mayo 3, 2024

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Congreso del Estado

Congreso de SLP aprobó entregar insumos menstruales gratuitos

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El Legislativo local también avaló las modificaciones a la ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó reformar la Ley de Salud del Estado para establecer que la Secretaría de Salud del Estado, así como el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, establezca programas de entrega de insumos de salud menstrual de manera gratuita, con el fin de garantizar la seguridad sanitaria y el bienestar físico de las personas menstruantes. Estas entregas serán de conformidad con la suficiencia presupuestal que se tenga, y se otorgarán principalmente a la población con mayor grado de marginación social y pobreza.

El decreto reforma el artículo 133; y adiciona al artículo 4° las fracciones, VII BIS, y IX TER de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, que reconoce a las personas menstruantes, y se incorpora el concepto de insumos de salud menstrual, entendidos como todo objeto de contención utilizado durante la menstruación tales como: toallas higiénicas (descartables o reutilizables), tampones, copas menstru ales, esponjas marinas, y ropa interior absorbente

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La sesión también aprobó por unanimidad, la reforma al artículo 4° en su fracción IX de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, para adicionar a la definición de violencia física,

y definirla como cualquier acto material, no accidental, que inflige daño a la mujer a través del uso de la fuerza física, armas u objetos, ácidos o sustancias corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas o inflamables, o cualquier otras sustancias que, en determinadas condiciones, puedan provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas.

Otros de los dictámenes votados fue la reforma del artículo 8° de la Ley de Comunicación Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, a través de cual se establece que las campañas de comunicación social deberán de utilizar un lenguaje incluyente, libre de discriminación eliminando cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres.

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Congreso del Estado

Congreso del Estado aprueba uso de lenguaje incluyente

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Con esto, se busca por una parte, eliminar el uso de lenguaje masculino genérico que resulta sexista y discriminatorio.

 

En Sesión Ordinaria, se aprobó el dictamen que reforma el artículo 67 en sus fracciones, IV, V, VI, VII, VIII, X, y XI, y en sus párrafos, tercero, cuarto, quinto y sexto de la Ley de Archivos para el Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer el lenguaje incluyente.

 

Con esto, se busca por una parte, eliminar el uso de lenguaje masculino genérico que resulta sexista y discriminatorio, para sustituirlo por un lenguaje incluyente; y por otra parte busca actualizar la denominación de la entidad de fiscalización superior del Congreso del Estado, es decir, el Instituto de Fiscalización Superior del Estado.

 

También, se establece concordancia con la Constitución Federal,

que contempla en su artículo 4°, el derecho a la igualdad ante la ley de mujeres y hombres.

 

A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia enviada por entes autónomos; Ayuntamientos; y particulares; además de las iniciativas y Punto de Acuerdo planteadas por las y los integrantes de la LXIII Legislatura y ciudadanas y ciudadanos.

 

En Asuntos Generales, se aprobó por unanimidad, la designación del Licenciado Iván Alejandro Alarcón Villegas como Coordinador General de Servicios Parlamentarios, por el periodo del 02 de mayo al 14 de septiembre de 2024. El funcionario rindió protesta de ley.

 

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Congreso del Estado

Congreso propone reformas para garantizar seguridad de quienes han participado en un proceso penal

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Existe la necesidad de dar seguimiento a situaciones donde muchas de las veces al presentar sus denuncias es un riesgo

 

Por: Redacción

La Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, analiza la iniciativa de reforma a la Ley para la Protección de Personas que Intervienen en el Proceso Penal en el Estado de San Luis Potosí, con el fin de elevar a Dirección de Cumplimiento de las Medidas de Protección el actual Centro de Protección, estipulado en dicha ley, como un órgano permanente de la Fiscalía General del Estado.

En la exposición de motivos, se indica que existe la necesidad de atender y brindar a las y los potosinos el seguimiento correspondiente ante situaciones las cuales se encuentran en donde muchas de las veces al presentar sus denuncias ante la Fiscalía del Estado, solicitan medidas de protección las cuales son aprobadas por el Ministerio Publico al ser consideradas como pertinentes.

Al ser aprobadas las medidas por el Ministerio Público, no existe un seguimiento continuo a las víctimas, ya que, en la mayoría de los casos, no reciben el debido apoyo inmediato por parte de las autoridades correspondientes, vulnerando la seguridad e integridad de las víctimas de algún delito, por la falta de seguimiento en las medidas de protección impuestas o por una asignación inadecuada de dichas medidas esto debido a una falta de estudio particular del caso.

 

En el caso de la línea de emergencia, se propone contar con un registro previo del contacto de todas aquellas víctimas a las cuales se les haya otorgado una medida de protección.

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Congreso del Estado

Buscan que la ASF reactive convenios con entes fiscalizadores de los estados

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Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización y los entes fiscalizadores en las entidades

 

Por: Redacción

En reunión de trabajo, la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización fue aprobada la solicitud de exhorto del Congreso del Estado de Guerrero, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que por su conducto se exhorte a la Auditoría Superior de la Federación a que a la brevedad posible reactive el mecanismo para la firma de convenios de colaboración entre los entes fiscalizadores de los Estados y de la Ciudad de México.

 

Esto a efecto de armonizar criterios de colaboración y funciones que fortalezcan la fiscalización de los recursos públicos en la rendición de cuentas y transparencia de las participaciones federales otorgadas a los Estados.

 

Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización

y los entes fiscalizadores en las entidades del país, con el fin de hacer eficiente y eficaz la fiscalización de las participaciones que ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México.

 

Se menciona que los Congresos locales tienen atribuciones de fiscalización de los recursos públicos ejercidos por los gobiernos estatales, municipales, los Poderes del Estado, y órganos autónomos, entre otros, que tienen como finalidad otorgar servicios públicos, seguridad, administración de justicia, educación y demás bienestar social para la población.

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