Congreso del Estado
Congreso busca solucionar problemática en arrendamiento de inmuebles
Algunos de los servicios son generalmente proporcionados y cobrados mes con mes y otros bimestralmente vinculados al bien inmueble
Por: Redacción
Para terminar con la problemática en relación al pago de servicios públicos y privados en el arrendamiento de bienes inmuebles, la Comisión de Justicia analiza una iniciativa que propone modificar disposiciones del Código Civil del Estado de San Luis Potosí.
Se indica que actualmente existe una problemática común en el arrendamiento de bienes inmuebles, en relación al pago de los servicios públicos y privados que resultan del uso de la cosa arrendada, como son los servicios de agua potable, de teléfono, energía eléctrica, cuotas de mantenimiento, entre otros.
En el arrendamiento de bienes inmuebles, algunos de los servicios son generalmente proporcionados y cobrados mes con mes y otros bimestralmente vinculados al bien inmueble, los cuales en el contrato de arrendamiento, de acuerdo a la voluntad de las partes, se puede convenir tanto que sea el arrendador como el arrendatario quien costee el pago de estos.
Sin embargo, cuando existe un conflicto entre ambas partes, que con el tiempo perjudican al arrendador cuando el arrendatario incumple con el pago puntual de los servicios básicos, considerando además que se generan intereses moratorios.
Por ello, es importante precisar en la legislación las obligaciones del arrendatario. Se indica que el arrendador puede exigir la rescisión del contrato por las siguientes causas: falta de pago de servicios públicos u obligaciones accesorias derivados del bien arrendado por más de dos meses o, el tiempo que, en su caso, acuerden las partes cuando se haya comprometido a realizarlo el arrendatario.
Congreso del Estado
Se trabaja en delimitar zonas territoriales de municipios en área metropolitana
César Lara, explicó que “actualmente hay algunos polígonos electorales que no están claros en su delimitación territorial”
Por: Redacción
El Congreso del Estado en coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE) y los Ayuntamientos de San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez y Mexquitic de Carmona, trabajan en una nueva delimitación territorial para definir correctamente los polígonos para la elección del año 2027.
La Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable del Congreso del Estado, presidida por el diputado César Arturo Lara Rocha, sostuvo una reunión de trabajo con el vocal ejecutivo del INE, Pablo Sergio Aispuro Cárdenas y representantes de los Ayuntamientos de San Luis Potosí, Mexquitic de Carmona y Soledad de Graciano Sánchez, para definir los polígonos de cara a las próximas elecciones.
El diputado César Lara, explicó que “actualmente hay algunos polígonos electorales que no están claros en su delimitación territorial; por ello, a petición del INE, estamos trabajando para definir las delimitaciones territoriales, para prevenir lo que pudiera ser un posible conflicto en el futuro”.
Los Ayuntamientos están planteando sus propuestas, las cuales, serán analizadas detenidamente por parte de las autoridades electorales y del Congreso del Estado para tener un dictamen a la brevedad posible y turnarlo al Pleno del Poder Legislativo para su análisis y votación.
Congreso del Estado
Se castigará con hasta 5 años de prisión a quien maltrate o mate fauna silvestre
Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada, se impondrá pena de hasta 7 años de prisión
Por: Redacción
La protección de animales en peligro no es solo una cuestión ambiental, sino también un imperativo ético y social que beneficia tanto a la naturaleza como a las generaciones futuras, señaló la diputada Roxanna Hernández Ramírez al presentar una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado que aumenta las penas a quien maltrate y produzca su muerte.
La legisladora representante del Distrito XIV con cabecera en Tamuín, propuso reformar la fracción III y adicionar una fracción III BIS al artículo 317 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer que, cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de 24 meses a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de 300 a 600 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.
Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada o sujeta a protección especial conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010, se impondrá pena de cuarenta y ocho meses a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
En la iniciativa de la diputada Hernández Ramírez adiciona un artículo 121 BIS de la Ley de Protección a los Animales del Estado de San Luis Potosí, para señalar que se prohíbe dañar o matar especies que se encuentren en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial enunciadas y conforme a la NOM-059-SEMARNAT2010.
Congreso del Estado
Congreso busca castigar a quienes ayuden a encubrir delitos sexuales
El delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado
Por: Redacción
Martha Patricia Aradillas Aradillas, propuso una iniciativa de reforma al artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que las excluyentes de responsabilidad penal no sean aplicables en el delito de encubrimiento cuando se cometan delitos contra la libertad sexual; seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.
Explica en su exposición de motivos, que el delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho considerado como delictuoso, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado de un delito con el propósito de que se sustraiga a la acción de la justicia, o destruya, modifique, cambie, obstruya, altere, mueva o manipule la morfología de los indicios, vestigios, hu ellas, objetos, instrumentos o cadáveres que se encuentren en el lugar que acontecieron los hechos del delito o se realizó el hallazgo, para impedir su descubrimiento.
El Código Penal establece de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización.
Agrega que se busca que las disposiciones legales no obstruyan con las investigaciones cuando se trate del delito de feminicidio, o de homicidio contra menores de edad, ya que actualmente se sabe que la mayoría de las personas que ayudan a otra a evadir las penas que la Ley establece, son los mismos familiares, mismos que resultan participes en la ejecución del mismo, por lo tanto, estos también deben ser sancionados con penas privativas de la libertad y sanciones pecuniarias altas.
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