio público.
Se indica que ésta resolución no prejuzga sobre las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran corresponder, las cuales deberán sustanciarse conforme a derecho, ante las autoridades competentes.
Posteriormente, se procedió a la designación de nuevos concejales, para el periodo del 15 de diciembre de 2025 al 30 de septiembre de 2027, cuyo nombramiento fue votado y aprobado por unanimidad, quedando de la siguiente manera:
- Concejal Regidor 1
- Propietario: René Oyarvide Ibarra
- Suplente: Rodrigo Trejo Hernández.
- Concejal Síndico 1
- Propietario: Beatriz Carranza Betancourt
- Suplente: Miriam del Rocío Barbosa Ruiz.
- Concejal Síndico 2
- Propietario: Alejandro García Moreno
- Suplente: Julio César Gascón Montoya
- Concejal Regidor 2
- Propietario: Georgina Andrade Bautista
- Suplente: Karla Reyes Meléndez
- Concejal Regidor 3
- Propietario: Sebastián Galindo Arriaga
- Suplente: Octavio Iñiguez Medina
- Concejal Regidor 4
- Propietario: Laura Chavarría Romero
- Suplente: Carmen Flores Rocha
- Concejal Regidor 5
- Propietario: Luis Enrique López Martínez
- Suplente: Jorge Álvaro Colunga López
- Concejal Regidor 6
- Propietario: Socorro Hernández Pintado
- Suplente: Wendy Nayeli Segura Gómez
- Concejal Regidor 7
- Propietario: Mario Cortez Martínez
- Suplente: Orlando Ramos Castillo
- Concejal Regidor 8
- Propietario: Norma Angélica Herrera Sustaita
- Suplente: María Vicenta Almendarez Acosta
- Concejal Regidor 9
- Propietario: Carlos Fernando Cabrieles Garza
- Suplente: Roger Errejón Alanis
- Concejal Regidor 10
- Propietario: Sandra Leticia Hernández Serrato
- Suplente: Amairanhy Lizeth Pérez Quintana
- Concejal Regidor 11
- Propietario: Ulises Fabián Toro Reyna
- Suplente: Marco Aurelio Castro
- Concejal Regidor 12
- Propietario: Claudia Galván Ramírez
- Suplente: Rosa Angélica Moreno Anguiano
Reformas constitucionales
Fue aprobada la reforma al artículo 9° de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, a fin de armonizar sus disposiciones en materia de pueblos y comunidades indígenas, con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 2°.
Esta reforma contempla el permitir desarrollar, practicar, fortalecer, y promover la medicina tradicional, así como la partería para la atención del embarazo, parto y puerperio. Asimismo, el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a ser asistidas y asesoradas por personas intérpretes, traductoras, defensoras y peritas especializadas en materia de derechos indígenas, pluralismo jurídico, perspectiva de género, y diversidad cultural y lingüística.
También, el ejercer su derecho al desarrollo integral, con base en sus formas de organización económica, social y cultural, con respeto a la integridad del medio ambiente y recursos naturales.
Además, de ser consultadas de conformidad con la normativa secundaria, sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar, cuando éstas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento, o en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas.
Se introduce su derecho a la promoción, reconocimiento y protección de sus conocimientos, aportes y atribuciones a la historia nacional y a la diversidad cultural de la nación, en las modalidades y niveles del Sistema Educativo Nacional y ser incluidos en la producción y registros de datos, información, estadísticas, censos y encuestas oficiales, para lo cual, las instituciones competentes establecerán los procedimientos, métodos y criterios respecto a su identidad y auto adscripción.
Asimismo, se reconoce y asegura el derecho de las mujeres indígenas y afromexicanas a participar de manera efectiva y en condiciones de igualdad en los procesos de desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, en la toma de decisiones de carácter público, en la promoción y respeto de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a la propiedad y a la posesión de sus tierras y demás derechos humanos.
Se reconoce y garantizar el derecho de la niñez, adolescencia y juventud indígenas y afromexicanas a una atención adecuada, en sus propias lenguas, para hacer efectivo el conocimiento y ejercicio pleno de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a las tecnologías, al arte, la cultura, el deporte, y la capacitación para el trabajo, y se garantiza una vida libre de exclusión, discriminación y violencia, en especial de violencia sexual y de género.
Además, de que el Estado y los municipios, adopten las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Constitución, con el propósito de eliminar discriminación, racismo, exclusión e invisibilidad de las que sean objeto las comunidades indígenas y afromexicanas.
También, se aprobó el Decreto que adiciona el artículo 12 de la Constitución Política del Estado, en materia de personas cuidadoras.
Otros dictámenes
Por unanimidad, se aprobó el Decreto que modifica estipulaciones del Código Penal del Estado de San Luis Potosí; así como de las leyes estatales, del Sistema de Seguridad Pública; Orgánica de la Fiscalía General del Estado; y de Responsabilidades Administrativas, en materia de extorsión.
Por unanimidad, se aprobó que la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta de manera respetuosa, a la persona titular de la Secretaria de Educación del Gobierno del Estado de San Luis Potosí; a la persona titular de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del Estado de San Luis Potosí; a la persona titular de la Delegación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) del Estado de San Luis Potosí; a la persona titular Secretaria del Salud del Gobierno del Estado de San Luis Potosí; a las y los Presidentes Municipales de los 59 Ayuntamientos del Estado de San Luis Potosí; para que en el ámbito de sus facultades y de forma urgente, lleven a cabo revisión de todos los establecimientos que operan como guarderías o estancias infantiles, con el fin de verificar si cumplen con las normas de seguridad e higiene, a fin de salvaguardar la integridad física de las niñas y los niños que acuden a ellas, y en su caso, se tomen las acciones o se apliquen las sanciones correspondientes.
Agotados los asuntos, en Sesión Solemne con la presencia del Consejero Jurídico del Estado, Marcos Joel Perea Arellano, rindieron protesta de ley las y los concejales propietarios y suplentes del municipio de Villa de Pozos; posteriormente, se emitió Declaratoria de Clausura del Primer Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXIV Legislatura, y se llevó a cabo la sesión de instalación de la Diputación Permanente.
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Estado
Estado clausura La Aldea de los Abuelos y resguarda a sus habitantes
El asilo presentaba espacios sin ventilación, instalaciones deterioradas, ventanas sin vidrio y falta de cloración del agua
Por: Redacción
La Guardia Civil Estatal (GCE) dio a conocer que emprendieron un operativo en el que clausuraron el asilo “La Aldea de los Abuelos”, en donde habitaban 22 adultos mayores, quienes ya fueron resguardados.
La clausura fue determinada por la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COEPRIS), tras detectar diversas irregularidades sanitarias que representaban un riesgo para la salud de sus habitantes.
Entre estas inconsistencias destacaban la falta de cloración del agua, ventanas sin vidrio, baños en condiciones deficientes de higiene, espacios sin adecuada v entilación, así como deterioro y falta de condiciones de higiene en la cocina, el área de comedor y la despensa.
Ante esta situación, se activó de manera inmediata un protocolo interinstitucional en el que participaron COEPRIS, GCE, DIF Estatal, Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) y la policía de investigación para salvaguardar la integridad de los adultos mayores.
El DIF Estatal brindará albergue temporal y atención integral a las víctimas, quienes por el momento se alojarán en el asilo estatal “La Casa de los Potosinos”.
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Congreso del Estado
Se aprueba en el Congreso creación de Fiscalía Especializada en Delitos de Desaparición
La iniciativa fue presentada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías, para establecer la creación de esta Fiscalía Especializada
Por: Redacción
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó por unanimidad, el Decreto por el que se crea, dentro de la estructura de la Fiscalía General del Estado, la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición de Personas Cometida por Particulares.
La iniciativa fue presentada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías, para establecer la creación de esta Fiscalía Especializada, a la cual le corresponderá la investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Se establece que los servidores públicos que integren esta Fiscalía Especializada, deberán cumplir los requisitos a que se refiere el artículo 69 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas;
personal sustantivo ministerial, policial, pericial, así como de análisis de contexto y de apoyo psicosocial, quienes deberán cumplir con los perfiles establecidos por la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.
La Fiscalía Especializada deberá contar con los recursos humanos, financieros, materiales y técnicos especializados y multidisciplinarios, así como con las unidades: especializada de investigación; de análisis de contexto; de atención y seguimiento a víctimas; de búsqueda inmediata y de larga data, y área especializada en delitos cibernéticos
Estado
Presenta UUZI nueva plataforma digital para la autoevaluación de la NOM-034-STPS-2016
La herramienta buscará fortalecer la inclusión laboral, la accesibilidad y el cumplimiento normativo en los centros de trabajo
Por: Redacción
La Unión de Usuarios de la Zona Industrial (UUZI) llevó a cabo la presentación de la Plataforma para la Autoevaluación de la NOM-034-STPS-2016, una herramienta digital diseñada para apoyar a las empresas en el cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana, orientada a garantizar condiciones de seguridad, accesibilidad e inclusión para trabajadores con discapacidad, contando con el apoyo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y de la Universidad Politécnica.
La NOM-034-STPS-2016 tiene como objetivo establecer las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y la salud de las personas trabajadoras con discapacidad, así como asegurar su acceso y desarrollo de actividades en los centros laborales. Su aplicación es obligatoria en todo el territorio nacional para los centros de trabajo que cuenten con personal con discapacidad.
Durante la presentación se explicó que la guía digital de autoevaluación permite a las instituciones públicas y privadas verificar, mediante 84 criterios agrupados en ocho dimensiones, el nivel de cumplimiento de la norma, identificar áreas de oportunidad y fortalecer sus prácticas internas en materia de inclusión. Entre los aspectos evaluados destacan las obligaciones del patrón, análisis de compatibilidad del puesto de trabajo, requerimientos físicos, planes de emergencia, capacitación y evidencias documentales.
Mario González Martínez, presidente de la Unión de Usuarios de la Zona Industrial, destacó que esta plataforma “representa un paso firme hacia la consolidación de entor nos laborales más seguros, accesibles y humanos . La inclusión no es sólo un tema normativo, es un compromiso social y una estrategia empresarial inteligente”.
Subrayó además que promover la inclusión laboral responde a principios de justicia y derechos humanos, al permitir que todas las personas, sin importar sus condiciones o características personales, tengan acceso a un trabajo digno. Añadió que “cuando incorporamos la diversidad, la equidad y la inclusión en la estrategia empresarial, no solo cumplimos con la ley, también fortalecemos nuestra cultura organizacional y nuestra competitividad”.
En el marco del evento se resaltaron las principales razones para impulsar la inclusión laboral: fomenta la innovación y el talento al aprovechar la diversidad de pensamiento; genera mejores resultados financieros; reduce la rotación de personal —hasta en un 65% en organizaciones de alta inclusión—; fortalece la marca empleadora y facilita el cumplimiento de normativas en materia de no discriminación y accesibilidad.
Asimismo, se recordó que el incumplimiento de la NOM-034 puede derivar en multas y sanciones económicas conforme a la Ley Federal del Trabajo, mientras que su correcta implementación abre la puerta a certificaciones y distintivos en igualdad laboral y no discriminación.
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