abril 20, 2026

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Congreso del Estado

A comisiones cambio del “voto calificado” en el Congreso potosino

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Diputados aprobaron modificar el criterio para calcular la mayoría calificada; Morena se abstuvo al señalar que el tema requiere mayor análisis

Por: Redacción

Las comisiones de Normatividad Legislativa y Puntos Constitucionales del Congreso del Estado aprobaron un dictamen para modificar la forma en que se calcula la mayoría calificada en votaciones clave del Poder Legislativo, una regla utilizada para decisiones como designaciones de funcionarios, aprobación de deuda pública o determinación de responsabilidades administrativas.

La iniciativa fue impulsada por el diputado del Partido Verde Ecologista de México, Luis Felipe Castro Barrón, quien explicó que el objetivo es homologar los criterios que actualmente aparecen en distintos artículos de la Constitución local.

De acuerdo con el legislador, la legislación vigente contiene distintas redacciones para definir la mayoría calificada, lo que genera interpretaciones diferentes al momento de votar en el pleno.

Lo que se busca es homologar criterios (…) teníamos dos redacciones diferentes y lo que se busca es homologar una misma que tenga que ver con el voto de los diputados que están presentes en el pleno”, señaló.

El dictamen plantea que, en la mayoría de los casos, las decisiones se aprueben con dos terceras partes de los diputados presentes en la sesión, una fórmula similar a la utilizada en diversos artículos de la Constitución federal.

Sin embargo, durante la discusión también se reconoció que la iniciativa original planteaba un criterio distinto. En su primera versión proponía que la mayoría calificada se calcu lara con base en los “votos emitidos”

, lo que habría dejado fuera del conteo tanto las abstenciones como las ausencias.

Esa redacción fue modificada durante el análisis en comisiones y finalmente se optó por el criterio de diputados presentes, aunque el esquema sigue dejando fuera del conteo a quienes decidan abstenerse.

El secretario técnico explicó que el cambio busca evitar confusión jurídica, ya que actualmente existen al menos tres formas distintas de calcu lar la mayoría calificada dentro de la legislación estatal.

Ante cuestionamientos sobre si el nuevo criterio podría facilitar la aprobación de decisiones relevantes con menos votos efectivos en escenarios de baja asistencia, Castro Barrón rechazó que se trate de una reforma con fines políticos. “No se está buscando hacer una iniciativa modo para poder aplanar a la oposición”, respondió.

La propuesta también contempla cambios al reglamento interno del Congreso para que las iniciativas que no obtengan mayoría sean desechadas automáticamente y se archiven como asuntos concluidos, en lugar de regresar a comisiones para un nuevo análisis.

Durante la votación en comisiones, la bancada de Morena decidió abstenerse al considerar que el tema requiere un análisis más profundo antes de discutirse en el pleno. El diputado Carlos Arreola Mallol explicó que su grupo parlamentario optó por no fijar todavía una postura definitiva. “En este momento la determinación fue ir en abstención para analizar bien el asunto (…) no estamos en contra del tema ni a favor todavía”, señaló.

El legislador también advirtió que algunas reformas internas del Congreso han sido aprobadas con rapidez, ya que en este caso la iniciativa fue recibida formalmente apenas tres días antes de ser avalada en comisiones.

El dictamen deberá discutirse ahora en el pleno del Congreso del Estado, donde las y los diputados definirán si se modifica finalmente la regla para calcular la mayoría calificada en votaciones clave del Poder Legislativo potosino.

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Congreso del Estado

Diputada plantea sancionar como abuso sexual el embarazo en menores de 14 años

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La ley aplicaría cuando una persona mayor de edad embarace a una menor de 14 años, con o sin consentimiento

Por: Redacción

La diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa para reformar la denominación del capítulo III, del Código Penal del Estado para denominarlo “Del Embarazo Infantil y el Estupro”, incorporando el delito de abuso sexual por embarazo infantil.

De esta manera, se establece que comete el delito de abuso sexual por embarazo infantil, quien siendo mayor de edad, provoque el embarazo de una persona menor de catorce años, independientemente de que medie o no consentimiento de la persona menor.

Se propone establecer que el delito se persiga de oficio en todos los casos y sea sancionado con una pena de ocho a quince años de prisión y sanción pecuniaria de quinientas a mil días del valor de la unidad de medida y actualización; perdida de la patria potestad, tutela o cualquier derecho de carácter familiar respecto del producto del embarazo, y la obligación de reparación integral del daño, que contemplará como mínimo: gastos médicos, psicológicos y de atención especializada para la menor, así como las que la autoridad determine.

Se busca además, que estas penas se incrementen en los casos en que la víctima se encuentre en situación de especial vulnerabilidad; cuando se utilicen datos personales sensibles, obtenidos o difundidos dolosamente, para facilitar la aproximación a la víctima; si es servidor público o familiar de la menor, y si el embarazo pone en riesgo la vida o la salud física o emocional de la menor.

En este caso, además de la pena señalada, se le destituirá del cargo y se le impondrá inhabilitación para ejercer cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.

La legisladora indica en su exposición de motivos, que el abuso sexual infantil aumenta el riesgo de embarazos no deseados, ya que en informe de la Organización Mundial de la Salud publicado en 2021 estima que 120 millones de niñas menores de 20 años fueron víctimas de violencia sexual por parte de alguien que no era su pareja.

Este abuso está profundamente arraigado en la desigualdad de género; afecta a más niñas que niños, aunque muchos niños también se ven afectados. Las estimaciones sugieren que en 2020, al menos 1 de cada 8 niños del mundo había sufrido abuso sexual antes de cumplir los 18 años, y 1 de cada 20 niñas de entre 15 y 19 años había experimentado relaciones sexuales forzadas a lo largo de su vida.

El embarazo en niñas y adolescentes es un problema multifactorial, que agudiza la desigualdad y perpetúa la violencia que gran parte de ellas ya sufría. Además, se trata de un fenómeno que se extiende por todo el territorio nacional, no obstante, las niñas y adolescentes en situación de mayor pobreza y con bajo o nulo acceso a la educación, tienen un riesgo más elevado de enfrentar un embarazo temprano.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión Primera de Justicia.

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Buscan frenar consumo de especies en riesgo con nueva reforma en SLP

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La iniciativa plantea vigilar origen, manejo y destino de animales para consumo

Por: Redacción

La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa para reformar la Ley de Protección a los Animales para el Estado con el propósito de fortalecer la trazabilidad, la calidad de los insumos, la prohibición de sustancias nocivas y la supervisión permanente de las unidades de producción, garantizando así la inocuidad alimentaria desde su origen.

La legisladora explicó que esta propuesta busca subsanar las deficiencias actuales mediante la incorporación de criterios técnicos, científicos y jurídicos, que permitan avanzar hacia un modelo regulatorio moderno, verificable y alineado con los compromisos constitucionales e internacionales del Estado mexicano.

Detalló que la iniciativa contempla la reforma de los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53 y 54 de la Ley de Protección a los Animales del Estado, en los cuales se establece que los animales destinados a la alimentación humana podrán ser de origen doméstico o silvestre, siempre que su aprovechamiento se realice de manera legal, sustentable y trazable, conforme a la legislación aplicable.

Asimismo, se propone la prohibición estricta del consumo humano de especies clasificadas en alguna categoría de riesgo conforme a las normas oficiales mexicanas y disposiciones ambientales vigentes. En el caso de especies silvestres, deberá acreditarse su procedencia lícita mediante los mecanismos de control y certificación correspondientes.

Martínez Vázquez señaló que, las personas físicas o morales dedicadas a la cría, reproducción, engorda, manejo o comercialización de animales destinados al consumo humano deberán cumplir con diversos requisitos, entre ellos: contar con permisos, licencias o registros vigentes; certificación en materia de sanidad e inocuidad animal; cumplimiento de disposiciones de bienestar animal; y sistemas de trazabilidad que permitan identificar el origen, manejo y destino de los animales.

Además, se establece que los animales destinados al consumo humano deberán ser manejados, transportados y sacrificados en condiciones que garanticen su salud, bienestar y trato digno, prohibiendo cualquier práctica que implique sufrimiento innecesario o dolor evitable.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado para su análisis, discusión y dictamen correspondiente.

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Congreso del Estado

Delito de abandono se investigará de oficio cuando involucre a personas con discapacidad

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La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia

Por: Redacción 

 

Integrantes de la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal del Estado, para establecer que el delito de abandono sea investigado de oficio, cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad, informó la diputada María Leticia Vázquez Hernández.

 

La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia y así se planteará ante el Pleno, donde se someterá a votación, informó la presidenta de la Comisión legislativa, Leticia Vázquez. La iniciativa fue presentada por la diputada Jaquelinn Jáuregui Mendoza.

 

El objeto de esta iniciativa es establecer que el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar en su vertiente de abandono de persona se persiga de oficio en los casos mencionados, teniendo la obligación el Ministerio Público de actuar con debida diligencia para la protección de sus derechos.

 

 

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