mayo 9, 2024

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Congreso del Estado

Pérdida de la patria protestad por violencia familiar, propone diputada

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La iniciativa de Martha Patricia Aradillas contempla que la medida también aplique cuando exista vinculación a proceso por los delitos de feminicidio y  violencia vicaria

Por: Redacción

 

La diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, presentó ante el pleno del Poder Legislativo, la iniciativa de reforma al Código Civil para el Estado de San Luis Potosí determinando que la patria potestad se perderá cuando exista auto de vinculación a proceso o tentativa por el delito de violencia familiar, vinculación a proceso o tentativa por el delito de feminicidio y cuando se acredite que se ha cometido violencia vicaria.

La legisladora dijo que a nivel nacional la violencia familiar aumentó un 15.3% en 2021 en comparación con 2020, con un total de 253 mil 739 denuncias por este delito, mientras que en San Luis Potosí cerró el 2021 con 9 mil 034 denuncias por violencia familiar.

También indicó que según los datos arrojados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, se recibieron 24 denuncias por el delito de feminicidio, 58 por homicidio doloso 55 por homicidio culposo; así como mil 788 por lesiones dolosas, y 186 por lesiones culposas.

La iniciativa de reforma que fue presentada plantea reformar a las fracciones, II, y III del artículo 291, y fracción VI del artículo 296 y adiciones al artículo 291 la fracción IV, 293 fracción VIII y al 296 fracción VII al Código Civil para el Estado de San Luis Potosí. Esta iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para ser analizada, discutida y dictaminada

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La legisladora comentó que, “podemos mencionar que, el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza la protección al desarrollo familiar, además de que establece que el Estado velará el interés superior de la niñez, garantizando sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral”.

Martha Patricia Aradillas explicó que en las llamadas de emergencia al 911 destacan 15 mil 571 llamadas relacionadas con incidentes de violencia familiar, 3 mil 565 relacionadas con violencia contra la mujer, 158 relacionadas con incidentes de abuso sexual, 181 relacionadas con acoso u hostigamiento sexual, 82 relacionadas con violación 82, y 2 mil 901 relacionadas con violencia de pareja.

La Ley de Prevención y Atención de la Violencia Familiar del Estado de San Luis Potosí establece que, “la Violencia familiar es el uso de la fuerza física o moral, o las omisiones que ejerza un miembro de la familia en contra de otro integrante de la misma, que atente contra su integridad física, psíquica, sexual, o las tres, independientemente de que pueda producir o no lesiones, y exista una relación de parentesco, matrimonio o concubinato, y que tiene por efecto causar un daño”.

 

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Congreso del Estado

Congreso propone endurecer penas para extorsionadores

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La propuesta también considera incrementar de 8 a 14 años de prisión y sanción pecuniaria de 700 a 1500 unidades de medida y actualización

 

Por: Redacción

Con el objetivo de incrementar las penas para quienes cometen el delito de extorsión, la Comisión de Justicia analiza una iniciativa de reforma a los artículos, 230, y 231 del Capítulo VI del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

 

Se propone incrementar las penas de 10 a 15 años de prisión y de 2 mil a 3 mil unidades de medida y actualización, para quien comete el delito de extorsión, entendido como quien, para obtener un lucro para sí o para tercero, intimide a otro con causarle un mal en su persona, familia o bienes, obligándolo a dar, hacer o dejar de hacer o tolerar algo.

 

La propuesta también considera incrementar de 8 a 14 años de prisión y sanción pecuniaria de 700 a 1500 unidades de medida y actualización, para quien cometa este delito utilizando cualquier medio de comunicación, a través de los que se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúe por hilos, radio electricidad, medios ópticos, físicos, vía satelital u otros sistemas electromagnéticos o cualquier otro originado con motivo de los descubrimientos de la ciencia.

 

Y que cometa el delito, empleando cualquier mecanismo o amenaza para hacer creer a la víctima, la supuesta intervención en el delito de algún grupo vinculado a la delincuencia organizada o asociación delictuosa sin ser ello cierto, aún y cuando ello sea solo para lograr que la víctima no denuncie el hecho.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Congreso del Estado

Congreso de SLP analiza reforma a Ley de Protección a los Animales

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El objetivo es prohibir el sparring animal y sancionar las peleas de perros

Por: Redacción

Las comisiones de Justicia; y Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado, analizan una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, y a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de prohibir el sparring animal y sancionar las peleas de perros.

Se indica que el maltrato animal es todo acto u omisión que ocasione dolor o sufrimiento, que afecte el bienestar animal, ponga en peligro su vida o afecte gravemente su salud, así como la sobreexplotación de su trabajo.

Por ello, se busca establecer el Sparring en la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, entendido como la utilización de animales como carnada o como entrenamiento para perros, siendo que esta tiene consecuencias terribles para estos animales, que en la mayoría de los casos, terminan muriendo.

Es en este sentido que se requiere de leyes que tipifiquen todos y cada uno de los actos que generen violencia, crueldad, y maltrato a los animales, garantizándoles su vida, bienestar, trato digno y cuidado.

La iniciativa propone establecer claramente que queda prohibido organizar, inducir o provocar peleas de animales, así como entrenarlos o utilizarlos como “sparring” para tales fines.

También se busca establecer sanciones en el Código Penal del Estado, las cuales se propone sean de uno a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días multa a quien: críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole; utilice a un perro o cualquier otro animal como “sparring” para entrenar a un perro con el propósito de hacerlo participar en una pelea; posea, transporte, compre o venda perros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros; organice promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para asistir a espectáculos que impliquen peleas de perros; organice, induzca, provoque, promueva o realice una o varias peleas de perros, públicas o privadas, con o sin apuestas.

También que posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros; ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, o realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a perros en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.

La sanción a que se hace mención en el párrafo anterior, se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos. En caso de que la conducta sea provocada por una persona del área de medicina veterinaria, o persona relacionada con el cuidado, resguardo o comercio de animales, además de las penas anteriores se aplicará la suspensión o inhabilitación, del empleo, cargo, profesión, oficio, autorización, licencia, comercio o cualquier circunstancia bajo la cual hubiese cometido el delito. Asimismo, aumentara un tercio de la pena prevista en este artículo, quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, a sabiendas de esta circunstancia.

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Congreso del Estado

Piden al Interapas que mantenga vigente sistema de pago a través de aplicaciones

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Impulsan punto de acuerdo para exhortar al Interapas para que mantenga este sistema de pago y mejore el mantenimiento de la plataforma

Por: Redacción

Con el objetivo de garantizar que se mantengan los pagos continuos por el servicio del agua y generar una mayor recaudación, se turnó para su análisis a la Comisión del Agua del Congreso del Estado, un Punto de Acuerdo para exhortar al organismo Intermunicipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (INTERAPAS), para que realice las acciones pertinentes para que mantenga vigente la aplicación de pago por consumo de agua.

En la justificación de este Punto de Acuerdo, se establece que es necesario que los usuarios del servicio de agua potable de San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez y Cerro de San Pedro, sigan contando con este nuevo sistema que hace más ágil y seguro el pago de servicios del INTERAPAS.

Se recordó que la implementación oficial de la aplicación del INTERAPAS, en las plataformas digitales como la Play Store, fue el 9 de agosto del 2023, contando como última actualización la del pasado 11 de marzo del 2024.

Actualmente cuenta con un aproximado de más 10,000 descargas según datos de la Play Store. Esto deja en claro que la aplicación ha tenido una buena aceptación por parte de los usuarios que son cada vez más los que las descargan en sus dispositivos móviles.

De igual forma, se señaló la necesidad de que se genere un mantenimiento constante de dicha plataforma, pues los usuarios han manifestado una serie de inconvenientes al utilizar esta herramienta tecnológica, entre los cuales destacan el tener problemas para registrar su correo electrónico con el que se autoriza el ingreso a la aplicación creando un usuario.

La respuesta ante este inconveniente ha sido el redirigirse a la página oficial del INTERAPAS para brindar un nuevo código de verificación lo cual puede llegar hacer tedioso, cuando podría mejorarse el servicio desde primera instancia evitando dificultades posteriores.

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